TRANSPORTES
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 3722-D-2009
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE EL CONTRATO DE CONCESION DE LA ESTACION TERMINAL DE OMNIBUS DE RETIRO -ETOR-, Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.
Fecha: 07/08/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 89
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional
que, a través de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT), se
sirva informar a la brevedad y por escrito sobre distintos aspectos referidos al
Contrato de Concesión de la Administración, Explotación Comercial, Reparaciones,
Ampliación y Servicios complementarios de la Estación Terminal de Ómnibus Retiro
(ETOR) de la Ciudad de Buenos Aires, a saber:
1. Cuáles han sido las
actuaciones realizadas por la CNRT desde el 1 de enero del 2007 a la fecha, en
relación al control de la concesión de la ETOR. Indique el resultado de dichas
actuaciones y las medidas que se han tomado en consecuencia.
2. Si se ha procedido a
sancionar a TEBA S.A. por los incumplimientos detectados a través de las
auditorias realizadas en el pasado por parte de la Auditoría General de la Nación
(AGN).
3. Si TEBA S.A. ha cumplido con
el cronograma de obras y plan de inversiones aprobado al momento de la
renovación del contrato de concesión, considerando que el período evaluado en el
presente Proyecto de Resolución supera el otorgado oportunamente.
4. Si se ha verificado el
cumplimiento de las nuevas obras, mejoras y equipamiento en la ETOR
establecidas en el Decreto Nº 1962/2006.
5. Si se ha realizado la
recepción de obras pendientes previo el dictado del Decreto Nº 1962/06. En caso
de resultar afirmativo lo anterior, remita copia de las mismas a esta Honorable
Cámara.
6. Si TEBA S.A. esta
depositando en tiempo y forma los pagos mensuales correspondientes al Canon
por el servicio de concesión.
7. Si se ha presentado el
Programa de Seguridad y Control Operativo y su cronograma de acciones
correspondiente, según lo establecido en las Resolución Conjunta Nº 322/09 y
1778/09 del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos y de la
Secretaría de Transporte, donde se fijan los "Lineamientos y contenidos mínimos
para la formulación de los programas de seguridad operativa destinados a
estaciones terminales, paradores u otras infraestructuras afectadas al transporte
público de pasajeros de larga distancia por automotor de carácter
interjurisdiccional".
8. Si se ha cumplido la cláusula
novena del Acta Acuerdo ratificada en el Decreto Nº 1962/06, la cual establece
que la Empresa TEBA S.A. ejecute a su cargo las obras civiles necesarias para la
posterior implementación de un sistema integral de seguridad destinado al control
de pasajeros, equipaje y encomiendas a ser transportadas en servicios de media y
larga distancia nacional e internacional, con inicio en esa terminal.
9. Si, respecto de los servicios
de vigilancia y control en las paradas de taxímetros, TEBA S.A. ha cumplido con lo
pautado en el Pliego de Bases y Condiciones.
10. Si TEBA S.A. ha
implementado un servicio de maleteros, así como un servicio de carros de
autotransporte de equipaje, ambos sin cargo alguno.
11. Si se ha procedido a regular
el precio de productos y servicios en el ámbito de la Terminal de Ómnibus (bares,
confiterías, kioscos, etc.).
12. Remita copia a esta
Honorable Cámara de las pericias contables y balances de la empresa TEBA S.A.
desde el 1 de enero del 2007 hasta el 31 de diciembre de 2008.
13. Cualquier otra información
que sirva al presente.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Empresa TEBA S.A. suscribió el día
3 de septiembre de 1993 con el Ministerio de Economía y Obras y Servicios
Públicos el contrato de administración, explotación comercial, reparaciones,
ampliación y servicios complementarios de la Estación Terminal de Ómnibus de
Retiro (ETOR).
Según Informes de la Auditoria
General de la Nación (AGN), desde el inicio del contrato de concesión y hasta la
fecha, TEBA S.A. ha incumplido en reiteradas oportunidades el Pliego de Bases y
Condiciones.
En efecto, los informes de la AGN (el
último tiene fecha del 19 de junio de 2007 y fue presentado durante el año 2008 -
Informe Nº 48/2008-), destacan que durante los primeros cuatro años de
concesión se produjeron reiterados incumplimientos por parte de TEBA S.A.,
referidos, en especial, al vencimiento de los plazos en la entrega de las obras
comprometidas por el concesionario, a la finalización de las obras comprometidas,
a los atrasos en el pago del canon mensual a abonarse al Estado, y también a
multas e intereses devengados. Por estos motivos la AGN ha llegado a la
conclusión de que "la magnitud de los incumplimientos contractuales por parte de
TEBA S.A. configuran causal de Rescisión del contrato de concesión". En el mismo
sentido se ha expresado la Comisión Bicameral de Reforma del Estado.
Pese a ello, y teniendo en cuenta los
argumentos ofrecidos por la empresa, el Poder Ejecutivo autorizó la renegociación
del contrato de concesión en dos oportunidades: en noviembre de 1997, quedando
plasmado en el Decreto Nº 1.293/97, y en diciembre de 2006, a través del Decreto
1962/2006. Ambos decretos establecían, entre otros aspectos de importancia, la
compensación entre las partes por la deuda que tenía TEBA S.A. con el Estado
Nacional, la modificación del cuadro tarifario de la concesión y la redefinición de
las obras y su cronograma de ejecución.
Además de los cuestionamientos
presentados por la AGN, es importante indicar que en ningún momento se previó
la convocatoria o celebración de mecanismo alguno que habilite la participación
ciudadana en el proceso decisorio, lo cual habría redundado en una mayor
transparencia y en el aseguramiento de la publicidad de los actos de
gobierno.
Considerando los controles que
debería haber realizado la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT)
y el seguimiento de las recomendaciones realizadas oportunamente por la AGN, se
han obtenido evidencias tales que permiten concluir que el Concesionario no viene
dando cumplimiento a la totalidad de las obligaciones contenidas originariamente
en el plexo normativo que regula la Concesión, incumplimientos que no fueron
relevados por el acuerdo alcanzado en el marco de la renegociación analizada en el
presente Proyecto de Resolución.
Como ya dijimos, y no obstante la
situación planteada y denunciada, TEBA S.A. consiguió la renovación del contrato
de concesión a fines de 2006, siendo Ricardo Jaime el representante del Estado, y
Néstor Otero como titular de TEBA S.A. La relación contractual se extendió hasta
septiembre de 2015, obviamente sin atender los señalamientos del organismo de
control.
El nuevo contrato incluye un plan de
"obras y mejoras" que debían ejecutarse en tres etapas, de entre 3 y 18 meses.
Pero transcurrido ese plazo, la mayoría de las obras no han sido realizadas.
La Diputada Silvana Giudici presentó
en abril de 2008 un Proyecto de Resolución (Expte. 1700-D-2008) solicitando
información respecto a diversos cuestionamientos referidos a la operación de TEBA
S.A. hasta el 31 de diciembre de 2006. Sin embargo, y a pesar del paso del
tiempo, la falta de cumplimiento, compromiso y responsabilidad por parte de TEBA
S.A. que motivara dicho pedido de informes permanece inalterada.
Es claro que, más allá de los informes
y auditorias que realice la Auditoría General de la Nación, es la CNRT la que debe
velar por el cumplimiento de los pliegos de bases y condiciones, así como los
contratos, por parte de las empresas privadas concesionarias de servicios
públicos.
La CNRT tiene entre sus objetivos
instrumentar los mecanismos necesarios para garantizar la fiscalización y el control
de la operación del sistema de transporte automotor y ferroviario, de pasajeros y
carga de Jurisdicción Nacional, con el objetivo de garantizar la adecuada
protección de los derechos de los usuarios y promover la competitividad de los
mercados. Asimismo ejerce el poder de policía en materia de transporte de su
competencia, controlando el cumplimiento efectivo de las leyes, decretos y
reglamentaciones vigentes, así como la ejecución de los contratos de concesión, y
fiscaliza la actividad realizada por los operadores de transporte.
De acuerdo con los objetivos de su
creación, la CNRT desarrolla las siguientes funciones básicas, particularmente en
relación al Transporte Automotor: fiscalizar las tareas de las empresas operadoras;
controlar y habilitar los vehículos afectados al servicio de transporte de pasajeros y
cargas en cuanto a su seguridad y condiciones técnicas a través del Sistema de
Talleres de Inspección Técnica (C.E.N.T.); otorgar la Licencia Nacional Habilitante
de los conductores a través del Sistema descentralizado de Clínicas; fiscalizar el
cumplimiento de los recorridos, horarios y tarifas establecidas para el transporte
automotor de pasajeros; informar acerca de los derechos u obligaciones de
usuarios y empresas durante la prestación del servicio; controlar el
funcionamiento de la Estación Terminal de Ómnibus de Retiro; además de
asesorar a la Secretaría de Transporte, entre otras funciones.
Hoy en día, quien acuda a la terminal
de Retiro puede dar fe del calamitoso estado en que se encuentra y del pésimo
servicio que allí se brinda. Allí no hay un sólo panel que indique con claridad los
horarios de partidas de los servicios, apenas cuenta con un altavoz que anuncia
uno tras otro los 1.600 ómnibus que salen y llegan por día. Tampoco hay salas de
espera y los baños dan pena. Entre otras obligaciones establecidas en los contratos
de concesión, y que aún se encuentran pendientes, podemos contar: la colocación
de cuatro ascensores para facilitar el desplazamiento de los pasajeros; la
instalación de 100 monitores de información; la instalación de 53 máquinas de
rayos X y 33 detectores de metales para evitar el accionar de punguistas, y la
construcción de un sector exclusivo para los servicios internacionales. Pese al plan
de obras propuesto, las mismas brillan por su ausencia. Hoy, la Terminal luce
antigua, desmejorada, sucia y los días con mucho tránsito queda absolutamente
desbordada.
Estas mejoras debían ejecutarse en
tres etapas, de entre 3 y 18 meses desde la firma del contrato. Pasado ese tiempo,
las obras brillan por su ausencia. Hoy, la Terminal luce antigua, desmejorada, sucia
y los días con mucho tránsito queda absolutamente desbordada, hay pocos
asientos y la información a los pasajeros deja mucho que desear.
Por todo lo expuesto, y a los efectos
de tomar conocimiento respecto de distintos aspectos referidos al Contrato de
Concesión de la Administración, Explotación Comercial, Reparaciones, Ampliación y
Servicios complementarios de la Estación Terminal de Ómnibus Retiro de la Ciudad
de Buenos Aires, es que solicito a las Sras. Diputadas y los Sres. Diputados
acompañen en la sanción del presente Proyecto de Resolución.-
Firmante | Distrito | Bloque |
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LINARES, MARIA VIRGINIA | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
QUIROZ, ELSA SIRIA | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
PERALTA, FABIAN FRANCISCO | SANTA FE | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
GIUDICI, SILVANA MYRIAM | CIUDAD de BUENOS AIRES | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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TRANSPORTES (Primera Competencia) |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
27/10/2009 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad sin modificaciones en los términos del articulo 204 del reglamento de la H. Cámara |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | ARTICULO 204 | REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | APROBACION ARTICULO 204 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS | APROBADO | |
Diputados | CONTESTACION DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL - JEFE DE GABINETE DE MINISTROS - GIRADO A LA COMISION RESPECTIVA | ||
Diputados | CONTESTACION DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL - JEFE DE GABINETE DE MINISTROS - GIRADO A LA COMISION RESPECTIVA |