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ANALISIS Y SEGUIMIENTO DE NORMAS TRIBUTARIAS Y PREVIS.

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P02 Oficina 253

Secretario Administrativo SR. BARRIOS SERGIO FABIAN

Jefe LIC. CABEZA GUSTAVO ALBERTO

Martes 10.30hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-7750 Internos 2231

cmtyprevisionales@hcdn.gob.ar

PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 6403-D-2010

Sumario: SOLICITAR A LA COMISION DE ANALISIS Y SEGUIMIENTO DEL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS TRIBUTARIAS Y PREVISIONALES, EL INMEDIATO INICIO DE UNA INVESTIGACION ACERCA DE LOS ACUERDOS Y CONVENIOS TRIBUTARIOS ALCANZADOS ENTRE LA REPUBLICA ARGENTINA Y LA REPUBLICA DE CHILE RELACIONADOS CON EL PROYECTO MINERO BINACIONAL PASCUA LAMA Y LA CITACION DEL SECRETARIO DE HACIENDA.

Fecha: 01/09/2010

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 124

Proyecto
Solicitar a la Comisión de Análisis y Seguimiento del Cumplimiento de las Normas Tributarias y Previsionales, el inmediato inicio de una investigación en los términos del artículo 96 del Reglamento de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, acerca de los acuerdos y convenios tributarios alcanzados entre la República Argentina y la República de Chile relativos al proyecto minero binacional Pascua Lama, y la citación al efecto del Secretario de Hacienda de la Nación, Juan Carlos Pezoa.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El artículo 96 del Reglamento de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, expresa: "Compete a la Comisión de Análisis y Seguimiento del Cumplimiento de las Normas Tributarias y Previsionales realizar el análisis y seguimiento permanente del cumplimiento y la aplicación de las normas tributarias y previsionales, tanto por parte del Estado y sus distintos organismos y reparticiones, cuanto por parte del sector privado a efectos de propender a una permanente actualización de dichas normas, a su perfeccionamiento y adecuación a la realidad y a las políticas en ejecución, de forma tal de poder prever y evitar la evasión, la elusión, la transgresión y las distintas formas de incumplimiento de tales obligaciones por parte de todos los sujetos involucrados. Para el cumplimiento de sus fines, la comisión podrá requerir informaciones y realizar investigaciones referidas a su competencia, tanto en el sector público cuanto en el privado. Cuando las circunstancias del caso lo justifiquen, previa autorización de la Honorable Cámara, podrá requerir esos informes y llevar a cabo las investigaciones con el auxilio de la fuerza pública, ordenado judicialmente."
De esta manera, el Reglamento de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, prevé un mecanismo de control parlamentario respecto del cumplimiento de las normas tributarias y previsionales, entre los que se incluye la realización de investigaciones referidas a la competencia de la Comisión de Análisis y Seguimiento del Cumplimiento de las Normas Tributarias y Previsionales, tanto en el sector público cuanto en el privado.
La investigación que por el presente se propone refiere a los acuerdos y convenios tributarios alcanzados por la República Argentina y la República de Chile en relación al proyecto minero binacional Pascua Lama.
El proyecto minero Pascua Lama, es un emprendimiento de la multinacional canadiense Barrick Gold, y se ubica a los dos lados de la Cordillera, y se realiza amparado en el "Tratado entre la República de Chile y la República Argentina sobre Integración y Complementación Minera" firmado el 29 de diciembre de 1997, y en su Protocolo Complementario firmado el 20 de agosto de 1999.
Este Tratado permite a las multinacionales mineras, la exploración y explotación de los recursos mineros existentes en las zonas cordilleranas delimitadas por el ámbito de aplicación, casi sin ningún tipo de restricciones, aplicando el principio de trato nacional y otorgando facilitaciones fronterizas. Expresamente se encarga de evitar los impedimentos que existieran en las legislaciones internas de los países, relativos a la radicación de proyectos mineros en zonas fronterizas calificadas de seguridad nacional. Increíblemente su ámbito de aplicación, se monta sobre la frontera común y territorios adyacentes, configurando una unidad territorial distinta, donde la frontera desaparece para los negocios mineros, bajo la supervisión de una Comisión Administradora del Tratado.
Este Tratado de Integración y Complementación Minera se complementa en lo relativo a los aspectos tributarios de los proyectos mineros binacionales, entre otros, con el "Convenio entre la República Argentina y la República de Chile para evitar la doble tributación en materia de impuestos sobre la renta, ganancias o beneficios y sobre el capital y el patrimonio".
Es en este marco que el 28 de Abril del año 2009, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se reunieron el Secretario de Hacienda de la Nación, Juan Carlos Pezoa, y el Director de Servicios e Impuestos Internos de Chile, Ricardo Escobar, con el objeto de abordar el tratamiento impositivo para el proyecto minero binacional Pascua Lama.
Vale recordar en este punto, que la reunión fue llevada a cabo días después que la Presidente de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner recibiera -el 15 de Abril-, en Casa de Gobierno, a Peter Munk, presidente de Barrick Gold Corporation, para avanzar en la concreción del proyecto minero binacional Pascua Lama De la reunión participaron el Gobernador de San Juan, José Luis Gioja, el Ministro de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, Julio De Vido, y el Secretario de Minería de la Nación, Jorge Mayoral.
En el encuentro mencionado del 28 de Abril de 2009, se habría firmado un Acuerdo o Convenio en el cual se le otorgaban a la empresa minera Barrick Gold, en su proyecto Pascua Lama, ubicado en la Provincia de San Juan, beneficios impositivos extraordinarios en materia tributaria en lo referido al Impuesto al Valor Agregado y Rentas.
Se trata de un Convenio económico que importaría, conforme fuentes privadas, beneficios tributarios por más de 150 millones de pesos para la empresa minera Barrick Gold, que se sumarían a los $ 409 millones anuales que Barrick no le pagará al fisco en concepto de desgravaciones para el sector. De esta manera, estamos en presencia de un proyecto cuyas ventajas impositivas son de una magnitud considerable.
El entonces subsecretario de Ingresos Públicos, Cristian Modolo, encargado de verificar y diseñar la política tributaria, habría desaconsejado la firma del acuerdo, en virtud de que perjudicaría "a los intereses nacionales".
Así, informaciones periodísticas dan cuenta de que "La opinión de la línea técnica del Ministerio de Economía había sido contraria al convenio. En un dictamen reservado se mencionó el perjuicio "a los intereses nacionales", debido a que el proyecto operará en ambos países, pero la Argentina "se vería perjudicada frente a Chile". Modolo optó entonces por seguir las recomendaciones de los técnicos de carrera, dado que la cuestión ya provocó la renuncia de otros altos funcionarios. La pregunta que no encontró respuesta por parte del secretario de Hacienda fue: "¿Ustedes quieren que vayamos todos presos?"...El temor se relaciona con la decisión de "tratar en forma preferencial a la firma Barrick en términos del pago de impuestos, lo que perjudica al país", según las fuentes oficiales. La oposición técnica y de la Subsecretaría de Ingresos Públicos se basó en que "la producción se sacará vía Chile para no pagar retenciones (al ser un emprendimiento binacional no habrá control aduanero) y por permitirles abonar menos IVA, Ganancias y regalías que otras mineras radicadas en el país".
Que en este sentido, el día 07/07/2009 solicité la presencia en la Cámara de Diputados de la Nación del entonces ministro de economía, licenciado Carlos Fernández, del Secretario de Hacienda, señor Juan Carlos Pezoa, para que brinden información sobre el tema. Los funcionarios nunca vinieron a dar las explicaciones.
Es por ello, y dada la envergadura de los acuerdos y convenios tributarios alcanzados para el proyecto Pascua Lama considero indispensable la presencia del Secretario de Hacienda de la Nación, Juan Carlos Pezoa, y el inmediato inicio de una investigación parlamentaria sobre los mismos.
Es por las razones expuestas que solicito a las/os señoras/es diputados/as que me acompañen en el presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
REYES, MARIA FERNANDA CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA
BALDATA, GRISELDA ANGELA CORDOBA COALICION CIVICA
GARCIA, IRMA ADRIANA LA PAMPA PERONISMO FEDERAL
PEREZ, ADRIAN BUENOS AIRES COALICION CIVICA
LOZANO, CLAUDIO RAUL CIUDAD de BUENOS AIRES MOVIMIENTO PROYECTO SUR
BONASSO, MIGUEL LUIS CIUDAD de BUENOS AIRES DIALOGO POR BUENOS AIRES
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ANALISIS Y SEGUIMIENTO DE NORMAS TRIBUTARIAS Y PREVIS. (Primera Competencia)
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
MINERIA
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 129 (2011), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996