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PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL

Comisión Permanente

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Secretario Administrativo SRA. VILLARES MARIANA

Jefe SR. AMBOADE FAVIO JAVIER

Martes 16.00hs

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  • PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL

Reunión del día 07/03/2018

- EXPEDIENTE 6829-D-2018

EXPEDIENTES

- En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los siete días del mes de marzo de 2018, a la hora 17 y 50:
SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Damos comienzo a la reunión conjunta de las comisiones de Legislación General y de Previsión y Seguridad Social.

En primer lugar, quiero agradecer al señor diputado Maquieyra, flamante presidente de la Comisión de Previsión y Seguridad Social, por este trabajo en conjunto que estamos llevando adelante en el expediente 6829-d-2017.

En esta oportunidad vamos a recibir al secretario Legal y Técnico de la Presidencia de la Nación, el doctor Pablo Clusellas, y a su equipo, que van a explicar el contenido de este proyecto de ley. Quiero agradecerles muy especialmente su concurrencia en el día de hoy a la Cámara de Diputados.

Aclaro que escucharemos en primer término al secretario y luego los diputados tendrán oportunidad de hacer uso de la palabra y realizar las preguntas que deseen al doctor Clusellas y a su equipo vinculadas con este proyecto que involucra varios aspectos de diferente contenido.

Tiene la palabra el doctor Pablo Clusellas.

SR. CLUSELLAS Muchísimas gracias por la invitación. Es la primera vez que concurro a dar detalles sobre este aspecto del proyecto de ley de simplificación que involucra, en este caso en particular, a cuatro institutos.

Para explicarles un poco el contexto de este tema de la simplificación, les comento que es una política que el Poder Ejecutivo viene implementando desde el inicio, pero fuertemente durante el último año, que busca revisar regulaciones desde el punto de vista de la simplificación, que tiene que ver con el funcionamiento y las cargas que impone el funcionamiento de esa regulación. Asimismo, revisa si esas cargas, obligaciones o esa manera de funcionar tienen mayor sentido en el mundo de hoy frente a otras regulaciones que se han dictado o frente a otras alternativas que se pueden simplificar.

Y cuando hablo de simplificación me refiero a simplificar y reducir las cargas al ciudadano, hacer todo más fácil y accesible. Y con respecto a la administración pública, también hacer más accesible, transparente y simple su funcionamiento.

El proyecto de ley en este caso incluye cuatro aspectos. El primero se refiere al tema de la firma digital. Como podrán notar, el Poder Ejecutivo ha venido implementando desde el 2015 de manera acelerada, la incorporación de la firma digital a través de lo que denominamos el documento digital.

La estrategia de la administración pública fue -en igual sentido que en la ciudad de Buenos Aires- modificar y eliminar el papel como tramitador; ese es el concepto. Es decir, que el papel deje de ser la tecnología que tramita dentro del Poder Ejecutivo y que pase a tramitar el documento digital; o sea, que el documento digital reemplace al papel.

Ustedes van a ver una serie de normas que se vienen dictando en la administración pública que reflejan esto: se va incorporando el documento digital en forma obligatoria. O sea, se le da carácter legal al documento digital en todos los trámites del Estado, pero no solamente en los trámites que se refieren a la tramitación pura sino también en los que implican regímenes de compra, de contrataciones, registros y una serie de cosas que la administración pública realiza y que requiere tramitarse. La idea final es que todos esos trámites se hagan en forma electrónica.

En la ciudad de Buenos Aires se logró que prácticamente el ciento por ciento de la administración pública tramite en forma electrónica, que todos los registros sean electrónicos y que la información sea abierta y accesible.

En Nación -como ya contábamos con la experiencia de la ciudad-, arrancamos muy bien y muy rápido, pero como tiene un mayor tamaño, creemos que en los próximos dos años terminaremos con el 50 por ciento que calculamos que resta para tener el ciento por ciento de los trámites en forma electrónica.

En cuanto a la ley de firma digital, encontramos que tenía una serie de supuestos que en la realidad no se habían cumplimentado. Por ejemplo, la ley contemplaba la existencia de una comisión que nunca se creó y establecía regímenes de auditoría que no se realizaron.

Nuestra propuesta fue modificar la ley para incorporar la realidad actual. Es decir, que los sistemas de auditoría los realiza la Sindicatura y será ésta quien haga la auditoría de la propia ley de firma digital dentro del Poder Ejecutivo. Por otro lado, esa comisión que contemplaba la ley no tenía sentido; era una comisión que no funcionaba, y las autoridades certificantes estaban dentro del Poder Ejecutivo.

En relación a la utilización de la firma digital por parte del ciudadano venimos propugnando que se incremente su uso, ya que si el Estado para sus regímenes internos utiliza el documento electrónico no va haber ningún problema en que el ciudadano también se comunique en forma electrónica con el Estado o para que el ciudadano utilice el documento electrónico en sus operaciones entre sí.

La sanción de la ley de firma digital se produjo hace varios años y uno se pregunta por qué no prosperó. En realidad, no prosperó porque la ley de firma digital requiere que haya documentos digitales para ser firmados. Cuando hay documentos, la firma está. Entonces, a medida que el Estado vaya generando documentos digitales y utilizándolos en su relación entre el ciudadano y el Estado, también puede utilizarlos para las relaciones de los ciudadanos entre sí.

Por eso se removieron algunas restricciones que impedían o dificultaban que los ciudadanos entre sí puedan optar por firmar sus documentos en forma digital, con firma digital.

Por otro lado, se va a expandir y facilitar mucho la obtención de una firma digital por cualquier ciudadano. Vamos a ir a un modelo que denominamos firma digital en la nube que permite al ciudadano obtener su firma digital en la nube y reducir el costo; no digo que vaya a ser gratuito, pero será a un costo mínimo. Además, así como el Estado se hace digital hacia adentro también se tiene que hacer digital hacia afuera.

Por eso, cada vez más van a ver lo que nosotros llamamos tramitación a distancia, que es el tramitador que permite que el ciudadano se comunique legalmente y haga sus presentaciones legales en forma electrónica.

Las modificaciones a la ley se hicieron para simplificar el funcionamiento de la firma electrónica y permitir el incremento de su utilización en la medida que creemos que es un hecho, que la administración pública hacia adentro lo autoriza cada vez más, y para los ciudadanos será una opción que les va a facilitar mucho una cantidad de transacciones o decisiones que pueden hacer en forma electrónica.

Asimismo, como decía anteriormente, este proceso de simplificación del Poder Ejecutivo generó una cantidad de normas, muchas de ellas del año 2017 que también incorporaron esta idea de simplificar. Por ejemplo, la cuestión de las Buenas Prácticas en Materia de Simplificación, contemplada en el decreto 891/17, que tiene como propósito que la administración pública vaya adecuando sus nuevas regulaciones a los principios de lo que en el mundo se llaman buenas prácticas regulatorias, que incluye entre ellas el tema del hacer y simplificar en lenguaje claro y sencillo. Eso se refiere a lo que yo denomino el flujo regulatorio, es decir, a las próximas regulaciones que el Poder Ejecutivo va a dictar en todos sus órdenes, no solamente a nivel de presidente sino también ministros y entes reguladores.

Los Estados regulan -no es una discusión de la cantidad-; claramente son grandes reguladores, eso se ha incrementado y se seguirá incrementando por diversas razones.

Por ello, lo mejor que pueden hacer las administraciones públicas es optimar su flujo regulatorio, es decir, incorporar buenas prácticas regulatorias. Esto incluye que sean simples, que se reduzcan las cargas y que se analicen los impactos o regulaciones.

Se trata de cuestiones que es bueno que el Poder Ejecutivo vaya desarrollando y celebro que también el Congreso haya incorporado el análisis del impacto presupuestario, el impacto regulatorio en sus normas.

Considero que son nuevas y valiosas disciplinas para aquellos que nos toca regular, en cualquier Poder que estemos, sumado al análisis jurídico, que es profundo en la historia de la administración pública en la Argentina. Se trata de una visión simplificadora y accesible, que tiene la finalidad de simplificar la modificación a la ley de firma digital.

El otro instituto, que apunta a algo parecido, es la modificación en la Agencia de Administración de Bienes del Estado. Aquí aparece un primer punto, que es el de incorporar el concepto de subasta electrónica y ampliarlo para la compra y la venta. Es un procedimiento muy transparente, accesible, fácil de participar y permite -en este caso- a la AABE incorporar otros activos que pueden ser subastados en forma electrónica, tales como algunas concesiones. Se trata de utilizar un procedimiento fácil y accesible, que hoy la tecnología permite implementar.

Lo mismo sucede con la subasta electrónica inversa, que se produce cuando el Estado sale a comprar al menor precio posible. Es decir que los proveedores subastan sus artículos y el Estado compra al menor precio. Estas modalidades de compra y de venta existen en el mundo de hoy, porque la tecnología las permite desarrollar, y son muy favorables para la compra y la venta dentro del Estado.

Las otras modificaciones se refieren a la administración general de los bienes del Estado. Se incluye la derogación de la ley que daba ciertas atribuciones al Ejército respecto a la administración de sus inmuebles. Todos los inmuebles del Estado tienen que ser administrados en un solo lugar, para darles la mejor utilización posible.

El Registro de Bienes del Estado, que también es un registro electrónico abierto, permitirá conocer la situación de cualquier inmueble del Estado, porque en lo posible no habrá ninguno que esté fuera de su registro, de su administración y de su conocimiento por la ciudadanía.

La finalidad es incorporar en un solo lugar toda la información referente a los bienes del Estado y de allí surgirá la decisión respecto a la administración de los mismos. Por eso mencioné la derogación de la ley que daba al Ejército una situación jurídica particular respecto a sus bienes inmuebles.

Quiero referirme a otro artículo que es el que le da a la AABE una mayor amplitud para la administración de los bienes. La idea que tenemos es que la AABE concentre, pero que la información sea mucho más transparente respecto a la situación de los inmuebles y que esté todo el registro en un solo lugar. Asimismo, que cualquiera puede acceder a la información de cuáles son los inmuebles del Estado y cuál será su estrategia de administración o disposición.

El tercer grupo de normas se refiere al FGS, respecto del cual en el proyecto de ley se incluyeron dos artículos. El primero de ellos se relaciona con los procesos de compra tradicionales para las operaciones financieras, que generalmente están fuera del régimen de compras.

El Ministerio de Finanzas no rige sus operaciones de crédito por medio de la ley de compras y la realidad es que el FGS básicamente realiza operaciones financieras respecto a sus activos financieros. Entonces, lo que ocurre en los hechos es que prácticamente funciona con excepciones, por alguna urgencia en especial, pero es un régimen excepcional y se pretende un régimen general, sin menoscabar la transparencia.

Actualmente, utilizar los procesos de compra tradicionales para operaciones financieras que tienen otro tipo de transacciones le significaba un problema. Por ello, la idea fue remover ese obstáculo, sin perjuicio de lo que se refiere a la información de sus operaciones financieras, que tienen que ser absolutamente transparentes. La ANSES puede establecer mecanismos para ver cuáles son, a fin de evitar cualquier suspicacia respecto de ellas.

El otro punto se vincula con los vehículos, dado que el Fondo tiene restricciones respecto a qué tipo de inversiones tiene que realizar. El Fondo nació con un régimen de capitalización y habrá cumplido su rol en ese sentido. El régimen de reparto le dió otro rol y la reparación histórica le otorgó un rol adicional, como Fondo que a veces atiende el largo plazo -es decir, lo que podría ser un Fondo de capital capitalización a largo plazo- y también tiene que cubrir cuestiones de más corto plazo.

La propuesta que se realizó se refiere a permitir utilizar vehículos. Las restricciones siguen siendo las mismas, lo que se incorpora es la utilización de vehículos para hacer esas operaciones.

A veces, en el mundo financiero es necesario utilizar un fideicomiso como vehículo, no como operación final, y los mercados financieros generan diversos vehículos. El Fondo tiene que estar tratando de obtener o mantener una rentabilidad para las finalidades que cumple y debería tener esos vehículos para poder actuar, y después medir el resultado del Fondo con sus rendimientos.

Por eso, la propuesta de la iniciativa fue incorporar esos vehículos, sin modificar las restricciones que tiene el resto de la ley respecto a cuáles son las inversiones que tiene que realizar el Fondo.

El último tema se relaciona con la UIF, en línea con sus parámetros y los del GAFI. Se ha propuesto como reforma, por un lado, dar mayor claridad respecto a las investigaciones de la UIF, que está obligada a dar la información de una investigación al ministerio público. También se agregó que cuando existe una causa judicial se presenta la opción de dársela a los jueces.

En este sentido, se presentaba una disputa respecto a dar la información al ministerio público y a los jueces, pero nos parece que si el juez requiere la información, la UIF se la pueda facilitar, sin restringir esa posibilidad.

Por otro lado, en el funcionamiento formal, la información que requería la UIF de los actores que, eventualmente, podían estar dentro de un encubrimiento de lavado de dinero, era muy formal respecto a datos de las personas, números de documento, etcétera.

En realidad, la UIF tiene que enfocarse en un análisis de riesgo de las personas, para conocer en cualquier estructura financiera cuál es el beneficiario de esa estructura. Es decir, no quedarse con los temas formales, tales como cuál es el estatuto, etcétera, sino dirigir el análisis para descubrir quién es el beneficiario final en materia de lavado.

Generalmente las operaciones de lavado encubren a los verdaderos beneficiarios. Formalmente diríamos que son los beneficiarios correctos, pero hay que ir por los verdaderos beneficiarios, que son los beneficiarios finales.

Eso va en línea con los parámetros del GAFI, que le solicita a los organismos de información financiera que no se detengan en cuestiones formales sino que investiguen temas de fondo. Si ustedes leen las propuestas, notarán que tienden a incorporar la idea acerca de qué es lo que investiga la Unidad de Información Financiera. Básicamente, se centra en los datos y en los parámetros; si es una persona políticamente expuesta, tiene que ser un parámetro superior. No tiene sentido hacer hincapié en el ciento por ciento de las transacciones sino que hay que concentrarse en las situaciones de riesgo financiero.

En la anterior Unidad de Información Financiera se hacía un análisis del ciento por ciento de las transacciones. Cuando uno lleva a cabo esto, posiblemente termine sin analizar nada. Hay que tratar de ser más eficiente respecto del análisis. Para eso es muy importante el análisis de aquello que llamamos "el riesgo". Las reformas efectuadas fueron en esa dirección.

De esta manera, culmino mi presentación acerca de los fundamentos de los cuatro aspectos centrales de la iniciativa y quedo a disposición de los señores diputados.

SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Tiene la palabra la señora diputada Del Pla.

SRA. DEL PLA Señor presidente: fue bastante rápida la exposición del doctor Pablo Clusellas.

Quería intervenir señalando algunos aspectos que seguramente derivarán en ciertos interrogantes hacia el funcionario informante.

En primer lugar, quiero expresar que no podemos discutir un proyecto de ley parcial de una serie de artículos cuando se encuentra en vigencia el mega DNU que tiene efectos jurídicos y que le ha sido impuesto en forma arbitraria a este Congreso Nacional. Esto es muy serio y así lo señalé en la Comisión Bicameral de Trámite Legislativo que hace un seguimiento de lo que sucede respecto de los DNU. A quienes estuvieron presentes en esa comisión y hoy están aquí, no les va a sorprender lo que estoy afirmando.

Considero que cualquier debate acerca del contenido de las leyes que se han modificado o deban modificarse no puede hacerse en base a algo que ha sido resuelto e impuesto. De lo contrario, este debate es una ficción.

Entonces, para poder debatir el contenido tendría que anularse el mega DNU. Por ello, creo que el debate tiene un alto grado de ficción. En realidad, se trata de aprobar cuestiones que ya han sido sancionadas y que se encuentran en vigencia.

En ese sentido, hemos presentado un proyecto de ley de anulación del megadecreto. Es importante invitar, bajo este concepto, a los diputados de la oposición para solicitar la realización de una sesión especial con el fin de anular el mega DNU. Justamente, eso es lo que no se quiere hacer. O sea, no quieren debatir en el pleno del recinto, la aprobación o rechazo del mega DNU. Por ello, han presentado estos tres proyectos de ley como una forma de entretenernos a todos y pensar que existe la habilitación del debate real.

Por otro lado, la idea de la simplificación y modernización del Estado suena bastante extraña por parte de un gobierno que ha aumentado en un 25 por ciento los órganos burocráticos: ministerios, secretarías, subsecretarías y direcciones. Incluso, más allá del anuncio del señor presidente de la Nación de limitar el número de cargos burocráticos, es notable cómo se las han ingeniado para que, por ejemplo, en algún organismo disminuyan una dirección y al mismo tiempo creen cinco subdirecciones. Esto ha sido hecho con el fin de mantener un aparato que sirve de bolsa de trabajo para familiares y amigos de los funcionarios y ministros. Mientras tanto, el único objetivo del Ministerio de Modernización es despedir trabajadores del Estado. La idea es justificar el despido de casi veinte mil trabajadores del Estado. Por ejemplo, los 258 trabajadores del INTI, a quienes se los quiere incluir en un plan maestro sumada a una privatización del instituto;

los casi 500 de Río Turbio; los cientos de trabajadores del Hospital Posadas; del SENASA; de Fanazul y podría seguir enumerando. Estamos frente a un ataque a los trabajadores, a la mayoría de la población. En este punto creo que esto expresa el verdadero carácter de este decreto. Por eso tampoco se quiere debatir en serio.

Otro aspecto que me parece fundamental es la cuestión de la utilización libre del Fondo de Garantía de Sustentabilidad de la ANSES.

Entiendo que es muy grave que se eliminen todos los mecanismos para que el Poder Ejecutivo pueda disponer de estos fondos y convertirlos en fondos fiduciarios de alquiler para la especulación financiera. No contentos con haberle robado 100.000 millones de pesos a los jubilados con la reforma previsional, ahora vamos al alquiler de los Fondos de Garantía de Sustentabilidad para alimentar a tal o cual instrumento financiero, y de esa forma colocar en total riesgo lo que tiene que garantizar la jubilación y otros beneficios que tiene que otorgar la ANSES a la población más necesitada y humilde.

En cuanto al papel de la UIF, hasta donde sabemos, ninguna de las denuncias que se han hecho sobre los funcionarios del actual gobierno ha venido de alguna advertencia de la UIF: ni las operaciones sospechosas -por no decir coimas- de Arribas, ni la denuncia sobre los fondos off shore de Caputo, que hace de lobo que cuida a las ovejas porque resulta que tiene financieras que compran deuda y a la vez es el que emite la deuda. Esto es claramente una utilización para defalcar al Estado. Y también está Díaz Gilligan, que lo tuvieron que hacer renunciar. Claramente son todas denuncias que han surgido de cualquier lado que no es la UIF.

Entonces, acá se pretende plantear que vamos a simplificar el funcionamiento y que concentramos. En realidad, se va a utilizar como se vino haciendo, es decir, para justificar la persecución del terrorismo -ese lenguaje que tanto le gusta a Trump y a otros- van a terminar utilizando las investigaciones de la UIF contra organizaciones gremiales, partidos, oposición, pero de ninguna manera para terminar con todas las formas de corrupción.

Por último, la cuestión de los bienes del Estado. Quiero llamar la atención sobre esto porque efectivamente esta idea de la transparencia, pero también de la libre disponibilidad de los bienes del Estado nos auspicia una venta masiva de los recursos, por ejemplo los que están en manos de las Fuerzas Armadas -son tierras riquísimas y bienes valiosísimos en distintos lugares del país- que nos anuncia una brutal especulación financiera para quedarse rápidamente con esos recursos.

En ese punto se encuentra el anuncio del presidente Macri en la inauguración de las sesiones ordinarias sobre la creación de un parque nacional en Campo de Mayo. Más allá de lo que a muchos nos genera, me pregunto qué puede ocurrir si por ejemplo en una parte -la que no va al parque Nacional, la que van a utilizar para la especulación financiera- empiezan a construir por ejemplo torres o viviendas, qué van a encontrar excavando ahí porque justamente tiene que ver con un lugar muy sensible para los derechos humanos.

Además, si tuviéramos que discutir qué hacer con esas tierras no puede ser sobre la base de permitir la apropiación especulativa privada, sino que tiene que ser sobre cómo utilizamos esos recursos para planes de viviendas populares, para devolverle la tierra a las poblaciones originarias que las reclaman y, por lo tanto, abrir un curso que realmente atienda a las necesidades de la población laboriosa.

Nada de todo esto es lo que va ocurrir, sino que, al contrario, todo está facilitando un proceso de apropiación de los bienes del Estado.

SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Quiero hacer una aclaración. Esta mañana también tratamos en el plenario de las comisiones de Pequeñas y Medianas Empresas, de Finanzas y de Legislación General el otro de los proyectos y hablamos sobre el tema del DNU. Allí se informó sobre el tratamiento que tuvo el DNU en la Comisión Bicameral Permanente de Trámite Legislativo. El diputado Pablo Tonelli fue quien informó en la reunión.

Comento esto para información de todos los que no estuvieron presentes; seguramente hay varios que estuvimos, pero como hay miembros de otras comisiones, quería informarles esto.

Tiene la palabra la diputada Schmidt Liermann.

SRA. SCHMIDT LIERMANN Señor presidente: solamente quiero contestarle a la colega que me antecedió en el uso de la palabra.

En esta Casa nosotros estamos permanentemente tratando de mejorar un marco regulatorio que ya existe. Es decir que si diéramos de baja a cada decreto o ley en vigencia para discutir las modificaciones, no tendríamos marco regulatorio.

Yo no veo ningún inconveniente en que podamos discutir estas tres leyes que se están presentando con la vigencia del actual sistema regulatorio que tenemos.

Por otro lado, creo que es muy importante lo que se explicó acá en cuanto a la desburocratización del Estado y de su funcionamiento y tratar de ayudar a que el Estado realmente esté al servicio de la gente. Queremos que no se necesite de interlocutores extraños y que realmente se puedan hacer las gestiones como se tienen que hacer, con ventanillas únicas, con ventanillas fáciles, porque por ejemplo en la Justicia el expediente electrónico ha demostrado ser muy eficaz. Así que le doy la bienvenida. Creo que es una medida que pone el servicio público al servicio de la gente.

Por eso, les quiero agradecer el esfuerzo que están haciendo desde el Poder Ejecutivo para hacer una revolución del servicio público.

SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Para informarles sobre lo que se habló esta mañana en la reunión de comisiones, tiene la palabra el señor diputado Tonelli.

SR. TONELLI Señor presidente: reitero lo que dijimos esta mañana cuando se planteó este tema. El decreto de necesidad y urgencia 27/2018 efectivamente está vigente. No solo está vigente, sino que cuenta con un dictamen de mayoría de la Comisión Bicameral Permanente de Trámite Legislativo que propicia la declaración de validez del decreto.

De manera tal que el decreto no solo está vigente, sino que no advierto ningún inconveniente en el tratamiento de este proyecto de ley. Esto es lo que ocurre tantísimas veces cuando se discute la modificación de una ley. La ley está vigente y se discute aquí, en el Congreso, su posible modificación o su posible derogación.

De manera tal que en esas condiciones nada impide inclusive que durante el tratamiento de este proyecto de ley se modifiquen los contenidos del decreto y se hagan cambios. Pero eso de ninguna manera obsta a la vigencia del decreto ni la vigencia del decreto obsta al tratamiento del proyecto en la comisión y en el futuro en el plenario.

En definitiva, me parece que está claro que el decreto va a seguir vigente hasta que la Cámara, cuando lo tenga que tratar, lo derogue -si es que lo hace- o hasta que se aprueben estos proyectos de ley que lo reemplazan. Entonces, en ese momento perderá vigencia el decreto y pasará a tener vigencia la ley.

SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Tiene la palabra el señor diputado Doñate.

SR. DOÑATE Señor presidente: agradezco la presencia del doctor Clusellas y de los representantes del Poder Ejecutivo.

La idea del presidente era no volver a discutir sobre el DNU, pero es inevitable hacerlo. Inclusive vemos cómo el Poder Ejecutivo insiste en tirar títulos detrás de determinados proyectos, en este caso, de decretos de necesidad y urgencia inconstitucionales, y utiliza por ejemplo la reforma y agilización administrativa del Estado para mejorar la calidad de vida de la gente y detrás de eso hay un paquete de medidas que está muy lejos de ese interés que titulan o detrás del cual se esconden para avanzar sobre otras reformas, que lejos están de beneficiar a la gente, sino todo lo contrario.

Al respecto debo señalar que estamos de acuerdo con algunas observaciones técnicas, sin ir más lejos, con la cuestión del documento electrónico, aunque su concepto no está claramente establecido en la iniciativa al igual que su diferencia con el documento digital. Se trata de cuestiones técnicas que hacen a la mejora de la legislación.

En ese sentido, estamos de acuerdo en debatir este tipo de herramientas para agilizar los procesos administrativos del Estado, pero estamos discutiendo un proyecto en el marco de un decreto de necesidad urgencia que está en vigencia y que es a todas luces inconstitucional. Lo reafirmamos desde nuestro bloque.

En el Capítulo IV, el DNU que hoy está en vigencia, introduce modificaciones de la ley 25.246, que es la ley que modifica el Código Penal sobre encubrimiento y lavado de activos de origen delictivo en aras de una mayor transparencia y la simplificación de los procedimientos, con la excusa de redundar en una mayor seguridad jurídica.

Es decir que regulan una materia que está expresamente vedada por el inciso 3° del artículo 99 de la Constitución. Allí se sostiene que: "El Poder Ejecutivo no podrá en ningún caso bajo pena de nulidad absoluta e insanable, emitir disposiciones de carácter legislativo. Solamente cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos por esta Constitución para la sanción de leyes..."

Inclusive hasta ahí nos da la razón el texto constitucional a todas luces de la inconstitucionalidad de esta norma, porque no hay ninguna necesidad y urgencia y ninguna excepcionalidad para avanzar sobre legislación que tranquilamente podríamos haber debatido en este Congreso.

Además, continúa señalando: "...y no se trate de normas que regulen en materia penal, tributaria, electoral o de régimen de los partidos políticos". Este DNU está avanzando sobre materia penal lo cual ratifica y subraya lo que venimos reclamando y denunciando. Cabe señalar que ya está en la Justicia la denuncia sobre la inconstitucionalidad de esta norma.

Me quiero referir al Capítulo IV. La discusión del DNU me obliga a introducirme en esta materia, porque estamos hablando de la Unidad de Investigaciones Financieras. Cabe recordar que apenas ingresó el gobierno de Mauricio Macri puso en la UIF, como máximos responsables, a ex abogados de los bancos acusados y denunciados por evasión y lavado de activos.

Además, durante estos dos años ha estado pidiendo querella a los funcionarios del gobierno anterior y ha emitido informes muy livianos destinados fundamentalmente a desligar a los funcionarios de este gobierno, quienes todos los días aparecen con dinero escondido en las cuevas fiscales en todos los lugares del mundo. Si quieren podemos mencionar algunos nombres, tales como Luis Caputo, el propio Mauricio Macri y su familia, Aranguren, Díaz Gilligan, el nuevo responsable de la AFIP, Claudio Avruj, a Arribas, etcétera.

Luego, se habla de transparencia, de agilidad y de darle dinamismo a la administración pública como gran título de un proyecto de ley bajo el cual se avanza sobre modificaciones estructurales que hacen a encubrir a los funcionarios del gobierno nacional.

Me llama la atención uno de los párrafos del artículo 20 del proyecto que se refiere a mitigar el riesgo del lavado de activos y/o financiación del terrorismo vinculado al riesgo inherente a éste y/o a su operatoria.

Le pido a la gente de la UIF que investigue a los funcionarios que hoy están denunciados en todos los medios de comunicación por tener cuentas y dólares en las cuevas fiscales de todo el mundo. Es necesario que avancen. Si bien no necesitan ninguna modificación para denunciar e investigar a esos funcionarios, quienes hoy llevan adelante la responsabilidad de la UIF -que son justamente los abogados de los bancos que están denunciados por ser parte de una red de encubrimiento de lavado de activos- hasta ahora no han hecho nada.

Por otra parte, ¿cómo vamos a aprobar o dar vía libre para que se aprueben este tipo de proyectos, cuando en el Capítulo III se avanza sobre el Fondo de Garantía de Sustentabilidad de nuestros jubilados, de nuestros abuelos? No fue suficiente la mentira de la reparación histórica -que fue una gran estafa-, quitarles los remedios del PAMI o liquidar el dinero que era garantía para el futuro de los actuales trabajadores; como nada de eso les alcanzó, ahora flexibilizan todo para poder seguir utilizando en la timba financiera la plata de nuestros jubilados y de los actuales trabajadores y futuros jubilados.

¿Cómo nosotros, desde el Frente para la Victoria, vamos a aprobar una ley de estas características o no vamos a denunciar la inconstitucionalidad de este decreto de necesidad y urgencia? Se trata de un DNU que además tiene la característica -justamente como decíamos hoy- de mantener su vigencia si no llegamos a aprobar en el Congreso estas leyes.

Es ridículo e insólito seguir discutiendo modificaciones de algo cuando, en caso de no aprobarse, seguirá vigente el DNU. Si bien tengo poca experiencia legislativa, nunca imaginé estar debatiendo algo así.

Por último, simplemente quiero dejar para las comisiones que consideren la norma -cuando tengamos que definir las opciones que podamos ofrecer como dictamen de minoría- mi inquietud sobre todo lo relativo a la administración electrónica, a la nueva concepción de la firma digital y manejo de la compra y venta de bienes inmuebles y a la administración, centralización y concentración que habrá de los bienes del Estado. Esto último creo que amerita una discusión mucho más profunda, y refiere al Capítulo II de este proyecto de ley.

SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Tiene la palabra el señor diputado Grana.

SR. GRANA Señor presidente: trataré de ser escueto y no reiterativo. La verdad es que estamos haciendo un esfuerzo muy grande para entender la lógica de lo que nos explican respecto al funcionamiento de los DNU.

Sinceramente entiendo que no quiera discutir esto, pero el debate en su conjunto está viciado de nulidad como consecuencia de lo que aquí se viene manifestando.

El señor diputado Doñate hacía una reseña respecto a cuándo es válido un DNU y cuándo no lo es.

El dictamen de la Comisión Bicameral no salió por unanimidad porque hay otras opiniones. El tema de las mayorías y minorías no resuelve la constitucionalidad de los actos administrativos. Lo que sí resuelven es la existencia de un dictamen de mayoría y otro de minoría. Hay quienes en este Congreso -por eso fuimos a la Justicia- entendemos que este DNU es inconstitucional y que amerita, para un debate serio, su inmediata derogación. De lo contrario, no hay seriedad en este debate. Si los diputados coincidimos con el espíritu del DNU, está todo bien. ¿Qué pasa si no coincidimos? Nos encontramos frente a un DNU en vigencia que genera situaciones y realidades por una norma que el Ejecutivo no estaba en condiciones de llevar adelante -debido a que no estaba dentro de sus atribuciones- y que seguramente los diputados y senadores no acompañarán. Mientras tanto el DNU estuvo en vigencia y se generaron diversas situaciones.

Muchos diputados y diputadas sostienen que esto es perjudicial, por ejemplo, para el Fondo de Garantía de Sustentabilidad.

También se hizo referencia a nuevos vehículos e instrumentos financieros para poder entrar en el mundo del capital. Se supone que el Fondo de Garantía de Sustentabilidad tiene en sí mismo un espíritu conservador. No se trata de la ficha que uno lleva a la ruleta para saber si la multiplica o la pierde. Justamente, estamos hablando del fondo de los jubilados que debe tener un espíritu conservador para consolidar dicho fondo y no de especulación financiera.

No nos da lo mismo el resultado del debate y tampoco nos da lo mismo que el DNU esté en vigencia o no. Se vulnera un atributo de esta Cámara -que es el de discutir los temas- y se tira a la marchanta el Fondo de Garantía de Sustentabilidad.

Los vehículos financieros que se pueden constituir a partir de las modificaciones que plantea el DNU -que está en vigencia y respecto del cual estamos discutiendo no sé para qué- pueden generar una descapitalización del fondo. Esto no es algo inocuo. Por ello, volvemos a discutir sobre la naturaleza de la legalidad o no del DNU. Reiteramos el pedido de que el DNU tiene que ser derogado si es que existe un mínimo de respeto en torno a la discusión parlamentaria y la división de poderes en la Argentina por parte del oficialismo.

Repetimos estos conceptos -tal como lo hicimos hoy por la mañana frente al ministro Cabrera- porque creemos que es necesario que, por medio de los funcionarios, el presidente entienda que hay una parte importante de esta Cámara que considera que es ilegal lo que han hecho. Esperamos que ese mensaje se lo puedan transmitir.

Independientemente de los posicionamientos políticos siempre hay una esperanza -cuando representamos a una gran parte de la sociedad- de que el Ejecutivo recapacite y entienda que los actos que están llevando a cabo son inapropiados e ilegales.

¿El decreto es de necesidad y urgencia? Haré un breve repaso de títulos. Cambios en el Fondo de Garantía de Sustentabilidad: ¿necesidad y urgencia? Cambios en el procedimiento de embargos de cuentas sueldo: ¿necesidad? Seguro que no. ¿Urgencia? ¿Para quién y cómo?

Por otro lado, menciono lo relativo a la menor estadía en el Repsal, o sea, el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales. ¿Cuál es la necesidad y urgencia de sacar rápidamente a los infractores del registro de violación de las leyes laborales? ¿Cuál es la necesidad y la urgencia de modificar el funcionamiento de la UIF?

No quiero ser chicanero, así que no voy a decir más nada. Quizás haya alguna necesidad y urgencia pero que no está justificada en lo que plantea la Constitución como necesidad y urgencia.

¿Cuál es la necesidad y urgencia de ver qué se hace con los inmuebles que recibe el Estado por herencia? esto es discutible.

También quisiera saber cuál es la necesidad y urgencia de la modificación vinculada a las licitaciones de obras públicas.

¿Cuál es la necesidad y urgencia en temas vinculados con la aviación civil y qué se hace con los aeropuertos o aeroparques de nuestro país? no parece que haya necesidad y urgencia para esto, ni en los seguros de vida que está regulando el DNU en una de estas tres leyes. Actividades portuarias, tránsito y seguridad vial, pymes y empresas, marcas y patentes y alguna reforma vinculada a industria. Ninguno de los temas que se están abordando en estas tres leyes y en el mega DNU lo amerita, porque no hay necesidad ni urgencia.

No se estaba cayendo nada en estos 45 o 60 días de receso que tiene la Cámara de Diputados, que estaba convocada a sesiones extraordinarias y se podría haber reunido de urgencia, si existiera tal cosa, como para firmar este mega DNU.

El simple hecho de que este mega DNU hoy se haya desarmado en tres leyes y lo estemos discutiendo acá demuestra su inviabilidad e ilegalidad, porque más tarde o más temprano la Justicia va a determinar la invalidez del DNU.

Entonces, ahora rápidamente quieren corregir el error y arman esta ensalada de leyes que agrupan en tres. Y si vamos al desagregado de cada uno de los cuerpos normativos, vemos que es una mezcolanza de temas. Supuestamente las leyes tienen que tratar cuestiones específicas; no se puede hacer un popurrí de temas y armar una ley que viene, como en el caso de algunas de estas, a modificar otras 14 leyes que tratan otros 14 temas distintos.

Por lo tanto, simplemente creo que no hay necesidad y urgencia, pero sí hay una vocación, que es lo que está expresando cotidianamente y lamentablemente el oficialismo, como ya lo planteamos con otros temas. Quizás tenga que ver con lo que para mí es una mala manera -pero más entendible-, que es lo que sucede en las empresas privadas, que cuando el patrón decide que algo se hace, se hace. Muchas veces ni siquiera lo tiene que declarar en los balances porque lo hace con plata que tiene escondida en paraísos fiscales y no con lo que declara en la empresa, ante la AFIP y demás organismos de control.

El Estado no es eso; hay normas que hay que respetar. No pueden hacer lo que quieren cuando quieren porque hay un cuerpo normativo, que es la Constitución Nacional, que establece cómo se llevan adelante determinadas decisiones, que no se está respetando en lo más mínimo en este momento.

Además, hay un sesgo absolutamente autoritario del gobierno de Mauricio Macri con respecto a estas cuestiones. No solamente es neoliberal en términos económicos, sino que aparte este neoliberalismo tiene una concepción y una premisa de funcionamiento absolutamente autoritario, que es lo que demuestran permanentemente.

Entonces, la verdad es que hay muchísimos temas para abordar sobre esto. Pero sencillamente nos gustaría que no nos tomen por tontos. Porque nos están mostrando una cantidad de temas para debatir de los cuales tenemos opinión en todos, que en algunos serán acertadas y en otros desacertadas; en algunas cosas estaremos equivocados y en otras quizás podemos aportar soluciones, pero queremos discutir de verdad y no para la foto.

Como el DNU está en vigencia pretendemos, primero que nada -como ya se dijo acá- que se derogue. Una vez derogado, podremos discutir a fondo sobre el FGS, sobre la UIF, sobre la firma digital y estas cuestiones que nos parecen importantes, en las cuales podemos tener puntos de vista encontrados o no con el Ejecutivo, pero tiene que haber un mínimo respeto hacia el Congreso de la Nación. El hecho de que se haya mandado un DNU que derogaba 19 leyes y que modificaba 194 en diversos con el argumento de la necesidad y urgencia, es algo mentiroso porque es claramente inexistente.

SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Tiene la palabra la señora diputada Volnovich.

SRA. VOLNOVICH Señor presidente: en principio quería hacer algunas preguntas aprovechando que contamos con la presencia del doctor Clusellas con respecto al megadecreto y al proyecto de ley que viene a presentar. Pero particularmente en lo que me corresponde, lo que quería plantear porque me preocupa es con respecto al FGS.

Tanto en la fundamentación del decreto como del proyecto de ley y en la exposición que hizo, se habla mucho de la transparencia y de su importancia. Aprovecho para decir algo que venimos diciendo desde hace tiempo y es que desde octubre del año pasado no se publican las actas del FGS. Se han dejado de publicar. En el medio de ese silencio y falta de información hemos tenido público conocimiento de denuncias que están en investigación a funcionarios del gobierno con respecto al manejo de los fondos del FGS. La verdad es que no entendemos por qué no publican las actas.

Por otra parte, como decía recién al señor diputado Grana, me sonaba extraño -quizás porque no soy del mundo de las finanzas- lo de los vehículos financieros, y decía usted que no alteraba los objetivos originales del FGS, la normativa, sus principios básicos, etcétera. Pero la verdad es que sí lo alteran, porque la norma que da origen al FGS cuida especialmente -el diputado Grana fue conservador al decirlo- el equilibrio entre rentabilidad y seguridad.

Con la sanción de la ley de reparación histórica y con este megadecreto, lo que ustedes hacen es someter al FGS al principio de la rentabilidad. De hecho, lo dicen ustedes mismos: es una necesidad de agilidad para manejarse en los mercados financieros; ustedes mismos lo fundamentan. El problema es que la opinión que tienen va en contra de la ley, va en contra de las normativas de funcionamiento que le dio origen al Fondo de Garantía de Sustentabilidad.

Asimismo, me sumo a lo que dicen mis compañeros. En general el protocolo de los diputados es agradecer a los funcionarios del Poder Ejecutivo que vengan a debatir, se les agradece que vengan a exponer sobre las leyes e iniciativas. La verdad es que yo no le agradezco porque da la pauta del grado de impunidad que tienen, del grado de impunidad en el que ustedes se manejan porque por más que digamos que estamos mejorando normativas -colegas, presidentes y doctor-, nosotros sabemos -el diputado Tonelli se fue- cómo fue el funcionamiento.

En la mitad del verano firmaron un decreto y estas leyes fueron el manotazo de ahogado -como fueron los bonos para que se sancionara la reforma previsional-, para que se aprobara en la comisión, como efectivamente ocurrió.

Entonces, son las manipulaciones que hacen para forzar los límites legislativos que existen para sancionar las iniciativas del Poder Ejecutivo. Pero no estamos mejorando normas, no estamos discutiendo mejorar el decreto de creación del FGS. Estamos discutiendo algo que se firmó en enero.

Yo también siento que me están tomando el pelo, porque venimos a discutir una pantomima, hacemos de cuenta que discutimos un decreto que está vigente.

Con respecto al FGS, supongamos que se sanciona la ley y que efectivamente hacemos la formalidad, entonces en ese caso, el objetivo de ustedes estaría cumplido. Pero si no se aprueba, me pregunto, de enero a esta parte, ¿ya se crearon fideicomisos? Porque podían hacerlo ya que el decreto está vigente. Si es así, ¿quién los administra? ¿Cuánto estamos pagando de comisión?

A nuestro entender, ustedes van armando normativas acorde a la necesidad que empezó con la ley de reparación histórica, porque el Fondo de Garantía de Sustentabilidad, así para como nosotros era el pilar fundamental de la sustentabilidad de nuestro sistema para ustedes también es un pilar del sistema que están diseñando.

Voy a mencionar algunos datos de la ANSES, que pueden estar modificados, porque tienen algunos muy meses.

Recordemos que a partir de la ley de reparación histórica se pueden utilizar los Fondos de Garantía de Sustentabilidad como decían recién "para lo más urgente". Para nosotros era anticiclónico y, como dice textualmente la norma de creación del Fondo de Garantía, es el instrumento que permite que los jubilados no sean la variable de ajuste.

Hoy vemos que los jubilados son la variable de ajuste y que decrece el Fondo de Garantía de Sustentabilidad. Estos datos son de la ANSES, no son datos míos. El cuadro es nuestro sobre la base de datos que publicaba la ANSES.

La proyección de la ANSES para su Fondo de Garantía de Sustentabilidad tiende a cero. El dinero del blanqueo del año próximo no alcanzará para pagar el desastre que hicieron con la reparación histórica, porque en este punto tenemos otro problema que es que no resolvimos la litigiosidad, porque tenemos más juicios que antes.

Es decir que ahora tenemos un problema, que es que ustedes están generando la insustentabilidad del sistema desde la aprobación de la ley de reparación histórica, de a poquito, y yo creo que es parte del plan. Este megadecreto, de alguna manera -no digo que será final, porque suponemos que el final es la vuelta definitiva de alguna versión de las AFJP- dice que todo el dinero de los jubilados y de los trabajadores argentinos ya no tiene que estar bajo los controles y regulaciones del Estado, que es el que garantiza la transparencia de la cual tanto se preocupan. No solamente esto sino que lo habilita, no por ley. Los fideicomisos se establecen por ley, se establece quién lo administra, los plazos, etcétera.

La verdad que no sé qué garantía tenemos si le digo esto a funcionarios del gobierno que están sospechados de ser dueños, socios o lo que sea de las mismas financieras que hacen negocios. Tenemos el caso de Axis que tomó estado público, y la verdad es que nosotros no tenemos garantía y tampoco los ciudadanos.

No sé qué tiene que ver la flexibilización y el manejo del Fondo de Garantía de Sustentabilidad, que parece que ahora lo están transformando en Casa Piano. ¡Están transformando el FGS en un Casa Piano!

Respecto de los créditos de Argenta que están dando a mamás y a jubilados, me pregunto si el día de mañana, en vez de que sea el FGS, esos créditos se los van a dar a los fondos fiduciarios que van a ser privados. Entonces, no sé cuál es la situación a la que llevarán a todos los argentinos y, particularmente, a los jubilados.

El Fondo de Garantía de Sustentabilidad se triplicó durante la gestión anterior y eso se logró mientras la cobertura jubilatoria aumentó, llegando a un alcance del 98 por ciento. Eso para nosotros es un orgullo. Sin embargo, he escuchado a muchos funcionarios del gobierno nacional señalar que ese fue el origen del colapso del sistema, es decir, el hecho de que nosotros hayamos jubilado a tres millones y medio de personas. Entre ellas, muchas mujeres, mamás que trabajan cuidando a sus hijos o hacen alguna changa informal. Entonces, cuando esas personas se jubilen, no se morirán de hambre. ¿Cuál es la propuesta de ustedes para esas tres millones y medio de personas? ¿Qué se mueran de hambre? ¿Cuál es la propuesta? La verdad es que no hay muchas alternativas.

Venimos de una herencia anterior, de trabajo no registrado, del no reconocimiento del trabajo de la mujer, del trabajo que hace en su casa, es una herencia que tenemos todos.

Nosotros tomamos una decisión que fue jubilar a esas personas y consideramos que pudimos hacer eso mediante la ley de movilidad jubilatoria -que también se llevaron puesta en diciembre pasado- que mejoró un 500 por ciento los haberes jubilatorios, triplicando el FGS, por el equilibrio entre la seguridad y la rentabilidad.

Además, se llevaron puesto otro principio. Nosotros creíamos que el FGS debía tener operaciones financieras tendientes a generar puestos de trabajo.

Si estamos preocupados por la sustentabilidad del sistema previsional, nada mejor y más sano que generar puestos de trabajo, no monotributistas. Esto también se pervirtió.

Para hacer un repaso, quiero hacerle una pregunta. El diputado Tonelli se fue -es la primera vez que lo vuelvo a ver-; no sé si usted y mis colegas están al tanto de la preocupación que tenemos.

Se ha publicado que en el mes de marzo la movilidad fue del 14,5, cuando el ajuste jubilatorio fue de 5,7; en junio, por la caída estrepitosa del RIPTE, la movilidad fue de 5,6 y la inflación de 6,1. En el debate de diciembre dijimos que con las paritarias planchadas el RIPTE iba a bajar la movilidad, y a muchos de ustedes los escuché decir en programas televisivos -no sé si sabiéndolo, supongo que no- que el RIPTE iba a tirar para abajo la movilidad.

Hubo una pérdida del poder adquisitivo. Esto lo dijimos. El RIPTE es un dato numérico, una verdad; no es un dato inventado o parte de una campaña de miedo.

Me gustaría saber cuál es el plan final. Para repasar un poco las preguntas, y aprovechando la presencia del doctor Clusellas, quisiera saber cuál es la garantía que tenemos con esta delegación que se hace en los privados para administrar los fondos de los argentinos. Por su parte, si ya se hubiera conformado alguno, quisiera saber quién lo administra y si lo hará el banco; me dicen que no.

No me voy a extender más. Muchas gracias.

SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Primero vamos a finalizar con el uso de la palabra de todos los diputados que están anotados, luego el secretario responderá las preguntas.

Tiene la palabra la señora diputada Tundis.

SRA. TUNDIS Señor presidente: mucho se ha dicho sobre el Fondo de Garantía de Sustentabilidad. Es un tema que realmente me preocupa porque se trata del fondo de los jubilados y también de los trabajadores.

Recordemos que ese fondo se recuperó de las cuentas de los capitales individuales de quienes trabajaban y creyeron en ese momento en un sistema de privatización privado que los estafó. Las entidades bancarias que formaron las AFJP, si bien tenían un menú de inversión para la capitalización, utilizaron ese fondo para ponerlo en mesas de dinero; recién cuando se eliminó el sistema privado el afiliado se enteró de que había perdido entre un 30 y un 40 por ciento de su capital. Esto es lo que implicó la vuelta al sistema de reparto, el más seguro a mi entender si está bien controlado y ejecutado.

Lamentablemente vemos que quedan muchas dudas respecto de este cambio que se quiere hacer con el Fondo de Garantía de Sustentabilidad. Es cierto lo que se dijo aquí; es un fondo anticíclico, un fondo que debe garantizar el pago de los haberes de los jubilados en caso de que un Estado entre en un colapso económico. Es verdad que se establece un menú de inversiones de poco riesgo y que quizá se podría ganar más, pero en verdad ese menú de inversiones -que se podría mejorar- busca precisamente que no se pierda mucho capital. Cuando uno invierte en la bolsa o en la timba financiera, el riesgo puede ser muy favorable o muy desfavorable, y estamos hablando de la plata de los jubilados y de los futuros jubilados. Es plata del sistema previsional.

En la ley por la que se creó el Fondo de Garantía de Sustentabilidad se tomó la decisión de posibilitar un abanico de inversiones de poco riesgo.

Me quedan muchas dudas, porque cuando se habló de las condiciones se dijo que era un régimen tradicional de operaciones financieras y que lo que se buscaba incorporar era un nuevo régimen general para usar otro tipo de mercado. Ese otro tipo de mercado genera también riesgos, porque refiere a la utilización de distintos vehículos que van a permitir realizar diferentes operaciones: crear fideicomisos, alquilar, vender acciones o títulos. En este caso se habilita el fideicomiso por medio de un decreto de necesidad y urgencia. La verdad, creemos que está bien tener leyes y no decretos -debemos tratar de ser un país serio-, pero no veo ninguna necesidad y urgencia de avanzar a través de un decreto con estas modificaciones, cuando en estos momentos el gobierno anticipa una economía pujante y segura.

Me quedan muchas dudas acerca de esta iniciativa. Por ejemplo, se habla de las contrataciones excluidas a través de un decreto. Nadie dice cuáles serían las contrataciones que quedarían excluidas y yo quisiera saber ese dato. En torno a esto último que estoy señalando, quisiera saber cuál va a ser el medio de control y la transparencia que se va a adoptar. Realmente, no se habla nada acerca de eso. ¿Cuáles van a ser los vehículos de control que asegurarán que esas inversiones -a través de otras operaciones financieras que se incorporen al mercado financiero- tendrán efecto? Todo aparenta que quedarán afuera de estos controles de transparencia. Esto genera mucho miedo e incertidumbre. Estamos hablando de la plata de los jubilados, pero también la de los trabajadores. Esa plata es de muchos trabajadores que todavía no se han jubilado. Esto está dirigido a los actuales y a los futuros jubilados.

Me voy a referir a una parte del capítulo sobre la modificación del Fondo de Garantía de Sustentabilidad. Concretamente se autorizaba a la Administración Nacional de Seguridad Social -con el carácter de administrador del Fondo de Garantía de Sustentabilidad- a "...constituir o estructurar fideicomisos, financieros o no...". Los financieros tienen controles, pero aquellos que no lo son, ¿qué tipo de control van a tener? Son privados. ¿Qué mecanismo regulatorio van a tener esos "no" o esos "ni"? Sigo insistiendo en la preocupación que tengo en torno a este punto.

¿Cómo van a controlar a los fideicomisos? Están permitiendo la apertura. Hoy se hablaba acerca de este decreto que está vigente y creo que puede haber algún fideicomiso que esté funcionando. Van a permitir que se puedan instrumentar más fideicomisos, pero no a través de una ley. Se crea un fideicomiso que no pasa por este Congreso para ser, como correspondería, sancionado por ley. A mí me preocupan los "no" debido a que el Estado no está presente para controlar, más allá de las fallas que éste pueda llegar a tener. Por eso relaté que las entidades bancarias que tenían las AFJP en sus manos realmente utilizaron el dinero de sus clientes para colocarlo en una mesa financiera. ¿Quién los controló? Hubo muchos casos judiciales y algunos fueron detenidos, pero había cierto control. En este caso, ¿qué controles habrá?

Considero que el decreto debe anularse. Con esta propuesta estamos poniendo en riesgo el capital. Podemos ganar mucho, pero también se puede perder todo. Los activos quedan atomizados en esos fideicomisos. Puede darse el caso de que se reúnan tres, cuatro o cinco capitales o empresas, formen un fideicomiso, manejen acciones, títulos, alquilen, vendan y queden atomizados. Así nadie va a saber nada acerca de lo que pasó con esos capitales porque siguen faltando los mecanismos de control.

Mi gran preocupación es dónde va a parar la plata de aquellos que tienen un futuro casi incierto. Me refiero a los futuros y actuales jubilados. Ustedes quieren abrir el abanico, pero tiene que estar controlado. Incluso, a pesar de estar controlado, queda demostrado que muchas acciones de Petrobrás o de Soda Solvay se han vendido sin control ni autorización. La ley de reparación histórica estableció un mínimo porcentaje de acciones que no pueden ser vendidas. Allí se aclara que las únicas acciones respecto de las cuales se iba a permitir su venta eran las que estaban en quiebra, en litigio y las que se iban a fusionar. Pero había que ver con que otro capital, acción u empresa se iban a reemplazar.

Sin embargo, se vendieron acciones de empresas importantes y nadie pudo controlar. En este caso, el Congreso no puede controlar lo que se va a vender, sí se lo puede hacer desde la ANSES o desde el Fondo de Garantía de Sustentabilidad. El Congreso, a través de sus diputados, puede pedir informes. Yo pedí más de cuatro informes durante un año y medio y todavía no he recibido respuesta. Sinceramente, me genera mucha preocupación y muchas dudas.

SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Tiene la palabra el señor diputado Miguel Ángel Bazze.



SR. BAZZE Señor presidente: voy a ser breve porque en la última intervención empieza orientarse esta reunión en el sentido de ver para qué estamos reunidos aquí.

Me parece que estamos frente a la misma situación en la que hemos estado todo el día. Por un lado, discutiendo el tema del DNU y los proyectos de ley que vienen a reemplazar al DNU. ¡No podemos seguir enfrascados en esa situación!

Creo que es un error importante traer a esta reunión nuevamente la discusión que ya se dio en la comisión bicameral, en la que se analizó el tema del DNU. Estas reuniones de comisión están hechas para analizar el fondo de la cuestión y empecemos a discutir estos temas que están vinculados con la necesidad de modernizar y agilizar desde muchos puntos de vista al Estado en la Argentina.

Creo que no hacerlo es un error realmente importante, no podemos perder esta oportunidad. Me parece que justamente los bloques de la oposición, que reclamaban que estas cuestiones fueran -en todo caso- debatidas en el Congreso y aprobadas por ley, lo que deben hacer es debatir el fondo de la cuestión, más allá de haber manifestado su posición respecto de los DNU.

Me parece que la última intervención que acabamos de escuchar apunta en esa dirección y entiendo que es muy bueno.

No estoy de acuerdo cuando se dice que no hay necesidad y urgencia. Creo que sí hay necesidad y urgencia de reformar el Estado en la Argentina. Estamos muy atrasados desde muchos puntos de vistas y ese atraso trae consecuencias económicas inevitables, convirtiéndose finalmente en una disminución de la calidad de vida del conjunto de los argentinos.

Es necesario contar con instrumentos mucho más ágiles y a esto justamente se orientan estos tres proyectos de ley que hoy empezamos a analizar en esta Cámara de Diputados.

Por supuesto que compartimos algunas preocupaciones que se manifestaron. Todos estamos preocupados por la sustentabilidad del sistema jubilatorio en la Argentina. También es cierto que necesitamos garantizar una mayor rentabilidad y me parece además que tenemos que avanzar decididamente en otras cuestiones.

Efectivamente, tenemos que ser mucho más dinámicos en el trabajo de la UIF y en el tratamiento de todo lo relativo a los bienes del Estado, por supuesto que con los controles que sean necesarios. Tenemos que avanzar en esta dirección. Lo que de ninguna manera podemos hacer en esta Cámara de Diputados de la Nación es aparecer como que estamos tratando cuestiones que no son urgentes. Son urgentes y tienen que ver con el crecimiento y el desarrollo del país.

Las cuestiones que tratamos hoy en otra reunión vinculadas con el funcionamiento de la pequeña y mediana empresa son fundamentales. Necesariamente tenemos que avanzar en esa dirección.

De ninguna manera nos podemos perder la oportunidad en esta Cámara de Diputados de la Nación de discutir en profundidad estas cuestiones. Naturalmente, todos los bloques tienen no solo el derecho sino la responsabilidad de hacer todos los aportes necesarios en el sentido de garantizar los controles y los resguardos que debe tener el estado nacional.

Considero que debemos avanzar decididamente en esta dirección, por lo que resulta reiterativo y absolutamente innecesario seguir en este planteo de si corresponde o no tratar estas leyes cuando hay un DNU vigente.

Me parece que lo que corresponde es avanzar en estas reformas y si el Poder Ejecutivo consideró que tenía que hacerlo a través de un DNU y en esta Cámara de Diputados estamos avanzando justamente en la posibilidad de hacerlo por ley, seguramente lo que va a estar vigente -como corresponde- es la ley que se sancione.

Por eso me parece muy buena la tarea que se está desarrollando y tenemos que trabajar en esta dirección.

SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Tiene la palabra el señor diputado Luis Petri.

SR. PETRI Señor presidente: la discusión de este proyecto de ley ya la tuvimos en la Comisión de Trámite Legislativo y desde el comienzo se pretendió invalidar el decreto de necesidad y urgencia de simplificación y desburocratización diciendo que era un decreto inconstitucional, que excedía las facultades que el constituyente le otorgó al Poder Ejecutivo en el artículo 99, inciso 3), que se involucraba en materias vedadas como la materia penal, que además no cumplía con los requisitos materiales, o sea, que no existía la excepcional ni tampoco la urgencia para el dictado de este decreto de necesidad y urgencia.

En ese sentido, creo que es imprescindible que nos enfoquemos en el fondo de la cuestión, en los aspectos centrales y medulares que plantea el decreto y el ahora proyecto que viene a tratamiento de esta Cámara, pero no podemos desconocer esos argumentos que se vierten aquí en la comisión con los que pretenden invalidar lo que para nosotros y para la mayoría de los integrantes de la Comisión de Trámite Legislativo fue un decreto válido.

A la hora de analizar la validez o invalidez de un decreto de necesidad y urgencia, necesariamente tenemos que hacer una visión retrospectiva de nuestra historia y ver qué ha ocurrido con los decretos de necesidad y urgencia y si otros gobiernos recurrieron en similares condiciones al dictado de normas como las del decreto de necesidad y urgencia de burocratización.

Así nos encontramos que nuestra historia, desde el advenimiento de la democracia, ha tenido un tratamiento dispar respecto de los decretos de necesidad y urgencia. Pensemos en el primer presidente constitucional desde la recuperación de la democracia, el doctor Raúl Ricardo Alfonsín, dictó apenas diez decretos de necesidad y urgencia, cuando no existía previsión constitucional.

Con posterioridad, durante el gobierno de Carlos Saúl Ménem -a partir de ese déficit que existía a nivel constituyente- se dictaron más de quinientos cuarenta y cinco decretos de necesidad y urgencia. Justamente, eso provocó que en la reforma del 94 se restrinja expresamente la utilización de los decretos de necesidad y urgencia y se legislara respecto de bajo qué condiciones y circunstancias se podían dictar estos decretos.

Allí se estableció que debían ser circunstancias excepcionales y también que debía tratarse de situaciones de urgencia, pero se especificó con toda claridad que había materias que se encontraban vedadas, que aun en supuesto de urgencia y en donde no se pudiese seguir el trámite habitual y normal de las leyes, el Poder Ejecutivo no iba a poder avanzar. El constituyente mencionó cuatro, que eran un límite infranqueable sobre el que no se iba a poder avanzar. Esas cuatro materias eran la tributaria, la previsional, la de partidos políticos y la materia penal.

Lo dijimos en la comisión y lo repetimos aquí no hay una sola materia involucrada en el decreto que dictara el Poder Ejecutivo que avance sobre estas áreas. Rápidamente, se menciona la Unidad de Información Financiera, se dice que allí es donde el Poder Ejecutivo avanza en una materia que está expresamente vedada por la Constitución Nacional.

Esto es falso porque el Poder Ejecutivo, más allá de que modifica normas que están previstas en la ley 25.246, en ningún momento modifica normas de naturaleza penal, porque la ley tiene diversos capítulos. Si el Poder Ejecutivo se hubiese involucrado en la modificación del Capítulo I, que tiene un título sugestivo -porque habla expresamente de la modificación del Código Penal-, nosotros podríamos decir: sí, efectivamente. Se han invadido facultades que el constituyente vedó para el dictado de un decreto de necesidad urgencia, pero el Poder Ejecutivo no modificó el Capítulo I.

No se trata de materia penal porque esta iniciativa tiene otras materias, como la procesal y la administrativa. La materia penal supone, nada más y nada menos, que la regulación de conductas típicas antijurídicas y culpables, y una sanción en el caso de violación al tipo penal que allí se establece. No hay una sola modificación de una conducta típica de un tipo delictual o, eventualmente, de una sanción a un infractor a esa ley. No hay ni una sola modificación al Capítulo I. Por eso decimos que no se trata de materia sustancialmente penal como aquí se hace creer.

Nosotros mencionábamos, en el debate que dimos y como antecedente, una modificación que se hiciera allá por 2010 en la ley de recompensas. Allí surgió la cuestión de la materia penal y el kirchnerismo modificó la ley de recompensas de la República Argentina a partir del dictado de un decreto de necesidad urgencia. No solamente eso sino que cuando ustedes y cualquiera de nosotros va al dossier legislativo del Congreso de la Nación Argentina respecto de la materia que involucra ese decreto de necesidad y urgencia aparece como un decreto de necesidad urgencia de materia penal, lo cual habla muy mal de este Congreso de la Nación a la hora del dictado de ese decreto o, eventualmente, a la hora del dictado del digesto legislativo.

Repito, al no existir una conducta típica, antijurídica y culpable, y tampoco existir una sanción, no se trata de una invasión del Poder Ejecutivo en la materia penal. Muy por el contrario, cuando uno analiza el aspecto que incumbe a la UIF, lo que da cuenta es que en definitiva el Poder Ejecutivo ha establecido normas en muchos de los casos de carácter administrativo que regulan la posición que tiene la UIF para con el Ministerio Público o, eventualmente, para con los jueces en donde le da la posibilidad -que actualmente no tiene- a la UIF de que cuando existe una causa penal ya iniciada directamente remita la información al juez sin necesidad de pasar por el fiscal, que lo tiene vedado.

La actual ley solamente le da la posibilidad de otorgar información a los fiscales para el inicio de causas, pero posteriormente no le concede esta facultad para la prosecución de las mismas y para que, en definitiva, puedan llegar a manos de los jueces que en el viejo Código Penal actual vigente son los que dirigen la investigación penal preparatoria, porque solamente en el nuevo son los fiscales los que tienen la dirección de la investigación.

Tampoco podemos permitir que se nos diga que tenemos una UIF que busca apañar funcionarios, cuando por primera vez investiga y no pisa los reportes de operaciones sospechosas. Tenemos al ex director Sbatella procesado por encubrimiento, porque pisaba los reportes de operaciones sospechosas. Hasta cinco años mantuvo pisados en cajones de la Unidad de Información Financiera reportes de operaciones sospechosas que involucraban a Lázaro Báez o a la Tupac Amaru. Esto necesariamente lo tenemos que decir.

Del mismo modo, mandó al Archivo más de 1.200 reportes de operaciones sospechosas sin calificar el riesgo, a través de una resolución secreta, bochornosa, que fue la Resolución N° 81 de 2010.

Todo esto nos llevó a decir que durante el kirchnerismo la Unidad de Información Financiera había cambiado de nombre, porque lejos de ser una Unidad de Información Financiera se había transformado en una "Unidad de Impunidad Financiera", para Lázaro Báez, la Tupac Amaru y los amigos el poder. Estas cosas las tenemos que decir, porque tenemos que tener memoria histórica de lo que ocurrió en la época del kirchnerismo.

También me quiero referir al Fondo de Garantía de Sustentabilidad en cuanto a algunas cuestiones que son formales y que tienen que ver expresamente con los DNU, pero también a algunas cuestiones sustanciales vinculadas con el rendimiento del dinero de los jubilados, de cómo esta gestión lo está administrando y para qué quiere las facultades que hoy, a través de un proyecto de ley, y ayer a través de un decreto necesidad y urgencia, establecía como absolutamente necesarias e imprescindibles.

Nos dicen que no se pueden constituir fideicomisos mediante decretos. ¡Qué bueno que se acuerden ahora fundamentalmente quienes ejercieron el poder durante doce años!

Digo esto porque constituyeron decenas de fideicomisos mediante decretos. Menciono dos, que pueden verificar: el DNU 1334/14, que crea el Fondo de Infraestructura de Seguridad Aeroportuaria, y el DNU 902/12, que crea un fideicomiso, y aquí podemos también discutir su necesidad y urgencia.

Crearon fideicomisos por DNU, y ahora -como no ejercen el gobierno- se rasgan las vestiduras y dicen que no se pueden crear esos mismos fideicomisos por DNU. Dicen también que, en definitiva, estamos modificando el Fondo de Garantía de Sustentabilidad mediante un DNU, pero lo cierto es que no se modifican ni las limitaciones ni las restricciones que establece la ley que lo crea -que están expresamente previstas en los artículos 74, 75 y 76 de la ley-; esto es: se tiene que seguir administrando el fondo bajo los mismos criterios vigentes. Esta es una cuestión importante.

Sin embargo, cuando les tocó gobernar, el kirchnerismo también modificó el Fondo de Garantía de Sustentabilidad mediante un DNU. Lo que pasa es que pareciera ser que hay DNU buenos y DNU malos, según quién gobierna o quién es oposición.

Si bien en ese momento defendían a pie juntillas los DNU -defendían la legalidad de todos y cada uno de los DNU-, hoy no escuchamos que ocurra lo mismo. Sobre todo es llamativo observar que de los más de 350 DNU dictados en los doce años de kirchnerismo, solo 50 tuvieron lugar durante períodos extraordinarios de sesiones. Les pido que tomen en cuenta este dato a la hora de invalidar este DNU. ¿Esto qué significa? Que más de 300 se dictaron cuando este Congreso estaba sesionando, incluso con mayoría propia, como ocurrió durante diez años del kirchnerismo.

Ahora me quiero referir al fondo. Este gobierno está administrando un Fondo de Garantía de Sustentabilidad donde están los recursos de los jubilados, donde existen límites impuestos por ley y principios y finalidades específicas. ¿Qué ha pasado con este Fondo durante la gestión del presidente Mauricio Macri? En 2017 creció un 16 por ciento en dólares; aumentó 8.867 millones y alcanzó un valor de 64.000 millones de dólares. Desde el cambio de gobierno, el dinero de nuestros jubilados -que nosotros estamos obligados a preservar- acumula una suba del 49 por ciento en dólares, que representa 20.961. En pesos creció el 37 por ciento; es decir, un 12 por ciento por encima de la inflación. Además, con este Fondo de Garantía de Sustentabilidad se otorgaron 2.376.000 créditos Argenta -escuchen bien esta cifra-, justamente destinados a los sectores más vulnerables: los jubilados, los pensionados y los beneficiarios de las AUH.

Esta es la revisión de cuentas que nos parece necesario hacer. ¿Saben qué rendimiento tuvo el Fondo de Garantía de Sustentabilidad cuando les tocó ser gobierno durante el periodo 2010-2015? El 2,1 por ciento. Sin embargo, eso no lo dicen. No les cuidaron demasiado bien la plata a los jubilados; en ese periodo de cinco años hicieron crecer ese Fondo de Garantía de Sustentabilidad a un promedio de 2,1 por ciento.

Entonces, nos parece que hay que dar un debate de fondo. Coincido con el diputado Bazze en que tenemos que ir a la cuestión central de cómo poner al Estado al servicio de la gente y no a la gente al servicio del Estado, pero necesariamente también tenemos que dar el debate de las formas, porque este decreto es válido, y no lo van a invalidar; la historia no les permite que lo hagan. (Aplausos.)

SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Tiene la palabra el doctor Pablo Clusellas.

SR.CLUSELLAS Quiero agradecer la invitación que nos han formulado y la posibilidad de poder expresarnos en este espacio.

Por supuesto, nos llevamos las preocupaciones lógicas que muchos nos han transmitido respecto a si puede haber otras intenciones en este tipo de normas basadas en la simplificación y mejoramiento del sistema. Obviamente, las considero válidas. Pero quiero expresarles que todos estos conceptos buscan dotar a la administración pública de un mejor funcionamiento y una mayor transparencia.

Este gobierno, en materia de información y transparencia, ha llevado a cabo mejoras enormes no sólo en materia regulatoria sino también en el funcionamiento dentro del mismo gobierno. El hecho de incorporar la tecnología en el procesamiento de la información permite incrementar enormemente el acceso y la transparencia. Por eso esta iniciativa cuenta con un artículo que incorpora el concepto de la firma digital para las provincias. Concretamente, hay más de nueve provincias que le han requerido a la nación la utilización del mismo sistema de gestión documental electrónica para toda la administración pública. Asimismo, hay cinco o seis municipios que van en la misma dirección. Como notarán no lo hacen obligatoriamente sino por las ventajas que produce dicho sistema.

Por otro lado, representantes del Poder Judicial se refirieron ayer al mismo tema. Nosotros tomamos contacto con sus autoridades y les ofrecimos los sistemas, el software y nuestra experiencia. Creemos que la justicia debe eliminar el uso del papel y recurrir al modelo electrónico. Esto les permitirá mirarse no sólo como organización sino llevar a cabo la transparencia para el control y su propia mejora.

El mensaje que quiero dejarles es que estas iniciativas hacen foco en ese punto y considero que la simplificación del Estado no tiene que ser simple para ocultar sino para mostrar más.

Además, si en la redacción de algún artículo hay alguna duda les aclaro que no existe ningún propósito de reducir la transparencia o de ocultar algo en particular a través de la utilización de estos vehículos. En ese sentido, considero que la ANSES -en el caso de aprobarse este proyecto- tiene que incrementar toda la información. Repito: esto no se hace para ocultar sino para brindar más información y generar algo que es básico en la sociedad argentina que es aumentar los índices de confianza. Eso se logra brindando más información. En ese sentido, no creo que nosotros tengamos ningún problema en hacerlo. Si en algún momento la ANSES deja de publicar algo será por una determinada decisión y está bien que lo haga. Eso le permitirá mejorar su funcionamiento de transparencia.

Respecto al rendimiento del fondo, la ANSES tendrá toda la información necesaria. El fondo ha rendido y duplicado su funcionamiento en estos años. Por supuesto que hay otros requerimientos que esperan que estos vehículos financieros permitan la monetización, como es el caso de los créditos. La idea es permitir que los créditos en sí puedan, a su vez, ser monetizados y dar un mayor rendimiento con la idea de ser reutilizados. El rendimiento está destinado, en definitiva, para la finalidad que tiene el fondo.

Por otro lado, los representantes del ANSES, la AABE y de la UIF, se llevan las preocupaciones y consultas que ustedes han formulado. Nuestro propósito es incrementar la confianza y hacer un Estado mejor. Muchas gracias. (Aplausos.)

SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Agradecemos la presencia del doctor Pablo Clusellas. Nos llevamos mucha información para seguir trabajando en la iniciativa. Damos por finalizada la reunión.