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MINERIA

Comisión Permanente

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Jefe SR. LAGO JOSE LUIS

Miércoles 9.30hs

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PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 4764-D-2012

Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO NACIONAL SOBRE LA LOCALIZACION DE ACTIVIDADES DE PROSPECCION, EXPLORACION, TOMA DE MUESTREOS DE AGUA, TIERRA Y/O ESTUDIOS GEOLOGICOS, LLEVADOS ADELANTE POR EL "SERVICIO GEOLOGICO MINERO ARGENTINO (SEGEMAR)", Y CIUDADANOS DE NACIONALIDAD CHINA EN LA PROVINCIA DE JUJUY, Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.

Fecha: 10/07/2012

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 85

Proyecto
Solicitar a la Secretaría de Minería de la Nación informe:
- Sobre la localización de activida- des de prospección, exploración, toma de muestreos de agua, tierra y/o estu- dios geológicos llevados adelante por el SEGEMAR y ciudadanos de Nacionali- dad China, en el marco del "Acuerdo de Proyecto de Cooperación entre el Ser- vicio Geológico Minero Argentino de la Secretaria de Minería de la Republica Argentina y el Servicio Geológico Chino del Ministerio de Recursos de la Repu- blica Popular China para el Mapeo Geoquímico y la Evaluación de los Recursos Minerales", en los departamentos de Rinconada, Cochinoca, Santa Catalina y Yaví, en la región de la Puna, Provincia de Jujuy.
- Si las actividades llevadas ade- lante en el marco del acuerdo mencionado en dicha región han contemplado y/o contemplan lo previsto en la Ley 24.071, de ratificación del Convenio 169 de la OIT, específicamente en lo que hace al consentimiento previo por parte de las comunidades de pueblos originarios que allí habitan.
- Si se han generado los mecanis- mos de coordinación con las autoridades correspondientes para que las comu- nidades de esa región sean informadas en tiempo y forma sobre las actividades previstas dentro de su territorio, en el marco de la puesta en marcha de dicho convenio de cooperación.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En la puna de Jujuy, existen más de 100 comunidades de pueblos originarios que viven en los departamentos de Rinconada, Cochinoca, Santa Catalina y Yavi de las cuales alrededor de 19 co- munidades pertenecen al Pueblo Quechua. Las familias viven de la ganadería de camélidos, caprinos y ovinos, y la matriz cultural es muy similar en toda la puna, se tiene respeto a la madre tierra, y se agradece al agua (alcanzar a los ojos de agua), como así también se llevan adelante ceremonias rituales en las casas techadas denominadas "flechadas" y en los corrales de animales domésti- cos se lleva a cabo las "señaladas o marcadas".
La relación con sus antepasados se manifiesta el 1° y 2° de noviembre de cada año, cuando sus espíritus retornan. Amén de las fiestas patronales con idiosincrasia indígena la historia es funda- mental en la vida cotidiana de las comunidades, como también el uso equilibra- do de la naturaleza, es por ello que la relación con la Pachamama es de respeto en todas partes de sus territorios.
La posibilidad concreta del desa- rrollo de proyectos económicos vinculados a la utilización de recursos naturales, toca la moral y el espíritu de las comunidades, cada vez que arriban empresas mineras, funcionarios mineros o agentes del Estado provincial en esos territo- rios.
El día 20 de Mayo de 2011, las comunidades tomaron conocimiento que funcionarios del Servicio Geológico Minero Argentino, SEGEMAR y un contingente de ciudadanos chinos se hicieron presentes en la localidad de Abra Pampa, gracias a las denuncias efectuadas por comuneros del departamento de Rinconada y Lagunillas de Pozuelos, y miembros del Centro Vecinal de esta última Comunidad.
Los comuneros pudieron compro- bar que alrededor de doce camionetas estuvieron sacando tierra y agua de los arroyos de los departamentos de Rinconada y Catalina, dentro de su territorio. En su carácter de autoridades comunitarias, notificaron a las personas del SE- GEMAR sobre los derechos de las comunidades en cuanto al libre consentimien- to fundamentado previo estipulado en el Convenio 169 de la OIT, ratificado por ley 24.071. También del reconocimiento del derecho constitucional indígena planteado la Constitución Nacional. El diálogo se dio en un clima tenso, ya que ninguno de los funcionarios avisó ni supo explicar el por qué del ingreso a terri- torio indígena para realizar estos muestreos sin previo consentimiento de las comunidades.
Otros miembros de la comunidad pudieron divisar que alrededor de 15 personas que formaban parte de la comi- tiva de ciudadanos chinos se alojaban en el Hotel Suizo de Abra Pampa; al en- tablar conversación con ellos, allí se enteraron de la existencia de un convenio entre el SEGEMAR argentino con el SEGEMAR Chino para realizar los análisis de las muestras que se llevaban de sus territorios. También los acompañaban alumnos avanzados en la carrera de Geología.
Meses después, el ex comunero de la Comunidad Aborigen de Casabindo se encontró con gente del SEGEMAR y ciudadanos chinos. Indagó sobre qué hacían en territorio indígena, y los funcio- narios respondieron que el CPI Kolla había dado permiso, lo cual los miembros de esa comunidad dan cuenta rotundamente que no es cierto.
Del 7 al 15 de mayo del 2012 en el departamento de Santa Catalina, camionetas extrañas entraron según testigos "como ladrones", a las comunidades de San Juan y Oros al igual que a la co- munidad de Timón Cruz, a marcar sus territorios. Cuando la gente los divisaba a los lejos y se acercaba a preguntar, estas personas subían a sus camionetas y se marchaban rápidamente.
El día 13 de mayo Isabel Sumbai- no, actual presidente del Centro Vecinal de Rinconada, nuevamente se atravesó con varias personas de nacionalidad china, en la comunidad aborigen de esa localidad. Se trataba de tres personas, una camioneta de color azul, otra blanca y una última de color gris con impresión del SEGEMAR. No había nadie que los acompañase ni que pueda traducir lo que decían, solo mostraron un papel co- mo autorización del SEGEMAR de la Provincia de Salta.
El último episodio del que se tomó conocimiento sucedió el 19 de mayo, cuando comuneros de Santa Catalina de- nunciaron que un contingente de personas de nacionalidad China estaba en territorios del Pueblo Quechua y no podían comunicarse por no tener un traduc- tor.
Representantes de las comunida- des han solicitado por nota información sobre estas actividades a la Secretaría de Minería de la Nación, sin lograr aún respuesta. Sólo conocen que las mismas se realizan en el marco del "Acuerdo de Proyecto de Cooperación entre el Servi- cio Geológico Minero Argentino de la Secretaria de Minería de la Republica Ar- gentina y el Servicio Geológico Chino del Ministerio de Recursos de la Republica Popular China para el Mapeo Geoquímico y la Evaluación de los Recursos Mine- rales", gracias a que el presidente del Centro Vecinal de Rinconada logró que le mostraran en una de las exploraciones la nota de autorización del SEGEMAR de Salta que llevaba esa referencia.
El artículo 32 de la Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas establece que los Estados celebrarán consultas y cooperarán de buena fe con los Pueblos Originarios por conducto de sus instituciones representativas a fin de obtener el consentimiento libre e in- formado antes de aprobar cualquier proyecto que afecte sus territorios y otros recursos particularmente en relación con el desarrollo, la utilización o la explo- tación de recursos minerales, hídricos o de otro tipo.
Así mismo el Convenio 169 de la OIT establece en el artículo 13 que los gobiernos deberán respetar la importan- cia especial que para las culturas y valores espirituales de los pueblos interesa- dos reviste su relación con las tierras o territorios, o con ambos, según los ca- sos, que ocupan o utilizan de alguna otra manera, y en particular los aspectos colectivos de esa relación.
El artículo 15 del convenio sostiene claramente que "en caso de que pertenezca al Estado la propiedad de los mine- rales o de los recursos del subsuelo, o tenga derechos sobre otros recursos existentes en las tierras, los gobiernos deberán establecer o mantener procedi- mientos con miras a consultar a los pueblos interesados, a fin de determinar si los intereses de esos pueblos serían perjudicados, y en qué medida, antes de emprender o autorizar cualquier programa de prospección o explotación de los recursos existentes en sus tierras".
De allí la solicitud ante la autoridad correspondiente respecto a si se ha puesto en marcha mecanismos de coordi- nación que hagan efectiva en la región mencionada el cumplimiento de la nor- ma vigente.
Por todo lo expuesto es que solici- to a los compañeros/as diputados/as acompañen con su voto el presente pro- yecto
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA BUENOS AIRES LIBRES DEL SUR
MILMAN, GERARDO BUENOS AIRES GEN
RASINO, ELIDA ELENA SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
RIESTRA, ANTONIO SABINO SANTA FE UNIDAD POPULAR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
MINERIA (Primera Competencia)