RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
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PROYECTO DE DECLARACION
Expediente: 6561-D-2015
Sumario: EXPRESAR BENEPLACITO POR LA CALIDAD Y LA CONDUCTA DEMOCRATICA DEL PUEBLO Y GOBIERNO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA, CON MOTIVO DEL REFERENDUM CONSTITUCIONAL DEL DIA 21 DE FEBRERO DE 2016.
Fecha: 16/02/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 170
Su beneplácito por la calidad y
conducta democrática puesta de manifiesto por el Pueblo y Gobierno del Estado
Plurinacional de Bolivia con motivo del Referéndum Constitucional del 21 de
febrero del año en curso.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La constitución del
Estado Plurinacional de Bolivia del Año 2009 define un sistema de
democracia presidencialista directa que se ejerce de las siguientes
formas: Participativa, Representativa y Comunitaria.
Participativa: por medio
del referéndum, la iniciativa legislativa ciudadana, la revocatoria de
mandato, la asamblea, el cabildo y la consulta previa.
Representativa: a través
de la elección de representantes por voto universal, directo y
secreto. Los bolivianos tienen derecho al voto a partir de los 18
años.
Comunitaria: mediante
la elección, designación o nominación de autoridades y
representantes por normas y procedimientos propios de las naciones
y pueblos indígena originario campesinos.
La Constitución puede
ser reformada totalmente a través de la Asamblea Constituyente
convocada por referéndum ya sea por iniciativa ciudadana con la
firma de al menos el 20 % del electorado, por mayoría absoluta de la
Asamblea Legislativa Plurinacional, o por la Presidencia de Estado.
La reforma parcial puede llevarse a cabo por iniciativa ciudadana
(firmas de al menos 20 % del electorado) o mediante ley de reforma
aprobada por dos tercios del Legislativo. Las reformas deben ser
refrendadas a través de un referéndum aprobatorio.
En este marco, el 26 de
septiembre de 2015, la asamblea aprobó la reforma del mandato
presidencial con 112 votos a favor y 41 en contra. De esta manera el
Congreso de Bolivia habilitó al mandatario Evo Morales para una
nueva elección presidencial, a través de una reforma parcial a la
Carta Magna sujeta a referendo en febrero de 2016.
El 5 de noviembre de
2015 fue promulgada la Ley Nº 757, de convocatoria a referendo
constitucional aprobatorio. Por esa norma, "Se convoca a Referendo
Constitucional Aprobatorio en circunscripción nacional, para que el
pueblo boliviano mediante la democracia directa y participativa y en
ejercicio de su poder soberano, apruebe o rechace la reforma del
artículo 168 de la Constitución Política del Estado."
En este caso el
Referendum tuvo la finalidad de aprobar o rechazar el proyecto
constitucional para permitir al presidente o vicepresidente del
Estado Boliviano a postularse nuevamente a una elección.
El Referendo
Constitucional tuvo lugar el día domingo 21 de febrero de 2016 en
todo el territorio nacional en 73 ciudades y en 33 países del exterior
en los que el Estado boliviano tiene una oficina consular. Estaban
habilitados para participar del referéndum 6.525.971 votantes,
mayores de 18 años inscritos y habilitados en el Padrón Electoral
Biométrico.
La papeleta de votación
constó de una pregunta para que los votantes puedan aprobar o
rechazar al proyecto de reformar el artículo 168 de la Constitución
Política del Estado: "¿Usted está de acuerdo con la reforma del
artículo 168 de la Constitución Política del Estado para que la
presidenta o presidente y la vicepresidenta o vicepresidente del
Estado puedan ser reelectas o reelectos por dos veces de manera
continua?". Las únicas respuestas válidas eran el "Sí" o el "No",
mientras que otras opciones son anular el voto o votar en
blanco.
Actualmente, el artículo
168 de la Constitución permite a estos cargos públicos la reelección
una sola vez. Allí se señala que: "El período de mandato de la
Presidenta o del Presidente y de la Vicepresidenta o del
Vicepresidente del Estado es de cinco años, y pueden ser reelectas o
reelectos por una sola vez de manera continua".
Como se ha señalado
antes, en el Referendo Constitucional se consultó a la ciudadanía
acerca de la modificación referida al número de veces de la
reelección de la Presidenta o del Presidente y de la Vicepresidenta o
del Vicepresidente.
En el caso de los
actuales mandatarios, por Disposición Transitoria de la Reforma
Parcial de la Constitución Política de Estado, se considera como
primera reelección al período 2015-2020 y la segunda reelección
2020-2025.
El primer mandato de
Morales (2006-2010) se caracterizó por la puesta en marcha de
políticas nacionalistas e indigenistas. Además de la nacionalización
de los hidrocarburos se apostó a un modelo propio de desarrollo y
de distribución de la riqueza, recuperando el rol central del Estado
en la economía. En diez años, los indicadores sociales señalan que el
ingreso per cápita pasó de 900 dólares en 2005 a 3000 dólares en
2015."
En 2006 se instala una
Asamblea Constituyente para redactar una nueva Constitución. Tras
una crisis política que polariza el país entre partidarios del Gobierno
(principalmente en el occidente) y seguidores de las demandas de
autonomía departamental y capitalía para Sucre (en el Oriente
Boliviano), la Constitución Plurinacional es aprobada por 164 de los
255 asambleístas y posteriormente modificada por el Congreso y
refrendada por la población en un referéndum.
A fines de 2009, Evo
Morales del MAS es reelecto presidente con más de dos tercios de
mayoría legislativa.
Este dirigente es el
primer presidente indígena de Bolivia y el único en la región que
más tiempo tiene en su cargo gracias a una profunda transformación
social, política y económica. Morales ha logrado un amplio respaldo
en todas las contiendas electorales a las que se ha presentado hasta
ahora, registrando actualmente un nivel de aprobación de más del
60%. Llegó al poder en 2006 con el 54% de los votos; dos años
después, superó un referéndum revocatorio con el 67% del apoyo;
en 2009, tras reformar la Constitución, volvió a ser elegido
presidente con el 64% de los sufragios y cinco años después, en
octubre de 2014, con el 61%.
Otra de las
características de este proceso es la participación de las
comunidades indígenas, movimientos sociales, campesinos y
obreros de todas partes del país en las decisiones políticas, logrando
de esa manera desarrollar un agestión con una gran aceptación
popular que lo ha mantenido en el Gobierno por 10 años
consecutivos.
Cumpliendo con lo
señalado por la Comisión de Venecia, el referendo contó con la
presencia de organismos internacionales que observaron el proceso
electoral, entre ellas la Organización de los Estados Americanos
(OEA), la Organización de las Naciones Unidas (ONU) -a través de
la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos
(Oacnudh)y el Parlamento de Mercosur, entre otros organismos
intrnacionales. Asimismo, el Tribunal Supremo Electoral de Bolivia
invitó a la Unión de Naciones Suramericanas (Unasur) y a la Unión
Europea (UE) para que sigan el proceso consultivo.
Desde el punto de vista
estrictamente electoral, puede aseverarse que el Referendum
Revocatorio que vivió Bolivia se ajustó en un todo a las normas
internacionales que abordan esta materia. Por ejemplo, el "Código
de Buenas Prácticas sobre Referendos" de la Comisión de Venecia
establece diferentes criterios que deben ser considerados en este tipo
de procesos consultivos. Entre otras cosas, se señala la importancia
de considerar: 1) el reconocimiento del derecho a votar de los
ciudadanos que residen en el extranjero; 2) la garantía de igualdad
de oportunidades para los simpatizantes y opositores de la
propuesta sujeta a votación; 3) el papel de la autoridad pública, que
si bien no debe prohibirse su intervención, debe evitarse el uso de
fondos públicos y una campaña excesiva o imparcial que influya en
el voto; 4) la pregunta puesta a votación no debe sugerir una
respuesta y debe responderse con un sí o un no, o con un voto
blanco, y 5) la necesaria presencia de observadores nacionales e
internacionales para el proceso consultivo.
La jornada democrática
del 21 de febrero ha cumplido acabadamente estos cometidos ya que
cumplió con los estándares internacionales establecidos permitiendo
un ejercicio pleno de la ciudadanía en esta consulta.
Señor Presidente, por
todo lo expuesto es que solicito a mis pares, me acompañen en la
aprobación de la presente iniciativa.
Firmante | Distrito | Bloque |
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CARMONA, GUILLERMO RAMON | MENDOZA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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