TRANSPORTES

Comisión Permanente

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 5354-D-2017

Sumario: TRANSITO - LEY 24449 -. MODIFICACIONES DE LOS INCISOS A) Y E) DEL ARTICULO 51, SOBRE VELOCIDAD DE CIRCULACION EN ZONAS URBANAS.

Fecha: 04/10/2017

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 140

Proyecto
Artículo 1°: Modifícase el inciso a) del artículo 51 de la Ley de Tránsito N°24.449, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“a) En zona urbana:
1. En calles: hasta 30 km/h;
2. En avenidas: 60 km/h;
3. En vías con semaforización coordinada y sólo para motocicletas y automóviles: la velocidad de coordinación de los semáforos;”
Artículo 2°: Modifícase el inciso e) del artículo 51 de la Ley de Tránsito N°24.449, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“e) Límites máximos especiales:
1. En las encrucijadas urbanas sin semáforo: la velocidad precautoria, nunca superior a 25 km/h;
2. En los pasos a nivel sin barrera ni semáforos: la velocidad precautoria no superior a 20 km/h y después de asegurarse el conductor que no viene un tren;
3. En proximidad de establecimientos escolares, deportivos y de gran afluencia de personas: velocidad precautoria no mayor a 20 km/h, durante su funcionamiento;
4. En rutas que atraviesen zonas urbanas, 60 km/h, salvo señalización en contrario.”
Artículo 3°: Comuníquese al Poder Ejecutivo

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La República Argentina posee cifras alarmantes de siniestros viales, incluso más allá de aquellos con víctimas fatales. Es por ello que las acciones por parte del Estado, en todos sus poderes, requiere de un fuerte compromiso para abordar el problema e intentar generar cambios de conductas que salven vidas y que reduzca al máximo los daños que se producen día a día
Y si bien nuestro país tiene una tasa elevada de mortalidad producto de siniestros viales (7500 víctimas fatales anuales aproximadamente y más de 190 mil fallecidos desde 1992), y son las estadísticas que suelen difundirse en los medios masivos de comunicación, esos siniestros equivalen sólo al 3% del total de producidos en el país. El 97% de los siniestros no provocan víctimas fatales, aunque sí damnificados con lesiones leves o graves y daños materiales.
Es por ello, que en la determinación de políticas públicas que contribuyan a la seguridad vial, también es necesario tomar medidas que procuren intervenir sobre ese inmenso universo de siniestros. Sólo para comprender esta necesidad basta un breve punteo estadístico elaborado a partir de un informe realizado por el Observatorio Vial de la Agencia Nacional de Seguridad Vial en 2014. Allí se precisa que:
• El 49% de los siniestros viales provocan lesionados leves o graves
• El 93% de los siniestros se producen en zonas urbanas/suburbanas
• El 70% de los siniestros se producen de día
• El 95% de los siniestros se producen dentro de la calzada
• El 90% de los siniestros son choques
• El 87% de los siniestros se producen en calles o avenidas
• El 73% de los siniestros se producen con estado “bueno” de la vía de circulación
• El 52% de los siniestros se producen en las intersecciones, mientras que el 37% se produce en la vía recta.
• El 77% de los siniestros se produce con buenas condiciones climatológicas
Las estadísticas argentinas permiten presuponer entonces que los siniestros se producen en condiciones “normales”, y que las condiciones generales para la conducción son las que también deberían ser analizables y discutibles. En este sentido hay un sinnúmero de asociaciones civiles que trabajan en generar conciencia vial, como parte indispensable para los cambios de costumbres. Y también existen diferentes espacios y foros internacionales donde los temas relacionados a la seguridad vial están en permanente debate como metodología para la instrumentación de determinadas medidas a nivel global.
En Neuquén, la Asociación Bien Argentino es una de las asociaciones que no sólo intervienen en acciones sobre prevención en nuestra provincia, sino que también participa y articula en diferentes foros internacionales que abordan las complejidades y desafíos que se plantean en torno a la seguridad vial. Y en esos foros, que incluyen por ejemplo a la Semana Mundial de las Nacional Unidas por la Seguridad Vial, una de las recomendaciones que generan amplio consenso es la reducción de las velocidades máximas de circulación en zonas urbanas. Y los datos estadísticos de Argentina descriptos nos llevan a pensar que la reducción del límite de velocidad máxima en calles e intersecciones podría significar una notable herramienta para la reducción significativa de los siniestros viales.
La posibilidad de un límite de velocidad máxima de 30 km/h no resulta parte de una mera proposición de foros internacionales. En varios países, con diferentes formas de aplicación, mecanismos de control y efectividad, ya se encuentra vigente la medida:
• En Pontevedra (España) se implementó en todo el municipio.
• En París (Francia) se establecieron “Zonas 30”, iniciando un proceso de reducción del límite de velocidad máxima de circulación en las zonas más críticas de tráfico, al igual que en Nueva York (EE.UU), Zurich (Suiza), Graz (Austria) o Lima (Perú)
• En la Ciudad de Buenos Aires, si bien se inició una prueba piloto de una “Zona 30”, este caso en particular fue implementado colocando objetos en la calzada (como maceteros) estorbando el normal flujo de circulación, lo que no contribuiría a la seguridad vial, además de dificultar la circulación de vehículos de emergencia.
• Existen también proyectos en Oslo (Noruega), Torres Vedras (Portugal), y en 25 ayuntamientos españoles.
Entre alguno de los otros beneficios que se obtendrían con una circulación urbana a 30 km/h serían la reducción de emisiones sonoras y consecuente contaminación auditiva, reducción del consumo de combustible de automotores y reducción de emisiones de Co2 contaminantes.
Por estos motivos es que solicito a mis pares el acompañamiento en el presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MARTINEZ, DARIO NEUQUEN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
TRANSPORTES (Primera Competencia)