RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 1253-D-2016

Sumario: PROTOCOLO DE ACCIONES Y MEDIDAS EN TORNO AL SEGUIMIENTO DE LAS POLITICAS PARA LA RECUPERACION PLENA DE LA SOBERANIA NACIONAL SOBRE EL TERRITORIO DE LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR Y SANDWICH DEL SUR Y LOS ESPACIOS MARITIMOS E INSULARES CIRCUNDANTES. CREACION

Fecha: 01/04/2016

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 22

Proyecto
Artículo 1°: Créase el protocolo de acciones y medidas del gobierno nacional entorno al Seguimiento de las Políticas referidas a la recuperación plena de la Soberanía Nacional sobre el territorio de las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimo e insulares circundantes.
Artículo 2°: Su objeto será promover las acciones que permitan el cumplimiento de la cláusula transitoria primera de la Constitución Nacional y otorgarle al Poder Ejecutivo Nacional el marco necesario para el desarrollo de las políticas destinadas a la recuperación plena del ejercicio de la soberanía sobre los territorios mencionados.
Artículo 3°: El protocolo precitado en el artículo 1° establecerá los lineamientos de las políticas públicas destinadas a los efectos de lo ordenado en el artículo 2° y que serán ordenatorios para los sucesivos gobiernos nacionales.
Artículo 4°: El protocolo está contenido en el Anexo I de la presente ley y es parte integrante de la misma.
Artículo 5°: Comuniquesé al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto de ley tiene como objeto dar cumplimiento a lo previsto en la disposición transitoria primera de la Constitución Nacional, que manifiesta y expresa en términos jurídicos aquello que le corresponde por derecho al pueblo argentino.
Desde 1833 el Reino Unido de Gran Bretaña ha llevado a cabo acciones colonialistas centenarias y anacrónicas ocupando un territorio que no le es propio y ostenta apelando a argumentos tan ambiguos, como contradictorios. La manda constitucional se refiere a: "la legítima e imprescriptible soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes, por ser parte integrante del territorio nacional" y que "la recuperación de dichos territorios y el ejercicio pleno de la soberanía, respetando el modo de vida de sus habitantes, y conforme a los principios del derecho internacional, constituyen un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino".
Nuestro país ha reclamado, y denunciado, desde hace mas de 50 años el incumplimiento por parte del Reino Unido de sucesivas resoluciones de las Naciones Unidas y otros organismos multilaterales. A esta cuestión compleja de la soberanía se ha sumado, últimamente, la explotación unilateral de los recursos naturales tanto renovables como no renovables disponibles en la zona y que según numerosos especialistas definirán uno de los escenarios de las relaciones internacionales en este siglo, junto a la cuestión de la Antártida.
Estas acciones unilaterales, y la violación de distintos convenios, incluyendo el de cooperación para la exploración de hidrocarburos off-shore de 1995 por parte del Reino Unido, sumada a la inclusión de las islas australes como territorios británicos de ultramar en la Constitución de la Unión Europea, no han hecho más que agravar la instancia del diálogo bilateral.
Mas cerca de nuestro tiempo, el reclamo que siempre fue conducido por los canales diplomáticos correspondientes, se transformó en una contienda bélica. El gobierno de facto que imperó en nuestro país entre 1976 y 1983, y le costó la vida a miles de argentinos, embarcó al país, a comienzos de1982, en una guerra mal planificada y solamente ejecutada con el valor y arrojo de los soldados argentinos, que no dudaron en ofrendar su vida por la defensa de la soberanía nacional y una causa justa como la de Malvinas. Sin Embargo esta aventura belicista terminó por empañar el justo reclamo ante los diferentes organismos internacionales y dio argumentos, insuficientes, a la defensa colonialista.
La Argentina ha cumplido, y ha exigido el cumplimiento, de los convenios bilaterales y de las citadas resoluciones. Desde la reforma de la Constitución Nacional, en 1994, existe una cláusula transitoria que aún hoy no tiene una norma positiva que la instrumente y la haga ejecutable. El camino elegido por el constitucionalista es mas más largo pero ajustado a derecho y a la tradición de un pueblo que no cree en la fuerza como método de resolución de conflictos.
En este sentido estamos convencidos que el ámbito, por excelencia, para formular una política de estado que trascienda los gobiernos coyunturales, es el Congreso de la Nación. En esta casa política están representados los intereses del pueblo argentino y de la provincias argentinas, que son preexistentes al Estado Nacional, por cuanto deviene preciso establecer un marco político y un plan de acciones que persiga el objetivo constitucional de la recuperación plena de la soberanía sobre las sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares circundantes.
Sr. Presidente: el presente proyecto no tiene más intención que la de ordenar una manda constitucional y crear, en este sentido, un marco de acción política amplio y perdurable hasta que el objeto que dio origen a la misma se haya cumplido. Las provincias, dentro de las facultades que no se reservaron para sí, delegaron en el Estado Central el desarrollo de las relaciones exteriores del país, por tal motivo sostenemos que a fin de fortalecer el reclamo en todos los ámbitos que corresponda, es necesario la protocolización de acciones políticas.
Por todo ello es que solicito a mis pares su aprobación.
Proyecto

ANEXO

ANEXO I
PROTOCOLO
Artículo 1°: Determinase como obligatorio la presencia y presentación del respectivo reclamo sobre la legítima e imprescriptible soberanía argentina sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos circundantes ante la Asamblea General de las Naciones Unidas, el Comité de Descolonización del mismo organismo, la Organización de Estados Americanos (OEA), el Mercado Común del Sur (MERCOSUR), la Unión de Naciones Suramericana (UNASUR), la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC).
Artículo 2°: Instrúyase al Señor Presidente de la Nación, como responsable máximo de articular las políticas de Relaciones Exteriores, para que lleve adelante un plan de presencias en distintos foros multilaterales internacionales reclamando por el efectivo cumplimiento de las Resoluciones de las Naciones Unidas entorno a la negociación por la Soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos circundantes correspondientes.
Artículo 3°: Ordénese al Poder Ejecutivo Nacional la formulación de un plan de despliegue diplomático en la región suramericana para fortalecer la presencia del reclamo de soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos circundantes correspondientes.
Artículo 4°: Formúlese, ante los principales foros internacionales u organismos de integración de otras regiones, un programa internacional de seminarios y jornadas de información sobre la importancia del fin de los enclaves colonizados y del respeto del principio de integridad territorial de los países soberanos.
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ESTEVEZ, GABRIELA BEATRIZ CORDOBA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
RUIZ ARAGON, JOSE ARNALDO CORRIENTES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
HUSS, JUAN MANUEL ENTRE RIOS FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GOMEZ BULL, MAURICIO RICARDO SANTA CRUZ FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GONZALEZ, JOSEFINA VICTORIA SANTA FE FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
PEREZ, MARTIN ALEJANDRO TIERRA DEL FUEGO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
ALVAREZ RODRIGUEZ, MARIA CRISTINA BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
RODRIGUEZ, MATIAS DAVID TIERRA DEL FUEGO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia)