TRANSPORTES
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 3484-D-2015
Sumario: EDUCACION VIAL: INCORPORAR EN LA CURRICULA SU ENSEÑANZA EN LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS PRIMARIOS, SECUNDARIOS Y TERCIARIOS PUBLICOS Y PRIVADOS DE TODO EL PAIS.
Fecha: 17/06/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 71
Artículo 1: Los establecimientos
educativos primarios, secundarios y terciarios públicos y privados de la República
Argentina deberán contener en su contenido curricular la enseñanza de la
educación vial.
Artículo 2: Es autoridad de aplicación
de la presente ley el Ministerio de Educación de la Nación que conjuntamente con
el Consejo Federal de educación definirán la currícula y su incorporación como
materia obligatoria.
Artículo 3: Son organismos asesores
del Ministerio de Educación de la Nación el Consejo Federal de Seguridad Vial y
la Agencia Nacional de Seguridad Vial.
Artículo 4: Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En primer lugar cabe destacar que la
ley 24449 amplia los alcances de la ley 23.348 e incluye la educación vial en los
niveles de enseñanza preescolar, primario y secundario y que muchas provincias
adhirieron a la misma.
La presente iniciativa tiene la intención
por un lado de ampliar la educación vial también al nivel terciario, de hacerla
efectiva en todos los niveles y de establecer como autoridad de aplicación al
Ministerio de Educación de la Nación con alcance en todo el territorio de la
República Argentina.
Algunas provincias ya tienen en su
currícula en algunos niveles esta materia pero no todas han adherido y
entendemos que es imperioso y necesario que la materia sea dictada en todo el
país y en todos los niveles educativos como materia obligatoria.
Consideramos que en la actualidad en
la Argentina la educación en la seguridad vial es un tema pendiente, en general en
la formación hay ausencia de educación vial y esto es urgente modificarlo para
contribuir a conductas responsables, seguras y solidarias y así disminuir la
importante cantidad de accidentes de tráfico que hay en el país.
En la Argentina hubo 7896 muertos
como consecuencia de accidentes de tránsito en el año 2013, según la ONG
Luchemos por la Vida.
Esta situación debe cambiar mediante
políticas de estado mejorando la infraestructura, la ingeniería vehicular y también
la educación.
Según estudios científicos realizados
por la OMS, los factores conductuales tienen una incidencia de entre el 85% y el
90% en los siniestros viales; se calcula que un 5% se puede atribuir a la
infraestructura vial y el otro 5%, a la ingeniería vehicular. Es por ello que en este
proyecto ponemos acento en la educación y que esta sea impartida en todo el país
y todos los niveles educativos.
Debemos ser conscientes de la
importancia que tiene educar en seguridad vial a las personas ya sea en su
calidad de peatones, ciclistas, usuarios de servicios públicos, automovilistas o
motociclistas, desde el nivel inicial hasta el nivel terciario orientando a las
personas desde las instituciones educativas lo que significa la seguridad vial y su
importancia.
En atención a lo manifestado
solicitamos la aprobación del presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
KRONEBERGER, DANIEL RICARDO | LA PAMPA | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
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