JUSTICIA

Comisión Permanente


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PROYECTO DE LEY

Expediente: 6548-D-2006

Sumario: CREACION DE LA COMISION NACIONAL DE RECUPERACION Y DEVOLUCION DE TIERRAS A LAS COMUNIDADES INDIGENAS, CON TITULOS DE PROPIEDAD EN EL PERIODO ENTRE LOS AÑOS 1860 A 1939.

Fecha: 02/11/2006

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 165

Proyecto
CREACION DE LA COMISION NACIONAL DE RECUPERACION Y DEVOLUCION DE TIERRAS A LAS COMUNIDADES INDIGENAS.-
Articulo 1) Crease la Comisión Nacional de Recuperación y Devolución de Tierras, la que estará conformada por representantes del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios; , Justicia y Derechos Humanos y Economía y Producción.-
Articulo 2): La citada Comisión tendrá por finalidad la evaluación y estudio de los títulos de propiedad que hubieran correspondido a las Comunidades Indígenas existentes en el país, y comprenderá el periodo que se extiende entre el 1º de Enero de 1860 y el 31 de Diciembre de 1939.-
Articulo 3) :La Comisión procederá a realizar una investigación profunda sobre las fracciones de tierra que hubieran correspondido a las Comunidades Indígenas, que se encontraban asentadas en los distintos territorios y realizará las acciones legales tendientes a otorgar los títulos de propiedad definitivos a las mencionadas Comunidades.-
Artículo 4): En caso de ser necesario procederá a declarar las tierras de utilidad pública y sujetas a expropiación de los verdaderos dueños, en caso de corresponder, realizando las adecuaciones presupuestarias para llevar adelante las mismas.-
Artículo 5): Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


A partir de la segunda mitad del Siglo XX el Estado Nacional en connivencia con el capital británico y los sectores oligárquicos, utilizaron diferentes mecanismos legales, proporcionados arteramente para apropiarse en forma absolutamente indebida de las tierras de sus verdaderos dueños.-
Los que mas sufrieron esta expropiación fueron las distintas Comunidades Indígenas , que desde siglos vivieron en dichas tierras, las trabajaron, las cultivaron, y pasaron de generación en generación, pero nunca tuvieron acceso a títulos de propiedad que fueran completos como para poder repeler una acción desmedida por parte de estos grupos económicos.-
La parte quizás mas anhelada por el capital extranjero, fue el sur de nuestro país, lugar donde su ubicaron diversas comunidades y grupos étnicos indígenas, que fueron soportando hasta donde pudieron el embate de estos grupos económicas, hasta llegar a sucumbir frente a su poder financiero, y debieron abandonar los lugares de asentamiento, donde habían pasado generaciones enteras y habían crecido sus hijos y sus descendientes, mudándose a otros lugares con el consiguiente perjuicio que ello le ha generado.-
En virtud de ello, se torna necesario que a través de una investigación profunda la Comisión que se intenta crear realice un estudio de los títulos de propiedad de los distintos asentamientos donde estas Comunidades Indígenas habitaron en el periodo de 1860 a 1939 y en virtud de ello, le devuelva a sus verdaderos dueños estas extensiones de terreno, lo que permitirá no solo cumplir con una obligación del Estado, sino también realizar un acto de estricta justicia social.-
Conforme lo determina el articulo 75 inciso 17 existe una obligación constitucional hacia el Congreso de la Nación en el sentido de reconocer la existencia étnica y cultural de los pueblos indígenas y reconocer no solo la personería jurídica de los mismos, sino también la posesión y propiedad de las tierras que tradicionalmente ocupaban y regular, a la vez la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano.-
De allí que se ha creado recientemente el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas, que es el encargado de realizar las adjudicaciones gratuitas a las Comunidades Indígenas.- Este Instituto, debe trabajar a la par de la Comisión que por la presente se intenta crear, para que ésta le indique cuales son las tierras y los asentamientos que deben ir entregando a las Comunidades Indígenas una vez detectadas las porciones que tradicionalmente les correspondía, y otras que antes poseían y que ahora por imperio de los distintos avatares han dejado de pertenecer a las mismas, por lo que se mencionó anteriormente, o sea el despojo que sufrieron en tiempos anteriores y en manos del capitalismo británico.-
Es una cuestión de estricta justicia cumplir con esta manda constitucional, por parte de este Congreso, y de allí es que se impone una obligación no solo natural, sino legal, en el sentido de estudiar profundamente los títulos de propiedad, desde el momento mismo en que estos nacieron para detectar a través de ello, los despojos sufridos y remediar legalmente esta injusticia.- Una vez detectado ello, se deberán dictar los instrumentos legales correspondientes, para proceder a la devolución de las tierras a sus verdaderos dueños mediante los mecanismos que correspondan, realizando las adecuaciones presupuestarias pertinentes para llevar adelante la expropiación y la entrega a las comunidades que realmente son los verdaderos dueños de las tierras.-
Por todo lo expresado, solicito de mis pares, el acompañamiento del presente proyecto.-
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
SOLANAS, RAUL PATRICIO ENTRE RIOS FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
POBLACION Y DESARROLLO HUMANO (Primera Competencia)
JUSTICIA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 5658-D-08