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TRANSPORTES

Comisión Permanente

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Secretario Administrativo SR. MORENO MENDEZ JOSE JUAN C.

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 2984-D-2015

Sumario: TRANSITO - LEY 24449 -. MODIFICACION DEL ARTICULO 92, SOBRE INCLUIR LA REALIZACION DE CAMPAÑAS DE COMUNICACION VIAL.

Fecha: 26/05/2015

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 56

Proyecto
CAMPAÑAS DE COMUNICACIÓN VIAL, AMPLIACION DEL ARTICULO 92, LEY NACIONAL DE TRANSITO N° 24.449.
Artículo 1°- Agréguese al artículo 92°, de la Ley Nacional de Tránsito, los puntos 5, 6 y 7. Quedando redactados de la siguiente manera:
ARTICULO 92. - ASIGNACION DE COMETIDO. Se encomienda al Poder Ejecutivo:
1. Elaborar la reglamentación de la ley en consulta con las provincias y organismos federales relacionados a la materia, dando participación a la actividad privada;
2. Sancionar la reglamentación dentro de los ciento ochenta días de publicada la presente, propiciando la adoptación por las provincias en forma íntegra, bajo idéntico principio de uniformidad normativa y descentralización ejecutiva que animan esta ley y sus antecedentes;
3. Concurrir a la integración del Consejo Federal de Seguridad Vial;
4. Dar amplia difusión a las normas de seguridad vial antes de entrar en vigencia y mantener una difusión permanente.
5. Transmitir los hábitos de respeto por las normas, reglas y principios de tránsito que hacen a la conducta responsable de los peatones y conductores de rodados de todo tipo.
6. Realizar habitual y periódicamente amplias campañas de comunicación vial, orientando sobre la correcta conducción de moto vehículos y los comportamientos que favorecen la prevención de accidentes viales.
7. Instalar en los medios de comunicación masiva, anuncios publicitarios, con la debida frecuencia y continuación.
Artículo 2°- Esta ley deberá ser reglamentada dentro de los noventa (90) días de su publicación en el Boletín Oficial.
Artículo 3°- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Señor Presidente, para progresar en una estrategia integral que promueva, divulgue y fomente la seguridad vial de manera indeleble. Generando una profunda conciencia social y familiar.
El presente proyecto cuestiona la necesidad de generar campañas de difusión masiva sobre la conducción responsable, así como la urgente necesidad de desarrollar políticas públicas integrales que permitan encarar este flagelo con una batería de acciones coordinadas, siendo la formulación de Planes de Seguridad Vial, concebidos en forma multidisciplinaria y participativa, la única manera de alcanzar soluciones integrales y sostenibles en el tiempo, en cuanto a la reducción de los siniestros viales.
Argentina tiene uno de los índices de mortalidad por accidentes de tránsito más elevados del mundo. Mueren casi 20 personas por día, por esta causa. Alrededor de 7.000 víctimas fatales al año, y más de 120.000 heridos por la misma razón. Los países de medianos y bajos ingresos, concentran aproximadamente un 85% de los muertos y heridos por siniestros de tránsito. En particular, América Latina y el Caribe ostenta una de las tasas de letalidad más altas del mundo (15,01 defunciones/100 000 personas) y de no mediar acciones urgentes esta tasa se incrementará. Pero no se trata aquí, de aportar estadísticas o números fríos. Porque me refiero a vidas humanas, personas, hombres, mujeres, niños, adolescentes, jóvenes, adultos, ancianos. Existencias truncadas, familias devastadas, dolores incomprensibles, sufrimientos evitables.
Expertos en la temática, señalan, tres factores claves en el abordaje de la seguridad vial: 1- el factor humano, 2- el vehículo y 3- la infraestructura. Debido a que el FACTOR HUMANO, es al que se le atribuye la mayoría de los siniestros. Es de vital importancia, dirigir nuestros esfuerzos a este asunto e impulsar diferentes proyectos, normas, campañas y otras iniciativas, en esa dirección. Es en este contexto que acerco la presente nuestra propuesta.
Es sabido, que las leyes por sí solas no modifican la realidad, no obstante favorecen conductas sociales. Ya que operan en lo simbólico y, a la vez, generan cambios en la praxis- La Ley N° 23.348, vigente actualmente, establece la obligatoriedad de la Educación Vial en todos los establecimientos escolares. Esta norma data de 1986, y mucho ha cambiado desde aquel entonces. Han pasado dos Leyes Nacionales de Educación y una Ley de Tránsito con varias modificaciones. La Ley N° 26.206, de Educación Nacional, detalla en su artículo 92°, un listado de contenidos curriculares que, por su importancia, deberán ser comunes a todas las jurisdicciones.
En primer lugar, es importante distinguir educación vial de lo que se entiende por campañas de seguridad vial. Las primeras tienen como objetivo promover el conocimiento y entendimiento de las reglas del tránsito para mejorar las habilidades de los usuarios, mediante esquemas de capacitación formal.
Las campañas de seguridad vial, en cambio, buscan modificar las conductas riesgosas de estos usuarios, por medio de la entrega de información persuasiva, apelando al raciocinio y emotividad del público. Para tratar de erradicar las mismas, como por ejemplo la conducción y el alcohol, el exceso de velocidad, la utilización del teléfono celular, bajo uso de cinturón de seguridad o casco.
A la luz de la experiencia internacional, el primer paso para establecer una campaña de seguridad vial exitosa; es vincularla a un plan de acción o estrategia nacional que considere explícitamente una meta de reducción de mortalidad y morbilidad en los siniestros de tránsito. Ya que una campaña por sí sola no reduce la siniestralidad vial, sino que es su interacción con el conjunto de otras medidas coordinadas y sostenidas en el tiempo, las que acceden a la reducción de mortalidad y morbilidad. Implementar una campaña de manera aislada, eventualmente dejaría de lado importantes consideraciones sobre los énfasis, grupos específicos y conductas que el plan de seguridad vial busca intervenir provocando con ello una dilapidación de recursos y esfuerzos.
Del mismo modo, existe evidencia que da cuenta que las campañas de seguridad vial más eficaces, son aquellas que han sido diseñadas de manera integral y complementadas con controles estrictos por parte de las autoridades correspondientes, reforzando con ello el efecto de la campaña. La Organización Mundial de la Salud sostiene que hace falta más esfuerzos para lograr que la infraestructura vial sea más segura para los peatones y ciclistas, y en algunas naciones, a promulgar urgentemente leyes integrales que se ajusten a las prácticas óptimas relacionadas con todos los factores de riesgo vial.
Pese a los esfuerzos; cambiar la cultura vial y reducir las muertes en las rutas, es un trabajo de largo plazo que requiere fortalecer la prevención y la conciencia cultural. La combinación de estas dos medidas es de suma importancia porque las conductas de riesgo son potencialmente intervenidas desde dos mecanismos: El control de las Autoridades competentes, y el autocontrol del usuario, que no es otra cosa que su propia voluntad que puede ser persuadida por su entorno, en incorporar modificaciones a sus conductas de riesgo, sin la necesidad de mecanismos de coerción por parte del Estado.
La experiencia universal, indica que para cambios conductuales sostenibles en el tiempo, es ineludible la afluencia de medidas suplementarias que circunscriban legislación, penas, multas, controles efectivos, educación y campañas de seguridad vial.
La difusión, entonces de mensajes claros, cortos y precisos de seguridad vial, debe certificar recomendaciones efectivas, sostenidas en el tiempo. Solo así, se logra influir en los comportamientos negativos y conservar este estatus en el tiempo. Es de suma importancia que la campaña sea apoyada por diversos medios tales como: radio, televisión, avisos publicitarios en medios escritos, Internet y otros, para lograr una presencia constante. Sin soslayar el contexto y tipo de esquema, relacionado con el factor que gatilla conductas de riesgo viales, de manera que las medidas de prevención promovidas por la campaña, estén directamente relacionadas con la motivación delas personas para actuar de esa forma. Esto así, ya que si bien puede observarse patrones de siniestralidad vial comunes entre ciudades o países, es evidente que el número y severidad de los percances viales son función de una serie de factores cuantificables como tasas de motorización, desarrollo de la infraestructura vial, dispositivos de seguridad de los vehículos, antigüedad del parque automotor, tiempo de respuesta de los sistemas de salud y emergencia. Como también otros aspectos relativos al contexto social donde ocurren, estilos de conducción imperantes, hábitos y costumbres entre otros factores.
Por último, cabe aclarar que este proyecto es un aspecto más entre los componentes que he mencionado precedentemente. Y se suma a otras iniciativas que he presentado para avanzar en soluciones a la problemática del tema vial. Así los proyectos, Exp. N° 2900/15- Sobre Sistema de iluminación vehicular, Exp. N° 2899/15- Sobre la instalación de dispositivos de pesaje y control del transporte de cargas. Exp. N°2183/15- Construcción de colectoras de la Autopista Parque del Buen Ayre - Exp. N° 883/15. Recomendaciones en publicidad automotor, Renovación del Parque Automotor, también de mi autoría. Considero que estas iniciativas así como tantos otros buenos proyectos de mis pares, dirigidos a la promoción de conductas viales seguras, es la manera más enérgica de encarar este flagelo. Por lo que solicito, me acompañen en la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
EHCOSOR, MARIA AZUCENA BUENOS AIRES FRENTE RENOVADOR
ESPER, LAURA BUENOS AIRES FRENTE RENOVADOR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
TRANSPORTES (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA