RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

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PROYECTO DE DECLARACION

Expediente: 6561-D-2015

Sumario: EXPRESAR BENEPLACITO POR LA CALIDAD Y LA CONDUCTA DEMOCRATICA DEL PUEBLO Y GOBIERNO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA, CON MOTIVO DEL REFERENDUM CONSTITUCIONAL DEL DIA 21 DE FEBRERO DE 2016.

Fecha: 16/02/2016

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 170

Proyecto
Su beneplácito por la calidad y conducta democrática puesta de manifiesto por el Pueblo y Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia con motivo del Referéndum Constitucional del 21 de febrero del año en curso.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La constitución del Estado Plurinacional de Bolivia del Año 2009 define un sistema de democracia presidencialista directa que se ejerce de las siguientes formas: Participativa, Representativa y Comunitaria.
Participativa: por medio del referéndum, la iniciativa legislativa ciudadana, la revocatoria de mandato, la asamblea, el cabildo y la consulta previa.
Representativa: a través de la elección de representantes por voto universal, directo y secreto. Los bolivianos tienen derecho al voto a partir de los 18 años.
Comunitaria: mediante la elección, designación o nominación de autoridades y representantes por normas y procedimientos propios de las naciones y pueblos indígena originario campesinos.
La Constitución puede ser reformada totalmente a través de la Asamblea Constituyente convocada por referéndum ya sea por iniciativa ciudadana con la firma de al menos el 20 % del electorado, por mayoría absoluta de la Asamblea Legislativa Plurinacional, o por la Presidencia de Estado. La reforma parcial puede llevarse a cabo por iniciativa ciudadana (firmas de al menos 20 % del electorado) o mediante ley de reforma aprobada por dos tercios del Legislativo. Las reformas deben ser refrendadas a través de un referéndum aprobatorio.
En este marco, el 26 de septiembre de 2015, la asamblea aprobó la reforma del mandato presidencial con 112 votos a favor y 41 en contra. De esta manera el Congreso de Bolivia habilitó al mandatario Evo Morales para una nueva elección presidencial, a través de una reforma parcial a la Carta Magna sujeta a referendo en febrero de 2016.
El 5 de noviembre de 2015 fue promulgada la Ley Nº 757, de convocatoria a referendo constitucional aprobatorio. Por esa norma, "Se convoca a Referendo Constitucional Aprobatorio en circunscripción nacional, para que el pueblo boliviano mediante la democracia directa y participativa y en ejercicio de su poder soberano, apruebe o rechace la reforma del artículo 168 de la Constitución Política del Estado."
En este caso el Referendum tuvo la finalidad de aprobar o rechazar el proyecto constitucional para permitir al presidente o vicepresidente del Estado Boliviano a postularse nuevamente a una elección.
El Referendo Constitucional tuvo lugar el día domingo 21 de febrero de 2016 en todo el territorio nacional en 73 ciudades y en 33 países del exterior en los que el Estado boliviano tiene una oficina consular. Estaban habilitados para participar del referéndum 6.525.971 votantes, mayores de 18 años inscritos y habilitados en el Padrón Electoral Biométrico.
La papeleta de votación constó de una pregunta para que los votantes puedan aprobar o rechazar al proyecto de reformar el artículo 168 de la Constitución Política del Estado: "¿Usted está de acuerdo con la reforma del artículo 168 de la Constitución Política del Estado para que la presidenta o presidente y la vicepresidenta o vicepresidente del Estado puedan ser reelectas o reelectos por dos veces de manera continua?". Las únicas respuestas válidas eran el "Sí" o el "No", mientras que otras opciones son anular el voto o votar en blanco.
Actualmente, el artículo 168 de la Constitución permite a estos cargos públicos la reelección una sola vez. Allí se señala que: "El período de mandato de la Presidenta o del Presidente y de la Vicepresidenta o del Vicepresidente del Estado es de cinco años, y pueden ser reelectas o reelectos por una sola vez de manera continua".
Como se ha señalado antes, en el Referendo Constitucional se consultó a la ciudadanía acerca de la modificación referida al número de veces de la reelección de la Presidenta o del Presidente y de la Vicepresidenta o del Vicepresidente.
En el caso de los actuales mandatarios, por Disposición Transitoria de la Reforma Parcial de la Constitución Política de Estado, se considera como primera reelección al período 2015-2020 y la segunda reelección 2020-2025.
El primer mandato de Morales (2006-2010) se caracterizó por la puesta en marcha de políticas nacionalistas e indigenistas. Además de la nacionalización de los hidrocarburos se apostó a un modelo propio de desarrollo y de distribución de la riqueza, recuperando el rol central del Estado en la economía. En diez años, los indicadores sociales señalan que el ingreso per cápita pasó de 900 dólares en 2005 a 3000 dólares en 2015."
En 2006 se instala una Asamblea Constituyente para redactar una nueva Constitución. Tras una crisis política que polariza el país entre partidarios del Gobierno (principalmente en el occidente) y seguidores de las demandas de autonomía departamental y capitalía para Sucre (en el Oriente Boliviano), la Constitución Plurinacional es aprobada por 164 de los 255 asambleístas y posteriormente modificada por el Congreso y refrendada por la población en un referéndum.
A fines de 2009, Evo Morales del MAS es reelecto presidente con más de dos tercios de mayoría legislativa.
Este dirigente es el primer presidente indígena de Bolivia y el único en la región que más tiempo tiene en su cargo gracias a una profunda transformación social, política y económica. Morales ha logrado un amplio respaldo en todas las contiendas electorales a las que se ha presentado hasta ahora, registrando actualmente un nivel de aprobación de más del 60%. Llegó al poder en 2006 con el 54% de los votos; dos años después, superó un referéndum revocatorio con el 67% del apoyo; en 2009, tras reformar la Constitución, volvió a ser elegido presidente con el 64% de los sufragios y cinco años después, en octubre de 2014, con el 61%.
Otra de las características de este proceso es la participación de las comunidades indígenas, movimientos sociales, campesinos y obreros de todas partes del país en las decisiones políticas, logrando de esa manera desarrollar un agestión con una gran aceptación popular que lo ha mantenido en el Gobierno por 10 años consecutivos.
Cumpliendo con lo señalado por la Comisión de Venecia, el referendo contó con la presencia de organismos internacionales que observaron el proceso electoral, entre ellas la Organización de los Estados Americanos (OEA), la Organización de las Naciones Unidas (ONU) -a través de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (Oacnudh)y el Parlamento de Mercosur, entre otros organismos intrnacionales. Asimismo, el Tribunal Supremo Electoral de Bolivia invitó a la Unión de Naciones Suramericanas (Unasur) y a la Unión Europea (UE) para que sigan el proceso consultivo.
Desde el punto de vista estrictamente electoral, puede aseverarse que el Referendum Revocatorio que vivió Bolivia se ajustó en un todo a las normas internacionales que abordan esta materia. Por ejemplo, el "Código de Buenas Prácticas sobre Referendos" de la Comisión de Venecia establece diferentes criterios que deben ser considerados en este tipo de procesos consultivos. Entre otras cosas, se señala la importancia de considerar: 1) el reconocimiento del derecho a votar de los ciudadanos que residen en el extranjero; 2) la garantía de igualdad de oportunidades para los simpatizantes y opositores de la propuesta sujeta a votación; 3) el papel de la autoridad pública, que si bien no debe prohibirse su intervención, debe evitarse el uso de fondos públicos y una campaña excesiva o imparcial que influya en el voto; 4) la pregunta puesta a votación no debe sugerir una respuesta y debe responderse con un sí o un no, o con un voto blanco, y 5) la necesaria presencia de observadores nacionales e internacionales para el proceso consultivo.
La jornada democrática del 21 de febrero ha cumplido acabadamente estos cometidos ya que cumplió con los estándares internacionales establecidos permitiendo un ejercicio pleno de la ciudadanía en esta consulta.
Señor Presidente, por todo lo expuesto es que solicito a mis pares, me acompañen en la aprobación de la presente iniciativa.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CARMONA, GUILLERMO RAMON MENDOZA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia)