JUSTICIA
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 3044-D-2006
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LOS CARGOS DE DIRECTORES VACANTES EN LA "UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA -UIF-", EL PRESUPUESTO ASIGNADO Y PERSONAL PERMANENTE.
Fecha: 07/06/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 66
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional para que a través del organismo correspondiente informe lo siguiente:
- Si el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación procedió a llamar en tiempo y forma a concurso para la provisión de dos cargos de directores de la Unidad de Información Financiera (UIF), vacantes ante la finalización del mandato de quienes fueran elegidos en concurso público. Asimismo, en función de su respuesta explique los pasos dados en tal sentido.
- Si se ha procedido a reemplazar a estos funcionarios electos en concurso público mediante nombramientos decididos por el Poder Ejecutivo Nacional en oposición a lo normado por la ley 25.246. En caso de una respuesta afirmativa, se informe nombre y currículo de los mismos.
- Si no se tuvo en cuenta al momento de no decidir la prórroga del mandato de los directores cuyo vencimiento operó el 15 de mayo del corriente año que se dejaba sin posibilidad de funcionar legalmente al órgano de conducción de la UIF, dado que el mismo necesita un quórum mínimo de tres miembros para tomar cualquier decisión.
- Cuál es la asignación presupuestaria prevista y el herramental operativo necesario de la UIF.
- Si es verdad que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos no ejecuta los fondos asignados, lo que provoca que el Ministerio de Economía reduzca año a año el presupuesto para dicha unidad. De mediar una respuesta afirmativa, se explique los motivos por los que no se ejecutaron los mismos.
- Cuál es la cantidad de personal con planta permanente de la UIF
- Cuales son los motivos por los cuales se suspendieron la totalidad de los concursos para dotar con personal de planta a la UIF.
- Si es verdad que existe en estudio de un proyecto de ley por parte del PEN, tendiente a modificar el directorio de la UIF, dejando de lado el artículo 8, inciso "G" de la Ley 25.246 que establece que los mismos serán nombrados mediante concurso público de oposición y antecedentes. De ser así se informe cuales son los fundamentos para tal modificación.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Unidad de Información Financiera fue creada para investigar las operaciones sospechosas de lavado de dinero y para ello este Cuerpo sancionó la Ley 25246 otorgándole autarquía. Sin embargo, ésta pareciera estar a punto de desaparecer de ser ciertas las informaciones que sostienen que el PEN estaría elaborando un proyecto de ley para modificar su directorio. Vale la pena recordar que dicho organismo hasta hoy se encuentra dirigido por un directorio de profesionales técnicos en la lucha contra el lavado de dinero que fueran elegidos, todos ellos, por concurso de oposición y antecedentes según estipula la mencionada ley en su artículo 8 inciso "G".
De hecho, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos se encuentra en falta en tanto aún no llamó a la sustanciación del concurso correspondiente a fin de ocupar los 2 (cargos) vacantes en el Directorio de la UIF ante la finalización sus mandatos operado el pasado 15 de mayo. Más aún, el Ministerio en cuestión no procedió a la prorroga de los mandatos de los directores hasta el llamado a un nuevo concurso dejando sin posibilidad de funcionar legalmente al órgano de conducción ya que el mismo necesita de un quórum mínimo de tres miembros para tomar cualquier decisión.
En casi tres años de actuación, la Unidad de Información Financiera recibió 1014 reportes de operaciones sospechosas, de los cuales 133 tuvieron resolución, pero sólo 64 llegaron con fundamentos a la Justicia para que se profundizaran las investigaciones de presunto lavado de dinero. Existen además 764 casos en la UIF pendientes de resolución. La falta de alguna condena firme a los casos sospechados podrían hacer suponer una falta de operatividad de la mencionada repartición, pero, en realidad el nudo crítico de los problemas operativos es una consecuencia directa de la falta voluntad política para dotar a esa unidad de la asignación presupuestaria prevista y el herramental operativo necesario.
Esto último es claramente comprobable en tanto vemos como anualmente el Ministerio de Economía reduce el presupuesto de la UIF ya que Justicia no ejecuta los fondos asignados oportunamente que, en el año 2002 rondaba los 2.8 millones. Así mismo, hasta el día de hoy el organismo no cuenta con personal de planta permanente dado que los concursos respectivos fueron suspendidos por medio de una resolución ministerial por razones de "mérito, oportunidad y conveniencia", vale preguntar entonces ¿cuándo estarán dadas la oportunidad y la conveniencia?
Por otra parte y, como consecuencia del lento trámite que la provisión de recursos tanto humanos como físicos se le otorga a esa unidad, gran parte del personal está trabajando bajo la forma de "planta transitoria" y el resto por simples contratos, con lo cual la situación de inestabilidad del personal atenta contra las condiciones básicas con que debe contar cualquier técnico que deba investigar hechos y/o personas frecuentemente vinculadas con el poder.
Esta última situación se agrava todavía más por cuanto tampoco se ha decidido confirmar aún esa planta transitoria que se encuentra vencida desde hace un par de meses, en un contexto similar para los contratados por locación de servicios. No se sabe, de esta manera, por cuanto tiempo dicho personal podrá seguir percibiendo sus haberes y, más aún, desempeñando sus funciones.
Es por esto, señor Presidente que de llevarse a cabo una modificación en la constitución del Directorio del organismo en oposición a lo normado por la ley sustituyéndolo por
funcionarios políticos designados en forma directa por el PEN tal como se anticipara en la última "Cumbre contra el Financiamiento del Terrorismo" organizada por el BCRA, en la cual los funcionarios del área sostuvieron que a fin de dotar de mayor celeridad a la lucha contra el lavado de dinero y el terrorismo, el nuevo directorio de la UIF estaría integrado por un Presidente y un Vicepresidente, asesorados en forma no vinculante por un conjunto de asesores de los ministerios de Economía y Justicia, la AFIP, SENDRONAR, BCRA y CNV. Del mismo modo sostenemos que no sería razonable desvirtuar la Ley 25.246 que le dio origen teniendo en cuenta que nuestro país conforma junto a otros 30 países el FATF-GAFI, organismo que supervisa y califica a todos los países sobre la implementación sobre lavado y financiamiento y, previendo el mismo en su recomendación 26 que los países deberán tener una UIF como organismo central nacional para estos temas.
Las reuniones organizadas por esta Cámara, nos dan una idea acabada de la consecuencia de colocar funcionarios designados en forma directa por el poder de turno en un organismo que tiene el deber, entre otras obligaciones, de controlar los activos de aquellos que pudieran destinarlos al financiamiento de las campañas electorales.
Es nuestra función velar para que la UIF cumpla en forma acabada con su función básica de investigación en tiempo y forma y para ello debemos controlar que disponga de los recursos económicos y humanos necesarios a su función y por lo tanto deberemos ser celosos de su autarquía.
Por lo arriba expuesto es que le solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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ZOTTOS, ANDRES | SALTA | RENOVADOR |
SOSA, CARLOS ALBERTO | SALTA | RENOVADOR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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