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Reunión del día 20/11/2018

- VACUNAS

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Reunión del día 20/11/2018

- VACUNAS

- En Buenos Aires, a los veinte días del mes de noviembre de 2018, a la hora 13 y 25:
SRA. PRESIDENTA POLLEDO Damos comienzo a la reunión conjunta de las comisiones de Acción Social y Salud Pública y de Presupuesto y Hacienda.

Tiene la palabra el señor diputado Laspina.

SR. LASPINA Señora presidenta: antes de que haga uso de la palabra el diputado Yedlin, autor del proyecto que vamos a tratar hoy, quisiera decirles que hemos acordado algunas modificaciones al proyecto original. Estas modificaciones tienen que ver con cuestiones de técnica presupuestaria. Uno de los objetivos es no generar un exceso en la regulación. En algunos casos, como en la parte impositiva, simplemente proponemos que nos ajustemos a las normas vigentes.

Yendo al texto del proyecto, el artículo 4º elimina una disposición que establecía la intangibilidad de las partidas presupuestarias, que es un concepto difícil de clarificar, al menos en la técnica legislativa. "Intangibilidad" puede significar subir o bajar partidas. Es probable que en algún momento el Ministerio de Salud decida bajar el número de vacunas que pensaba aplicar en función de una epidemia -como por ejemplo de gripe- que finalmente no se verifica. Esto puede ocurrir porque el clima es distinto al que estaba pronosticado. También es posible que decida subir partidas por el caso contrario. Estas son las razones por las que acordamos que esa disposición era innecesaria.

Por otro lado, no existen limitaciones presupuestarias precisamente porque esta ley obliga. La ley establece una serie de condiciones que el funcionario tiene que cumplir en materia de vacunación. Estas condiciones obviamente van a requerir del auxilio presupuestario para no entrar en un incumplimiento de la ley.

En segundo lugar, declarar la intangibilidad de una partida no garantiza su ejecución. Uno puede tener una partida asignada y no ejecutar esa partida. El presupuesto, como ustedes saben, es una serie de autorizaciones de gastos. Es decir que no son obligaciones de gastos. Es cada programa de vacunación el que va a establecer o no el cumplimiento y ejecución de cada partida.

Por otra parte, como ya dije, le da una rigidez innecesaria al presupuesto destinado a la salud.

En relación con el artículo 12, referido a la cuestión de la inasistencia al trabajo por el día de vacunación, estamos tratando de buscar una redacción un poco más flexible como para no sobrecargar excesivamente sobre las empresas el Programa de Vacunación Nacional.

Además, imaginemos que el programa de vacunación es muy exigente para cada niño, y que a su vez hay muchas familias numerosas, etcétera. Lo que quiero decir es que tenemos que evitar que el tiro nos salga por la culata, como muchas veces ha ocurrido: se ponen regulaciones que suenan muy bien en teoría pero que después el mercado no puede asimilar. Es así como aparece el trabajo informal o el incumplimiento de las leyes, entre otras cosas.

En definitiva, estamos trabajando en una redacción alternativa para que sea el buen criterio de las partes el que establezca la necesidad o no de faltar al trabajo para cumplir con un determinado cronograma de vacunación, tanto para el propio trabajador como para las personas a su cargo.

Respecto del artículo 31, que establecía una exención impositiva, hay que decir que hoy rige a través de la ley 25.590, de emergencia sanitaria nacional. Esto es lo que conversamos durante el fin de semana con el diputado Yedlin. Para no superponer leyes, y por una cuestión de técnica legislativa mejorada, vamos a limitarnos a hacer referencia a dicha norma. Vamos a referirnos particularmente a la obligación de que las autoridades competentes -que son, según el artículo 5º de la ley 25.590, los ministerios de Salud y de Hacienda- cumplan de manera anual con la actualización del listado de mercaderías aludidas en la ley. La idea es que, a medida que aparezcan nuevas vacunas que integren el programa obligatorio, la lista de vacunas se vaya autorizando. Hoy no existe un cronograma establecido para la actualización. Lo que pretendemos con esta modificación es precisamente que de manera anual las autoridades competentes actualicen el listado, con el fin de no dejarlo abierto por muchos años.

Tengo entendido que hace bastante tiempo no se modifica y han quedado algunas desactualizadas. Eso requiere algunas firmas de protocolo, etcétera, que a veces se demoran. Este es el espíritu del cambio en el artículo 31. Después aparece una reenumeración de forma. De nuestra parte, esos son los cambios que hemos venido conversando respecto del dictamen que estamos tratando.

SRA. PRESIDENTA POLLEDO Tiene la palabra el señor diputado Yedlin.

SR. YEDLIN Señora presidenta: hoy estamos reunidos para intentar darle dictamen a esta actualización del marco legal y normativo en la política pública sobre vacunas.

Como todos sabemos, la ley que nos rige es de 1983 y ha quedado muy desactualizada con respecto al actual estado que tiene el programa de vacunación en la Argentina y, en general, en todo el mundo.

Quiero agradecer a la señora presidenta de la Comisión de Acción Social y Salud Pública, la señora diputada Polledo, quien convocó a esta reunión conjunta dado los tiempos que tenemos, pues queremos intentar que ingrese un dictamen en la sesión de mañana, para que el próximo año esta iniciativa vaya al Senado y pueda transformarse en ley.

Las tres observaciones que ha presentado el señor diputado Laspina nos parece que tienen lógica. La intangibilidad en las partidas tiene que ver con la garantía de que los recursos destinados a la política sanitaria más importante que tiene la Argentina estén garantizados y de esta manera se garantice el esquema de vacunación.

Es cierto que la ley es muy clara en el sentido de que será el Poder Ejecutivo, a través de la Secretaría de Salud, el que determine y efectivice que las vacunas sean obligatorias, gratuitas y públicas para todos. El Ministerio de Salud de la Nación es el encargado de la compra de todos estos insumos a través de su presupuesto. Esto es lo que hoy sucede en la Argentina. Lo que estamos intentando es dar una garantía que hoy no tenía el país, que nos deja en una situación mucho más tranquila a todos en el sentido de que esta medida no pueda ser cambiada.

Las vacunas son gratuitas para la gente y es importante que quede claro quién las tiene que comprar así como también que son obligatorias. En este sentido, la norma avanza, pues la vieja ley es de una época donde la mayoría de los que se vacunaban eran niños, pero hoy nos vacunamos a todas las edades de la vida. Es decir, nos vacunamos en la adolescencia, durante el embarazo, en la adultez y cuando somos adultos mayores.

Por lo tanto, la iniciativa prevé mecanismos de control para que está obligatoriedad sea real y facilite la vacunación extramuros y la vacunación escolar. Además, prevé la posibilidad de vacunadores eventuales, institucionaliza la CONAIN, el carnet de vacunas, etcétera. La verdad es que todos la conocen y la han votado en las distintas comisiones.

Básicamente, se está previendo que el día laboral en el que la persona ha ido a vacunarse sea autorizado por el empleador. Es decir, el empleador no autoriza la vacunación, porque es gratuita y obligatoria, pero necesita organizar el día laboral que la persona toma el franco para vacunarse o la hora de llegada tarde para vacunar a algún hijo. La idea es que esto sea regulado de alguna manera para que no nos pase que le surja algún inconveniente a alguna Pyme o empresa con motivo de que muchos empleados se tomen el mismo día. Esta es la idea. Me parece que las tres modificaciones propuestas no cambian el concepto general y suman a la iniciativa.

En cuanto al tema de los impuestos internos, aduaneros, el IVA, etcétera, todo lo que han mencionado es verdad y es una observación muy correcta. A partir de la ley de emergencia económica se prevé un listado de medicamentos e insumos médicos que están exentos. El problema es que las últimas vacunas incorporadas al calendario, que son las más caras, no están en ese listado desde hace mucho tiempo.

Entonces, la norma intentará impulsar de alguna manera al Ministerio de Salud para que las incorpore. Esto es de su interés, pues la desaduanización de las vacunas tiene una demora, entre otras cuestiones, y nos parece importante.

Me parece que en líneas generales sigue al proyecto, que tiene muchas virtudes, entre ellas, que hemos construido un consenso en una época donde es muy difícil construirlo.

Estamos arribando a un proyecto que, cuando sea considerado por el Senado el año próximo, podrá convertirse en una ley importante para las autoridades sanitarias de la Argentina.

SRA. PRESIDENTA POLLEDO Tiene la palabra la señora diputada Ocaña.

SRA. OCAÑA Señora presidenta: este tema ya ha sido tratado en la Comisión de Acción Social y Salud Pública.

Quiero reiterar que voy a acompañar este proyecto en disidencia parcial; esto, básicamente, porque me parece que el Estado está cargándole a los ciudadanos más obligaciones de las que ya tiene cuando, en realidad, son obligaciones que el propio Estado muchas veces no puede cumplir, por ejemplo, en este caso en particular, tener un registro de los argentinos que están vacunados.

Como política de salud, valoro mucho este proyecto del señor diputado Yedlin para actualizar la ley de vacunación, pero quiero manifestar mi preocupación por el hecho de que se utilicen en forma eficiente los recursos del Estado, ya que esta iniciativa podría derivar en distintas cuestiones, como ocurrió, por ejemplo, con las vacunas antigripales. En este sentido, usted sabrá, señora presidenta, que en 2010 se firmó un convenio con distintas empresas para que se pudieran comenzar a fabricar las vacunas en nuestro país en un lapso de cinco años. Con ese fin, por ejemplo, desde 2010 a la fecha se han adquirido 80 millones de dosis de vacunas antigripales, pero solo pudieron aplicarse 48 millones. Esto significa que la Argentina hizo una inversión con recursos del Estado que no ha beneficiado la salud de los argentinos.

Entonces, pongo la atención en el hecho de que quizá debiéramos plantear esta iniciativa en etapas, de modo que el cumplimiento de esta norma pueda darse en forma real y no termine garantizando solo el ingreso de las farmacéuticas nacionales e internacionales, ya que no creo que sea esa la voluntad del diputado Yedlin ni de los impulsores de esta iniciativa.

Me parece que, además de los temas que ya conversamos al considerar esta norma, se podría incluir la imposibilidad de que los ciudadanos -en caso de no tener su vacunación al día- puedan realizar determinados trámites, por ejemplo, la renovación de documentos públicos.

SRA. PRESIDENTA POLLEDO Tengo entendido que se quitó esa exigencia.

Tiene la palabra el señor diputado Tonelli.

SR. TONELLI Señora presidenta: quiero hacer una observación menor. Estoy de acuerdo con el proyecto en tratamiento, pero creo que hay un error en el artículo 6°, que dice: "Apruébase el Calendario Nacional de Vacunación establecido por la autoridad de aplicación".

En primer lugar, me parece un error no incluir el calendario de vacunación que se aprueba ni tampoco aclarar cuándo fue aprobado ni por medio de qué resolución. No se adjunta dicho calendario como anexo.

Por otra parte, tampoco me parece bien que aprobemos el calendario de vacunación mediante una ley porque, generalmente, con el paso del tiempo, dicho calendario se suele modificar, y sería necesario dictar una nueva ley para hacerlo.

En definitiva, estimo que correspondería delegar en la autoridad de aplicación la facultad de aprobar el calendario de vacunación cuando lo considerara necesario o conveniente, sin necesidad de dictar una nueva ley para convalidarlo.

SRA. PRESIDENTA POLLEDO Tiene la palabra el señor diputado Lipovetzky.

SR. LIPOVETZKY Señora presidenta: coincido con la observación realizada por el señor diputado Tonelli. Justamente habíamos estado conversando sobre el tema.

Desde mi punto de vista, esa cuestión tiene que ver con la ley anterior que estamos derogando que delegaba en el Ministerio de Salud la aprobación de los calendarios de vacunación.

Considero que, más allá de derogar la ley, deberíamos ratificar esa delegación e incluirla en este artículo, y ya quedaría el tema solucionado. Es decir que delegamos y, de alguna manera, podemos también aprobar lo que ya está vigente. En definitiva, tenemos que seguir dándole la facultad al Ministerio de Salud para que pueda modificar el calendario de vacunación, pues puede ser necesario en el futuro por la aparición de una nueva vacuna u otras situaciones.

SRA. PRESIDENTA POLLEDO Tiene la palabra el señor diputado Yedlin.

SR. YEDLIN Señora presidenta: quiero aclarar, para la tranquilidad de todos, que el artículo 18 establece que la autoridad de aplicación -que sería la Secretaría de Salud- tiene como rol mantener actualizado el calendario nacional de vacunación de acuerdo con criterios científicos en función de la situación sanitaria nacional. Se refiere solamente al ministerio.

De ninguna manera esta iniciativa le quita al ministerio la decisión de incorporar, quitar, ampliar o disminuir el calendario de vacunas. Este artículo simplemente brinda un refuerzo legal al calendario de vacunación que, por decreto, toma el Ministerio de Salud de la Nación, a instancias del consejo no vinculante de la Comisión Nacional de Inmunizaciones. A través de esta iniciativa no nos estamos atribuyendo el derecho de definir las vacunas.

SRA. PRESIDENTA POLLEDO Tiene la palabra el señora diputada Carrizo.

SRA. CARRIZO Señora presidenta: quiero mencionar algunos puntos que me parecen importantes.

Nosotros, desde el bloque Evolución, vamos a acompañar esta iniciativa pero quiero mencionar algunas observaciones que me parecen significativas.

En primer lugar, celebro esta norma, que rescata una tradición de la política de salud pública argentina y no es una ley endogámica; sé que muchas asociaciones la están apoyando.

La segunda cuestión se vincula con la preocupación por la modificación de los incisos del artículo 12, pues estoy a favor de pasar de un estado paternalista a la idea de la construcción de una parentalidad responsable.

Entonces, me parece que no tenemos que borrar todas las obligaciones. Por ejemplo, me gustaría que queden los incisos a) y d), porque implican un modo de afianzar el cuidado. Esa es la línea que viene de todos los países que han penalizado la idea de que la vacunación obligatoria es optativa para los padres.

En este sentido, hay que evitar el exceso de reglamentación y que eso sea un obstáculo, pero no hay que dejarlo liberado, porque esto no es una cuestión de libre albedrío. El calendario obligatorio se debe cumplir y los primeros que lo tiene que cumplir son los padres.

La tercera cuestión que quiero mencionar se refiere a un proyecto que tenemos relativo a esta materia y que está la vista. Quisiera ver cómo queda finalmente el artículo 12. Cabe mencionar que, si no nos gusta, vamos a pedir un debate en particular durante la sesión.

Nos parece importante que estamos derogando la ley 22.909 y estamos anulando el artículo 16, que justamente especifica la protección contra la fiebre amarilla, que es un tema complicado en la región.

Es decir, independientemente de que esto se delegue al Poder Ejecutivo, me parece fundamental encontrar el modo de incorporar ese artículo que estamos anulando sobre un tema que tiene vigencia en la región. Cada uno de los artículos es independiente, pero considero que el artículo 16 de la ley 22.909 no puede ser anulado, por el contrario, tiene que ser incorporado.

SRA. PRESIDENTA POLLEDO Tiene la palabra el señor diputado Yedlin.

SR. YEDLIN Señora presidenta: por supuesto que la vacunación contra la fiebre amarilla es muy importante y forma parte del actual calendario de vacunación obligatorio de la Argentina. Es decir que al mantener los artículos en donde nosotros le damos el ministerio la facultad de establecer el calendario de vacunación, modificarlo, ampliarlo, etcétera, y por ley definimos el actual carnet de vacunas de la Argentina, las vacunas contra la fiebre amarilla están absolutamente incorporadas.

La otra ley hacía hincapié específicamente sobre este tema al igual que había otra ley que se refería a los trabajadores de salud y la hepatitis B, que dejamos sin efecto. En realidad es que estas cuestiones se modifican permanentemente.

Entonces, en primer lugar, queremos dar la tranquilidad de que las vacunas contra la fiebre amarilla siguen siendo obligatorias en las zonas de riesgo, para personas que viajen, etcétera. Esta iniciativa no modifica esa situación.

En segundo término, nosotros creemos que moderniza, en el sentido de que no fija vacunas específicas sino que establece que sea la autoridad de aplicación la que defina el calendario.

En cuanto al tema de los artículos 12 y 13, me parece que hay una confusión. Los incisos ahora están en el artículo 13, porque el 12 tal vez usted no lo tiene. Pero quiero aclararle que se ha vuelto a incorporar.

Lo importante es que quedan intactos los incisos del artículo 13, que según usted están en el artículo 12.

SRA. PRESIDENTA POLLEDO Voy a dar lectura del artículo 13 para que la diputada Carrizo se quede tranquila. Dice así: "El incumplimiento de las obligaciones previstas en los artículos 7º, 8º, 10 y 12 de la presente ley generará acciones de la autoridad sanitaria jurisdiccional correspondiente tendientes a efectivizar la vacunación, que irá desde la notificación hasta la vacunación compulsiva".

Así quedó redactado el artículo 13, que para usted es el antiguo artículo 12.

SRA. CARRIZO El artículo 12 tiene que ver con la certificación del cumplimiento del Calendario Nacional de Vacunación por parte de la responsabilidad parental. ¿Qué quedo de eso? Porque sé que se sacaron varios incisos.

SRA. PRESIDENTA POLLEDO No se sacó ningún inciso.

SRA. CARRIZO Disculpe, entonces.

SR. YEDLIN El artículo que discutimos fue el de la justificación de la inasistencia o llegada tarde de la persona que se vacuna o que vacuna a sus hijos. Agregamos que eso debe ser coordinado o autorizado por el empleador para que se ordene. Pero sería un criterio posible que se justifique la inasistencia por eso.

SRA. PRESIDENTA POLLEDO Tiene la palabra la señora diputada Raverta.

SRA. RAVERTA Señor presidenta: como integrante de la Comisión de Acción Social y Salud Pública, voy a hablar con la mirada puesta en la salud.

Este proyecto de ley para nosotros es muy importante. No solo cuenta con un dictamen de la Comisión de Acción Social y Salud Pública, sino también de la Comisión de Legislación General. Por lo tanto, ha sido mirado desde distintas perspectivas. Hoy estamos incluyendo la mirada de la Comisión de Presupuesto y Hacienda.

Se trata de un proyecto de ley muy importante. Tiene muchos antecedentes de discusión parlamentaria. Como ustedes saben, en 2012 se había obtenido la media sanción de un proyecto de ley de vacunas que finalmente no pudo ser tratado. Después, en 2016, distintos bloques han presentado este mismo proyecto de ley. Ha obtenido dictamen de la Comisión de Acción Social y Salud Pública, pero luego nuevamente se perdió la posibilidad de que llegara al recinto.

También surgieron otros proyectos de ley relacionados con vacunas desde distintos bloques políticos. Por estas razones, entendemos que es una iniciativa que tiene una mirada muy amplia y un nivel de consenso muy importante.

Como principales observaciones, en consonancia con lo que decía el autor del proyecto, se trata de un proyecto que deroga una ley vieja. No obstante, esa ley fue muy importante porque incorporó la idea de la obligatoriedad de las vacunas. Por lo tanto, en el artículo 33 que deroga la ley 22.909 queda de manifiesto que esta nueva norma supera y amplía lo establecido, porque nos da más garantías y derechos a los ciudadanos y ciudadanas argentinas.

Este proyecto de ley también establece que las acciones de vacunación son un bien social. Esto tiene que ver con la gratuidad, la obligatoriedad y la prevalencia del interés público por sobre el individual, con la garantía de exposición y aplicación de vacunas.

También declara la vacunación como interés nacional, y le otorga rango legal. Esto está vinculado con lo que se discutía recién en relación con el calendario obligatorio de vacunación.

A su vez, amplía los trámites en los cuales se pide el certificado de vacunación. Esto también es importante para nosotros, ya que se agrega a la presentación del DNI y demás documentación.

El proyecto crea el Registro Nacional de Población Vacunada y el Registro Nacional de Vacunadores Eventuales, así como habla sobre el consentimiento tácito para poder aplicar vacunas a aquellos niños cuyos padres, por ejemplo, no hayan declarado en la escuela que no pueden aplicarse vacunas. Entonces, los niños sin autorización podrían ser parte de la campaña de vacunación.

Asimismo, crea la Comisión Nacional de Inmunización, la Comisión Nacional de Seguridad de Vacunas, y declara que la ley es de orden público.

Además, este proyecto cuenta con numerosas notas de adhesión de sociedades científicas, como la Unicef, la Organización Panamericana de la Salud, la Fundación Huésped, la Sociedad Argentina de Inmunología y la Comisión Nacional de Inmunizaciones.

Digamos que tiene el aval de distintas organizaciones que también le dan un sustento importante a esta iniciativa.

Quiero referirme a la modificación que proponen al artículo 4º, que tiene que ver con la intangibilidad del presupuesto en relación con las vacunas, pues tenemos algunas cuestiones para señalar y nos parece que podemos plantear una disidencia con una argumentación importante.

En principio, no tenemos ningún indicador de la realidad que haga suponer que está partida presupuestaria, aprobada recientemente en relación con la vacunación, no vaya a ser modificada o alterada. En este sentido, no tenemos ningún indicador en los últimos tres años de este gobierno, pues las partidas han sido modificadas recurrentemente e incluso se han subejecutado.

No hay nada que nos garantice que efectivamente este presupuesto será destinado a la compra y a la aplicación de vacunas. Por lo tanto, nos parece importante alertar que de ser modificado este artículo nos coloca en una situación de riesgo.

Voy a hacer algunas consideraciones en dirección a esta cuestión. Lo primero que puedo decir es que en mayo de 2016, por resolución administrativa del entonces Ministerio de Salud, se elimina la Dirección Nacional de Control de Enfermedades Inmunoprevenibles y un año después se crea la Dirección Simple de Control de Enfermedades Inmunoprevenibles.

Por lo tanto, allí aparece un antecedente que no coloca como prioridad de la agenda de las políticas de salud el tema de la vacunación. Asimismo, cabe citar la demora del inicio de la campaña antigripal durante 2018, con faltantes de vacunas en algunas jurisdicciones habiéndose presentado pedidos de informes en la Comisión de Acción Social y Salud Pública. En este sentido, la presidenta de la Comisión podrá dar cuenta de eso.

También me referiré a la denuncia de faltantes de vacunas durante 2017-2018 por parte de jefes de programas provinciales de inmunización. Traje una nota pública -que seguramente ustedes habrán visto- firmada por los jefes provinciales de inmunizaciones de veintidós distritos, quienes previenen y alertan a toda la población sobre el faltante de vacunas. Esta nota está a la vista, por si alguien la quiere ver, pero todos la podemos buscar.

Otro tema que podemos mencionar como indicador de la preocupación y las prioridades de la Secretaría de Salud en relación con las campañas de vacunación tiene que ver con la disminución de coberturas de algunas vacunas en 2017.

Se puede observar una información oficial de la Secretaría de Salud que da cuenta de que la tercera dosis de la vacuna Sabin pasó de un 93 por ciento de cobertura en 2015 a un 85 por ciento en 2017. Por su parte, la Quíntuple, tercera dosis, pasó de un 94 por ciento en 2015 a un 88 por ciento en 2017, y la vacuna contra la Hepatitis A pasó del 90 por ciento al 87 por ciento. En el caso de la vacuna contra el neumococo pasó de un 82 por ciento en 2015 a un 78 por ciento en 2017. Por lo tanto, vemos que existe una disminución en la aplicación de las vacunas.

Otro tema para mencionar es la aparición de nuevos casos de sarampión así como también el retraso del inicio de la campaña de vacunación de sarampión y rubéola con baja cobertura.

El Ministerio de Salud y Desarrollo Social informó en agosto de 2017 sobre este faltante. De hecho, tenemos algunas notas que se refieren a esta cuestión. Por ejemplo, el diario La Nación publicó una nota titulada "Sarampión: solo la mitad de los chicos que lo necesita recibió el refuerzo de la vacuna".

Por otro lado, tenemos una presentación de la Secretaría de Salud, del Ministerio de Salud y Desarrollo Social de la Nación sobre una alerta respecto del aumento de casos de sarampión, extensión de la circulación viral y confirman catorce casos durante 2018. También es información oficial de la Secretaría de Salud.

Otra cuestión que nos ubica en esta situación de alerta y preocupación se vincula con que se ha postergado, pero hoy por hoy se trata de la eliminación, de la tercera dosis de la vacuna de neumococo para los chicos de 11 años. Aquí también vemos cómo disminuye la cobertura. En este sentido una comunicación oficial del 23 de agosto de 2018 pospone la dosis de 11 años hasta contar con la disponibilidad necesaria. Por lo tanto, pareciera no estar garantizada esa disponibilidad en forma oficial por parte de la Secretaría de Salud.

Por su parte, también nos preocupan algunas otras cuestiones del presupuesto aprobado hace pocos días. Los presupuestos de los programas -entre otros, los de prevención- de la Secretaría de Salud han disminuido notoriamente en las distintas áreas. Entonces, para nosotros es muy importante plantear una disidencia con la modificación del artículo 4°, dado que dicho artículo disponía la posibilidad de velar por que los ciudadanos argentinos contaran con un calendario de vacunación -más allá de su edad- que efectivamente contemplara las vacunas necesarias y en las dosis adecuadas en tiempo y forma.

Para nosotros la intangibilidad del presupuesto tiene una centralidad importante. Es por ello que planteamos una disidencia que propone la modificación de este artículo, que ya fue considerado en las comisiones de Acción Social y Salud Pública y de Legislación General, y fue aprobado de esta manera.

Solicitamos entonces que el artículo 4° quede en su redacción original de forma tal de poder tener la tranquilidad de que el presupuesto aprobado para vacunación sea utilizado para ese fin y no se modifique ni se transfiera a otra área de la gestión nacional.

SRA. PRESIDENTA POLLEDO Tiene la palabra la señora diputada Najul.

SRA. NAJUL Señora presidenta: después de haberlo tratado ampliamente en la Comisión de Acción Social y Salud Pública y de haber considerado los distintos proyectos y propuestas de mejora de esta iniciativa, estamos muy conformes con este despacho que vamos a firmar.

Este proyecto tiene un gran sentido federal al considerar la vacuna como bien social y al disponer la gratuidad, la obligatoriedad y la disponibilidad, no solamente de las vacunas sino también de todo otro material necesario para su aplicación, adquirido todo ello por el Ministerio de Salud y Desarrollo Social de la Nación y con llegada a las provincias.

Por su parte, se crean dos comisiones que para nosotros son fundamentales. Por un lado, una comisión de seguimiento de la vacunación, justamente para evaluar -en este país tan extenso, con realidades tan distintas en el interior, en las provincias y los municipios- si hay dificultades en la aplicación de las vacunas y, por otro lado, una comisión de seguimiento de lo que tiene que ver con el riesgo de algunas vacunas. Estos son dos hechos fundamentales.

Esta iniciativa ubica a la Argentina como uno de los países más avanzados en política de vacunación y, luego del agua potable, es la estrategia sanitaria más importante y que más vidas sana en el mundo.

Creo que contaremos con el calendario de vacunación más amplio y que, como bien decía el diputado Yedlin, abarca todas las edades, desde los más pequeños hasta nuestros adultos.

Es un orgullo para la Argentina este calendario que hemos ido construyendo a través del tiempo; por eso creo que, en general, es importante prever una progresividad en la implementación de los distintos trámites a los fines de que estas medidas no impliquen una dificultad.

Están previstas las sanciones para aquellos padres que no tengan actualizado el calendario de vacunación de sus niños, ya que no solamente les hacen mal a sus hijos sino también a toda la comunidad. La vacunación es un acto de solidaridad, ya que no solo protege a quien se vacuna sino a todos.

Quiero poner en valor el trabajo que han hecho tantos diputados para que este proyecto salga adelante y el consenso que hemos generado en una política prioritaria de salud. Ojalá en varios temas en la Argentina lográramos este tipo de consensos; creo que todos estaríamos mucho mejor.

SRA. PRESIDENTA POLLEDO Algunas diputadas han solicitado entregar un texto con sus disidencias. Nos han pedido que emitamos despacho hoy a las 20 horas, por lo que daremos tiempo hasta las 17 para que aquellos diputados o diputadas que quieran presentar algún texto en disidencia nos lo hagan llegar.

Si les parece bien, empezamos a pasar a la firma el texto porque nos tenemos que retirar en breve de esta sala. Todos tenemos un día bastante ajetreado.

Les agradecemos la presencia en esta reunión conjunta encabezada por la Comisión de Acción Social y Salud Púbica. Habiendo cumplido el objeto de la convocatoria, damos por finalizada la reunión.

Es la hora 14.
- En Buenos Aires, a los veinte días del mes de noviembre de 2018, a la hora 13 y 25:
SRA. PRESIDENTA POLLEDO Damos comienzo a la reunión conjunta de las comisiones de Acción Social y Salud Pública y de Presupuesto y Hacienda.

Tiene la palabra el señor diputado Laspina.

SR. LASPINA Señora presidenta: antes de que haga uso de la palabra el diputado Yedlin, autor del proyecto que vamos a tratar hoy, quisiera decirles que hemos acordado algunas modificaciones al proyecto original. Estas modificaciones tienen que ver con cuestiones de técnica presupuestaria. Uno de los objetivos es no generar un exceso en la regulación. En algunos casos, como en la parte impositiva, simplemente proponemos que nos ajustemos a las normas vigentes.

Yendo al texto del proyecto, el artículo 4º elimina una disposición que establecía la intangibilidad de las partidas presupuestarias, que es un concepto difícil de clarificar, al menos en la técnica legislativa. "Intangibilidad" puede significar subir o bajar partidas. Es probable que en algún momento el Ministerio de Salud decida bajar el número de vacunas que pensaba aplicar en función de una epidemia -como por ejemplo de gripe- que finalmente no se verifica. Esto puede ocurrir porque el clima es distinto al que estaba pronosticado. También es posible que decida subir partidas por el caso contrario. Estas son las razones por las que acordamos que esa disposición era innecesaria.

Por otro lado, no existen limitaciones presupuestarias precisamente porque esta ley obliga. La ley establece una serie de condiciones que el funcionario tiene que cumplir en materia de vacunación. Estas condiciones obviamente van a requerir del auxilio presupuestario para no entrar en un incumplimiento de la ley.

En segundo lugar, declarar la intangibilidad de una partida no garantiza su ejecución. Uno puede tener una partida asignada y no ejecutar esa partida. El presupuesto, como ustedes saben, es una serie de autorizaciones de gastos. Es decir que no son obligaciones de gastos. Es cada programa de vacunación el que va a establecer o no el cumplimiento y ejecución de cada partida.

Por otra parte, como ya dije, le da una rigidez innecesaria al presupuesto destinado a la salud.

En relación con el artículo 12, referido a la cuestión de la inasistencia al trabajo por el día de vacunación, estamos tratando de buscar una redacción un poco más flexible como para no sobrecargar excesivamente sobre las empresas el Programa de Vacunación Nacional.

Además, imaginemos que el programa de vacunación es muy exigente para cada niño, y que a su vez hay muchas familias numerosas, etcétera. Lo que quiero decir es que tenemos que evitar que el tiro nos salga por la culata, como muchas veces ha ocurrido: se ponen regulaciones que suenan muy bien en teoría pero que después el mercado no puede asimilar. Es así como aparece el trabajo informal o el incumplimiento de las leyes, entre otras cosas.

En definitiva, estamos trabajando en una redacción alternativa para que sea el buen criterio de las partes el que establezca la necesidad o no de faltar al trabajo para cumplir con un determinado cronograma de vacunación, tanto para el propio trabajador como para las personas a su cargo.

Respecto del artículo 31, que establecía una exención impositiva, hay que decir que hoy rige a través de la ley 25.590, de emergencia sanitaria nacional. Esto es lo que conversamos durante el fin de semana con el diputado Yedlin. Para no superponer leyes, y por una cuestión de técnica legislativa mejorada, vamos a limitarnos a hacer referencia a dicha norma. Vamos a referirnos particularmente a la obligación de que las autoridades competentes -que son, según el artículo 5º de la ley 25.590, los ministerios de Salud y de Hacienda- cumplan de manera anual con la actualización del listado de mercaderías aludidas en la ley. La idea es que, a medida que aparezcan nuevas vacunas que integren el programa obligatorio, la lista de vacunas se vaya autorizando. Hoy no existe un cronograma establecido para la actualización. Lo que pretendemos con esta modificación es precisamente que de manera anual las autoridades competentes actualicen el listado, con el fin de no dejarlo abierto por muchos años.

Tengo entendido que hace bastante tiempo no se modifica y han quedado algunas desactualizadas. Eso requiere algunas firmas de protocolo, etcétera, que a veces se demoran. Este es el espíritu del cambio en el artículo 31. Después aparece una reenumeración de forma. De nuestra parte, esos son los cambios que hemos venido conversando respecto del dictamen que estamos tratando.

SRA. PRESIDENTA POLLEDO Tiene la palabra el señor diputado Yedlin.

SR. YEDLIN Señora presidenta: hoy estamos reunidos para intentar darle dictamen a esta actualización del marco legal y normativo en la política pública sobre vacunas.

Como todos sabemos, la ley que nos rige es de 1983 y ha quedado muy desactualizada con respecto al actual estado que tiene el programa de vacunación en la Argentina y, en general, en todo el mundo.

Quiero agradecer a la señora presidenta de la Comisión de Acción Social y Salud Pública, la señora diputada Polledo, quien convocó a esta reunión conjunta dado los tiempos que tenemos, pues queremos intentar que ingrese un dictamen en la sesión de mañana, para que el próximo año esta iniciativa vaya al Senado y pueda transformarse en ley.

Las tres observaciones que ha presentado el señor diputado Laspina nos parece que tienen lógica. La intangibilidad en las partidas tiene que ver con la garantía de que los recursos destinados a la política sanitaria más importante que tiene la Argentina estén garantizados y de esta manera se garantice el esquema de vacunación.

Es cierto que la ley es muy clara en el sentido de que será el Poder Ejecutivo, a través de la Secretaría de Salud, el que determine y efectivice que las vacunas sean obligatorias, gratuitas y públicas para todos. El Ministerio de Salud de la Nación es el encargado de la compra de todos estos insumos a través de su presupuesto. Esto es lo que hoy sucede en la Argentina. Lo que estamos intentando es dar una garantía que hoy no tenía el país, que nos deja en una situación mucho más tranquila a todos en el sentido de que esta medida no pueda ser cambiada.

Las vacunas son gratuitas para la gente y es importante que quede claro quién las tiene que comprar así como también que son obligatorias. En este sentido, la norma avanza, pues la vieja ley es de una época donde la mayoría de los que se vacunaban eran niños, pero hoy nos vacunamos a todas las edades de la vida. Es decir, nos vacunamos en la adolescencia, durante el embarazo, en la adultez y cuando somos adultos mayores.

Por lo tanto, la iniciativa prevé mecanismos de control para que está obligatoriedad sea real y facilite la vacunación extramuros y la vacunación escolar. Además, prevé la posibilidad de vacunadores eventuales, institucionaliza la CONAIN, el carnet de vacunas, etcétera. La verdad es que todos la conocen y la han votado en las distintas comisiones.

Básicamente, se está previendo que el día laboral en el que la persona ha ido a vacunarse sea autorizado por el empleador. Es decir, el empleador no autoriza la vacunación, porque es gratuita y obligatoria, pero necesita organizar el día laboral que la persona toma el franco para vacunarse o la hora de llegada tarde para vacunar a algún hijo. La idea es que esto sea regulado de alguna manera para que no nos pase que le surja algún inconveniente a alguna Pyme o empresa con motivo de que muchos empleados se tomen el mismo día. Esta es la idea. Me parece que las tres modificaciones propuestas no cambian el concepto general y suman a la iniciativa.

En cuanto al tema de los impuestos internos, aduaneros, el IVA, etcétera, todo lo que han mencionado es verdad y es una observación muy correcta. A partir de la ley de emergencia económica se prevé un listado de medicamentos e insumos médicos que están exentos. El problema es que las últimas vacunas incorporadas al calendario, que son las más caras, no están en ese listado desde hace mucho tiempo.

Entonces, la norma intentará impulsar de alguna manera al Ministerio de Salud para que las incorpore. Esto es de su interés, pues la desaduanización de las vacunas tiene una demora, entre otras cuestiones, y nos parece importante.

Me parece que en líneas generales sigue al proyecto, que tiene muchas virtudes, entre ellas, que hemos construido un consenso en una época donde es muy difícil construirlo.

Estamos arribando a un proyecto que, cuando sea considerado por el Senado el año próximo, podrá convertirse en una ley importante para las autoridades sanitarias de la Argentina.

SRA. PRESIDENTA POLLEDO Tiene la palabra la señora diputada Ocaña.

SRA. OCAÑA Señora presidenta: este tema ya ha sido tratado en la Comisión de Acción Social y Salud Pública.

Quiero reiterar que voy a acompañar este proyecto en disidencia parcial; esto, básicamente, porque me parece que el Estado está cargándole a los ciudadanos más obligaciones de las que ya tiene cuando, en realidad, son obligaciones que el propio Estado muchas veces no puede cumplir, por ejemplo, en este caso en particular, tener un registro de los argentinos que están vacunados.

Como política de salud, valoro mucho este proyecto del señor diputado Yedlin para actualizar la ley de vacunación, pero quiero manifestar mi preocupación por el hecho de que se utilicen en forma eficiente los recursos del Estado, ya que esta iniciativa podría derivar en distintas cuestiones, como ocurrió, por ejemplo, con las vacunas antigripales. En este sentido, usted sabrá, señora presidenta, que en 2010 se firmó un convenio con distintas empresas para que se pudieran comenzar a fabricar las vacunas en nuestro país en un lapso de cinco años. Con ese fin, por ejemplo, desde 2010 a la fecha se han adquirido 80 millones de dosis de vacunas antigripales, pero solo pudieron aplicarse 48 millones. Esto significa que la Argentina hizo una inversión con recursos del Estado que no ha beneficiado la salud de los argentinos.

Entonces, pongo la atención en el hecho de que quizá debiéramos plantear esta iniciativa en etapas, de modo que el cumplimiento de esta norma pueda darse en forma real y no termine garantizando solo el ingreso de las farmacéuticas nacionales e internacionales, ya que no creo que sea esa la voluntad del diputado Yedlin ni de los impulsores de esta iniciativa.

Me parece que, además de los temas que ya conversamos al considerar esta norma, se podría incluir la imposibilidad de que los ciudadanos -en caso de no tener su vacunación al día- puedan realizar determinados trámites, por ejemplo, la renovación de documentos públicos.

SRA. PRESIDENTA POLLEDO Tengo entendido que se quitó esa exigencia.

Tiene la palabra el señor diputado Tonelli.

SR. TONELLI Señora presidenta: quiero hacer una observación menor. Estoy de acuerdo con el proyecto en tratamiento, pero creo que hay un error en el artículo 6°, que dice: "Apruébase el Calendario Nacional de Vacunación establecido por la autoridad de aplicación".

En primer lugar, me parece un error no incluir el calendario de vacunación que se aprueba ni tampoco aclarar cuándo fue aprobado ni por medio de qué resolución. No se adjunta dicho calendario como anexo.

Por otra parte, tampoco me parece bien que aprobemos el calendario de vacunación mediante una ley porque, generalmente, con el paso del tiempo, dicho calendario se suele modificar, y sería necesario dictar una nueva ley para hacerlo.

En definitiva, estimo que correspondería delegar en la autoridad de aplicación la facultad de aprobar el calendario de vacunación cuando lo considerara necesario o conveniente, sin necesidad de dictar una nueva ley para convalidarlo.

SRA. PRESIDENTA POLLEDO Tiene la palabra el señor diputado Lipovetzky.

SR. LIPOVETZKY Señora presidenta: coincido con la observación realizada por el señor diputado Tonelli. Justamente habíamos estado conversando sobre el tema.

Desde mi punto de vista, esa cuestión tiene que ver con la ley anterior que estamos derogando que delegaba en el Ministerio de Salud la aprobación de los calendarios de vacunación.

Considero que, más allá de derogar la ley, deberíamos ratificar esa delegación e incluirla en este artículo, y ya quedaría el tema solucionado. Es decir que delegamos y, de alguna manera, podemos también aprobar lo que ya está vigente. En definitiva, tenemos que seguir dándole la facultad al Ministerio de Salud para que pueda modificar el calendario de vacunación, pues puede ser necesario en el futuro por la aparición de una nueva vacuna u otras situaciones.

SRA. PRESIDENTA POLLEDO Tiene la palabra el señor diputado Yedlin.

SR. YEDLIN Señora presidenta: quiero aclarar, para la tranquilidad de todos, que el artículo 18 establece que la autoridad de aplicación -que sería la Secretaría de Salud- tiene como rol mantener actualizado el calendario nacional de vacunación de acuerdo con criterios científicos en función de la situación sanitaria nacional. Se refiere solamente al ministerio.

De ninguna manera esta iniciativa le quita al ministerio la decisión de incorporar, quitar, ampliar o disminuir el calendario de vacunas. Este artículo simplemente brinda un refuerzo legal al calendario de vacunación que, por decreto, toma el Ministerio de Salud de la Nación, a instancias del consejo no vinculante de la Comisión Nacional de Inmunizaciones. A través de esta iniciativa no nos estamos atribuyendo el derecho de definir las vacunas.

SRA. PRESIDENTA POLLEDO Tiene la palabra el señora diputada Carrizo.

SRA. CARRIZO Señora presidenta: quiero mencionar algunos puntos que me parecen importantes.

Nosotros, desde el bloque Evolución, vamos a acompañar esta iniciativa pero quiero mencionar algunas observaciones que me parecen significativas.

En primer lugar, celebro esta norma, que rescata una tradición de la política de salud pública argentina y no es una ley endogámica; sé que muchas asociaciones la están apoyando.

La segunda cuestión se vincula con la preocupación por la modificación de los incisos del artículo 12, pues estoy a favor de pasar de un estado paternalista a la idea de la construcción de una parentalidad responsable.

Entonces, me parece que no tenemos que borrar todas las obligaciones. Por ejemplo, me gustaría que queden los incisos a) y d), porque implican un modo de afianzar el cuidado. Esa es la línea que viene de todos los países que han penalizado la idea de que la vacunación obligatoria es optativa para los padres.

En este sentido, hay que evitar el exceso de reglamentación y que eso sea un obstáculo, pero no hay que dejarlo liberado, porque esto no es una cuestión de libre albedrío. El calendario obligatorio se debe cumplir y los primeros que lo tiene que cumplir son los padres.

La tercera cuestión que quiero mencionar se refiere a un proyecto que tenemos relativo a esta materia y que está la vista. Quisiera ver cómo queda finalmente el artículo 12. Cabe mencionar que, si no nos gusta, vamos a pedir un debate en particular durante la sesión.

Nos parece importante que estamos derogando la ley 22.909 y estamos anulando el artículo 16, que justamente especifica la protección contra la fiebre amarilla, que es un tema complicado en la región.

Es decir, independientemente de que esto se delegue al Poder Ejecutivo, me parece fundamental encontrar el modo de incorporar ese artículo que estamos anulando sobre un tema que tiene vigencia en la región. Cada uno de los artículos es independiente, pero considero que el artículo 16 de la ley 22.909 no puede ser anulado, por el contrario, tiene que ser incorporado.

SRA. PRESIDENTA POLLEDO Tiene la palabra el señor diputado Yedlin.

SR. YEDLIN Señora presidenta: por supuesto que la vacunación contra la fiebre amarilla es muy importante y forma parte del actual calendario de vacunación obligatorio de la Argentina. Es decir que al mantener los artículos en donde nosotros le damos el ministerio la facultad de establecer el calendario de vacunación, modificarlo, ampliarlo, etcétera, y por ley definimos el actual carnet de vacunas de la Argentina, las vacunas contra la fiebre amarilla están absolutamente incorporadas.

La otra ley hacía hincapié específicamente sobre este tema al igual que había otra ley que se refería a los trabajadores de salud y la hepatitis B, que dejamos sin efecto. En realidad es que estas cuestiones se modifican permanentemente.

Entonces, en primer lugar, queremos dar la tranquilidad de que las vacunas contra la fiebre amarilla siguen siendo obligatorias en las zonas de riesgo, para personas que viajen, etcétera. Esta iniciativa no modifica esa situación.

En segundo término, nosotros creemos que moderniza, en el sentido de que no fija vacunas específicas sino que establece que sea la autoridad de aplicación la que defina el calendario.

En cuanto al tema de los artículos 12 y 13, me parece que hay una confusión. Los incisos ahora están en el artículo 13, porque el 12 tal vez usted no lo tiene. Pero quiero aclararle que se ha vuelto a incorporar.

Lo importante es que quedan intactos los incisos del artículo 13, que según usted están en el artículo 12.

SRA. PRESIDENTA POLLEDO Voy a dar lectura del artículo 13 para que la diputada Carrizo se quede tranquila. Dice así: "El incumplimiento de las obligaciones previstas en los artículos 7º, 8º, 10 y 12 de la presente ley generará acciones de la autoridad sanitaria jurisdiccional correspondiente tendientes a efectivizar la vacunación, que irá desde la notificación hasta la vacunación compulsiva".

Así quedó redactado el artículo 13, que para usted es el antiguo artículo 12.

SRA. CARRIZO El artículo 12 tiene que ver con la certificación del cumplimiento del Calendario Nacional de Vacunación por parte de la responsabilidad parental. ¿Qué quedo de eso? Porque sé que se sacaron varios incisos.

SRA. PRESIDENTA POLLEDO No se sacó ningún inciso.

SRA. CARRIZO Disculpe, entonces.

SR. YEDLIN El artículo que discutimos fue el de la justificación de la inasistencia o llegada tarde de la persona que se vacuna o que vacuna a sus hijos. Agregamos que eso debe ser coordinado o autorizado por el empleador para que se ordene. Pero sería un criterio posible que se justifique la inasistencia por eso.

SRA. PRESIDENTA POLLEDO Tiene la palabra la señora diputada Raverta.

SRA. RAVERTA Señor presidenta: como integrante de la Comisión de Acción Social y Salud Pública, voy a hablar con la mirada puesta en la salud.

Este proyecto de ley para nosotros es muy importante. No solo cuenta con un dictamen de la Comisión de Acción Social y Salud Pública, sino también de la Comisión de Legislación General. Por lo tanto, ha sido mirado desde distintas perspectivas. Hoy estamos incluyendo la mirada de la Comisión de Presupuesto y Hacienda.

Se trata de un proyecto de ley muy importante. Tiene muchos antecedentes de discusión parlamentaria. Como ustedes saben, en 2012 se había obtenido la media sanción de un proyecto de ley de vacunas que finalmente no pudo ser tratado. Después, en 2016, distintos bloques han presentado este mismo proyecto de ley. Ha obtenido dictamen de la Comisión de Acción Social y Salud Pública, pero luego nuevamente se perdió la posibilidad de que llegara al recinto.

También surgieron otros proyectos de ley relacionados con vacunas desde distintos bloques políticos. Por estas razones, entendemos que es una iniciativa que tiene una mirada muy amplia y un nivel de consenso muy importante.

Como principales observaciones, en consonancia con lo que decía el autor del proyecto, se trata de un proyecto que deroga una ley vieja. No obstante, esa ley fue muy importante porque incorporó la idea de la obligatoriedad de las vacunas. Por lo tanto, en el artículo 33 que deroga la ley 22.909 queda de manifiesto que esta nueva norma supera y amplía lo establecido, porque nos da más garantías y derechos a los ciudadanos y ciudadanas argentinas.

Este proyecto de ley también establece que las acciones de vacunación son un bien social. Esto tiene que ver con la gratuidad, la obligatoriedad y la prevalencia del interés público por sobre el individual, con la garantía de exposición y aplicación de vacunas.

También declara la vacunación como interés nacional, y le otorga rango legal. Esto está vinculado con lo que se discutía recién en relación con el calendario obligatorio de vacunación.

A su vez, amplía los trámites en los cuales se pide el certificado de vacunación. Esto también es importante para nosotros, ya que se agrega a la presentación del DNI y demás documentación.

El proyecto crea el Registro Nacional de Población Vacunada y el Registro Nacional de Vacunadores Eventuales, así como habla sobre el consentimiento tácito para poder aplicar vacunas a aquellos niños cuyos padres, por ejemplo, no hayan declarado en la escuela que no pueden aplicarse vacunas. Entonces, los niños sin autorización podrían ser parte de la campaña de vacunación.

Asimismo, crea la Comisión Nacional de Inmunización, la Comisión Nacional de Seguridad de Vacunas, y declara que la ley es de orden público.

Además, este proyecto cuenta con numerosas notas de adhesión de sociedades científicas, como la Unicef, la Organización Panamericana de la Salud, la Fundación Huésped, la Sociedad Argentina de Inmunología y la Comisión Nacional de Inmunizaciones.

Digamos que tiene el aval de distintas organizaciones que también le dan un sustento importante a esta iniciativa.

Quiero referirme a la modificación que proponen al artículo 4º, que tiene que ver con la intangibilidad del presupuesto en relación con las vacunas, pues tenemos algunas cuestiones para señalar y nos parece que podemos plantear una disidencia con una argumentación importante.

En principio, no tenemos ningún indicador de la realidad que haga suponer que está partida presupuestaria, aprobada recientemente en relación con la vacunación, no vaya a ser modificada o alterada. En este sentido, no tenemos ningún indicador en los últimos tres años de este gobierno, pues las partidas han sido modificadas recurrentemente e incluso se han subejecutado.

No hay nada que nos garantice que efectivamente este presupuesto será destinado a la compra y a la aplicación de vacunas. Por lo tanto, nos parece importante alertar que de ser modificado este artículo nos coloca en una situación de riesgo.

Voy a hacer algunas consideraciones en dirección a esta cuestión. Lo primero que puedo decir es que en mayo de 2016, por resolución administrativa del entonces Ministerio de Salud, se elimina la Dirección Nacional de Control de Enfermedades Inmunoprevenibles y un año después se crea la Dirección Simple de Control de Enfermedades Inmunoprevenibles.

Por lo tanto, allí aparece un antecedente que no coloca como prioridad de la agenda de las políticas de salud el tema de la vacunación. Asimismo, cabe citar la demora del inicio de la campaña antigripal durante 2018, con faltantes de vacunas en algunas jurisdicciones habiéndose presentado pedidos de informes en la Comisión de Acción Social y Salud Pública. En este sentido, la presidenta de la Comisión podrá dar cuenta de eso.

También me referiré a la denuncia de faltantes de vacunas durante 2017-2018 por parte de jefes de programas provinciales de inmunización. Traje una nota pública -que seguramente ustedes habrán visto- firmada por los jefes provinciales de inmunizaciones de veintidós distritos, quienes previenen y alertan a toda la población sobre el faltante de vacunas. Esta nota está a la vista, por si alguien la quiere ver, pero todos la podemos buscar.

Otro tema que podemos mencionar como indicador de la preocupación y las prioridades de la Secretaría de Salud en relación con las campañas de vacunación tiene que ver con la disminución de coberturas de algunas vacunas en 2017.

Se puede observar una información oficial de la Secretaría de Salud que da cuenta de que la tercera dosis de la vacuna Sabin pasó de un 93 por ciento de cobertura en 2015 a un 85 por ciento en 2017. Por su parte, la Quíntuple, tercera dosis, pasó de un 94 por ciento en 2015 a un 88 por ciento en 2017, y la vacuna contra la Hepatitis A pasó del 90 por ciento al 87 por ciento. En el caso de la vacuna contra el neumococo pasó de un 82 por ciento en 2015 a un 78 por ciento en 2017. Por lo tanto, vemos que existe una disminución en la aplicación de las vacunas.

Otro tema para mencionar es la aparición de nuevos casos de sarampión así como también el retraso del inicio de la campaña de vacunación de sarampión y rubéola con baja cobertura.

El Ministerio de Salud y Desarrollo Social informó en agosto de 2017 sobre este faltante. De hecho, tenemos algunas notas que se refieren a esta cuestión. Por ejemplo, el diario La Nación publicó una nota titulada "Sarampión: solo la mitad de los chicos que lo necesita recibió el refuerzo de la vacuna".

Por otro lado, tenemos una presentación de la Secretaría de Salud, del Ministerio de Salud y Desarrollo Social de la Nación sobre una alerta respecto del aumento de casos de sarampión, extensión de la circulación viral y confirman catorce casos durante 2018. También es información oficial de la Secretaría de Salud.

Otra cuestión que nos ubica en esta situación de alerta y preocupación se vincula con que se ha postergado, pero hoy por hoy se trata de la eliminación, de la tercera dosis de la vacuna de neumococo para los chicos de 11 años. Aquí también vemos cómo disminuye la cobertura. En este sentido una comunicación oficial del 23 de agosto de 2018 pospone la dosis de 11 años hasta contar con la disponibilidad necesaria. Por lo tanto, pareciera no estar garantizada esa disponibilidad en forma oficial por parte de la Secretaría de Salud.

Por su parte, también nos preocupan algunas otras cuestiones del presupuesto aprobado hace pocos días. Los presupuestos de los programas -entre otros, los de prevención- de la Secretaría de Salud han disminuido notoriamente en las distintas áreas. Entonces, para nosotros es muy importante plantear una disidencia con la modificación del artículo 4°, dado que dicho artículo disponía la posibilidad de velar por que los ciudadanos argentinos contaran con un calendario de vacunación -más allá de su edad- que efectivamente contemplara las vacunas necesarias y en las dosis adecuadas en tiempo y forma.

Para nosotros la intangibilidad del presupuesto tiene una centralidad importante. Es por ello que planteamos una disidencia que propone la modificación de este artículo, que ya fue considerado en las comisiones de Acción Social y Salud Pública y de Legislación General, y fue aprobado de esta manera.

Solicitamos entonces que el artículo 4° quede en su redacción original de forma tal de poder tener la tranquilidad de que el presupuesto aprobado para vacunación sea utilizado para ese fin y no se modifique ni se transfiera a otra área de la gestión nacional.

SRA. PRESIDENTA POLLEDO Tiene la palabra la señora diputada Najul.

SRA. NAJUL Señora presidenta: después de haberlo tratado ampliamente en la Comisión de Acción Social y Salud Pública y de haber considerado los distintos proyectos y propuestas de mejora de esta iniciativa, estamos muy conformes con este despacho que vamos a firmar.

Este proyecto tiene un gran sentido federal al considerar la vacuna como bien social y al disponer la gratuidad, la obligatoriedad y la disponibilidad, no solamente de las vacunas sino también de todo otro material necesario para su aplicación, adquirido todo ello por el Ministerio de Salud y Desarrollo Social de la Nación y con llegada a las provincias.

Por su parte, se crean dos comisiones que para nosotros son fundamentales. Por un lado, una comisión de seguimiento de la vacunación, justamente para evaluar -en este país tan extenso, con realidades tan distintas en el interior, en las provincias y los municipios- si hay dificultades en la aplicación de las vacunas y, por otro lado, una comisión de seguimiento de lo que tiene que ver con el riesgo de algunas vacunas. Estos son dos hechos fundamentales.

Esta iniciativa ubica a la Argentina como uno de los países más avanzados en política de vacunación y, luego del agua potable, es la estrategia sanitaria más importante y que más vidas sana en el mundo.

Creo que contaremos con el calendario de vacunación más amplio y que, como bien decía el diputado Yedlin, abarca todas las edades, desde los más pequeños hasta nuestros adultos.

Es un orgullo para la Argentina este calendario que hemos ido construyendo a través del tiempo; por eso creo que, en general, es importante prever una progresividad en la implementación de los distintos trámites a los fines de que estas medidas no impliquen una dificultad.

Están previstas las sanciones para aquellos padres que no tengan actualizado el calendario de vacunación de sus niños, ya que no solamente les hacen mal a sus hijos sino también a toda la comunidad. La vacunación es un acto de solidaridad, ya que no solo protege a quien se vacuna sino a todos.

Quiero poner en valor el trabajo que han hecho tantos diputados para que este proyecto salga adelante y el consenso que hemos generado en una política prioritaria de salud. Ojalá en varios temas en la Argentina lográramos este tipo de consensos; creo que todos estaríamos mucho mejor.

SRA. PRESIDENTA POLLEDO Algunas diputadas han solicitado entregar un texto con sus disidencias. Nos han pedido que emitamos despacho hoy a las 20 horas, por lo que daremos tiempo hasta las 17 para que aquellos diputados o diputadas que quieran presentar algún texto en disidencia nos lo hagan llegar.

Si les parece bien, empezamos a pasar a la firma el texto porque nos tenemos que retirar en breve de esta sala. Todos tenemos un día bastante ajetreado.

Les agradecemos la presencia en esta reunión conjunta encabezada por la Comisión de Acción Social y Salud Púbica. Habiendo cumplido el objeto de la convocatoria, damos por finalizada la reunión.

Es la hora 14.