JUSTICIA

Comisión Permanente


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PROYECTO DE LEY

Expediente: 7047-D-2006

Sumario: CREACION DEL JUZGADO FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA CON ASIENTO EN LA CIUDAD CAPITAL DE LA PROVINCIA DE MENDOZA.

Fecha: 23/11/2006

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 180

Proyecto
CREACION DE UN JUZGADO FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA EN MENDOZA
ARTICULO 1º - Créase un Juzgado Federal de Primera Instancia Instancia, con asiento en la ciudad de Mendoza, provincia de Mendoza, el que se individualizará con el número cuatro (4).
ARTICULO 2º - El Juzgado que se crea por el artículo anterior funcionará con dos (2) secretarías, y tendrá competencia en materia civil, comercial, tributaria, contencioso-administrativa, laboral, previsión social, y toda otra cuestión de competencia federal, excepto penal. y competencia territorial sobre dicha provincia, excluida la porción de los departamentos de San Rafael, Malargüe y General Alvear.
ARTICULO 3º - Créanse los cargos de primera instancia en lo federal de juez, secretarios y empleados a que se refiere el anexo de la presente ley, los que deben ser cubiertos, en primer término, con los meritorios de la jurisdicción que están censados ante el Consejo de la Magistratura – si es éstos no son efectivizados con anterioridad – y en el orden establecido por la Resolución 314/06 de dicho Consejo y el Acta Acuerdo N° 14/2006 suscripta entre el Comité de Negociación de Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación y la Unión de Empleados de la Justicia Nacional.
ARTICULO 4º - A partir de la fecha de habilitación el nuevo juzgado entenderá exclusivamente durante un (1) año en las causas que se inicien, en la forma que disponga la Cámara federal de Apelaciones de Mendoza.
Sin perjuicio de ello, si la Cámara lo considera necesario, conforme a pautas de equilibrio en la distribución del trabajo y siempre que no perjudique el trámite de los procesos, podrá establecer que determinadas causas sean giradas para su tramitación al nuevo juzgado instituido.
ARTICULO 5º - El Consejo de la Magistratura remitirá las ternas de candidatos al Poder Ejecutivo nacional, por intermedio del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, dentro de los ciento veinte (120) días de la publicación de la presente.
ARTICULO 6º - La presente ley se aplicará una vez que se cuente con el crédito presupuestario necesario para la atención del gasto que su objeto demande, el que se imputará al presupuesto del Poder Judicial de la Nación, afectación que debe establecerse dentro de un plazo que no podrá exceder de ciento veinte días (120), desde la publicación de la presente, de conformidad con lo dispuesto por el artículo anterior.
ARTICULO 7º - Los magistrados, funcionarios y empleados que se designen para desempeñarse en los órganos judiciales sólo tomarán posesión de sus respectivos cargos cuando se dé la condición financiera precedentemente establecida..
ARTICULO 8º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En Mendoza existe sólo un juzgado federal de primera instancia con competencia múltiple, entiendiendo en materia civil, comercial, laboral y fiscal. Las distintas secretaría del Juzgado Federal N° 2 están abarrotadas de causas, provocando importantes demoras en la tramitación de los expedientes.
De esta situación da cuenta el El Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación, en el informe sobre la necesidad de creación Juzgados Federales del interior del país, aprobado por Resolución Nº 592/05, en cumplimiento de su mandato constitucional de promover todas las medidas tendientes a alcanzar una eficaz prestación del servicio de justicia.
Este estudio, que presenta un análisis por jurisdicción, para concluir en una lista de necesidades de creación de juzgados, tribunales salas o cámaras, según las prioridades establecidas, ha sido puesto en en conocimiento de ambas Cámaras del Congreso de la Nación y del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación por el Consejo de la Magistratura, como un elemento significativo para determinar las prioridades en la creación de juzgados, tribunales, salas o cámaras federales.
Desde la creación en septiembre de 1980 del Juzgado N°3, para entender en materia Penal, y ninguno de los dos juzgados con aquella competencia supera el índice de 1300 causas, considerado como límite para la buena gestión por el Concejo de la Magistratura.
Por el contrario, no se ha creado ningún juzgado federal de primera instancia en Mendoza desde esa fecha, a pesar de que se estableció que el promedio de causas ingresadas en el juzgado de competencia múltiple entre 1997 y 2003 fue de 10.447.
La creación de un Juzgado Federal de Primera Instancia con competencia múltiple excepto penal se encuentra señalada como una de las primeras prioridades de este informe. Con ello se reducirá el ingreso de nuevas causas al único Juzgado existente, lo cual reportará un considerable alivio a la saturación actual, redundando en la agilización de las causas en trámite y posibilitando mejorar la prestación del servicio de justicia que la sociedad reclama.
Por todo lo expuesto solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de Ley.-
Proyecto
No se encontró el texto.
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CORNEJO, ALFREDO VICTOR MENDOZA UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
JUSTICIA (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA