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Comisión Permanente

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Secretario Administrativo SR. MORENO MENDEZ JOSE JUAN C.

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 5629-D-2018

Sumario: PLAN DE READECUACION Y MODERNIZACION DEL AEROPUERTO DE RIO GRANDE, PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR.

Fecha: 10/09/2018

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 117

Proyecto
PLAN DE READECUACIÓN Y MODERNIZACIÓN DEL AEROPUERTO DE RIO GRANDE, PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, A.e.I.A.S.
Principios Básicos
Artículo 1º: Implementación. Impleméntase el Plan de Readecuación y Modernización del Aeropuerto de Río Grande, Provincia de Tierra del Fuego, A.e.I.A.S.
Artículo 2°: Objetivos. Según lo establecido en el artículo precedente el Plan persigue los siguientes objetivos:
a) Desarrollar las acciones necesarias tendientes a prestar un servicio de calidad en un marco de eficiencia,
b) Ampliar las capacidades del aeropuerto de Rio Grande, mejorando su interconexión con otros puntos del país modernizando sus instalaciones bajo esquemas que garanticen su operabilidad, conservación y rentabilidad,
c) Certificar el aeropuerto con base en las normas y métodos internacionales, así como la normatividad nacional en materia de seguridad operacional,
d) Impulsar el desarrollo sustentable de las operaciones aéreas y servicios relacionados,
e) Impulsar el desarrollo de instalaciones operativas que soporten adecuadamente los niveles de demanda nacional de combustibles,
f) Fortalecer el crecimiento y la gestión operacional, al incorporar niveles de excelencia en términos de eficiencia y seguridad aeroportuaria,
g) Administrar y acrecentar el acervo de conocimientos del sector, a través del intercambio académico, la formación y capacitación de capital humano vinculado al sector,
h) Promover y fortalecer la implementación de las nuevas Tecnologías de Información y de las Comunicaciones para responder con mayor celeridad y efectividad a las demandas aeroportuarias,
i) Mejorar los niveles de seguridad operacional del transporte aéreo,
j) Mejorar la eficiencia e incrementar la capacidad de los servicios a la navegación aérea y de los servicios aeroportuarios,
k) Fortalecer la gestión y eficiencia institucional.
Artículo 3°: Autoridad de aplicación. El Poder Ejecutivo Nacional determinará la autoridad de aplicación de la presente ley, quien podrá ejecutar las acciones de coordinación que deriven del presente Plan con entes públicos y privados. Asimismo, gestionará los fondos necesarios para la implementación técnica y operativa de los medios y fondos adecuados para dar cumplimiento al Artículo 1°.
Artículo 4°: Financiamiento. El Estado Nacional a través de la autoridad de aplicación, podrá financiar el Plan referido en el Artículo 1° de la presente ley por algunos de los siguientes mecanismos:
a) Realizando un contrato de participación público privado en los términos establecidos por la Ley 27.328,
b) A través de lo establecido en las leyes N° 13.064 de Obras Públicas y N°17.520 de Concesión de Obras Públicas y sus modificaciones; y por el Decreto Nº 1023/2001, sus modificatorias y reglamentación,
c) Los aportes del Tesoro Nacional con arreglo a las partidas anuales que asigne la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional,
d) Los ingresos por legados o donaciones, y
e) Los fondos provistos por organismos internacionales u organizaciones no gubernamentales de programas específicos.
Disposiciones Transitorias
Artículo 5°: El Estado Nacional a través de la autoridad de aplicación, una vez promulgada la presente ley, procederá a:
a) En un plazo no mayor a 90 días redactar la reglamentación de esta ley;
b) Establecer un programa de infraestructura que permita:
a. Ampliar, modernizar, renovar y mantener la infraestructura de la pista de aterrizaje, la cual como mínimo deberá tener 60 mt de ancho y 3500 mt desde el inicio de la cabecera hasta el final de la pista,
b. Incorporar calles de rodaje lateral,
c. Desarrollar plataformas de operaciones,
d. Mejorar el estado edilicio de las instalaciones de la terminal de pasajeros,
e. Optimizar el sistema de operaciones de embarque y desembarque de pasajeros,
f. Implementar una zona de operaciones de abastecimientos de combustible,
g. Hangar de mantenimiento de aeronaves,
h. Espacio de controladores aéreos,
i. Depósitos de carga y descarga,
j. Sistema de Balizamiento y señalamiento de la pista, y
k. Incorporar sistemas contraincendios y medios de emergencia.
c) Suscribir acuerdos con el INVAP o con los organismos públicos o privados pertinentes, con el fin de incorporar al Plan de Readecuación y Modernización del Aeropuerto de Río Grande un sistema radarización 3D;
d) Promover mayores niveles de complementación, integración, compatibilidad e interoperabilidad de los radares del inciso precedente junto con un Sistema Instrumental de Aterrizaje (ILS) de categoría 3, permitiendo la operabilidad de la pista aun en condiciones meteorológicas adversas o de baja visibilidad;
e) Promueva los convenios necesarios con el Ministerio de Defensa Nacional con el fin de cumplir con los requerimientos funcionales contribuyentes a la Defensa Nacional;
f) Promover todas aquellas acciones y herramientas conexas al cumplimiento del objeto de la presente ley y del cuidado ambiental.
Artículo 6°: La presente ley entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.
Artículo 7°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La provincia de Tierra del Fuego, A.e.I.A.S, dadas las particularidades geográficas que presenta es definida como una provincia aerodependiente. En un concepto amplio, la configuración geográfica de un territorio insular desconectado del continente junto con las características climáticas propias. En un sentido restringido, como consecuencia del anterior punto, la escasa conexión existente requiere atravesar cuatro aduanas para poder vincular la Isla Grande de Tierra del Fuego con el conteniente, ya que se debe utilizar el paso fronterizo con la hermana República de Chile ante la falta de un cruce propio.
A las consideraciones geopolíticas y climáticas, hay que sumarle las problemáticas que presenta la política aerocomercial, el excesivo costo de pasajes aéreos, la distancia de los centros urbanos y las condiciones de infraestructura que presenta el aeropuerto de la ciudad de Rio Grande. Además, hay que destacar que en temporada invernal se agregan a la lista de problemáticas, la existencia de solo vuelos nocturnos debido a las condiciones climáticas que afectan a la Isla. Todos estos puntos afectan gravemente la conectividad aérea de la provincia.
El presente proyecto pretende asegurar la conectividad aérea de la provincia, desde un punto de vista general, y mejorar las capacidades de infraestructura del aeropuerto de la ciudad de Rio Grande, que permita dar una respuesta respuestas flexibles y eficientes en todo momento, aun presentado condiciones climáticas adversas.
Para ello, el presente proyecto de ley se focaliza en desarrollar las potencialidades, hasta ahora subexplotadas, que tiene el aeropuerto de Rio Grande con el fin de permitir su operatividad de forma permanente y eficiente. Así, es indispensable mejorar la calidad la del servicio que brinda dicha terminal, en base a los criterios de seguridad tanto para pasajeros como para operadores y el para el resto de la comunidad fueguina.
En primer lugar, es necesario aunar los criterios de estándares mundiales junto a la configuración territorial local de este tipo de aeropuertos, con el fin de mejorar su performance operativa.
En segundo lugar, poseer una estructura edilicia que posibilite adaptase a las necesidades de los usuarios, no solo de los pasajeros sino también de las compañías aeronáuticas y medios de la Defensa Nacional. Es lícito recordar en este sentido que la infraestructura aeroportuaria fue crucial para el desarrollo de las operaciones aeronavales en la Guerra de Malvinas y sumamente significativa para la proyección antártica de la República Argentina. Por estas razones, el presente proyecto establece en su Art. 5° algunas consideraciones, que como mínimo, la autoridad de aplicación deberá prever dentro del Plan de Readecuación y Modernización del Aeropuerto de Río Grande, Provincia de Tierra del Fuego, A.e.I.A.S.
En tercer lugar, el presente Plan de Readecuación y Modernización del Aeropuerto de Río Grande genera un impacto económico positivo indirecto a través de la mayor conectividad de la ciudad y de la provincia. Así, además de los puestos de trabajo como consecuencia de la construcción y mantenimiento de las grandes obras de infraestructura y mediante el desarrollo de nuevos negocios, se posibilita la conexión de la producción local con distintos centros urbanos nacionales e internacionales. No se puede soslayar, además, del impacto positivo en el turismo.
En cuarto lugar, el proyecto prevé la incorporación de tecnología adecuada para la operabilidad de la terminal en épocas de baja visibilidad y condiciones climáticas adversas, que son una característica recurrente en la ciudad, sobre todo en invierno. Así, se posibilita la incorporación del Sistema de Aterrizaje Instrumental (ILS, debido a sus siglas en inglés Instrument Landing System).
El ILS es un sistema normalizado a nivel internacional que contribuye a la aproximación y aterrizaje para aeronaves. Por medio de dicho sistema, un avión puede ser guiado con precisión durante su aproximación a la pista de aterrizaje y, dependiendo de las características operativas del ILS, a lo largo de todo el recorrido de la pista.
Asimismo, a través de una serie de subsistemas complementarios e integrados con telémetros, radiobalizas externas, intermedias e internas, entre otros, se posibilita el guiado lateral y vertical de la aeronave; para ello el proyecto establece un acuerdo con INVAP para poder adquirir un sistema de radarización 3D que complemente al ILS.
Actualmente, el sistema de ILS se divide en 3 categorías que posibilitan distintos niveles de operabilidad. La categoría 1 considerada estándar, permite aterrizajes con una visibilidad mínima entre 2.400 pies (equivalente a unos 730 metros) y 1800 pies (549 mts). La segunda y tercera categoría son denominadas categoría 2 y 3 respectivamente, comprendende sistemas más avanzados que permiten realizar operaciones con muy baja o nula visibilidad.
Mediante la implementación de este tipo de tecnologías se puede realizar operaciones de las terminales aeroportuarias con bajos niveles de visibilidad, incluyendo condiciones meteorologías desfavorables. Dichos aspectos, se encuentran presentes en la ciudad de Rio Grande que dificultan la operatividad de la pista en forma permanente.
Finalmente, lo más destacable de poseer la infraestructura aeroportuaria es la evacuación sanitaria aeromóvil de la isla hacia distintos lugares del país, que permitirá salvar vidas. En estas líneas se erige el presente proyecto y por los motivos antes expuestos, solicito la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ROMA, CARLOS GASTON TIERRA DEL FUEGO PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
TRANSPORTES (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA