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LEGISLACION GENERAL

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P02 Oficina 235

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Secretario Administrativo DR. TRIANTAFILO GUILLERMO

Miércoles 16.00hs

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  • LEGISLACION GENERAL

Reunión del día 09/06/2021

- MODIFICACIONES A LA LEY DE SOCIEDADES POR ACCIONES SIMPLIFICADAS

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los nueve días del mes de junio de 2021, a la hora 19 y 14, comienza la reunión de la Comisión de Legislación General, llevada a cabo bajo el formato de videoconferencia:
SRA. PRESIDENTA MOREAU Buenas tardes, y gracias a todos y a todas por estar hoy en esta reunión de la Comisión de Legislación General.

Solicito al doctor Guillermo Triantafilo, secretario de la comisión, que tome lista para verificar el quórum.

Les recuerdo y agradezco a los que están unidos vía VPN que se mantengan conectados durante el transcurso de la videoconferencia. También les solicito que tengan los micrófonos silenciados, así podemos escucharnos correctamente.

SR. SECRETARIO (TRIANTAFILO) Señora presidenta: los miembros de la Comisión de Legislación General presentes en este momento para comenzar la reunión son los diputados: Moreau, Alumé Sbodio, Herrera, Álvarez, Cerruti, Estévez, Gutiérrez, Moisés, Parola, Penacca, Ramón, Siley, Valdés, Vilar, Yambrún y Yedlin, y el diputado Enríquez, que está ingresando en este momento.

SRA. PRESIDENTA MOREAU Aprovecho para saludar al diputado Alumé Sbodio, quien todavía está transitando el COVID-19 pero se lo ve bastante recuperado.

Esta reunión de la Comisión de Legislación General ha sido convocada a los efectos de tratar el proyecto de ley contenido en el expediente 0046-s-2020, del cual se dará cuenta por Secretaría.

SR. SECRETARIO (TRIANTAFILO) Expediente 0046-s-2020, proyecto de ley en revisión por el cual se establece que todas las sociedades por acciones simplificadas (SAS) deberán ser constituidas por emprendedores previamente inscriptos en un registro especial a cargo de la Sepyme, dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación. El único giro es a la Comisión de Legislación General.

SRA. PRESIDENTA MOREAU Gracias, señor secretario.

Confeccionamos una lista de oradores con los otros espacios de la comisión, pero a muchos no los veo.

Para abrir la lista de oradores cederé la palabra al señor diputado Godoy, a quien además le agradezco mucho el trabajo que se ha tomado porque en nombre de nuestro espacio ha estudiado y nos ha informado sobre el proyecto en consideración.

Les recuerdo que esta iniciativa ya tuvo tratamiento en una reunión informativa y en una reunión de asesores.

Tiene la palabra el señor diputado Godoy.

SR. GODOY Señora presidenta: en esta reunión buscamos dictaminar sobre un proyecto que viene del Senado y que fue aprobado por esa Cámara en junio del año pasado.

Esta iniciativa pretende perfeccionar la ley de apoyo al capital emprendedor, sancionado alrededor de 2016, que creó una figura específica y especial de sociedades, las sociedades por acciones simplificadas, a la que excluyó de la Ley General de Sociedades. Estuvo creada para beneficiar a los emprendedores -algo en lo que creo que tenemos que estar todos de acuerdo-, pero no se estableció específicamente que quienes la puedan constituir sean emprendedores o emprendedoras.

Esto es lo que busca resolver el artículo 1° del texto remitido por el Senado, es decir, que todas las sociedades por acciones simplificadas deban ser constituidas por emprendedores previamente inscriptos en un registro especial en la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores.

La verdad que no hay nada complejo en cuanto a que deban ser emprendedores ni tampoco en la creación de un registro. ¿Quién es un emprendedor o una emprendedora? Conceptualizándolo, es alguien que emprende, que inicia, que busca avanzar, dar pasos en la generación de una actividad económica, productiva, de servicios o comercial. Por ahí suele confundirse, decirse o pensarse que son emprendedores solamente quienes tienen una actividad vinculada a la economía del conocimiento o una actividad un poco más compleja.

El emprendimiento es de diversa naturaleza. Un emprendedor puede ser un guía de turismo de mi provincia, Salta, que junto a otros se asocian y utilizan una de estas sociedades simplificadas, que son de fácil inscripción y de rápida inscripción, para buscar el desarrollo económico en su actividad.

Enhorabuena que existan este tipo de sociedades y las facilidades que se les brinda a aquellos a quienes nosotros, desde el Estado, debemos impulsar para que crezcan económicamente y logren un beneficio general comunitario.

El problema también es que este tipo de sociedades, a partir de su regulación laxa, flexible y -en algunos casos- inexistente, se han utilizado mucho para cometer distintos tipos de ilícitos. En general se trata de delitos penales económicos, como fraudes, facturas apócrifas, delitos impositivos, vinculados al narcotráfico o a distintas actividades ilícitas para lograr luego el lavado de activos.

Hay innumerables ejemplos de sociedades por acciones simplificadas que se conformaron con un capital mínimo. El capital establecido es de dos salarios mínimo vital y móvil, o sea, hoy un poco más de 50.000 pesos. Se han constituido sociedades con el capital mínimo que al otro día compraron inmuebles por cientos de miles de dólares, por 400.000, 500.000 o 1 millón de dólares. Las investigaciones de la Justicia en Santa Fe establecieron que se crearon más o menos 32 de estas sociedades y que llegaron a lavar cerca de 1.200 millones de pesos.

Entonces, claramente, ante esa desregulación -llamada desburocratización en su momento-, se han utilizado estas sociedades para llevar adelante actividades ilícitas.

Me parece que tenemos que buscar mecanismos para fomentar esas sociedades, pero para que sean utilizadas por los sujetos para los cuales estaban destinadas: los emprendedores y las emprendedoras. Esto es lo que plantea básicamente el artículo 1°. Se suspende por un plazo de 180 días la inscripción de sociedades en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en lo que tiene que ver con el GDE. El GDE es el sistema de gestión documental electrónica que se utiliza en el ámbito de lo que era en su momento el Ministerio de Modernización, donde se inscribían estas sociedades, porque como dije al principio, estaban excluidas de la Ley de Sociedades. Es decir, se creaba un nuevo tipo societario, pero no se lo vinculaba a las normas de regulación y de control de la Ley de Sociedades, lo que resulta contradictorio.

Esta suspensión, aun cuando se suele dar más importancia a lo que sucede en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, no rige para el resto del país. Les pongo un ejemplo -hay varios- sobre cuáles son los mecanismos de inscripción de estas sociedades en el país. En Tucumán, por ejemplo -y aquí veo al diputado Yedlin-, se realiza a través del formato papel. En Salta se hace a través de un formato mixto, no a través del GDE; es un sistema centralizado de actuaciones digitales donde hay una facilidad, un formulario que llena la persona interesada con algunas particulares -ahora lo contaré-, lo imprime, lo envía y lo lleva además al registro público, que en su momento estaba en el ámbito judicial y hoy se encuentra en el ámbito administrativo. Pero éste tiene algunas facultades de control, sobre todo sustancial.

Cuando uno quiere inscribir una sociedad por acciones simplificada, debe llenar los formularios, los proforma, los imprime, los inscribe y solo llena los datos, como el nombre, etcétera.

El artículo 3°, respecto al objeto, en lo que es el sistema de Gestión Documental Electrónica -GDE-, dice que: "La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia o ajena a producción, intercambio, fabricación, transformación, comercialización, intermediación, representación, importación y/o exportación de bienes materiales, incluso recursos naturales e inmateriales, y la prestación de servicios relacionados directa o indirectamente con las siguientes actividades: agropecuarias, avícolas, ganaderas, pesqueras, tamberas y vitivinícolas; comunicaciones, espectáculos, editoriales y gráficas en cualquier soporte; culturales y educativas; desarrollo de tecnología, investigación e innovación y software; gastronómicas, hoteleras y turísticas...", y la lista sigue; no le falta nada.

Por lo tanto, se trata de una empresa con un objeto social tan difuso y tan amplio que también tiende a beneficiar la comisión de esas actividades ilícitas.

Como dije anteriormente, en el registro de mi provincia, por ejemplo, no existe esta posibilidad, sino que se deja un espacio en blanco para que el empresario o el emprendedor -que busca utilizar una figura societaria que lo beneficie en términos fiscales, promocionales, de inversión y de créditos- lo complete e indique a qué quiere dedicarse. Seguramente, ese emprendedor no se va a dedicar a este sinnúmero de actividades que el sistema brinda de manera simplista.

Entonces, como decía, por ese tiempo se suspende y se traslada al ámbito que corresponde la inscripción y la fiscalización, algo que sucede en todas las provincias, y en el caso de la Capital vendría a ser a la Inspección General de Justicia.

En las provincias, la registración y fiscalización sucede en los registros públicos, sea en órbita judicial o administrativa.

Además, se estipula que, ante ese registro -o ante la Inspección-, deben presentarse los estados contables.

Considero que no está mal que las SAS presenten sus estados contables, la situación patrimonial y el estado de resultados; deben hacerlo y con ello no se está buscando que incurran en un gasto mayor. Además, si deben presentarlos ante la Administración Federal de Ingresos Públicos, tranquilamente pueden hacerlo en el marco del control ante los registros correspondientes, tal como lo hacen otras sociedades por acciones.

Por otra parte, se modifica aquella ley en lo que respecta al control sustancial. La ley originaria, la 27.349, generó un vehículo ágil y efectivo para que los emprendedores -como decía- pudieran desarrollar sus emprendimientos, al establecer el otorgamiento de la personería jurídica en 24 horas, pero autorizando al Estado a ejercer el control de la legalidad sustancial. De lo contrario, si solamente se queda en una registración formal, sería un mero buzón. Es decir, se debe aceptar que en el formulario proforma todo esté correcto y se debe inscribir.

Sin embargo, quizás una persona tiene decenas de SAS presentadas -como ha sucedido y sucede- con un domicilio real en San Luis, pero que se constituye en otro lugar para llevar adelante operaciones que nunca hizo. Entonces, no existe por parte de la IGJ un control que sea sustancial.

Como comentaba, se constituyen en 24 horas y la ley 27.349 permitió el control de legalidad sustancial. Sin embargo, la ley 27.444, con fundamento en la flexibilidad y la desburocratización, que se generó a partir de un decreto de necesidad y urgencia de la gestión anterior, dejó inerme al Estado y abrió una puerta peligrosa para el uso desviado de la personalidad jurídica de las SAS en su proceso constitutivo, al eliminar la posibilidad de ejercer un control sustancial de legalidad.

Actualmente, planteamos que exista dicho control para evitar un sinfín de actividades ilegales que perjudican a terceros de buena fe, probablemente a socios, al Estado y también a la sociedad en general.

Por otra parte, se amplían las limitaciones existentes respecto de quiénes pueden constituir las SAS, alcanzando además a aquellas que tengan un capital mayor a los 50 millones de pesos, porque se busca que sean constituidas o estén configuradas como mipymes. Es decir, básicamente se busca fortalecer y potenciar a las micro, pequeñas y medianas empresas.

Estas son las principales reformas que se están planteando: en lo que respecta a la registración, deberá hacerse donde corresponda, en los registros públicos, y en el caso de la Capital Federal, en la IGJ; el control debe ser formal y también sustancial, como en todas las sociedades, porque esa facilidad y esa laxitud tampoco pueden provocar que el Estado no tenga ningún tipo de control.

Me estaba olvidando de mencionar que, hace unos días, diversos informes mostraron cómo se utilizaron estas figuras para delinquir, y también otras, como por ejemplo las sociedades anónimas, las SRL, fundaciones, asociaciones e iglesias. No vamos a caer en que solamente se utilizan las SAS, pero su flexibilidad y falta de control resultan más llamativas para quienes quieren generar lavado de activos.

Tal como decía, en una investigación de exportación de toneladas y toneladas de carne se detectó triangulación, defraudación impositiva y valores menores a los que corresponden en el mercado de carnes. Para todo eso se utilizaban estas figuras; se descubrió que fueron constituidas hace poco tiempo con un capital de 30.000 pesos, y terminaron siendo grandes exportadores de 50 o 100 toneladas de carne. En mi opinión, esa actividad que se está desarrollando no se corresponde con la figura de un emprendedor.

Como decía anteriormente, la registración debe tener un control sustancial y formal y, además, esta figura debe ser destinada específicamente a quienes queremos beneficiar. Esta iniciativa no está destinada a perjudicar a los emprendedores, que son los primeros beneficiarios de esta ley -que en muchos aspectos es muy positiva- y que, sin duda, con estas modificaciones podría fortalecerse para que sea todavía mejor.

SRA. PRESIDENTA MOREAU Gracias, señor diputado.

Conversamos con la señora diputada Carla Carrizo y, en función de los doce minutos que utilizó el señor diputado Godoy, propongo establecer un tiempo de diez minutos por expositor para que todos podamos hacer uso de la palabra.

Tiene la palabra el señor diputado Ferraro.

SR. FERRARO Señora presidenta: creo que todos vamos a coincidir aquí en que las sociedades por acciones simplificadas son un tipo societario que fue creado para facilitar la generación de empresas, intentando modernizar los requisitos y agilizando el proceso de constitución que tenían las clásicas sociedades anónimas y las sociedades de responsabilidad limitada.

Se trata de un tipo societario no inventado por nuestro país ni por un gobierno que tuvo la responsabilidad de llevar adelante los destinos la Argentina durante un período, sino que podemos encontrarlo en países como España, Francia, Gran Bretaña, Italia, Estados Unidos y, más cercanos a esta región, en Chile, México, Uruguay y Colombia, entre tantos otros.

Asimismo, es un tipo societario recomendado -si se quiere- por dos organismos reconocidos, que muchas veces mencionamos en este Congreso de la Nación, particularmente en la Cámara de Diputados, en los debates de distintos tipos de normativas; me refiero a la Organización de los Estados Americanos y a las Naciones Unidas.

A partir de allí podemos contextualizar lo que han significado las SAS, a las que muchos de nosotros consideramos como un éxito por su bajo costo y por la agilidad y el dinamismo que han generado, ya que en tres años tuvieron un crecimiento muy fuerte en comparación con otros tipos societarios. Mire, hubo un crecimiento exponencial de la SAS, de un 10 por ciento al 50 por ciento en tres años, y una tasa de crecimiento porcentual de la recaudación de la AFIP por cada tipo societario con respecto al año anterior. Se crearon más de 200.000 empresas, 47.000 puestos de trabajo y un 50 por ciento de todas las que se constituyeron eligieron esta figura societaria.

Y ahí es donde el proyecto, que viene en revisión del Senado, afecta fundamentalmente a pequeños y medianos emprendedores, a las industrias del conocimiento, a empresas familiares que, en definitiva, ¿qué buscan? Buscan comenzar a operar con una figura jurídica para tener su CUIT, para poder facturar, contratar empleados, presentarse a licitaciones y ahora, con este cambio que se está haciendo, van a tener muchísimos más requisitos, muchísimos más costos para la obtención de una sociedad por acción simplificada.

Voy a dar un ejemplo. Ahora van a tener que inscribirse previamente en un registro especial -lo decía un diputado preopinante- cuyos requisitos quedarán de manera discrecional y arbitraria en un funcionario del Poder Ejecutivo.

A su vez, les estamos aplicando la suspensión de esa constitución por 180 días, que se hacía de manera digital, la cual deberá hacerse ahora en soporte papel. ¿Qué quiere decir esto? Que, a partir de ahora, la Inspección General de Justicia va a hacer un control sustancial y formal. Por ejemplo, va a analizar si el objeto societario tiene relación con la actividad.

Aquí debemos recordar que las SAS tenían un objeto societario amplio, justamente porque cuando un emprendedor o una industria del conocimiento comienzan, requiere esta flexibilidad para ir adaptando su negocio, su potencial, a distintas formas y no a un modelo rígido. Esto hay que decirlo.

También hay que decir que las sociedades por acciones simplificadas ya inscriptas al día de la fecha van a ser perjudicadas con el proyecto de ley que se pretende sancionar porque deberán presentar estados contables, situación patrimonial, estado de resultados de ejercicios económicos cerrados desde su constitución, entre otros tipos de papeles que les va a requerir la reglamentación.

La no presentación de esto hace pasible de multas a cada uno de los socios con el monto máximo, y la transformación de una SAS a otro tipo societario -reforma que consideramos totalmente innecesaria y costosa en el actual contexto social y económico que vive nuestro país- puede costarle como mínimo a una empresa de estas características más de 100.000 pesos en trámites vinculados con escribanos, abogados y certificaciones.

El proyecto, como le decía, le da un poder muy fuerte y discrecional a la Inspección General de Justicia, que hoy dirige el doctor Nissen, quien ya nos demostró, con resoluciones y declaraciones a la prensa y varias presentaciones que hizo en las distintas instancias, que está en contra de las SAS. Gran parte de las resoluciones que ha dictado la IGJ en esta materia, todos sabemos que hoy están judicializadas y todavía están sin una resolución final al respecto.

Por otro lado, la Argentina necesita facilitar la creación de nuevas pequeñas y medianas empresas; lo dijimos en su momento cuando discutimos la nueva ley de industrias del conocimiento. Para ello, debemos romper las trabas y burocracias y mayores costos para los emprendedores y las empresas familiares porque, está claro, sufrimos cada vez más el desempleo, la pobreza y la falta de oportunidades.

Cuando hablamos de industrias del conocimiento, cuando hablamos de la Argentina emprendedora, esto se relaciona también con los jóvenes. Y muchas veces los jóvenes emigran del país porque aquí no encuentran ese futuro o encuentran esas trabas burocráticas que les impide desarrollar su potencial.

El presidente Fernández se reúne con empresarios españoles y los convoca a invertir en la Argentina y, ese mismo día, se ataca desde el oficialismo con una legislación totalmente burocrática, ineficaz, retrógrada, a una herramienta clave -que, a su vez, también está respaldada a nivel internacional- para personas o sociedades, que, en definitiva, buscan crear trabajo.

Este proyecto crea -como le decía- muchísimas más trabas. Establece regulaciones innecesarias, vuelve al papel en vez de fomentar la digitalización y el cuidado del ambiente, deja los requisitos para las inscripciones al arbitrio discrecional de futuros funcionarios de turno.

En definitiva, y a modo de conclusión, es un ataque a los emprendedores, a los que quieren generar empleo en la Argentina para fomentar lo que, si se quiere, es la informalidad.

Vale decir también, a modo de respuesta, que de todas las SAS que se constituyeron en la Argentina, solamente el 0,03 por ciento de esas sociedades tiene alguna situación vinculada con lo que acá ligeramente se plantea como lavado de dinero, blanqueo de capitales o situaciones similares.

Esto hay que decirlo porque mire si la historia de nuestro país no registrará cuántas sociedades anónimas, cuántas sociedades de responsabilidad limitada jugaron en connivencia con el sector político, empresarial y demás, y hubo miles y miles de millones de dólares de lavado de dinero. Entonces, hay que decirlo para no crear una mentira sobre lo que son las sociedades por acciones simplificadas.

Para finalizar, con respecto a darle más protagonismo a los registros públicos provinciales, como regla general por supuesto que estamos de acuerdo. Pero también debemos hacer hincapié en la situación irregular de la Inspección General de Justicia, que es manejada por el gobierno nacional y hoy debería ser transferida nada más ni nada menos que a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Dicho esto, desde Juntos por el Cambio, vamos a presentar un dictamen de rechazo a esta propuesta que viene en revisión del Senado de la Nación. Los diputados y diputadas de nuestro interbloque amplificarán y darán muchísimos más argumentos, en los que se fundamentará aún más la decisión que estamos tomando al respecto. (Aplausos.)

SRA. PRESIDENTA MOREAU Tiene la palabra el señor diputado José Luis Ramón.

SR. RAMÓN Señora presidenta: hoy no nos vamos a pelear con el diputado Enríquez. No estamos en el mismo equipo, pero vamos a dar una argumentación.

Para tratar este proyecto de ley venido en revisión del Honorable Senado, en una primera reunión informativa estuvo presente el inspector general de Justicia. En esa oportunidad, desde nuestro interbloque hicimos fuertes manifestaciones en cuanto a los objetivos que tiene esta iniciativa.

En política, uno debe tratar que las decisiones se tomen en razón de aquello que sucede en el lugar donde uno vive y donde uno ha sido elegido. Yo recuerdo haber sido docente de secundaria durante casi más de doce años; de hecho, lo fui hasta el año 2017. Y en oportunidad de ejercer la docencia, era impresionante la cantidad de chicos que de una u otra forma, motivados por quienes éramos docentes, por la razón que fuere, empezaron a transformarse en emprendedores.

Antes de que eso ocurriera, en ejercicio de la profesión de abogado, también tuve la oportunidad de tratar de constituir empresas. Para hacer una empresa, para hacer un desarrollo y ser un emprendedor tenía que lidiar con las direcciones de personas jurídicas. ¡Vaya! Muchos acá son colegas abogados y saben lo que significa una dirección de personas jurídicas con un director o directora que tiene como objetivo hacer su trabajo bien. Sin embargo, durante años, décadas creo, se generaron situaciones que eran realmente engorrosas para aquellos que querían hacer un trámite y, sobre todo, constituir una sociedad.

Y en oportunidad de estar capacitándonos, yo veía que en Estados como la Florida, en Estados Unidos, y también en países vecinos nuestros, constituir una sociedad anónima para llevar adelante un emprendimiento era algo que tenía simplificación de la burocracia y de todo aquello que para nosotros acá en la Argentina, en mi provincia, era bastante complicado.

Quería hacer referencia a esto porque ya los chicos de la secundaria empezaban a tener en su cabeza -alocada para algunos- una idea de ser emprendedores en cualquier actividad. Yo voy a elegir una porque es la que ocupa hoy a la mayoría de los jóvenes y es la economía del conocimiento. ¡Vaya que es fuerte la economía del conocimiento! En cualquiera de nuestras familias nos vamos a encontrar con que, desde chicos, nuestros hijos quieren generar proyectos relacionados con la economía del conocimiento. Ese es uno de los nuevos ítems de las matrices productivas de nuestras provincias y de nuestro país. No es poca cosa y está directamente relacionada con nuestros emprendedores y nuestras emprendedoras, y desde muy jóvenes.

Cuando empezaba esta intervención, decía que no nos peleamos con mi amigo y colega el diputado Enríquez. No nos peleamos; bueno, un poco. Pasan buenas cosas. Hay paz. Pero no quiero hacer tan rápidamente mi exposición, bánqueme un poquito. Porque en esta Cámara, desde que asumí como diputado, he sostenido la defensa de proyectos que tienen como objetivo la protección de los usuarios, de los consumidores, de las pymes, de los emprendedores, de los pequeños que empiezan a integrarse a la actividad económica en nuestro país. Es fuerte.

Entonces, viene un proyecto de ley impulsado por un inspector general de Justicia que propone traer un retraso. Lo de la digitalización, simplificación, desburocratización del Estado tenía muchos errores, pero si había algo positivo era que permitía tener un concepto federal, que los registros y las inspecciones de personas jurídicas de las provincias asumieran el control para entregar las autorizaciones y que las SAS pudieran ser constituidas en las provincias.

Cuando empecé la exposición, hablaba de chicos, adolescentes, jóvenes emprendedores y emprendedoras que necesitan tener un sistema simplificado, desburocratizado, es decir, hacerles las cosas más fáciles para que puedan aprender a desarrollar sus primeros emprendimientos con un instrumento que les permita, incluso, tener participación de bienes de capital, de dinero, que sirva para llevar adelante proyectos que, sobre todo en la economía del conocimiento, necesitan de un socio que aporte el capital. Es fuerte. Las SAS tienen ese contenido y permiten el desarrollo de chicos. Más de uno de los que estamos acá hemos tenido oportunidad de estar con ellos y vemos que los emprendedores son jóvenes, y tenemos que facilitarles las cosas.

Hecha esta introducción, lo que pretende este proyecto es directamente echar por tierra con las SAS. Yo veo que el proyecto pretende suspender por 180 días la tramitación de las nuevas sociedades, y también de las que están en funcionamiento. Por más dudas que existan sobre la legalidad en la constitución de algunas, no podemos echar por tierra con un sistema que está funcionando.

Y más allá de las cuestiones políticas, la cantidad de sociedades por acciones simplificadas inscriptas en la dirección de personas jurídicas de mi provincia en los últimos años es innumerable. Lo mismo ocurre en la provincia de Córdoba, donde constituir una SAS es simple, es fácil, es desburocratizado. Cuando hablamos de terminar con la digitalización y volver al sistema de los libros de papel, volvemos al pasado. No le encuentro otra explicación.

Día tras día, en la administración pública se va perfeccionando el entrecruzamiento de datos, la forma en que los organismos de recaudación, de administración y de control pueden ejercer la inspección sobre cualquier figura societaria. Por eso, no entiendo esto de volver a los libros de papel. Fíjense que ahora, en la pandemia, ¿quién llevaba un libro de papel a la Inspección General de Justicia? Con esta norma, se termina la descentralización. Volvemos a un sistema centralizado en la Capital Federal.

Recuerdo que en una oportunidad, habíamos hecho una sociedad anónima que prestaba un servicio jurídico prepago y había que hacer un trámite acá en la Capital, en la Inspección General de Justicia. Mago había que ser, cuando uno venía a Buenos Aires, para conseguir un turno; ni siquiera un turno, sino que alguien atendiera para hacer la tramitación de la documentación de esa sociedad anónima que tenía un objeto específico. Entonces, creo que esto pretende terminar con el sistema.

Creo que el régimen actual brinda la posibilidad de que muchos emprendedores y emprendedoras puedan llevar adelante su emprendimiento a través de una sociedad anónima simplificada.

El argumento de que hay algunos que están cometiendo estafas porque están evadiendo el pago de los impuestos -he escuchado varios argumentos en ese sentido, sobre todo al inspector general de Justicia-, me parece que es una barbaridad.

Quiero ser concreto, porque están hablando de algunos casos, de algunos delincuentes que utilizaron una SAS para hacer la evasión. Conozco una sociedad anónima de objeto específico, que se constituyó para prestar un servicio de gas domiciliario en toda la zona de Cuyo. Es fuerte esto: tiene objeto específico, control de la Inspección de Personas Jurídicas, control del Enargas y control cruzado de todos los lugares. Sin embargo, en esa sociedad anónima, que no es simplificada, con todos los controles, pero por no ejercer los controles, en una asamblea sus cinco socios resolvieron, espuriamente y de manera delictiva, llevarse los dineros que habían obtenido a cambio de la prestación de un servicio público. La causa está radicada en el Juzgado N° 8 de Comodoro Py; el juez es el doctor Martínez de Giorgi, que está investigando la comisión de un delito grave de una sociedad anónima, con todos los controles habidos y por haber.

¿Qué quiero decir con esto? ¿Le vamos a limitar la posibilidad a un sistema simplificado que permite el desarrollo económico a miles de emprendedores y emprendedoras en nuestro país porque tenemos la duda?

No tenía el dato que dio el diputado Ferraro; pero si el 0,03 de las sociedades por acciones simplificadas que han sido investigadas son las que cometieron delitos, ¿por qué las miles de sociedades constituidas en mi provincia de Mendoza, en Córdoba, en Salta y en cada una de las provincias de la Argentina están puestas en duda y dejarán de funcionar por el capricho de un funcionario ubicado en esta Capital Federal que pretende...

SRA. PRESIDENTA MOREAU Diputado, cumplió los diez minutos de su tiempo.

SR. RAMÓN ...suspender un sistema que origina trabajo y que permite que emprendedores generen negocios e ingresos en toda la Argentina?

Por eso, señora presidenta, desde nuestro interbloque presentaremos un dictamen de rechazo a este proyecto. Si me permite, quisiéramos tener tiempo hasta mañana para presentarlo.

SRA. PRESIDENTA MOREAU Cómo no, diputado.

Tiene la palabra el señor diputado Pablo Tonelli.

SR. TONELLI Señora presidenta: para empezar por la conclusión, adelanto que este proyecto es para hacer complejo y difícil lo que debería ser simple y fácil. Esto es lo que estamos discutiendo.

Tenemos un régimen que propicia que la creación y el funcionamiento de sociedades por acciones simplificadas, destinadas esencialmente a los emprendedores, sea simple y fácil, y lo queremos complejizar hasta el punto de que posiblemente este régimen desaparezca.

En ese sentido, son varias las previsiones que contiene el proyecto que lo demuestran. La primera -que es verdaderamente absurda- es la creación de un registro de emprendedores. ¿Qué le pedirán a los emprendedores que acrediten a la hora de inscribirse en el registro? ¿Que efectivamente son emprendedores, que saben emprender, que tienen ideas que al funcionario de turno le parezcan dignas de ser aplicadas en un emprendimiento? Eso es un absurdo.

Este tipo de registros tiene razón de ser cuando se trata de registrar a quienes requieren un título habilitante para el ejercicio de una determinada actividad, sea un médico o un gasista matriculado; tiene sentido el registro porque hay que verificar que efectivamente el abogado tenga título de abogado y el gasista tenga la matrícula de gasista o haya hecho los cursos correspondientes. Pero, ¿qué le van a pedir a un emprendedor para inscribirlo en un registro?

La inscripción en el registro también supone la posibilidad de no inscribir; es decir que el funcionario que maneje ese registro, según cómo le resulte la cara del emprendedor, lo va a inscribir o no. Esto es un verdadero absurdo, porque si aplicáramos este criterio tendríamos que crear un registro de almaceneros para quien quiere poner un almacén o uno de ferreteros para quien quiere poner una ferretería, y eso es un disparate.

A lo único que está destinada la creación de ese registro de emprendedores es, por un lado, a dificultar la creación y funcionamiento de las SAS y, en segundo lugar -lo que es mucho más grave-, a darle al gobierno y al funcionario que esté a cargo de ese registro un manejo absolutamente discrecional que le permita discriminar a quiénes inscribe -y, por ende, les da la posibilidad de constituir una SAS- y a quiénes no inscribe -y, por lo tanto, los aparta de la posibilidad de crear una SAS-. Es un registro verdaderamente disparatado, absurdo y que no tiene ninguna razón de ser.

Pero, claro, como ya se dijo, todo esto es ni más ni menos que la consagración, por medio de un proyecto de ley, de una serie de disposiciones de la Inspección General de Justicia que se han dictado a partir de diciembre de 2019 y que están destinadas a dificultar el funcionamiento de las sociedades por acciones simplificadas por una sencilla razón, que es que al actual titular de la Inspección General de Justicia no le gustan este tipo de sociedades. Entonces, dictó una serie de medidas, una más absurda y restrictiva que la otra, para tratar, en la medida de lo posible, de que no haya más sociedades por acciones simplificadas.

Tan es esto así que, ante una demanda de la Asociación de Emprendedores de Argentina, se dictó una medida cautelar suspendiendo la aplicación de todas esas resoluciones; lo cual quiere decir que ya hubo un juez que coincidió con nosotros en la sinrazón y en la falta de justificación de todas estas medidas restrictivas.

Es cierto que esa medida cautelar fue apelada y que, además, ha trabado un conflicto de competencia entre la justicia comercial y la justicia contencioso administrativa de la Capital Federal, que está demorando una definición. Pero -insisto- hay un juez que coincidió con nosotros en que todas esas medidas restrictivas del funcionamiento de las sociedades por acciones simplificadas, que ahora se quieren consagrar por ley, son absurdas, disparatadas y carecen de fundamento.

La misma carencia de fundamento la encontramos en el remanido argumento, que ya hemos escuchado muchas veces, de que las sociedades por acciones simplificadas se han utilizado como vehículo o instrumento para cometer algún delito. Generalmente, cuando se apela a este argumento, se recurre al lavado de dinero. La verdad es que esto es absurdo porque ha habido muchos más casos de lavado en los que se ha incurrido a través de sociedades anónimas comunes y silvestres, sociedades de responsabilidad limitada, personas físicas, entidades de otro tipo, hasta cooperativas, y a nadie se le ocurre restringir, prohibir o suspender la creación de ese tipo de sociedades.

Por otra parte, el control del lavado de dinero, de los delitos conexos o de todos los que a uno se le puedan ocurrir no es competencia de las direcciones de personas jurídicas o de los organismos encargados del control administrativo de las sociedades. El control y la prevención en materia de lavado y de delitos financieros corresponde a otras áreas del Estado: a la AFIP, la Policía, organismos de seguridad, la Unidad de Información Financiera o la Oficina Anticorrupción, pero no a la Inspección General de Justicia. Lo único que tiene que verificar la Inspección General de Justicia es que se cumplan los requisitos formales -y sobre esto diré algo más- que la ley ha previsto.

De modo que querer combatir el lavado de dinero a través de una restricción a la creación de sociedades por acciones simplificadas es lisa y llanamente querer tapar el sol con las manos; no tiene absolutamente ninguna posibilidad ni ningún sentido porque, en todo caso, el lavado que eventualmente se pudiera hacer con una sociedad anónima simplificada se hará con otro tipo societario. Y la responsabilidad de evitarlo es de otros órganos totalmente distintos de aquellos que se ocupan del control administrativo de las personas jurídicas; de modo que ese argumento también es absurdo.

Lo mismo pasa con esta vuelta a los papeles. Eso es volver al siglo XIX. Eso equivale a renunciar a la electricidad y decir: "nos vamos a iluminar con velas porque son más seguras"; es un disparate. Los papeles se pierden, se adulteran y se queman, cosa que no ocurre con los registros digitales. Cuando estos últimos se hacen por medios seguros, como, por ejemplo, por Blockchain, son absolutamente inalterables: no se pierden, no se pueden adulterar ni hacer desaparecer, cosa que sí ocurre con los papeles. Es absurdo querer volver a instrumentos que hoy en día están largamente superados por la técnica.

Esto ocurre también respecto del control sustancial. ¿Qué es esto del control sustancial? ¿Qué va a controlar el órgano administrativo? ¿Si la actividad que quiere iniciar el emprendedor está bien, está mal, tiene posibilidades o no de prosperar, de ser viable? Esto no tiene sentido. Esa decisión respecto de la tarea que va a emprender y sus posibilidades le corresponde a quien arriesga su capital y su trabajo, pero no a la autoridad administrativa de control. El control tiene que ser formal, tal como lo establece hoy en día la ley. Es decir que las personas que van a constituir la sociedad deben tener una existencia visible, sus documentos en orden, un domicilio, etcétera, y cumplir los requisitos de la ley.

Pero el control sustancial apunta a una suerte de control ideológico de las sociedades por acciones simplificadas, para que sean aprobadas aquellas que le caen bien y le gustan al funcionario de turno, en tanto que las que por cualquier razón no le caen bien o no son del agrado del funcionario de turno no tengan posibilidades de prosperar.



SRA. PRESIDENTA MOREAU Disculpe señor diputado, ya pasaron los diez minutos.

SR. TONELLI Ya termino, señora presidenta.

Quiero hacer una reflexión final. Un tema que hoy en día está en discusión no solo en la Argentina, sino en el mundo entero es el vinculado con la liberalización de las patentes de las vacunas. Es un tema de enorme trascendencia para la pandemia que afronta la humanidad. ¿Por qué? Porque son pocos los países en los cuales se producen vacunas.

Entonces, interpelo a los colegas preguntándoles lo siguiente: ¿alguna vez se han preguntado por qué son pocos y por qué son ciertos y determinados los países donde se producen las vacunas? Porque son países en los cuales se estimula el trabajo, la creación de sociedades, la innovación, se respetan las reglas del juego y la ley y, sobre todo, hay seguridad jurídica.

Por eso es que en ciertos y determinados países la economía prospera y se pueden crear y desarrollar vacunas. ¿Por qué eso no pasa en la Argentina? Porque nos la pasamos cambiando las reglas del juego, desconociendo las leyes, queriendo cambiarlas o adaptarlas al gusto de un funcionario de turno. Es lo que ocurre en este caso con el Inspector General de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que para darse el gusto le va a complicar o jorobar la vida a las sociedades por acciones simplificadas de todo el país, pasando por encima de la autonomía de las provincias y del federalismo.

En definitiva, este es un proyecto que el único objetivo verdadero que tiene es dificultar la creación y funcionamiento de las sociedades por acciones simplificadas. Lo que necesitamos en la Argentina no sólo para beneficiar a los emprendedores, sino para beneficiarnos todos y que el país prospere y la economía crezca, es favorecer la innovación, los emprendimientos y la creación de sociedades.

Si alguna sociedad se desvía de su objeto y comete un ilícito tendrán que intervenir las autoridades correspondientes, pero no los órganos encargados del control administrativo. Esta ley no es la que está encargada de evitar el lavado de dinero, el narcotráfico o lo que fuere; eso es tema de otras leyes y autoridades.

Entonces, insistimos en que lo más saludable para las sociedades por acciones simplificadas, los emprendedores y la economía de nuestro país sería rechazar íntegramente el proyecto de ley, tal como ha sido aprobado por el Senado.

SRA. PRESIDENTA MOREAU Tiene la palabra la señora diputada Banfi.

SRA. BANFI Señora presidenta: de acuerdo con datos de la AFIP, en 2020 22.000 empresas cerraron; 296.000 personas perdieron sus puestos de trabajo formales; la densidad empresarial de la Argentina es tres veces menor que la de Francia y la de Chile y el 50 por ciento del trabajo en la Argentina es informal. Si este proyecto avanza y se convierte en ley, estas cifras se verán agravadas. Me imagino que no estamos acá reunidos para eso.

Creo que tenemos que ver realmente dónde poner el acento. Estamos viviendo momentos muy difíciles en la Argentina. En la provincia de Buenos Aires, siete de cada diez niños comen en forma salteada. Hoy leí una nota que decía que entre dos niños se debe elegir cuál come y cuál no.

Principalmente, esto tiene una afección no solo en la gestión del Estado y la posibilidad de generar toda una política social de contención, sino también de cuáles son las ofertas que nosotros damos para la producción y el desarrollo privado, para aquellas personas que aspiran a vivir de su fuerza de trabajo, sus sueños y su emprendimiento.

Creo que hoy podemos tener una gran oportunidad o podemos arruinar las cosas otra vez; no sé si para siempre, pero sí otra vez. Quiero dejar sentada mi posición de rechazo a este proyecto -más allá de repetir y reiterar algunas posiciones y acompañar algunas posturas de los diputados preopinantes-, porque lo único que vemos es que da un paso hacia atrás.

En 2017 se sancionó esta ley y en 2019 acompañamos la Ley de Economía del Conocimiento. Si no fuera por la voluntad del ministro Kulfas, realmente no podríamos estar hablando de que la Argentina hoy tiene un sistema de economía del conocimiento que más o menos funciona. Esto se debe a que sancionaron una ley espantosa el año pasado.

En aquel momento nos sentamos a una mesa de negociación con el oficialismo y logramos por consenso una norma de promoción a la Ley de Economía del Conocimiento, mejorando algunas cuestiones de la ley que habíamos sancionado en 2019. Fue al Senado y la destruyeron, volvió a esta Cámara y la votaron solos. En este caso van a hacer lo mismo.

Los puntos que quiero destacar de esta propuesta son negativos. Recién decía el señor diputado Ferraro que Nissen está en contra de las sociedades por acciones simplificadas, pero aquí, en la audiencia informativa que tuvimos, dejó muy en claro que no lo está. Seguro porque pensó que podía arreglar algo que va de suyo. Sin embargo, dijo que se pueden mejorar. Pero así no; no es por acá.

Incrementan la burocracia en un nivel inaceptable y los registros de emprendedores para el control no sirven, no funcionan. Para los negocios que hoy se requieren y existen, necesitamos estructuras ágiles, dinámicas y simplificadas; lo piden la economía y el mercado. Funcionan de manera informal y no van a venir a pedirnos permiso. Por eso debemos pensar como Estado si los queremos meter dentro del sistema o los vamos a dejar en el ámbito marginal.

El registro, como recién decían, invade el régimen federal, va en contra de la Constitución Nacional. ¿Otra vez, chicos? ¿Qué les pasa? Dejen de meterse en las provincias. Trabajen, negocien, concerten, no se metan en sus facultades y prerrogativas porque violan la Constitución. ¿Cómo se va a determinar quién es el emprendedor? Están muy preocupados por ver a qué se dedica el emprendedor. Pregunto: ¿necesitamos modificar una ley para saber a qué se dedica el emprendedor o quizás debemos hacer un ajuste en la reglamentación para mejorar la proforma en donde haya un ítem de cuales son todas las categorías de emprendedores que pueden constituir sociedades por acciones simplificadas?

No vengan a decir que hay que cambiar una ley que realmente ha beneficiado y puesto en la formalidad a cientos y cientos de emprendedores y de empleados. La discrecionalidad es enorme. Ni siquiera sabemos quién va a denominar los criterios de definir quién es el emprendedor. ¿Se lo dejamos a la autoridad de aplicación? Autoridad de aplicación de dudosa legitimidad en tanto y en cuanto siga intervenida por el Estado, por el gobierno nacional.

Hablemos de eso, trabajemos para eso, generemos un sistema que funcione. El proyecto promueve la irregularidad. Claramente vamos a volver a un sistema donde va a ser más fácil tener una sociedad de hecho que constituir una sociedad anónima simplificada.

Eso lleva a la informalidad, a tener trabajadores en negro, a ver cuándo podemos regularizarlo, a burocratizarnos y a pretender volver al sistema papel. Ni hablar de que después nos llenamos la boca hablando de ambiente y hacemos flyers para el Día del Medio Ambiente o del Ambiente, pero de esto no decimos nada. Quiero escuchar al diputado mañana o cuando se trate este tema en el recinto hablando de esto. Quiero ver cómo se llena la boca hablando de que promueve proyectos que, además, de burocratizar, rompen con el sistema ambiental.

Las sociedades por acciones simplificadas están pensadas para llevar libros digitales. No hay nada más seguro. No se pueden alterar de ninguna manera. Incluso, no es verdad que la estructura de la sociedades por acciones simplificadas es propicia para el fraude, sino todo lo contrario. Quienes quieren hacer fraude usan los actuales formatos porque son más sólidos y ya son conocidos en las trampas que deben hacer. Cualquier abogado que haya trabajado con sociedades lo sabe perfectamente. Siempre se usan estructuras más complejas que las sociedades por acciones simplificadas para hacer fraude; no se preocupen por eso. El señor diputado Ferraro dijo claramente cuál es el indicador en el que ustedes se están apoyando para ser un "cuco" de este sistema.

Si se pretende prevenir el delito económico, tampoco es por acá. Este proyecto pone a las sociedades por acciones simplificadas en peores condiciones que a las sociedades de responsabilidad limitada porque está pensado para las grandes empresas. Eso es lo que a ustedes les preocupa. Sincérense, armen otra cosa, pero no jodan a aquellos que tienen el deseo de emprender y necesitan una estructura básica para no evadir.

Las sociedades por acciones simplificadas tienen una estructura muy buena, justamente, para las empresas de servicio. Hasta el momento este ha sido un instrumento ejemplar en la Argentina y en Latinoamérica; tampoco importa eso. Ya sabemos que el tema de la reputación de los países y las relaciones con los países regionales no es un fuerte de este gobierno.

El proyecto impone un trato más gravoso a las sociedades por acciones simplificadas que lo que hoy tenemos para las sociedades de responsabilidad limitada. Avanzar con este proyecto es, seriamente, muy inconveniente, porque quita seguridad jurídica, cuestiona de manera innecesaria la validez de las sociedades por acciones simplificadas, pone a todos aquellos emprendedores en el ojo de la tormenta cuando no es ni siquiera necesario, y por sobre todo, aniquila los sueños.

Si hay algo que la política no puede hacer es quitar la esperanza a la gente. Me refiero a la gente que piensa que quizás no tenga que depender del Estado porque se va a poder valer de sí mismo; que le va a poder mostrar a sus hijos que sí puede, que puede lograr algo con su idea, asociándose a otros; que puede llevar adelante ese sueño y ser un emprendedor; que puede empezar a ganar unos pesos, quizás porque empezó a hacer alguna actividad, empezó a publicar en redes sociales y luego, con el tiempo, pudo formalizar dicha actividad en 24 horas con una sociedad anónima simplificada y, además, pudo generar empleo, dando trabajo a otros.

No sé si alguno de ustedes tuvo esa posibilidad; yo sí, y no les puedo explicar la sensación maravillosa que uno siente cuando le puede dar trabajo a otro. Sabe que lo logró y, sobre todo, que siempre se las va a poder rebuscar y que nunca le va a faltar un plato de comida a sus hijos.

Eso es lo que hoy, con este proyecto de ley, están aniquilando para dejar contenta a la burocracia de la Inspección General de Justicia. Háganse cargo. (Aplausos.)

SRA. PRESIDENTA MOREAU Tiene la palabra la señora diputada Siley.

SRA. SILEY Señora presidenta: estaba pensando en el momento en que la ley 27.349 se sancionó en el Congreso de la Nación. Oportunamente nuestro bloque acompañó el proyecto de ley y apoyó al capital emprendedor, salvo en lo relativo al Título III, referido a las sociedades por acciones simplificadas; allí votamos en contra. Siempre es importante recordar y remarcar la coherencia.

¿Por qué lo hicimos? Precisamente porque previamente a que las sociedades por acciones simplificadas existieran en la realidad, alertábamos una cosa respecto del régimen que las conformaba. No queremos hablar de si favorece o no al emprendedurismo o a la creación de puestos de trabajo; eso lo voy a dejar para después. Lo que alertábamos era que dicho régimen iba a posibilitar ciertos tipos de delitos, como la evasión impositiva, el lavado de dinero, etcétera. Esto fue lo que ha denunciado, en base a un análisis, el tan nombrado aquí inspector General de Justicia de la Nación.

Al mismo tiempo que advertíamos acerca de constituir una persona jurídica con un objeto amplísimo, es decir, que puede hacer miles de cosas, ya que la capacidad de esa persona jurídica es el objeto, lo hacíamos acerca de la no presentación de balances contables. Si una fundación que no tiene fines de lucro tiene que presentar balances, ¿cómo no va a hacerlo una persona jurídica que sí los tiene? Alertábamos que eso iba a generar lo que terminó generando. Por eso, nos opusimos a las sociedades por acciones simplificadas antes de que existieran. Después demostraron ser inútiles a los fines de ayudar a los emprendedores y a las emprendedoras.

Claramente, puede haber excepciones. Seguramente habrá algún emprendedor o emprendedora que realmente constituyó una persona jurídica denominada sociedad por acciones simplificada, a través de un sistema informático, etcétera.

Ahora bien, tal como está perfectamente explicado en la media sanción, por estos supuestos, la mayoría terminó constituyendo una sociedad con un capital inicial mínimo -como lo manifestó el compañero de nuestro bloque al inicio del debate- que se conforma con dos salarios mínimos, vitales y móviles.

En 2017 dicho salario era de 8.000 pesos. Es decir que con 16.000 pesos se constituían personas jurídicas. Luego, a la semana, al mes o a los tres días, esas personas jurídicas que se constituían con 16.000 pesos en 2017, 2018 y 2019 compraban inmuebles, por ejemplo. Eso fue lo que ha hecho la enorme mayoría de las sociedades por acciones simplificadas. Compraban inmuebles por 300.000, 400.000 o 500.000 dólares.

Es decir que una persona jurídica iniciaba su actividad económica pudiendo desarrollar actividades con un objeto amplísimo, hasta comprar acciones en la bolsa, por ejemplo. ¿Un emprendedor iba a comprar acciones en la bolsa? ¿Una emprendedora, constituida en una persona jurídica para los tres días, iba a gastar 500.000 pesos en un inmueble en la ciudad de Buenos Aires o en la de Córdoba? Eso no tiene nada que ver con apoyar a los emprendedores y las emprendedoras.

Entonces, lo que se está haciendo ahora no es eliminar la figura, sino mantenerla, pero adecuándola a un fin útil y real a los emprendedores y las emprendedoras, y no facilitarle una herramienta a los ladrones de guante blanco en la Argentina.

Además, recordemos cuando el tema de las empresas offshore y los paraísos fiscales estaba en boca de todo el mundo y este consorcio de periodistas descubrió el caso de los Panamá Papers. Fue como que en breve tiempo las empresas offshore, conocidas por todas y por todas, adquirieron mala fama.

En ese breve tiempo, ustedes recordarán que en la Argentina se encuentra esta herramienta fabulosa -justamente de los creadores del blanqueo de capitales-, escondida en un artículo perdido en la ley de reparación histórica.

Acá sucede algo parecido, ya que una ley que se denomina "de apoyo al capital emprendedor" lleva escondida dentro la posibilidad de creación de estas sociedades, que no les sirven de nada a los emprendedores y que les es útil a los grandes evasores, que siempre son ricos, tienen mucho dinero y fundan su riqueza en actividades ilícitas.

Constituye uno de esos mecanismos donde los grandes títulos dicen una cosa y los objetivos finales, escondidos dentro de muchos artículos, demuestran que en realidad se pretende lo contrario de lo que dice el título.

El título dice "de apoyo al capital emprendedor", pero la herramienta que se crea no apoya y no facilita ningún emprendedurismo, sino que facilita y permite la evasión fiscal y el lavado de dinero, entre otros tipos de ilícitos.

Oportunamente, uno de los funcionarios que dio a conocer esta ley que dio nacimiento a la figura de las sociedades por acciones simplificadas dijo cuando la crearon que la idea era crear una empresa por día. Fíjense qué lejos se encuentra la expectativa de la realidad: en cuatro años se destruyeron 24.000 pequeñas y medianas empresas. Es decir, de la promesa de crear una empresa por día pasamos a la realidad de destruir quince empresas por día.

Entonces, creo que está bien, estamos en una comisión del Parlamento y discutimos, pero el poder de la realidad es más fuerte que el de cualquier discurso. Las leyes, por sí mismas, no crean ni destruyen empresas o puestos de trabajo. Por el contrario, lo que hacen es garantizar que protejan lo que el modelo económico facilita en la realidad.

Nosotros queremos proteger a los emprendedores y lo vamos a hacer a través de nuestro proyecto de país, con un modelo económico que fomente la industrialización y la generación de empleos, como ya sucedió en la Argentina. Porque en 2015 terminamos un proceso histórico que creó seis millones de puestos de trabajo registrados, de empleo genuino.

Eso es lo que volveremos a hacer. Generaremos leyes para facilitar la creación de puestos de trabajo, de emprendedores y de pequeñas y medianas empresas. Pero sobre todo tenemos el modelo económico que le va a dar sustento en la realidad a ese proyecto. (Aplausos.)

SRA. PRESIDENTA MOREAU Tiene la palabra el señor diputado Enríquez, a quien le está solicitando una interrupción el señor diputado Ferraro. ¿Se la concede, señor diputado Enríquez?

SR. ENRÍQUEZ Sí, señora presidenta.

SRA. PRESIDENTA MOREAU Para una interrupción, tiene la palabra el señor diputado Ferraro.



SR. ENRÍQUEZ Sí, por supuesto, señora presidenta.

SR. FERRARO Señora presidenta: solicité la interrupción para hacer una aclaración que nos parece importante, previo a la firma del dictamen y dado que estemos terminando esta reunión, porque acá se está instalando un mensaje o un metamensaje respecto de la vinculación que se intenta generar entre las sociedades por acciones simplificadas y el lavado de dinero en la Argentina.

Acá hay que decir algo: el Poder Ejecutivo nunca proporcionó a esta comisión, a las distintas entidades, a los distintos emprendedores y las industrias del conocimiento la información sobre casos de lavado de activos de las sociedades por acciones simplificadas que fueron denunciados en la PROCELAC. Nunca lo hizo.

En los fundamentos del proyecto se hace mención -lo dije anteriormente- a antecedentes: de las 20.000 sociedades por acciones simplificadas que se crearon, solamente hay diez casos sobre los cuales existiría algún tipo de operaciones sospechosas. Esos diez casos representan el 0,3 por ciento.

Si verdaderamente queremos combatir el lavado de dinero, el lavado de activos, obliguemos a las sociedades de responsabilidad limitada y a las sociedades anónimas a llevar libros digitales. ¿Pero saben qué? el doctor Nissen sabe mucho acerca de cómo alterar balances y libros contables en formato papel. Está clarísimo.

A su vez, no digamos cosas que la ley no dice. El artículo 58 de la ley establece claramente la obligación que determinará la AFIP de presentar los estados contables de cada una de las sociedades por acciones simplificadas. Al mismo tiempo, el formato digital respaldado por blockchain es muchísimo más seguro que los libros contables y papeles que llevaba el doctor Nissen como ex abogado de Hotesur, sobre lo cual todavía no dio respuestas ante la Justicia.

Entonces, cada uno de nosotros puede argumentar y contraargumentar, pero no generemos acá un mensaje hacia los emprendedores y la industria del conocimiento ligados al lavado de activos o de dinero en la Argentina.

SRA. PRESIDENTA MOREAU Continúa en el uso de la palabra el señor diputado Enríquez.

SR. ENRÍQUEZ Señora presidenta: cuando escuché hablar primero a la señora diputada Banfi y recién al señor diputado Ferraro, pensaba lo siguiente: ¿cuántos de quienes están acá alguna vez trabajaron en el sector privado empezando de abajo, sin vivir de la teta del Estado? Ignoran lo que es empezar una actividad empresarial, como así también la cantidad y lo farragoso que son los trámites -tanto notariales como de cualquier otro tipo- y sus costos, porque no saben lo que es querer trabajar formalmente en un país donde se ponen trabas todos los días.

Yo no chicaneo. Ahora, si quieren chicanear, chicaneamos.

SRA. PRESIDENTA MOREAU Diputado: usted empezó agrediendo, y hasta le diría que con una chicana misógina. Así que por favor...

SR. ENRÍQUEZ No es una chicana. El sayo que se lo ponga el que le quepa. Yo no lo dije así. Por eso digo que a lo mejor muchos de ustedes no saben...

Varios señores diputados hablan a la vez.
SR. ENRÍQUEZ No voy a entrar a dialogar porque estoy en uso de la palabra.

Conozco mi historia y sé lo que es empezar trabajando con una empresa muy chiquitita...

SRA. PRESIDENTA MOREAU Tampoco puede juzgar a los demás, diputado...

SR. ENRÍQUEZ No juzgo a nadie.

SRA. PRESIDENTA MOREAU Por favor, hablemos del proyecto de ley y no personalicemos la discusión.

SR. ENRÍQUEZ Perdón, más a mi favor: si conocen esa realidad, ¿por qué le ponemos trabas a la gente que quiere crecer y progresar?

SRA. PRESIDENTA MOREAU Diputado: hablemos del proyecto y no personalice.

SR. ENRÍQUEZ No personalizo, pero si conocen esa situación, por supuesto que tendrían que oponerse a este proyecto.

Cuando durante nuestro gobierno se sancionó la ley 27.349, de Apoyo al Capital Emprendedor, en cuyo anexo se crearon las sociedades por acciones simplificadas, estábamos respondiendo a una necesidad de más de veinte años expresada en congresos y seminarios de todo tipo.

Siempre hubo una parte de la doctrina comercial -minoritaria, por cierto- que entiende que crear tipos societarios que son utilizados por el capital es una mala palabra y, por eso, hay que combatirlos.

Entonces, se dice que estos tipos societarios se crean para eludir o sustraerse de los deberes y obligaciones que impone el sistema legal.

Lo que no puede explicar esa parte de la doctrina es cómo puede utilizarse una herramienta legítima y legal para defraudar a terceros si todas las sociedades se encuentran supervisadas y controladas por los organismos locales creados a tal fin.

La creación de estas sociedades por acciones simplificadas, que incluso pueden ser unipersonales y beneficiadas con trámites simples, realmente es un anatema para esa parte de la doctrina.

Entonces, aparece lo que subyace en este proyecto, que es un concepto tan ideologizado que basta con leer los fundamentos para darse cuenta de que son diatribas contra el gobierno anterior, particularmente contra el ex presidente de la Nación, ingeniero Macri. En este sentido, se habla de que estas empresas fueron creadas, justamente, para realizar actividades de lavado de dinero.

Es bueno recordar la historia y ver un poquito para atrás en el tiempo. El diputado Ferraro dijo bien que solamente el 0,03 por ciento de estas empresas están siendo cuestionadas. Sin embargo, acá hay una diputada que acaba de citar off the record el nombre de un funcionario que aparece en esos fundamentos.

Fíjense que los fundamentos son algo espantoso, porque no señalan la razón por la cual quieren eliminar las SAS, sino que se basan en que dichas empresas se utilizan para lavar dinero. ¿Ustedes creen que los lavados de dinero no se hacen con sociedades más sofisticadas, como una SRL o una SA?

Tan cierto es esto de la ideologización que el doctor Nissen dictó dos resoluciones bastante desgraciadas. Acá el diputado Tonelli dijo algo muy interesante: quieren hacer un control sustancial. ¡Vaya si no es cierto! Durante toda la gestión del doctor Nissen nosotros quisimos hacer una fundación, y una y mil veces nos puso trabas.

Pregunten a los escribanos y a los abogados cómo funcionaba la Inspección General de Justicia durante la gestión de Nissen y cómo fue después con la brillante gestión de Sergio Brodsky, quien no estaba encerrado en su despacho, sino que atendía a todo el mundo, cosa que, por supuesto no hacía el doctor Nissen; pero no quiero personalizarlo.

A veces, en esta comisión, algunos expedientes no se tratan. Hay un proyecto, presentado bajo el expediente 5934-d-2020 por los diputados Héctor Stefani, Virginia Cornejo, Francisco Sánchez, Julio Sahad, Alberto Asseff y quien les habla, en el que justamente expresamos nuestro más enérgico repudio a esas dos resoluciones, la 22 y la 23, del doctor Nissen.

En un marco fuertemente ideologizado, esas dos resoluciones tenían por objeto exceder fundamentalmente las funciones regulatorias y obtener una información relativa a todas las operaciones constitutivas de derechos reales por parte de los adquirentes, sean o no sociedades anónimas simplificadas.

Es decir que la IGJ se arroga funciones que no le otorga la ley de su creación: funciones para investigar y para imponer sanciones. Incluso, lo que más asombra es que se está inmiscuyendo en prohibir actividades legales, como es el ejercicio del derecho de dominio y la constitución de derechos reales sobre propiedades adquiridas por las distintas sociedades.

La IGJ, a través de la otra resolución, reformó el estatuto de las SAS, pero como esto no le alcanzaba porque por vía reglamentaria no podía disolver un tipo societario, aparece hoy este proyecto de ley con sanción del Senado.

Esta iniciativa se inscribe en una larga lista de impedimentos que pone en forma permanente el gobierno nacional a la capacidad emprendedora; sobre todo, al "emprendedurismo", que se vincula con la industria del conocimiento y la capacidad emprendedora del capital.

Simplemente, ya no alcanza con sepultar al capital con cargas impositivas, aportes patronales, aportes sindicales, sino que, por las dudas de que algún trasnochado quiera invertir en Argentina, le hacen los trámites de una manera mucho más farragosa eliminando un modelo ágil, eficiente y moderno como el que hoy se pretende derogar.

Por supuesto que ya se han referido otros colegas a la creación de un registro de emprendedores en cabeza de otro ministerio. Acá me pregunto yo, ya que hay diputados de distintas partes del país, por qué vamos a generar todavía una carga más. Porque si yo quiero inscribir una sociedad anónima simplificada, tengo que hacerlo previamente como emprendedor en el Ministerio de Desarrollo Productivo.

Es decir, si la sociedad tiene sede en CABA, no va a ser tan complicado, pero si es en el interior del país, los socios deberán costear los gastos de esta registración.

Solamente esto se entiende en el marco de algo profundamente ideologizado que tiene por objeto destruir un sistema que permitió que la Argentina, durante la gestión anterior, a nivel global marcara rumbos en materia de lavado de dinero.

El exviceministro de Justicia, Santiago Otamendi, hoy ministro del Tribunal Superior de Justicia, ejerció la presidencia del GAFI, mientras que el extitular de la UIF, el doctor Mariano Federici, ejerció la presidencia del Grupo Egmont, de Unidades de Inteligencia Financiera. Nunca en la historia argentina se había ejercido con tanta incidencia un liderazgo en la materia.

Para concluir, quiero señalar la cantidad de mentiras y difamaciones que existen en los fundamentos que, obviamente, fueron redactados por los siempre solícitos senadores, como el tan dispuesto senador Parrilli.

En dichos fundamentos no hay apreciaciones jurídicas, sino simplemente apreciaciones ideológicas ya que solo señalan que esto fue creado para constituir empresas fantasmas.

Entonces, esto de volver para atrás -algo que, a lo mejor, al justicialismo le gusta mucho- es retrasar el reloj de la historia. Las reformas que habíamos hecho iban en sintonía con toda una estrategia de digitalización, de modernización del Estado y de abandono del papel. Esto último se vincula con la cuestión ambiental, por la que muchas veces tanto se cacarea y nos rasgamos las vestiduras; sin embargo, queremos más papel.

Justamente, esto era para otorgar mayor transparencia y agilidad a los registros y a sus usuarios; especialmente, para lograr facilidades y agilización para los operadores del sistema penal. No nos olvidemos que los problemas que tuvo la IGJ durante el gobierno de Cristina Elisabet Fernández fueron vinculados con el extravío de expedientes sobre la constitución y actos registrales de sociedades que se utilizaron, en muchos casos, para cometer delitos; por ejemplo, The Old Fund...

SRA. PRESIDENTA MOREAU Señor diputado, ya ha finalizado el tiempo del que disponía para hacer uso de la palabra.

SR. ENRIQUEZ Sí, señora presidenta, ya termino.

Hotesur, Los Sauces, Austral Construcciones y tantas otras que podemos nombrar, no eran sociedades anónimas simplificadas; por cierto, estaban constituidas en legal forma y sirvieron como pantalla para poder cometer actos ilícitos que hoy están siendo investigados por la Justicia.

SRA. PRESIDENTA MOREAU Tiene la palabra el señor diputado Petri.

Sr. Petri.- Señora presidenta: hace poco tiempo se sancionó una ley que estimulaba y promocionaba el "emprendedurismo" en la República Argentina y que creaba las sociedades por acciones simplificadas, un viejo reclamo de los emprendedores en el país.

Tengamos en cuenta que la Argentina no es pionera en esto; pensemos que las sociedades por acciones simplificadas surgieron allá por los 70, en los Estados Unidos. Como bien se ha dicho hoy aquí, se propagaron por la región y por el mundo: en Reino Unido, en la India, en Singapur, pero también en Japón, en Francia en el 94, que quizás es el ejemplo que con mayor frecuencia se cita. A partir de allí, cruza el océano, se consolida en Colombia desde allí es replicada por la República Argentina.

Desde la legislación que sanciona la República Argentina, países limítrofes como Paraguay, Uruguay o, eventualmente, no limítrofes, pero sí de nuestro continente -como Ecuador- sancionan normas que de alguna manera replican nuestro modelo.

La verdad es que fue muy interesante la reunión informativa y varios de sus expositores, como Francisco Reyes, Fernando Pérez Hualde, Alejandro David, Alejandro Ramírez, hicieron referencia a los graves inconvenientes que traía esta legislación que hoy se quiere modificar. Particularmente, hicieron referencia al stock empresarial que existe en la República Argentina, que recién se mencionaba.

Tenemos tres veces menos empresas que Chile y Uruguay, la mitad de las que per cápita poseen Brasil o México y ocho veces menos que Australia.

Cuando uno analiza el porqué de esta escasa cantidad de empresas -algo mencionó ayer Marcelo Figueiras, de Richmond, cuando hablaba de la necesidad de crear un mayor volumen de mercado de capitales en la República Argentina-, ve claramente que necesitamos fomentar la iniciativa privada, generar empresas e inversión. Este es el camino para derrotar la pobreza y el desempleo.

Sinceramente, pareciera que con esta legislación adoptamos el camino inverso, ponemos marcha atrás respecto de esa senda virtuosa que emprendió la República Argentina con la ley que consagraba a las sociedades por acciones simplificadas. Esto se hace partiendo de un prejuicio: la presunción de criminalidad de todas aquellas sociedades por acciones simplificadas que se constituyen.

Señora presidenta: no creo que esto sea así. No creo que las más de treinta mil constituidas hasta el momento se hayan formado para cometer ilícitos, sea lavado de activos o evasión tributaria. Por el contrario, creo que esas sociedades fueron constituidas por emprendedores que querían, de alguna manera, alcanzar sus sueños, que buscaban una forma societaria que no les pusiese trabas, pero que además protegiese sus ideas respecto de las posibilidades de incrementos de capital; que les diera la oportunidad de constituirlas en un corto tiempo y que fueran flexibles conforme a las demandas actuales.

Esto es lo que nosotros hicimos justamente pensando en ellos. Cuando tuvimos la reunión informativa fue muy clarificadora la posición de algunos especialistas; particularmente, penalistas que decían que cuando en el mundo se quiere lavar activos no se busca este tipo de forma societaria, sino otras más pesadas como las sociedades anónimas o las de responsabilidad limitada. Es decir, con mayores estructuras, con la posibilidad de constituir sociedades de sociedades y de establecer triangulaciones. Está claro que el formato de las sociedades por acciones simplificadas no lo permite.

Asimismo, decían con total claridad que si lo que se buscaba era evitar el lavado de activos, los controles que se pusieran en la constitución o en la creación eran inocuos, inservibles. ¿Por qué? Porque el lavado de activos necesita controles en la dinámica de funcionamiento, no al momento de la creación de estas sociedades.

En muchos casos elevábamos los estándares que les exigíamos, imponiéndoles mayores controles y requisitos que a las propias sociedades de responsabilidad limitada o, eventualmente, de las sociedades anónimas tradicionales.

Sin lugar a duda, después de la sanción de esta ley la consecuencia será volver nuevamente a la informalización. Es decir, va a convenir más tener una sociedad de hecho en la República Argentina que eventualmente aspirar a la constitución de una sociedad por acciones simplificadas. Esto es lo grave.

Con solo mirar algunos aspectos -no me quiero detener demasiado para no reiterar- está claro que aumenta la burocracia y que la idea justamente era flexibilizar, dar un instrumento que fuese dinámico, "despapelizar" y digitalizar.

Estamos haciendo todo lo contrario. Estamos avanzando sobre el federalismo; hay una obsesión del gobierno nacional de avanzar sobre el federalismo. Ustedes creen que hay que pasar de un federalismo de concertación a un federalismo de sumisión, donde prácticamente todos los gobernadores terminen concediendo facultades que son de las provincias y han sido otorgadas por la Constitución.

Este es un claro ejemplo: las provincias se reservaron las facultades registrales y acá se avanza creando un registro de emprendedores.

Entonces, resulta que para poder constituir una sociedad por acciones simplificadas va a ser necesario ir a un registro de emprendedores. La pregunta que sigue es: ¿vamos a crear un registro de fundadores para poder constituir fundaciones o un registro de accionistas para constituir sociedades anónimas y, a partir de allí, tomar el control nacional de las sociedades anónimas que se constituyan?

Está claro que esto supone una grave afrenta al federalismo, teniendo en cuenta que no se trata de facultades que las provincias hayan delegado al gobierno nacional.

La verdad es que no me quiero detener en las sanciones donde se fulmina de nulidad a todas aquellas sociedades por acciones simplificadas que no cumplan con los requisitos y no se lleguen a inscribir en ese registro de emprendedores, que no sabemos bien de qué tratará porque no sabemos cómo se calificará a esos emprendedores.

Esta situación genera una inseguridad jurídica enorme cuando justamente necesitamos certezas. ¿Saben por qué? Porque estamos en un momento crítico de nuestra economía.

Recién se hacía referencia a las empresas que cerraron durante el gobierno de Cambiemos; pero, la cantidad de empresas que cerraron durante el gobierno de Cambiemos ni se aproxima a las que han cerrado durante un año de la gestión de Alberto Fernández. Pensemos, sin ir más lejos, que la propia AFIP decía que en el año 2020 fueron veintitrés mil las empresas que cerraron, mientras que CAME hizo una estimación de cincuenta mil. Hablamos de una caída del 10 por ciento del producto que, según un informe de OCDE, la República Argentina tardará seis años en recuperar, con un desempleo superior a dos dígitos y una pobreza que aumenta y no se detiene. Hoy, siete de cada diez chicos están bajo la línea de pobreza en la República Argentina; el 42 por ciento de la población general se encuentra en la misma situación y el 10 por ciento está bajo la línea de indigencia.

En ese contexto, se inscribe este proyecto que termina prácticamente pisándole la cabeza a todos aquellos emprendedores que asumieron sus emprendimientos a través de sociedades por acciones simplificadas. Yo recomiendo que transparenten la iniciativa y la deroguen -sería quizás lo más honesto- o que le cambien el nombre; dejen de llamarlas sociedades por acciones simplificadas y hablen de sociedades por acciones complejizadas o por acciones burocratizadas.

SRA. PRESIDENTA MOREAU Señor diputado: ya se ha agotado su tiempo.

SR. PETRI Ya estoy terminando, señora presidenta.

Esto es lo que va a terminar de consagrarse hoy aquí. Va a ser más difícil constituir una sociedad por acciones simplificadas que una SRL, a la vez que más gravoso.

Entonces, no criminalicen a un instrumento poderoso para vehiculizar el talento y el "emprendedurismo" en la República Argentina. Es imprescindible que no se establezca una presunción a todos aquellos que optan por este mecanismo; de lo contrario, si se convierte en ley este proyecto que ya viene con sanción del Senado, estaremos dictando el acta de defunción a las sociedades por acciones simplificadas.

No hay país que se reconstruya pisando las cabezas de sus empresas; las necesitamos empujando con los cuarenta y cuatro millones de argentinos.

SRA. PRESIDENTA MOREAU Tiene la palabra la señora diputada Ana Carla Carrizo.

SRA. CARRIZO (A.C.) Señora presidenta: simplemente quiero enfatizar uno o dos puntos que los diputados preopinantes de mi interbloque, Juntos por el Cambio, dijeron en general y que son parte de los argumentos de nuestro dictamen de rechazo.

Dos reflexiones nada más. La primera es que, en caso de sancionarse, esta será una ley rara. Esta reforma no es una reforma que mejore una política que puede ser y podría haber sido de Estado. Es una ley rara porque penaliza a la mayoría en nombre de la excepción.

Todos los que estamos aquí hacemos leyes todo el tiempo. Este es mi segundo mandato y el primer aprendizaje es que las leyes se mejoran, porque también hay un aprendizaje de los usuarios de cómo utilizan las leyes que les damos. Acá el saldo del aprendizaje fue positivo porque la mayoría de los que la utilizaron, lo hicieron bien. Esta reforma penaliza al 99,9 por ciento de los que la usaron en nombre de castigar o penalizar a una ínfima minoría.

Es una ley contraintuitiva, una ley que gobierna o legisla en contra de la mayoría. Quiero referirme a una mayoría especial de quiénes la usaron: las mujeres argentinas. El 54 por ciento del total de emprendedores son mujeres; esas mujeres que con dos salarios mínimos pudieron armar un proyecto. Si uno va al registro de marcas y patentes de la Argentina, observará que la mayoría de las que se inscriben son mujeres. Las mujeres argentinas que lideran las universidades públicas tienen ideas, pero no plata; tienen ideas, pero no hay un programa de financiamiento inclusivo en la Argentina. Usaron mucho este sistema y lo van a perder.

¿Tenemos la data de quiénes, cuántas y cómo son? Mañana vamos a tratar de avanzar en un proyecto de ley que pretende regular la equidad de género en los medios de comunicación en la Argentina; pero, con este proyecto estamos quitando esa cuota de autonomía económica que muchas mujeres que estaban en la informalidad, formadas en las universidades públicas, pudieron conquistar en escasos dos años.

No me parece justo; creo que es un proyecto que, en síntesis, en lugar de garantizar la formalidad de la mayoría los vuelve a la informalidad; que en lugar de generar certeza genera sospecha y que, en lugar de mejorar, penaliza. Creo que es una reforma que si se aprueba no va a tener mucho sentido en la Argentina.

SRA. PRESIDENTA MOREAU Pido a los diputados que están presentes de manera virtual que se vayan conectando, ya que va a hacer uso de la palabra el último orador, así después pueden informar si adhieren o no al dictamen.

El señor diputado Lucas Godoy pide una interrupción a la señora diputada Penacca. ¿Se la concede?

SRA. PENACCA Sí, señora presidenta.

SRA. PRESIDENTA MOREAU Para una interrupción tiene la palabra el señor diputado Godoy.

SR. GODOY Señora presidenta: quiero decir solo dos palabras para poner blanco sobre negro respecto de lo que se ha dicho aquí. Me parece que con alguna conducta de sobreactuación se ha planteado que estamos eliminando las SAS; quiero decir que nada más alejado a la realidad. Escuché un sinnúmero de veces decir que volvemos al papel, que estamos atentando contra el medio ambiente, etcétera.

Les comento que por ciento ochenta días se suspende la inscripción y se determina que será a través de métodos clásicos; es decir, solamente en la IGJ, que tiene competencia en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la provincia de Buenos Aires. Las demás provincias tienen distintos sistemas: algunos son digitales, los hay también mixtos y otros, los que se basan en el papel, deben ir avanzando en esto.

La suspensión por ciento ochenta días básicamente es para que haya una transferencia del control que antes estaba en la Secretaría de Modernización a la IGJ. La facilidad con la que se va a inscribir no va a cambiar; no se ralentiza el proceso, no se eliminan los sueños ni la posibilidad de crear una SAS, sino que se buscan mecanismos de mayor control en la creación de estas sociedades.

Todas las actividades económicas realizadas por cualquier persona deben inscribirse, de uno u otro modo. Escuchaba a algunos preguntarse cómo puede ser que el almacenero se tenga que inscribir. ¡Sí, claro que se tiene que inscribir! Aquellos que no tienen una actividad económica privada no saben; pero, hay que inscribirse en ingresos brutos, en actividades económicas, en la municipalidad que tiene que habilitar el lugar, etcétera. ¿Cómo no te vas a inscribir? No es que aparecés de la nada con todos tus productos, que además los tenés que comprar en algún lado. Te inscribís; eso es lo que sucede en las diferentes actividades.

Nosotros no buscamos destruir las SAS, y el control sustancial puede pasar por varios aspectos: si hay una persona que está en diez o veinte SAS o un grupo con la misma gente crea un entramado de sociedades para generar alguna actividad no lícita, ahí puede haber un control sustancial. Pero, si solamente es un buzón donde el control formal es inscribirse con un formulario proforma para que se pueda conformar la sociedad o se otorgue la personalidad jurídica, no puede haber ningún tipo de control.

Por otro lado, ¿qué puede decir un registro? No puede decir nada raro, más que el nombre de la persona y la actividad a la que se dedica. Claramente un emprendedor de cualquier punto del país, si tiene ese sueño, esa voluntad de empezar y necesita el acompañamiento del Estado, no se va a dedicar indistintamente a la actividad pesquera o a la actividad turística en la puna jujeña. Las SAS tienen esa característica de estar constituidas con un múltiple objeto que hace muy difícil también saber y controlar, no la actividad en sí, sino que esté destinada a actividades lícitas.

Por otra parte, no tendrán que venir de Tierra del Fuego en un avión a inscribirse en un registro. Los registros son digitales; las presentaciones de los balances o los estados contables son digitales en el país. Las SRL y las SA presentan todo digitalmente, no va a suceder algo distinto con las SAS. Lo que nosotros buscamos es que esté la norma destinada a los emprendedores para fortalecerlos, para que existan recursos como los que ofrece la ley. Yo no soy de los que criminaliza, estigmatiza o demoniza a las SAS diciendo que se han creado para posibilitar la delincuencia. ¡Para nada! Digo que viendo que hay mayores flexibilidades y menores controles, las actividades ilícitas buscan este tipo de sociedades.

Quería aclarar esto porque me parece fundamental evitar los mensajes confusos que desnaturalizan la realidad.

SRA. PRESIDENTA MOREAU Tiene la palabra la señora diputada Penacca.

SRA. PENACCA Señora presidenta: voy a ser muy breve porque la verdad es que mis compañeros y compañeras han expuesto muy bien el tema. Creo que quedaron más claras algunas cosas que el diputado Godoy terminó de explicar.

No estamos aquí eliminando este tipo societario, sino que lo estamos perfeccionando, como decía el diputado Godoy al inicio de esta reunión. Creo que además repararemos una cantidad de normativa que incluye leyes, modificaciones de la legislación, decretos y resoluciones de la IGJ durante el gobierno macrista que lo que hacían era, sin duda, crear este tipo societario. Nosotros acordamos con él y creemos que puede facilitar la posibilidad del crecimiento del "emprendedurismo" en los términos en los que va a terminar constituido gracias a la modificación de la norma inicial. Por eso estamos corrigiendo lo que ha hecho el macrismo, que era dejarlo por fuera de todo tipo de control de legalidad. Me parece que tenemos que dejar clarísimo que no estamos penalizando a nadie que no cometa un delito.

Lo que está claro también es que con esta legislación se utilizó este tipo societario para avanzar en diferentes tipos de delitos, como dijeron diputados y diputadas aquí: la evasión fiscal y el lavado de dinero. Quiero agregar también que se ha usado este tipo societario para ejercer la lógica de la flexibilización laboral; hay muchísimas denuncias vinculadas a quienes crean este tipo de sociedades, que luego generan procesos de flexibilización laboral.

Entonces, la verdad es que hacemos esta reforma porque preferimos la transparencia a la opacidad que se ha generado sobre las SAS a partir de esta legislación y porque entendemos que el Estado no puede generar las condiciones para la ilegalidad. Creo que todos escuchamos alguna vez esa frase del saber popular que dice "la ocasión hace al ladrón". Aquí podríamos decir, reversionándola, que "la ocasión hace a la evasión", porque la verdad es que ha sucedido esto; efectivamente, ha sucedido esto.

Entonces, lo que en realidad uno se pregunta es qué pretenden aquí los diputados de la oposición. Se habla de discrecionalidad, pero yo me pregunto si hay algo más discrecional que no ceñirse a la ley. Estamos haciendo un ordenamiento para que estas sociedades, que según lo que se planteó en la modificación del Código Civil y Comercial tienen que ceñirse a la Ley de Sociedades Comerciales -la 19.550-, empiecen a cumplir con algunos de los requisitos que tienen todas las otras y que hacen justamente que el Estado pueda ejercer un control en relación con su legalidad.

También quiero decir que la IGJ es naturalmente el órgano del Estado que debe generar este tipo de control y que a partir del control que comenzó en el año 2020 se dictaron tres resoluciones -números 3, 5 y 9- que repararon algunas dictadas durante la era macrista. Por ejemplo, aquella que establecía que no había que presentar balances contables; eso lo dice una resolución de la IGJ dictada durante el gobierno de Mauricio Macri, en 2016. Desde que la IGJ inició el control, luego de tres años de crecimiento, como decía un diputado preopinante, se restringió muchísimo el incremento de la SAS. Eso también nos indica algo: hubo tres años de crecimiento descontrolado cuando no había ningún tipo de control estatal, y luego un freno muy claro y contundente.

También quiero decir que la IGJ ya está funcionando, que lo hace bien, y que hay muchísimas SAS, justamente porque no metemos a todas en la misma bolsa, que hoy ya están presentando sus balances contables. No vamos a avanzar sobre quienes tienen un sueño y llevan adelante un emprendimiento, sino que vamos a cortar con el delito. Eso es lo que estaremos haciendo con la sanción de esta norma.

La judicialización de las resoluciones que mencioné antes ha sido mínima, dado que solamente tres de este tipo de sociedades han presentado reparos jurídicos en relación con las resoluciones de la IGJ, porque muchas de las otras -que son de emprendedores y emprendedoras de verdad- no tienen problema en ceñirse a la ley.

Además, no es cierto el cálculo del 0,03 que se señaló recién, porque es un cálculo caprichoso en relación con diez ejemplos que se mencionan en los fundamentos de un proyecto de ley. Quiero dejar claro esto, porque me parece muy importante.

Queremos dar una normativa más clara y que no genere la ocasión para que se produzcan delitos como la evasión fiscal y el lavado de dinero. El objetivo del proyecto es reinstalar el control de legalidad sustantivo -tal como dijo el diputado Godoy- en cabeza de los registros públicos, que es donde corresponde que estén. Asimismo, que sea un aporte para el combate del lavado de activos.

No recuerdo quién de los expositores preopinantes dijo que no habíamos podido traer ejemplos claros cuando se realizaron las reuniones informativas sobre este tipo de sociedades utilizadas a los efectos de delinquir.

Voy a mencionar dos ejemplos. El primero de ellos fue explicitado por la diputada Siley. Me refiero al caso del exfuncionario de Mauricio Macri, Rodrigo Sbarra, a quien le encontraron 10.000 dólares en un cajón de la que era su oficina cuando cumplía funciones en el gobierno nacional. Se hizo la denuncia, se inició una investigación y surgieron una serie de irregularidades de sociedades, que justamente eran sociedades por acciones simplificadas, y habían facturado más de 24 millones al Ministerio de la Producción, del cual él era funcionario. Entonces, allí hay un caso claro.

El otro ejemplo es el de una empresa de esta naturaleza, una sociedad por acciones simplificada, MB Cargo, que fue utilizada para participar en el cramdown del Correo Argentino.

Allí tenemos dos ejemplos y podríamos seguir con otros, pero no tiene mucho sentido, porque con que haya uno solo y con que el Estado esté, a partir de la sanción de una norma, facilitando las posibilidades de cometer estos tipos de delitos con una sola de estas sociedades, ¡hay que repararlo!

¡Hay que construir una mejor normativa para reparar esa serie de normas, que fueron muchas porque insistieron! Está la ley de 2016, pero también estuvieron las resoluciones de la IGJ, que siguieron flexibilizando, la modificación de la ley 27.444, que volvió a flexibilizar, y así estuvimos durante los últimos cuatro años, generando las condiciones para que este tipo de delitos se lleven adelante.

La verdad es que a mí no me genera ninguna sorpresa, pero me parece que hay que repararlo de todas maneras.

Para terminar mi exposición, considero que es claro que aquí no hay ningún intento de ir en contra de un modelo de desarrollo económico, de crecimiento, de generación de empleo, de condiciones favorables para el desarrollo empresarial, porque ese es el objetivo central que tenemos como gobierno.

Voy a repasar algunos números, porque parece que para los que están aquí sentados no hay pandemia mundial ni crisis económica mundial como producto de ella, siendo que no tiene antecedentes en la historia moderna de nuestro país ni del mundo que conocemos y, entonces, nos espantamos por los números.

Tal como mencionó la señora diputada Siley, entre 2015 y 2019 cerraron 24.505 empresas, lo que representó una contracción del 4,3 por ciento a lo largo de ambos períodos. En términos absolutos, 234.000 trabajadores perdieron sus empleos entre noviembre de 2015 y noviembre de 2019. La pobreza aumentó en 5,9 puntos durante el gobierno de Cambiemos.

Esa era la realidad con la que nosotros nos encontramos cuando asumimos la responsabilidad política de sacar adelante este país; y lo vamos a sacar adelante, porque vamos a tener una mejor ley para la constitución de sociedades por acciones simplificadas y, sobre todo, porque vamos a retomar un modelo económico de producción, de empleo y de crecimiento. Lo vamos a hacer, a pesar de la pandemia: a pesar de la pandemia del COVID-19 y a pesar de la pandemia macrista. (Aplausos.)

SRA. PRESIDENTA MOREAU Le solicitamos al secretario de la comisión que registre el asentimiento de los diputados que están conectados de manera virtual, para finalizar con el procedimiento. Les recuerdo que el diputado Ramón tiene tiempo hasta mañana a las 11 para presentar su dictamen.

Tiene la palabra el señor secretario de la comisión, doctor Guillermo Triantafilo.

SR. SECRETARIO (TRIANTAFILO) Tenemos tres dictámenes: uno es del Frente de Todos, el otro es de Juntos por el Cambio y el tercer dictamen es del diputado Ramón.

Manifiestan su acompañamiento al dictamen del Frente de Todos los señores diputados Valdés, Alume Sbodio, Herrera y Yambrún.

Manifiestan su acompañamiento al dictamen de Juntos por el Cambio los señores diputados Terada y Tonelli.

SRA. PRESIDENTA MOREAU La diputada Moisés estaba conectada pero se ve que se fue. Solicito que se realice la lectura final del número de acompañamientos a cada uno de los dictámenes.

SR. SECRETARIO (TRIANTAFILO) Sí, señora presidenta.

El dictamen del Frente de Todos, que es el dictamen aprobando sin modificaciones la sanción que viene del Senado, cuenta con dieciséis acompañamientos. El dictamen de Juntos por el Cambio tiene diez acompañamientos y el dictamen de rechazo del señor diputado Ramón tiene...

SRA. MOISÉS Perdón, estaba escuchando pero no lograba conectar el micrófono.

SR. SECRETARIO (TRIANTAFILO) Perfecto, señora diputada. Tomaré nota de su acompañamiento.

SRA. MOISÉS Adhiero al dictamen del Frente de Todos.

SR. SECRETARIO (TRIANTAFILO) Entonces, el dictamen del Frente de Todos tiene diecisiete adhesiones, el dictamen de Juntos por el Cambio tiene diez adhesiones y el del diputado Ramón una adhesión.

SRA. PRESIDENTA MOREAU Muchas gracias a todas y a todos, sobre todo, al personal de la Casa, que además mañana arranca temprano como siempre. Gracias por la predisposición.

- Es la hora 21 y 12.