TRANSPORTES
Comisión PermanenteOf. Administrativa: Piso P01 Oficina 152
Secretario Administrativo SR. MORENO MENDEZ JOSE JUAN C.
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 1445-D-2018
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LAS MODIFICACIONES INTRODUCIDAS A LA LEY 24449, DE TRANSITO, A TRAVES DEL DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA N° 27/2018.
Fecha: 26/03/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 17
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional para que, a través del Ministerio de Transporte -o en su defecto a través del área que corresponda-, a fin de que se sirva evacuar el pedido de informes que presenta esta Honorable Cámara de Diputados, conforme los puntos que se desgranan de seguido respecto a las modificaciones introducidas a la Ley de Tránsito N° 24449 por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 27 de fecha 11 de enero de 2018 propuestas que se reproducen en el proyecto de ley Nº 6828-D-2017.
1º- Informe el Poder Ejecutivo Nacional cuáles son las cuestiones de necesidad y urgencia para sancionar un decreto que modifica una ley nacional teniendo pendiente de tratamiento en la Honorable Cámara de Diputados el proyecto en el cual se reproducen las propuestas.
2°- Informe el Poder Ejecutivo Nacional si las rutas nacionales, autopistas y otros espacios del dominio público nacional están preparadas para que circulen sin riesgos los vehículos de carga que cuentan con dos semirremolques biarticulados (bitrenes), de qué manera se va a evitar el desgaste de la carpeta asfáltica de dichos caminos y cómo será el plan de mantenimiento de los mismos.
3°- Informe si se ha previsto capacitar de manera específica al personal de conducción de dichos vehículos que cuentan con 2 semirremolques biarticulados.
4°- Informe si se ha previsto capacitar y concientizar al resto de la comunidad vial sobre las maniobras adecuadas para no atentar contra la seguridad vial al encontrarse con un vehículo de dichas características.
5°- Señale asimismo cuáles son los parámetros expresos y detallados que tendrá en cuenta el titular del ministerio de transporte dotado a partir de esta norma de la atribución de modificar unilateralmente las condiciones, es decir peso, alto, ancho, largo, características, de los vehículos de carga o pasajeros.
6°- Señale así también si hasta que esté sancionada la reglamentación referida en el proyecto continúan vigentes los pesos previos al decreto, en particular a lo modificado en el siguiente artículo: ARTÍCULO 23 del proyecto 6828_D-2017 que sustituye el artículo 53 de la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449, por el siguiente: (…) “c) Sin perjuicio de un diseño armónico con los fines de esta Ley, excepto aquellos a que se refiere el artículo 56 en su inciso e), los vehículos y su carga no deben superar las siguientes dimensiones máximas: (...) 4. En total para una formación normal de vehículos: 75 toneladas; Siempre que las configuraciones de vehículos estén debidamente reglamentadas.”
7º- Sírvase acompañar copia documental de las actuaciones administrativas relacionadas con la situación detallada en los puntos precedentes.
8º - Señale asimismo toda información que pueda resultar de interés o relevancia en función de las consultas articuladas mediante esta Resolución.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El Poder Ejecutivo Nacional a tomado ciertas medidas a través del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 27 de fecha 11 de enero de 2018 propuestas que se reproducen en el proyecto de ley Nº 6828-D-2017 fundamentando que “está teniendo lugar un proceso que promueve el funcionamiento dinámico y eficaz de la gestión pública, destinado a incentivar la inversión, la productividad, el empleo y la inclusión social” y que “las medidas de esa índole tienen como principal destinatario al ciudadano por tratarse del diseño de procesos que agilizan sus gestiones y evitan el dispendio de tiempo y costos, que desmejoran la calidad de vida y afectan el desarrollo de las actividades económicas”, si bien son fundamentos loables no es menos cierto que las medidas tienen que ir acompañadas de cuestiones que hacen a su posible desarrollo sin crear mayores dificultades que las que hubieran si no se toman.
Asimismo resulta importante conocer cuáles son las necesidades y urgencias que ha llevado al Poder Ejecutivo a dictar un decreto que modifica una ley nacional salteándose el procedimiento ordinario de sanción de una ley, alterando la división de poderes y estando en tratamiento en la Cámara de Diputados el proyecto de ley que lo reproduce.
Así también, el autorizar a circular vehículos del tamaño de los llamados bitrenes, 30 metros con 25 centímetros según lo que autoriza la norma, no solo se debiera evaluar el costo logístico que se ahorraría el dador de carga sino también las cuestiones vinculadas a la seguridad vial, hoy uno de los principales problemas de nuestro país y la principal causa de muerte según la franja etaria.
Es por eso que solicitamos que el poder ejecutivo nos provea del análisis que ha realizado respecto de los temas que puntuamos al inicio para conocer que las rutas de nuestro país están aptas para soportar 30 toneladas más de peso sobre su asfalto, que va a tener el mantenimiento acorde, que los conductores de dichos camiones estarán especialmente capacitados para manipularlos, que la comunidad vial sabrá convivir con dichos vehículos al momento de encontrárselos en las rutas, que habrá un consenso con las provincias y localidades al respecto ya que las ciudades deberán autorizar especialmente su circulación ya que deberá contar con una infraestructura especial por el gran tamaño y peso de los mismos.
Asimismo nos resulta que si por ley se establecen las características que debe tener un vehículo para circular por las rutas nacionales, autopistas, y otros espacios del dominio público nacional, con el consenso que significa la aprobación de una ley, no veo cómo puede ser una atribución otorgada por decreto del titular del ministerio de transporte quien podrá unilateralmente modificarlas a dichas características fundado en razones de avances tecnológicos.
Es entonces que en virtud de los fundamentos expuestos, solicito a mis pares se sirvan acompañar este Proyecto de Resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
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MOYANO, JUAN FACUNDO | BUENOS AIRES | FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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TRANSPORTES (Primera Competencia) |