JUSTICIA
Comisión Permanente
Of. Administrativa: Piso P04 Oficina 423
Secretario administrativo DRA VILLARES MARIANA
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 5203-D-2006
Sumario: CREACION DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCION DEL DELITO Y LA VIOLENCIA., EN EL AMBITO DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DE LA NACION.
Fecha: 07/09/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 126
Artículo 1°: Créase, en el
ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, el
Consejo Nacional para la Prevención del Delito y la Violencia.
Artículo 2°: Los objetivos
generales del Consejo son:
- Promover la seguridad de
los individuos y sus comunidades.
- Generar planes y
programas de prevención del delito y de reducción de los índices de
inseguridad existentes en la comunidad.
- Desarrollar y planificar una
política antidelictiva integral y coherente que se aplique tanto en el ámbito
nacional, como en el provincial y local.
- Desarrollar planes que se
orienten hacia las causas de la delincuencia, las oportunidades para cometer
hechos delictivos y las condiciones que dejan expuestas a las personas a ser
víctimas de tales situaciones.
- Desarrollar esquemas de
trabajos participativos que involucren no sólo a los organismos policiales y
judiciales, sino a representantes comunitarios de las distintas instituciones,
públicas o privadas, interesadas en la materia.
- Diseñar medidas de
mediano y largo plazo, orientadas a generar cambios de fondo en el sistema
educacional, policial y judicial, y en las políticas de asistencia y promoción
social.
Artículo 3°: El Consejo
Nacional para la Prevención del Delito y la Violencia estará presidido por
el Ministro de Justicia y Derecho Humanos de la Nación e integrado
por:
- Un representante del
Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.
- Un representante del
Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación.
- Un representante de la
Secretaría de Seguridad Interior de la Nación.
- Un representante de la
Secretaría de Derechos Humanos de la Nación.
- Un representante de la
Secretaría de Justicia y Asuntos Penitenciarios de la Nación.
- Un representante de las
Facultades de Derecho de las Universidades Nacionales designado por el
C.I.N.
- Un representante de las
Facultades de Ciencias Sociales de las Universidades Nacionales designado
por el C.I.N.
- Un representante designado
por la Federación Argentina de Colegios de Abogados.
- Un representante de la
Junta Federal de Cortes Supremas de Justicia.
- Un representante de la
Corte Suprema de Justicia de la Nación.
- Tres representantes
designados por el Consejo Federal de Seguridad Interior.
- Tres representantes de cada
una de las Cámaras de Senadores y Diputados de la Nación, designados con
una mayoría especial de 2/3 de los votos de los miembros integrantes de cada
Cámara.
- Un representante de la
Policía Federal Argentina.
- Un representante de la
Secretaría de Inteligencia del Estado.
- Un representante de la
Gendarmería Nacional.
- Un representante de la
Prefectura Naval Argentina.
- El Defensor del Pueblo de
la Nación.
- Un representante de la
Procuración General de la Nación.
- Un representante designado
por acuerdo de las Organizaciones No Gubernamentales de Defensa y
Promoción de los Derechos Humanos, de carácter nacional.
- Un representante designado
por acuerdo de las Organizaciones No Gubernamentales de Promoción y
Ayuda Social, de carácter nacional.
- Un representante designado
por acuerdo de las Organizaciones No Gubernamentales con representación
nacional relacionadas con la temática de la lucha contra el delito.
En todos los casos, los
integrantes del Consejo deberán ser profesionales, especialistas e
investigadores de reconocida trayectoria en las siguientes áreas: Derecho,
Justicia, Seguridad, Sociología, Educación, Promoción y Asistencia
Social.
Los antecedentes de cada uno de
los designados deberán ser publicados en el Boletín Oficial de la Nación.
Artículo 4°: El Consejo
Nacional para la Prevención del Delito y la Violencia tendrá las siguientes
funciones:
- Asesorar y formular
recomendaciones a las autoridades del Gobierno Nacional y de los Gobiernos
Provinciales y Locales, en materia de prevención del delito y seguridad
pública.
- Fomentar la elaboración de
planes nacionales de prevención.
- Mantener informado a los
gobiernos acerca de los principales avances en materia de prevención y
seguridad, pudiendo proponer direcciones y prioridades.
- Elaborar y brindar
información a la comunidad acerca de las tendencias existentes en el país en
materia delictiva, así como experiencias en prevención y medidas de
seguridad ante el delito.
- Estimular las
responsabilidades cívicas, en el entendimiento de que el problema delictivo
debe ser abordado como un problema de todos.
- Cooperar con las
autoridades provinciales, locales y asociaciones públicas y privadas del sector
en la elaboración e implementación de programas preventivos.
- Fomentar el interés y la
participación de los ciudadanos y de los gobiernos locales en materia
preventiva, incentivando la conformación de asociaciones en los ámbitos
federal, provincial y local.
- Fomentar el surgimiento de
respuestas comunitarias especialmente orientadas a los grupos de mayor
riesgo: niños, jóvenes, mujeres, personas pertenecientes a la tercera edad y
discapacitados, entre otros.
- Diseñar e impulsar planes y
medidas de acercamiento y coordinación entre las fuerzas policiales de las
diversas jurisdicciones, y entre éstas y la comunidad.
- Elaborar propuestas
orientadas a la rehabilitación y reintegración de los infractores de la ley, en
particular, de los infractores juveniles.
- Incentivar la participación
ciudadana y la creación de espacios de articulación entre la sociedad civil, el
gobierno y las autoridades policiales y judiciales, permitiendo un alto grado
de compromiso de la comunidad en la realización de las actividades
preventivas.
- Brindar asistencia técnica y
entrenamiento a las comunidades locales.
- Elaborar diagnósticos y
evaluaciones de las políticas, esquemas de trabajo, planes y programas
implementados en materia de seguridad y prevención delictiva.
- Confeccionar un mapa del
delito.
- Diseñar planes de
mejoramiento y gestión de los cuerpos policiales.
- Formular propuestas de
reformulación de la organización del sistema de justicia y de los códigos de
procedimiento.
- Formular alternativas
orientadas a brindar asistencia a las víctimas de delitos y testigos.
Artículo 5°: Para garantizar el
efectivo cumplimiento de sus funciones, el Consejo Nacional para la
Prevención del Delito y la Violencia gozará de las siguientes
atribuciones:
- Diseñar, emitir y/o
formular dictámenes, propuestas, proyectos, programas y planes, así como
elaborar proyectos de leyes nacionales, provinciales y ordenanzas; por
iniciativa propia o por encargo de las autoridades gubernamentales.
- Encargar estudios e
investigaciones a grupos especializados, universidades, centros de
investigación, profesionales, entre otros.
- Encargar la realización de
encuestas sobre victimización y estadísticas referidas a esta problemática.
- Elaborar materiales
educativos sobre prevención, campañas publicitarias, y cualquier otra
estrategia orientada a la concientización de la comunidad.
- Implementar cursos de
perfeccionamiento y entrenamiento destinados a organismos públicos,
organizaciones de la sociedad civil y grupos juveniles, entre otros.
- Realizar encuentros,
jornadas, seminarios y congresos sobre la materia.
- Generar centros de
información, archivos y/o bibliotecas para las autoridades y para la
comunidad; crear un banco de datos de experiencias exitosas en prevención
delictiva.
Artículo 6°: El Consejo
sesionará periódicamente, a través de convocatoria realizada por su
Presidente, debiendo celebrar, al menos, una reunión por mes. También
podrá convocarse de urgencia por nota firmada por la mayoría de los
miembros.
El Consejo podrá dictar su
propio Reglamento Interno de funcionamiento; sus dictámenes,
recomendaciones o resoluciones serán válidas con el voto afirmativo de la
mayoría absoluta de sus miembros.
Los miembros del Consejo se
desempeñarán ad-honórem, pudiendo solo fijar una compensación de gastos
de traslados y estadía para los miembros no residentes en la Ciudad de
Buenos Aires que, en ningún caso, podrá exceder la suma de mil pesos
($1.000.-) mensuales.
Artículo 7°: Facúltese a la
Jefatura de Gabinete de Ministros a producir las adecuaciones presupuestarias
necesarias tendientes a garantizar lo establecido en la presente ley, en especial
las destinadas a solventar los gastos de funcionamiento, personal afectado al
Consejo, realización de estudios, investigaciones, estadísticas, encuestas,
gastos de traslados y estadía para sus miembros, etc.
Artículo 8°: Comuníquese al
Poder Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El delito es un fenómeno multicausal y
complejo y es por ello que pretender que los índices delictivos sean reducidos con
decisiones simplistas, es el primer problema que debe enfrentar una estrategia
"antidelictiva".
Muchas son las voces que manifiestan
que el delito será reducido sólo a través de una eficaz política criminal traducida
en un endurecimiento de las penas y un aumento de las medidas represivas.
Si se piensa en medidas de corte
represivo para terminar con el delito, se debe saber que el sistema penal - las
leyes penales y la justicia penal - es el último de los mecanismos de control social
y actúa tarde, cuando el daño ya se ha producido y cuando han fracasado todas
las otras instancias.
La justicia penal llega después de la
comisión del delito y de ninguna manera puede reparar el daño que se ha
causado (la muerte, la violación, las lesiones.)
Pretender que la "ley penal" por sí sola
va a ser una eficaz instancia de prevención delictiva es otro error común - y
simplista -. La experiencia indica que el aumento de las penas, por sí solas, en
ningún país sirvió como estrategia para reducir los índices de criminalidad.
Nadie - entre quienes delinquen - va
a dejar de hacerlo porque la ley imponga una pena mayor porque, a la vez, nadie
- entre quienes delinquen - lo hace motivado porque una ley penal es "benigna" o
"permisiva".
Los motivos por los que una persona
delinque (las causas del delito) son variados y, siempre, complejos. Entre otros
podemos enumerar:
1. Falta de acceso igualitario a la
educación y al mercado laboral.
2. Existencia de disparidades
económicas que se traducen, finalmente, en condiciones de vida
inadecuadas.
3. Presencia de altos índices de
violencia, discriminaciones, intolerancia y un sentimiento generalizado de
desesperanza.
4. Violencia y conflictos existentes en
las familias y en los colegios, en particular, el maltrato a menores.
5. Existencia de zonas de extrema
pobreza en la periferia de las grandes ciudades, lo que también tiene relación con
la existencia de un diseño urbano inadecuado.
6. Consumo abusivo de drogas y
alcohol.
7. Carencias enfrentadas durante los
primeros años de vida: falta de vigilancia y supervisión, rupturas familiares,
abusos y traumas.
8. Dificultades en la educación, como
desarrollo de conductas problemáticas en la escuela, ausentismo y, en particular,
deserción escolar.
9. Falta de alternativas para los
jóvenes, ya sean de estudio, laborales o formativas; mal uso del tiempo libre.
10. Presencia de problemas en
cuanto al funcionamiento de los organismos policiales y los órganos de
justicia.
11. Existencia de una
descoordinación en la comunidad en la manera de cómo abordar el problema
delictivo.
Una política "antidelictiva" tiene que
poner el acento, en primer lugar, en la prevención, y no solo en la represión.
Una política de prevención delictiva
tiene que tomar en cuenta las múltiples causas que llevan al delito y debe actuar
sobre ellas.
La enumeración que realizamos es
solo tentativa, basada en diversos estudios teóricos e investigaciones
provenientes del ámbito académico y de otras experiencias internacionales.
Debemos reconocer que, en realidad,
en nuestro país sabemos poco sobre las causas del delito.
Las estadísticas, los índices delictivos
carecen de confiabilidad y precisión, es muy difícil encontrar información
sistematizada sobre el tema y el propio Estado carece de diagnósticos serios.
Las políticas públicas en materia de
prevención y represión del delito raras veces son evaluadas y no existen
organismos o agencias estatales que estudien e investiguen sistemáticamente
sobre las causas del delito y las estrategias para prevenirlo.
Se carece de ámbitos de debate
abiertos, plurales y participativos, que permitan la interpretación del problema
incorporando a mayor cantidad de actores.
En consecuencia, la comunidad no
tiene posibilidades reales de participar en la definición de políticas públicas en
esta materia; tampoco la sociedad civil cuenta con mecanismos de control
eficaces.
A esto debemos agregar que no hay
campañas de prevención de la delincuencia; sólo medidas esporádicas y, en
muchos casos irreflexivas, generadas, en su mayoría, ante hechos que
conmueven a la opinión pública y los funcionarios viven improvisando sobre la
materia.
Ante estas falencias, el objetivo del
presente proyecto apunta a la creación de un ámbito conformado por el Consejo
Nacional para la Prevención del Delito y la Violencia y pretende constituirse en un
"espacio inteligente" o de "banco de información y de ideas" que den sustento a
las políticas públicas en la materia.
El Plan Federal de Seguridad
presentado por el Gobierno Nacional tiene una virtud: complejiza el problema
delictivo y propone una acción coordinada en diversas áreas - esto más allá de la
consideración que cada uno realice sobre las medidas en particular -.
Pero ese mismo Plan, tiene una gran
falencia: fue generado entre las cuatro paredes de un despacho de la Casa
Rosada y realizado como acto reflejo ante la movilización popular producto del
"Caso Blumberg", elaborando, de esta forma, una respuesta improvisada y sin
fundamentos estadísticos o doctrinarios suficientes.
Si repasamos la experiencia
internacional, podremos comprobar que los países que afrontaron con seriedad el
problema se vieron obligados, en determinado momento y ante el crecimiento de
los índices delictivos, a implementar políticas preventivas integrales, que fueron
diseñadas por espacios similares al que proponemos a través del presente
proyecto.
En estos países, la creación de tales
instancias trajo aparejado un vuelco profundo en las políticas públicas en la
materia que, con el correr de los años, se tradujeron en una disminución de los
índices delictivos.
EXPERIENCIAS
INTERNACIONALES
Canadá:
A principios de la década del '90, en
respuesta a la creciente inquietud por el problema delictivo, el gobierno
canadiense organizó y auspició tres conferencias referentes a esta materia, la
última de las cuales fue el "Simposium Nacional en Seguridad y Prevención del
Crimen", llevado a cabo en Toronto, en marzo de 1993, el cual congregó a más de
250 delegaciones de grupos y comunidades, tanto gubernamentales como no
gubernamentales, que manifestaron interés en permanecer vinculados e
informados de las actividades que se llevaran a cabo en este tema.
Para cumplir con esta labor de
traspaso y permanente información en el tema preventivo, el ministro de justicia
estableció un comité consultivo, "Ad Hoc Advisory Committee on Community
Safety and Crime Prevention", encargado de asesorarlo y guiarlo en el desarrollo
de esquemas nacionales de trabajo que pudieran aplicarse en distintas áreas
relacionadas con el tema de seguridad y prevención. Este Comité fue integrado
por 28 miembros que habían participado del tercer simposium organizado por el
gobierno canadiense.
En 1993, el comité, en conjunto con el
Ministerio de Justicia y el Fiscal Nacional, realizaron el reporte denominado
"Prevención Delictiva en Canadá. Hacia una Estrategia Nacional" (informe
conocido como "Horner Report").
Posteriormente, en 1994, se anunció la
nueva "Estrategia Nacional sobre Prevención Delictiva y Seguridad Comunitaria",
que incluía la creación de un Consejo Nacional de Prevención de la
Delincuencia, compuesto por 25 profesionales representantes de diversas áreas,
entre ellas, expertos en el tema de jóvenes, abogados, trabajadores sociales,
oficiales de policía, voluntarios y representantes del mundo empresarial.
El Consejo Nacional de Prevención
de la Delincuencia se creó como organismo independiente, para desarrollar
estrategias que fomentaran las acciones llevadas a cabo por los individuos y las
comunidades, con miras a mejorar su seguridad y bienestar.
El nuevo esquema de trabajo llevado a
cabo por el consejo hizo hincapié en el desarrollo social como elemento central
para prevenir y combatir el crimen, orientando su acción hacia el desarrollo de
conductas que permitieran un comportamiento social adecuado. Asimismo, la
labor del Consejo se centró, fundamentalmente, en las causas desencadenantes
de la delincuencia, ya que una clara identificación de las mismas permitiría una
acción más eficiente y dirigida.
El Consejo Nacional de Prevención
de la Delincuencia funcionó como cuerpo asesor del ministerio federal
encargado de los temas de justicia. Centró su accionar preventivo en el desarrollo
social, especialmente de niños y jóvenes. Estableció las diferencias existentes
entre una experiencia temprana en el tema de la delincuencia y una reacción
posterior.
La institución, además, ha publicado
una serie de documentos en temas delictivos y, además, aparece como soporte y
ayuda de los comités parlamentarios en temas preventivos.
La creación del Consejo permitió,
también, mantener informado al gobierno acerca de los principales avances en
esta materia, pudiendo proponer direcciones y prioridades.
El Consejo promovió, asimismo, el
trabajo en equipo en las comunidades y la creación de redes de información para
generar un contacto fluido entre los diferentes esfuerzos.
Estados Unidos:
Debido a los fuertes aumentos en las
tasas de delincuencia durante la década de los años ochenta, se aplicó en el país
una estrategia que centró sus esfuerzos, principalmente, en fomentar la
participación comunitaria en el desarrollo y puesta en marcha de programas
preventivos que respondieran a las necesidades locales.
En este marco, diferentes autoridades
vinculadas a áreas gubernamentales (Oficina de Asistencia Judicial, de
Programas Judiciales y Secretaría de Justicia), del comercio, de la policía y
líderes del sector laboral, determinaron, en el año 1978, la creación de la
"Campaña Nacional de los Ciudadanos para la Prevención de la Delincuencia",
cuyo símbolo fue el perro de la delincuencia llamado "Mc Gruff".
Cabe agregar la creación, en 1977, de
un grupo de trabajo especializado en el tema preventivo, conformado por
representantes del Ministerio de Justicia, de la Oficina Federal de Inteligencia
(FBI) y de instituciones policiales, que se traduciría años tarde en la creación del
órgano conocido como "Coalición para la Prevención de la delincuencia"
(Crime Prevention Coalition), institución creada en 1980 y que, en la actualidad,
cuenta con 136 representantes de entidades distintas y cuya misión principal es el
fomento de la educación cívica de las personas y de la participación ciudadana
activa y coordinada en la lucha contra la delincuencia.
Para 1982, la campaña de Mc Gruff
era conocida por más de la mitad de la población norteamericana, lo que hizo
necesaria la creación de un órgano mayor, que pudiera hacerse cargo de la
coordinación y financiamiento de la iniciativa, dándose origen al "Consejo
Nacional para la Prevención de la Delincuencia", entidad privada sin fines de
lucro, que se financia - en la actualidad - con aportes federales (de las áreas de
Justicia, Vivienda y Desarrollo Urbano), corporaciones y fundaciones privadas, así
como contribuciones de particulares.
A lo largo de los años, este organismo
ha ido asumiendo diferentes funciones asociadas al tema preventivo, entre ellas,
entrega de asistencia técnica y entrenamiento de las comunidades locales,
desarrollo de programas juveniles innovadores, aplicación de planes pilotos en
materia de prevención de drogas, etc.
Se ha señalado que esta institución ha
permitido incluir dentro de la concepción de prevención delictiva, temáticas hasta
entonces ajenas, tales como salud pública, bienestar social y calidad de vida.
En general, se ha logrado estructurar
las actuaciones del Consejo de la siguiente manera:
- Acciones orientadas a la reducción
de los factores de riesgo que exponen a las personas a ser víctimas de delitos;
y,
- Acciones de fomentan la
participación ciudadana en iniciativas que apuntan a las causas desencadenantes
de estos problemas.
Inglaterra:
A finales de los años sesenta existía
gran preocupación en Inglaterra por el tema delictivo, organizándose, para
abordar dicho problema, una comisión permanente ("Standing Conference on
Crime Prevention", creada en 1966), que agrupó a representantes del mundo
empresarial y del comercio, sindicatos y jefes de policía.
Esta iniciativa se vio reforzada con la
creación, en 1983, de la Unidad de Prevención del Crimen en el seno del
gobierno, específicamente del Ministerio del Interior.
Luego, en 1986, - y ante el continuo
incremento en los índices delictivos- se creó el grupo interministerial de trabajo en
materia de prevención antidelictiva, responsable de la creación del organismo
encargado de prestar asesoría y capacitación en esta materia: el Consejo de
Formación ("Crime Prevention Training College") y, además, el Consejo Nacional
para la Prevención de la Delincuencia ("National Board for Crime Prevention"),
creado en el año 1988.
Este Consejo era dirigido por el
Ministerio del Interior y reunía representantes de sectores estratégicos tales como
empresarios, autoridades locales, policías, oficiales del servicio de libertad
vigilada, voluntariado y medios de comunicación.
Este organismo en el año 1995 pasó a
denominarse "Agencia de Prevención de la Delincuencia" (CPA o Crime
Prevention Agency).
Esta nueva Agencia agrupó el Consejo
Nacional, al Consejo de Formación y a otros organismos nacionales
existentes.
La Agencia fue concebida para
generar mecanismos adecuados de participación, junto con el desarrollo de
esquemas locales de prevención antidelictiva.
Además, entre las funciones se
encuentran:
- Conocimiento y divulgación de las
mejores experiencias en el tema de prevención delictiva y de reducción de los
niveles de temor.
- Iniciación, desarrollo y promoción
de experiencias exitosas e innovadoras en diferentes localidades.
- Asegurar la participación de la
ciudadanía en general y fomentar el trabajo conjunto con organizaciones
gubernamentales, civiles, voluntarias, empresariales y policiales.
- Asesorar a los representantes
gubernamentales en la fijación de políticas y estrategias orientadas a revertir este
problema.
Francia:
A finales de los años setenta y ante el
crecimiento del problema delictivo, se aplicó una política que apuntaba a evitar la
comisión de este tipo de actos mediante una tendencia más bien represiva, que
fortaleció los mecanismos tradicionales de control, como la policía y el sistema de
justicia criminal.
A principios de los ochenta, ante la
persistente alza de la actividad criminal, se puso en marcha una estrategia que
abordaría no sólo los aspectos de control antes enunciados, sino también
aquellos relativos a factores sociales desencadenantes de estas conductas; entre
ellos se puso especial énfasis en lo relativo a la promoción del desarrollo social en
cada comunidad, donde el tema juvenil desempeñó un papel preponderante.
En concreto, en el año 1976 se creó la
denominada "Comisión Peyrefitte" como respuesta al incremento de la actividad
delictual y a la preocupación existente en la comunidad por los crímenes
violentos.
Los diversos análisis realizados por
este grupo de expertos permitieron establecer que la situación de mayor
criminalidad obedecía al deterioro del nivel socioeconómico. Por otra parte, se
llegó a la conclusión de que los mayores índices de violencia obedecían a
situaciones personales de vida, relacionadas con experiencias negativas que
requerían de esquemas de tratamiento más que sanciones de reclusión.
A partir de esta experiencia se creó el
Consejo Nacional de Prevención de la Violencia cuyas principales metas
fueron el desarrollo de políticas nacionales, para lo cual se formularon
recomendaciones a las distintas autoridades de los gobiernos centrales y locales
y a todas las instituciones relacionadas; el fomento de la cooperación entre
autoridades locales, el sector voluntariado y el sector privado; el fomento de la
creación de Consejos Locales en las ciudaddes; la creación de grupos
especializados en distintas materias, según las necesidades, por ejemplo: grupos
de mediación.
Los fondos asignados a esta entidad
permitieron llevar a cabo diferentes programas e iniciativas mediante contratos
que se celebraban con las autoridades locales o con instituciones relacionadas
con el tema, que se encargaban de aplicarla.
Años más tarde, en 1981, coincidiendo
con el cambio gubernamental en Francia, se dio inicio a un nuevo esquema de
prevención y control delictivo, desarrollado por la comisión conocida como
"Commission Bonnemaison", de la cual surgieron dos principios básicos:
- La necesidad de redistribuir y repartir
los recursos y herramientas para hacer frente a la criminalidad e inseguridad,
entendiendo que la actuación de los organismos policiales sólo constituye parte
de la solución.
- La necesidad de adaptar las
respuestas a las realidades concretas de cada lugar, fomentando el principio de
descentralización.
De acuerdo con este nuevo enfoque,
pudo establecerse que era insuficiente el tradicional acercamiento al problema a
partir de reformas introducidas en materias de justicia criminal y policía, y que era
necesario avanzar en otras direcciones: existencia de malas relaciones familiares,
pobreza, desempleo, exclusión social y estado de ocio entre los jóvenes,
conductas que se exacerbaban aún más con la presencia de drogas y
alcohol.
En esta nueva modalidad se creó el
Consejo Nacional de Prevención del Crimen (el 8 de junio de 1983) y cuya
dirección correspondió al Primer Ministro.
Como forma de dar aplicación a
criterios descentralizadores se establecieron Consejos Departamentales de
Prevención y, en las ciudades, Consejo Comunales o Consejos de Ciudad de
Prevención del Crimen, integrados por los principales representantes locales.
En cada uno de estos cuerpos,
coexistieron tres ámbitos de representación distintos: representantes de cuerpos
policiales; autoridades comunales y representantes de las distintas áreas de la
administración gubernamental (salud, educación y justicia, fundamentalmente); y
representantes de la ciudadanía en general, entre los cuales se encontraban los
vecinos, las organizaciones voluntarias, de comerciantes y otras.
No obstante la efectividad de la nueva
estrategia (con eje en lo social), hacia finales de los años ochenta, la estructura
en la cual operaba el sistema preventivo en Francia comenzó a enfrentar un
problema de des-coordinación entre las iniciativas impulsadas por el gobierno
central (fundamentalmente, a través del Consejo Nacional) y las impulsadas por
los organismos locales o Consejos Comunales.
Tras algunas evaluaciones, el
esquema operativo fue reestructurado, mediante la fusión de la Comisión
Nacional para la Prevención del Crimen y el Consejo Nacional para el Desarrollo
de los Barrios (que nucleaba los Consejos Comunales y Barriales), dando origen
al organismo conocido como "Delegación Interministerial para las Ciudades".
En este nuevo esquema surge un
enfoque de trabajo que intenta delegar mayores facultades e iniciativas al ámbito
local, por medio de financiamientos provenientes de la autoridad central.
En consideración de lo
expuesto, Sr. Presidente, es que solicito el acompañamiento del
presente proyecto de ley, con la convicción que el mismo contribuirá en
la disminución de uno de los principales flagelos que en el presente
agobian a la sociedad argentina: la inseguridad creciente.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
STORERO, HUGO GUILLERMO | SANTA FE | UCR |
CHIRONI, FERNANDO GUSTAVO | RIO NEGRO | UCR |
LEYBA DE MARTI, BEATRIZ | CORDOBA | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
JUSTICIA (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |