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Comisión Permanente

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Secretario Administrativo SRA. MASTRANGELO LORENA GLORIA

Jefe SRA. SARA GABRIELA M

Martes 16.00hs

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  • FINANZAS

Reunión del día 08/11/2012

- REFORMA INTEGRAL DEL RÉGIMEN DE OFERTA PÚBLICA (LEY 17.811)

INVITADOS

  • señor Diego Estevez Director Ejecutivo de Mercado Abierto Electrónico.
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los ocho días del mes de noviembre de 2012, a la hora 13 y 20:
SR. PRESIDENTE FELETTI Continúa la reunión conjunta de las comisiones de Finanzas y de Presupuesto y Hacienda convocada para considerar el proyecto de ley contenido en el expediente 0004-pe-2012, sobre reforma integral del régimen de la oferta pública instituido por la ley 17.811, que pasara a cuarto intermedio el pasado martes.

Antes de comenzar con las exposiciones, dada la cantidad de personas que hoy nos visitan la Presidencia solicita a quienes hagan uso de la palabra que acoten sus presentaciones a un plazo razonable. Pido concretamente que cada expositor no utilice más de diez minutos para expresar su punto de vista.

Hechas estas consideraciones, queda abierta la ronda de exposiciones.

Tiene la palabra el señor Diego Estévez, director ejecutivo de Mercado Abierto Electrónico.

SR. ESTÉVEZ Señor presidente: en primer lugar, agradezco esta oportunidad para intercambiar algunas ideas con los señores diputados sobre un tema tan relevante como la modificación de la ley sobre mercado de capitales.

En Mercado Abierto Electrónico nos sentimos muy motivados y entusiasmados con esta nueva iniciativa; la consideramos una verdadera reparación histórica, ya que la ley actualmente vigente fue dictada en la época de la dictadura y lleva ya varios años.

En todo este tiempo ha habido muchas asimetrías en los mercados que, desde nuestro punto de vista, han sido injustas. Por ejemplo, Mercado Abierto Electrónico siempre se rigió por una resolución de la Comisión Nacional de Valores dictada en la época de la desregulación; concretamente, cuando el señor Martín Redrado era presidente de la CNV; nunca tuvimos un reconocimiento institucional mayor que ése. Siempre decimos que la supervivencia de MAE, pese a representar el mercado de bonos de renta fija más importante de la Argentina, está atada a una resolución y, por lo tanto, sujeta a los vaivenes políticos de turno. Por lo tanto, contar con un instrumento legal con cuerpo y espíritu de ley, es realmente muy positivo.

El enfoque que se está dando al tema en este contexto, claramente está alineado con las tendencias mundiales; concretamente con los lineamientos de la IOSCO, del G-20 y de la Task Force en materia de prevención del lavado de dinero, cuestión que muchos países consideran pendiente de resolución. De alguna manera, en muchas cosas ha comenzado a ponerse blanco sobre negro.

En cuanto al proyecto de ley en consideración, entiendo que la autorregulación es uno de los puntos centrales. Es un tema que seguí muy de cerca, sobre todo a partir de la crisis mundial de 2008, porque fue en ese momento cuando se pudo tener cabal noción de la poca ductilidad de los mercados en el mundo para adaptarse a un contexto de autorregulación.

Concretamente, el concepto de autorregulación fracasó; los Estados Unidos, España y Brasil tienen, entre otros países, esquemas muy parecidos al que plantea esta iniciativa. Por lo tanto, no es algo que veamos mal sino todo lo contrario; como dije antes, responde a las tendencias mundiales.

Si bien no es nuestra intención cambiar a fondo los 156 artículos del proyecto, humildemente me gustaría acercar algunas ideas en relación con cuatro de ellos. Las modificaciones no se refieren al contenido global de la iniciativa y tampoco a su redacción; simplemente se trata de pequeños agregados para adecuar algunas tendencias que se están dando en el mercado y que, a mi entender, están siendo soslayadas.

Nuestra propuesta no sólo tiene en cuenta la preservación del interés del pequeño inversor y la transparencia del sistema -aspectos a los que se hace referencia en el mensaje que acompaña el proyecto de ley del Poder Ejecutivo-, sino que además adecua los criterios preventivos de la Comisión Nacional de Valores y de los propios mercados, a efectos de buscar consistencias con el nuevo proyecto de reforma de los códigos Civil y Comercial de la Nación que en estos momentos es debatido en este Honorable Congreso.

Los puntos a los que quiero referirme son básicamente los siguientes.

El artículo 40 de la iniciativa en consideración, referido a la garantía de las operaciones, al establecer: "Cuando un mercado garantice el cumplimiento de las operaciones o tenga a su cargo la liquidación de las concertadas en su seno..." sólo plantea dos alternativas para el agente: que se encuentre en concurso preventivo o bien declarado en quiebra.

Mi experiencia como director ejecutivo de MAE, me lleva a la conclusión de que hay otras. Nosotros, como mercado, y la Comisión Nacional de Valores, como ente regulador, muchas veces vemos venir el tsunami y entendemos que es necesario actuar con celeridad.

Por eso, porque entendemos que hay otras alternativas además del concurso preventivo o la declaración en quiebra, queremos proponer que a continuación de la expresión "declarado en quiebra" se agregue: "...o cuya capacidad de pago se vea afectada por cualquier otra circunstancia de conformidad con los procedimientos previstos en los respectivos reglamentos aprobados por la Comisión Nacional de Valores."

En otras palabras, nuestra sugerencia es que el órgano de contralor tenga un margen de maniobra un poquito mayor ante circunstancias que escapan a la declaración en quiebra o al concurso preventivo. El artículo 40 del proyecto continúa diciendo: "Si de la liquidación y la aplicación de la garantía respectiva resultase un saldo a favor del concursado o fallido lo depositará en el juicio respectivo."

Si al señor diputado Feletti le parece bien, por secretaría dejaremos en la comisión nuestros aportes.

SR. PRESIDENTE FELETTI Por supuesto; de todas maneras, los escuchamos.

Continúa en el uso de la palabra el señor Estévez.

SR. ESTÉVEZ Señor presidente: otro artículo sobre el que también quiero hablar es el 45, referido al fondo de garantía. Dice así: "Los mercados deben constituir un fondo de garantía para hacer frente a los compromisos no cumplidos por sus agentes, originados en operaciones garantizadas..."

En este punto permítaseme introducir la figura del fideicomiso de garantía, una modalidad que cada vez se generaliza más. Creo que todos los aquí presentes podemos convenir que el fideicomiso se ha transformado en un instrumento muy importante en los últimos años y que lo seguirá siendo en el futuro aún mucho más, sobre todo cuando se trata de alentar el ahorro del pequeño y mediano inversor.

Para el caso de los mercados, nuestra propuesta es agregar al artículo el siguiente texto: "Los mercados deben constituir un fondo de garantía que podrá organizarse bajo una figura fiduciaria..." -que es el fondo de garantía- "...o cualquier otra modalidad que resulte aprobada por la Comisión Nacional de Valores."

Como podrán advertir los señores diputados, tanto en la modificación propuesta para este artículo como en la que leí anteriormente para el artículo 40, dejamos siempre todo supeditado a la aprobación de la Comisión Nacional de Valores. No nos apartamos del espíritu de la ley; simplemente pedimos que se agregue un instrumento a fin de que tanto el organismo de contralor como nosotros, como mercado, podamos movernos con mayor precisión.

Otro artículo al que también quiero referirme es el 111, que ya figura en la ley vieja, como yo suelo decirle. Si bien es cierto que la Comisión Nacional de Valores nunca nos exigió mayores precisiones, en este artículo hay un punto relacionado con la publicidad de las operaciones.

El artículo 111 dispone: "La identidad del valor negociable, la cuantía, el precio y el momento de perfeccionamiento de cada una de las operaciones realizadas en un mercado, así como la identidad de los agentes habilitados por el correspondiente mercado que hubieran intervenido en ellas y el carácter de su intervención deberían encontrarse desde el momento en que se produzcan a disposición del público." Es decir que comprende hasta al agente que interviene.

Que se difundan las partes que participan en tiempo real en una operación puede ser complicado, sobre todo, cuando se manifiestan tendencias declinantes fuertes o se produce una burbuja hacia arriba; tal como ocurrió con la crisis de 2008. El hecho de que en el mercado haya distintos operadores que estén comprando todos juntos al mismo tiempo o vendiendo en forma simultánea, genera fuerzas sinérgicas de cotización hacia abajo o hacia arriba que, como mercado, debemos evitar.

Lo que planteo a la comisión es que el artículo debe tener una redacción un poco más atenuada y debería finalizar diciendo "...que deberán encontrarse a disposición del público, la identidad del valor negociable, la cuantía, el precio y el momento de perfeccionamiento." O sea que el artículo debería concluir allí sin agregar nada más, tal como se viene haciendo hoy día.

Mi preocupación surge de la crisis de 2008 cuando los robots disparaban en los grandes mercados compras en forma acelerada. Esto fue motivo de debate en los grandes foros técnicos y académicos, sobre todo, en Estados Unidos y Europa, cuando se espiralizaban los precios hacia abajo o hacia arriba, motivados por la percepción de una estrategia de dos o tres grandes compradores o vendedores. Tal como está redactado el proyecto, puede dar lugar a estos fenómenos.

Por último, y para no aburrirlos con tecnicismos, quiero hacer un comentario respecto del artículo 36 y la potestad que tiene la Comisión Nacional de Valores en relación con la fijación de aranceles. Dice así: "Serán libres los derechos y aranceles que perciban por sus servicios los mercados, sujetos a los máximos que establecerá la Comisión Nacional de Valores,...".

Este un tema controvertido. Históricamente usar la expresión "tarifas máximas" o "precios máximos" siempre fue un tema controversial. Yo voy a lo siguiente: en el caso específico del MAE muchos de ustedes sabrán, otros no, que somos exportadores de tecnología a nueve mercados. Exportamos la plataforma tecnológica. Somos el mayor exportador de plataforma tecnológica a Latinoamérica, y si Dios quiere vamos a transformarnos en el estándar de Latinoamérica. Por lo tanto, nosotros compramos muchos insumos importados y tecnología importada para poder exportar. Teniendo en cuenta que el tipo de cambio se está devaluando al 15 o 20 % y los costos de tecnología suben a esa velocidad, tengo miedo de que si la Comisión Nacional de Valores nos pone un precio máximo, destruya la capacidad de exportar, porque en definitiva estoy importando tecnología, pero también exportando a los mercados.

A mi juicio, humildemente propongo corregir la expresión "precios máximos" reemplazándola por la expresión "sujetos a la aprobación de la Comisión Nacional de Valores". Insisto en que reemplacemos la expresión "precios máximos" por "sujetos a la aprobación de la Comisión Nacional de Valores".

Con esto culmina nuestro aporte y si les parece bien voy a girar estos comentarios a la comisión.

SR. PRESIDENTE FELETTI La Presidencia agradece que nos entregue este material así queda a disposición de los señores diputados para su análisis.

Tiene la palabra el presidente del Mercado de Valores de Buenos Aires, señor Mario Bagnardi.

SR. BAGNARDI Ante todo quiero agradecer que nos brinden esta oportunidad para hacer aportes al proyecto de ley.

En principio, creo que la iniciativa iría hacia un esquema similar al que funciona internacionalmente. Creo que también va a brindar una oportunidad de formar un mercado más abarcativo. Sin embargo, tenemos algunas observaciones puntuales que formular.

En el artículo 19 del proyecto, hay una cantidad de puntos que vulneran el derecho de defensa ante un poder, a nuestro humilde juicio, excesivo en manos de la Comisión Nacional de Valores.

Es así que el inciso a) otorgaría a la Comisión Nacional de Valores la facultad de aplicar sanciones en forma directa e inmediata. Esto supone que la CNV podría aplicar sanciones sin la sustanciación de un sumario en el cual el posible infractor pudiera defenderse y ofrecer pruebas.

También en el inciso i) se establecen facultades de declarar irregulares e ineficaces a los efectos administrativos los actos sometidos a su fiscalización, sin un sumario previo, lo cual también vulneraría el derecho de defensa y el debido proceso.

Se confiere a la Comisión Nacional de Valores facultades de ejercicio disciplinario que actualmente están en manos de los mercados. Este poder, en el marco internacional, está en manos de organismos independientes que están formados por autoridades de comisiones de valores o SEC -Securities and Exchange Commission-, pero también otros actores independientes, como pueden ser abogados de renombre, miembros del Banco Central, etcétera.

Los artículos 30 y 51 disponen que los mercados y agentes registrados deberán abstenerse de funcionar cuando incurran en cualquier incumplimiento. No se llega a comprender el alcance de esta norma, ya que sería bastante ilógico que el propio sujeto a quien se le pudiera imputar una infracción por sí mismo deje de actuar.

En el artículo 46 sería importante agregar la potestad de los mercados de delegar la conformación de un tribunal arbitral al cual se hace referencia, que debe estar en el ámbito de cada mercado, en otra entidad calificada. El tribunal arbitral hoy existe dentro del ámbito de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, es muy reconocido y sería muchísimo más práctico que se pudiera delegar esta tarea en estas instituciones y no formar otra.

El artículo 94 exige que los mercados deban tener un boletín oficial. Esto en la actualidad también lo tienen las bolsas en general, sobre todo la Bolsa de Comercio de Buenos Aires. También sería mucho más práctico que esto fuera delegable.

En el artículo 132 se enumeran las sanciones y procedimientos administrativos, otorgando la facultad de establecer multas, lo cual genera un cierto temor dentro de los participantes del mercado por la actuación de la Comisión Nacional de Valores tendiente a obtener fondos para su propio funcionamiento.

Creemos que sería conveniente que la ley expresamente establezca que los actuales actores de los mercados -agentes, sociedades de bolsa y demás participantes- sean inscriptos automáticamente en los registros llevados por la Comisión Nacional de Valores.

Por último, pedimos que se establezca un período de adaptación a todas estas normas; que el sistema sancionatorio previsto en el presente proyecto se asimile al régimen que está establecido en la ley de entidades financieras, en el cual se respeta el derecho de defensa y el debito proceso previo a la aplicación de una sanción.

SR. PRESIDENTE FELETTI Tiene la palabra el presidente de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, señor Adelmo Gabbi.

SR. GABBI Señor presidente: en nombre de los socios y de los trabajadores de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, agradezco profundamente a los señores diputados que nos brinden esta oportunidad para hacer algunas consideraciones en relación con el proyecto de ley sobre mercado de capitales.

Antes de explicar nuestra postura pido disculpas, porque el mensaje escapará un poco a la técnica legislativa. Trataré de ceñirme a los diez minutos de que dispongo para exponer, y espero en ese tiempo no aburrirlos con la historia.

La Bolsa de Comercio de Buenos Aires es la entidad bursátil con mayor cantidad de socios en el mundo; actualmente tiene aproximadamente cuatro mil. Fue organizada como una sociedad particular en 1854, conforme con el modelo seguido por las pocas pero grandes bolsas existentes en aquella época. Cuando años más tarde se sanciona el Código de Comercio, la Bolsa se adapta a sus disposiciones y cambia su estructura por la de una sociedad mercantil.

Posteriormente, en 1904 -el año en que llegó mi abuelo de Italia a Venado Tuerto, provincia de Santa Fe, para juntar maíz-, la Bolsa de Comercio de Buenos Aires se transforma en sociedad anónima. Funciona como tal durante prácticamente toda su historia, hasta que en 1969 sacrifica -bien digo: sacrifica- su tipo jurídico para convertirse en una asociación civil sin fines de lucro y colaborar no sólo en la implementación del nuevo régimen de oferta pública -la ley 17.811, actualmente vigente- sino también en el afianzamiento del nuevo rector del mercado de capitales: la Comisión Nacional de Valores.

Es decir que durante algunos años, allá por 1870, la Bolsa de Comercio de Buenos Aires no tuvo ningún tipo de regulación. Luego, fue el Banco Central de la República Argentina el ente regulador, hasta que en 1969, sólo a efectos de contribuir con la creación de la Comisión Nacional de Valores, se transforma en una asociación civil sin fines de lucro.

Hoy nos encontramos frente a la propuesta de un nuevo diseño del mercado de capitales argentino como parte relevante del sistema financiero. Estamos absolutamente de acuerdo con las consideraciones efectuadas en el mensaje que acompaña al proyecto de ley acerca de que los mercados financieros -precisamente los mercados de capitales- cumplen un rol fundamental en la economía, ya que sin ninguna duda actúan como intermediarios de dos variables clave: el ahorro y la inversión.

Desde la Bolsa de Comercio de Buenos Aires no tenemos dudas sobre ese punto. Es más; estamos convencidos de que existe un círculo virtuoso entre el desarrollo económico de un país y el grado de solidez, amplitud y profundidad de su sistema financiero, especialmente en lo que respecta al mercado de capitales. Por eso damos la bienvenida a esta iniciativa y al desafío de mejorar los mecanismos tendientes a garantizar un mercado de capitales aún más transparente, de potenciar la confianza en dicho mercado y de lograr que sea propicio para captar el ahorro, que debe ser destinado prioritariamente al afianzamiento del desarrollo económico con inclusión social.

¿Cómo no ser entusiastas frente al objetivo de impulsar un mercado de capitales activo y robusto que canalice los ahorros hacia la inversión productiva, permitiendo el abaratamiento del financiamiento y la extensión de los plazos?

Las inquietudes que los redactores del proyecto de ley han plasmado en sus fundamentos, parecen ser la lectura del permanente quehacer de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires.

No me detendré en las infinitas muestras de las actividades que nuestra entidad, como protagonista de ese círculo virtuoso, realiza para canalizar el ahorro hacia la producción, sino que simplemente diré por qué camino logra ese objetivo: la inversión productiva.

Podemos recordar el sinnúmero de empresas que llegaron a la Bolsa de Comercio de Buenos Aires siendo pequeñas o medianas, y que luego de recibir el aporte de miles de inversores generaron empleo, salarios, dividendos, recursos impositivos, etcétera, y se convirtieron en grandes empresas argentinas. Generaron, en definitiva, riqueza para nuestra Nación.

Desde 1854, la Bolsa de Comercio de Buenos Aires ha contribuido a la obtención de recursos para el financiamiento de miles de pequeñas y medianas empresas. Cuando participamos en reuniones celebradas a nivel internacional por distintas bolsas del mundo, podemos demostrar que la nuestra es la que mayor cantidad de pequeñas y medianas empresas financia.

Hasta el día de ayer, la Bolsa de Comercio de Buenos Aires ha financiado a 10.526 empresas con un monto que supera los 27.000 millones de pesos. Es un proceso que comenzó en 2003, cuando las pymes -sobre todo las del interior del país- descontaban sus cheques de pago diferido en las denominadas "cuevas" informales que les cobraban altísimas tasas de interés.

En julio de ese año, a pedido de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, el entonces presidente de la Nación firmó un decreto de necesidad y urgencia referido a la cotización de los cheques de pago diferido. A partir de ahí, nuestra entidad empezó a canalizar la inversión hacia esas pequeñas y medianas empresas.

Las tasas de interés que comenzaron a pagarse en aquella época, al igual que ahora, eran las más bajas del mercado. Casi parecían subsidiadas, pero la realidad era que el extraordinario cumplimiento de las pequeñas y medianas empresas respecto del pago de sus cheques generó una confianza que enriqueció el mercado. En los últimos cinco años -esto podemos demostrarlo perfectamente- no se cayó un solo cheque.

A partir de la sanción de la ley 17.811, ha sido la Bolsa de Comercio de Buenos Aires quien aceptó la carga de controlar el cumplimiento de las normas legales.

Así verificamos si las empresas emisoras, que cotizaban cualquier tipo de valor en nuestro ámbito, cumplían con el reglamento. Hemos sido la garantía de imparcialidad en nuestra actividad, en nuestra institución. No existe la posibilidad de conflicto de intereses. La adopción de las decisiones de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires le han dado prestigio nacional e internacional y es ampliamente reconocido.

El pronunciamiento legal y estatutario de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, de acuerdo con lo que determina el artículo 30 de la ley 17.811, le impone cumplir con el respaldo de un dictamen votado por un mínimo de nueve miembros, un cuerpo deliberativo integrado por socios inversores, profesionales idóneos, autoridades de la propia Bolsa, autoridades del Mercado de Valores, representantes de las cámaras relacionadas con la actividad, como la Cámara de Sociedades Anónimas, la de Fondos Comunes de Inversión, la de Inversores, la de Agentes y Sociedades de bolsa, cuyos intereses contrapuestos en todos los temas que se someten, eliminan la posibilidad de conflicto de intereses.

La excelencia de la labor de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires fue explícitamente reconocida por el Estado y por la Comisión Nacional de Valores al requerirle, hace ya muchos años, la colaboración en la tarea de control del cumplimiento normativo, a través de convenios que se firmaron hace veinte años, y que hoy están absolutamente vigentes en la práctica.

Quiero decir que en los cuarenta años de regulación de la Comisión Nacional de Valores, en los muchísimos años anteriores de regulación del Banco Central de la República Argentina, la Bolsa de Comercio de Buenos Aires nunca fue sancionada, nunca fue sumariada, nunca fue llamada su atención, porque siempre ha cumplido con lo que se le pedía dentro de los reglamentos.

Entendemos importante poner de relieve que la actividad desarrollada por la Bolsa en cumplimiento con la normativa 17.811 no resulta en esencia un régimen de autorregulación como muchas veces se conoce, y como muchas veces inclusive yo equivocadamente lo he mencionado.

La Comisión Nacional de Valores no ha cedido ni un ápice en el pleno ejercicio de su poder de policía sobre la Bolsa ni sobre las emisoras cotizantes. La Comisión Nacional de Valores tiene siempre el poder de policía.

Estos antecedentes son los que no le permiten a los socios de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires entender por qué en el diseño del nuevo mercado de capitales el proyecto de ley no reserva ni un mínimo espacio para la actuación de la institución pionera del mercado de capitales argentinos.

El trabajo de colaboración con la tarea de la Comisión Nacional de Valores que desarrollan cientos de profesionales formados por la Bolsa en sus 158 años de vida, es el que no permite entender tampoco a esos trabajadores idóneos por qué en el nuevo diseño del mercado de capitales que se proyecta no hay espacio para su desempeño.

La Bolsa ha colaborado con la Comisión Nacional de Valores, ha contribuido con su labor, no ha especulado con su actividad, no se considera obstáculo para la modernización ni para la actualización del mercado de capitales de nuestro país, y por lo tanto quiere ser parte de la solución encarada.

Creemos entender perfectamente la ecuación del ahorro hacia la inversión productiva, como lo demuestran las actividades de impulso y fomento a la actividad socio-productiva del interior del país.

Hemos ido a financiar fideicomisos sociales a Cusi Cusi, a siete kilómetros de la frontera con Bolivia, en el norte jujeño. Hemos financiado pymes en Tierra del Fuego, y nos damos el lujo de decir que hay pymes de todas las provincias argentinas y también de la Capital Federal, que se financian en nuestra casa.

Creemos que es importante, justo y necesario que la institución pionera de la Argentina en el quehacer bursátil no quede fuera de esta norma. Por eso, solicitamos la inclusión de un artículo -como lo han hecho la mayoría de las leyes de modificación de los mercados de valores de Latinoamérica- que diga algo así como la ley 27.649 del Perú, que en su artículo 1° establece: "Transformación de las bolsas. Las bolsas podrán transformarse en sociedades anónimas previo acuerdo de la asamblea de asociados."

Venimos a pedir que nos dejen recuperar nuestra identidad, la que mantuvimos por más de cien años. Ustedes se podrán preguntar: ¿qué quieren? ¿Hacer una bolsa para competir con los demás? De ninguna manera. Queremos hacer una bolsa inclusiva, una bolsa que respete los intereses y los derechos de todos los argentinos. En esa bolsa tenemos los brazos abiertos para incluir al interior, a la Capital y a todos aquellos que quieran ser incluidos.

Con respecto a la norma propiamente dicha, creo que es imprescindible que los actuales agentes, las actuales sociedades de bolsa y demás participantes de todos los mercados de valores -el de la Capital, el de la provincia de Buenos Aires y también los del interior- se inscriban automáticamente en los nuevos registros llevados por la Comisión Nacional de Valores. Son idóneos; han demostrado honestidad; han demostrado capacidad. ¿Por qué no tienen la entrada directa al nuevo régimen?

Así como también, que el sistema sancionatorio previsto en el presente proyecto se asimile al régimen estipulado en la ley de entidades financieras, el cual respeta el derecho de defensa y el debido proceso previo a la aplicación de una sanción.

Les pido disculpas porque a lo mejor mi discurso es emotivo y está lejos de ser un mensaje de técnica legislativa, pero llevo cuarenta y siete años caminando la Bolsa de Comercio de Buenos Aires. Tenemos en nuestra institución doscientos profesionales que son orgullo del país y del mundo. Recibimos en nuestra casa becarios de bolsas del mundo, inclusive de las más importantes, que vienen a estudiar cómo cumple con los reglamentos nuestra vieja, nuestra querida, nuestra moderna Bolsa de Comercio de Buenos Aires.

SR. PRESIDENTE FELETTI Antes de seguir con la lista de oradores quería preguntar a los señores Bagnardi y Gabbi si van a dejarnos por escrito sus propuestas de modificaciones, sobre todo el señor Bagnardi, que mencionó varios artículos.

SR. GABBI Después los acerco a la comisión, señor presidente.

SR. PRESIDENTE FELETTI Tiene la palabra el señor diputado Prat-Gay.

SR. PRAT-GAY Quisiera hacer una pregunta al doctor Gabbi. ¿La primera propuesta de las últimas dos que usted plantea es permitir a las bolsas que decidan o no ser sociedades anónimas?

SR. GABBI En realidad, no he estudiado el resto de las bolsas, porque hay que tener en cuenta que las bolsas o asociaciones civiles que hay en todo el país son el orgullo de cada ciudad.

Veo en esta reunión a diputados rosarinos, quienes saben qué significa la Bolsa de Comercio de Rosario -que ha cumplido 130 años de vida- y la Bolsa de Comercio de Santa Fe. También sabemos lo que simbolizan las bolsas de comercio de La Plata, de Córdoba y de Buenos Aires.

Podría decirse que nuestra entidad ha sido una sociedad comercial toda la vida. Dejó de serlo, con mucho disgusto, cuando se sacrificó para poder ser parte de la ley 17.811; es decir, para que la Comisión Nacional de Valores se transformara en ente regulador. Ese fue el único motivo por el que se sacrificó.

En suma, queremos volver a la situación anterior; o sea, a la que tuvo lugar entre 1854 y 1904, cuando éramos una sociedad comercial. Luego, entre 1904 y 1969, fuimos una sociedad anónima, y a partir de 1969 una asociación civil sin fines de lucro. En este punto, considero fundamental remarcar la importancia de los socios de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, quienes perdieron su dinero en pos de contribuir a la aplicación de la ley sobre mercado de capitales, una norma que fue y continúa siendo trascendente si tenemos en cuenta la cantidad de dinero que pasa por las bolsas de comercio de todo el país.

Nuestra propuesta es que, similarmente a la Ley de Mercado de Valores del Perú, haya un artículo que establezca lo siguiente: "Transformación de las bolsas de comercio. Aquellas bolsas que se encuentren constituidas como asociaciones civiles se transformarán, a los efectos del cumplimiento de esta ley, para operar como mercados en sociedades anónimas, previo acuerdo de la asamblea general de sus asociados."

No sé si con esta explicación he respondido a la pregunta del señor diputado Prat-Gay.

SR. PRESIDENTE FELETTI Tiene la palabra el señor diputado Prat-Gay.

SR. PRAT-GAY Señor presidente: la pregunta está respondida, y en línea con lo manifestado por el señor presidente de la Comisión de Presupuesto y Hacienda les pido que nos hagan llegar sus propuestas. Técnicamente, creo que lo que corresponde es entregarlas a la Comisión de Finanzas; si bien en este momento no está presente su presidente, yo estoy en su reemplazo y puedo afirmar que lógicamente compartiremos la información ambas comisiones.

SR. PRESIDENTE FELETTI Tiene la palabra el presidente de la Bolsa de Comercio de Bahía Blanca, señor Carlos Alberto Arecco.

SR. ARECCO Señor presidente: quiero comenzar agradeciendo, nobleza obliga, este gesto de la Cámara de Diputados de la Nación de invitar a quienes desde hace muchos años somos los actores del mercado de capitales en la Argentina, para expresar nuestras opiniones sobre este proyecto de ley.

Asimismo, deseo manifestar mi alegría por las posiciones proactivas expuestas por quienes me precedieron en el uso de la palabra, respecto a que esta iniciativa contará con su apoyo técnico y sus aportes para transformarse en una ley que contribuya a mejorar el mercado de capitales.

No tengo duda alguna acerca de que el mercado de capitales es una herramienta infaltable para el desarrollo de toda economía moderna. La República Popular China, por ejemplo, ha utilizado este instrumento para impulsar su economía y su industria.

Desde el punto de vista técnico, sobre el que ya se ha expuesto muy claramente, es importante que exista un debido proceso previo a la posible sanción o análisis de las conductas de las bolsas y de los actores del mercado de capitales.

Por otra parte, deseo expresar la alegría que siento al escuchar que la Bolsa de Comercio de Buenos Aires -que es la bolsa rectora, con más de un siglo y medio de vida- está abierta a participar en una transformación jurídica del mercado de capitales que, sin duda, contribuirá a reforzar el crecimiento de todos los argentinos.

Por otra parte, me permito decir a los señores diputados que de la mano de esta iniciativa, que definitivamente va a ampliar la cantidad de operadores que deberán cumplir con las garantías y capacitación requeridas, piensen en si no sería prudente y pari passu a al proyecto establecer condiciones atractivas para que el mercado de capitales se transforme en una herramienta que pueda favorecer el desarrollo de la economía.

En la década del sesenta, el gobierno nacional tomó la decisión de que en nuestra Bolsa cotizaran más de seiscientas empresas. Posiblemente, las normas que permitieron ampliar y facilitar la apertura del mercado de capitales respecto de las bolsas tengan que ser adaptadas a las nuevas necesidades.

Por eso apoyamos la idea de que junto con este proyecto de ley, que amerita ser analizado y enriquecido con muchas opiniones, se considere la posibilidad de que desde el gobierno nacional se recreen las condiciones para que el mercado de capitales crezca. En su momento se trató del diferimiento del impuesto a las ganancias; hoy quizás habría que ver cuál sería la mejor herramienta.

Es un punto muy importante; tanto como que el espíritu de esta norma es lograr un mercado de capitales con más actores, más protagonistas y más mostradores, como asimismo una mayor cantidad de productos que puedan cotizar en los mercados ya establecidos y en aquellos que se deban modificar. Una cosa irá de la mano de la otra.

SR. PRESIDENTE FELETTI Tiene la palabra el presidente de la Bolsa de Comercio de Tucumán, señor Luis Garretón.

SR. GARRETÓN Señor presidente: en nombre de la Bolsa de Comercio de Tucumán y, de alguna manera, también del norte argentino, expreso nuestro beneplácito por la posibilidad de acceder a un gran mercado de capitales.

Quiero comenzar mi exposición diciendo que la nuestra es una Bolsa sin mercado. Por ende, tiene una característica muy especial: fue creada precisamente por la necesidad de solucionar, no sólo en la provincia sino también en la región, los problemas derivados de los cientos de miles de pequeños cañeros que hace años fueron indemnizados con bonos que no tenían ninguna posibilidad de ser canalizados. A ellos debemos agregar las decenas de miles de parientes de desaparecidos que recibieron indemnizaciones y necesitaban tener un lugar donde depositar o manejar ese capital.

Menciono sólo esto por no hablar de la cantidad de actividades de la región, especialmente la azucarera y la citrícola, que no tenían la posibilidad de canalizar sus recursos u obtener financiamiento.

En ese escenario, nuestra Bolsa se encontraba ante la oportunidad de recibir depósitos. Tenía su cuenta comitente, pero lamentablemente la barrera para acceder al mercado de capitales era muy grande. Primero, había que ser accionista de un mercado, lo que tornaba muy difícil -y en algunos casos casi absolutamente imposible- el ingreso. Segundo, había que canalizar todo a través de una sociedad de bolsa.

Sin aquel primer requisito, nosotros venimos a plantear la posibilidad de que nuestras pequeñas bolsas sean asimiladas a los agentes de bolsa para que puedan ingresar al mercado de capitales.

Por otra parte, consideramos muy importante la posibilidad de que nuestros productos -en especial el warrant azucarero, que en la provincia de Tucumán prácticamente financia la actividad- tengan la posibilidad de ser canalizados en un mercado que permitirá solucionar los graves problemas derivados de una industria que genera sus productos en cuatro o cinco meses y después debe canalizarlos en doce, con lo cual sufre un quiebre en el financiamiento.

La posibilidad de contar con un producto de esta naturaleza en un gran mercado facilitaría la fluidez de la llegada de capitales, si se quiere lograr transparencia en el costo del financiamiento de la actividad azucarera, lo cual es muy importante, y podría agregar otros productos vinculados con la actividad citrícola o las economías regionales. Esto es una característica general.

En particular queremos señalar que es preocupante, y si se quiere perfectible, el inciso i) del artículo 19 del proyecto de ley por el que se otorga a la Comisión Nacional de Valores la potestad -sin sumario previo- de declarar irregular algunos actos de agentes o sujetos intervinientes en el mercado de capital. Sería bueno si se pudiera perfeccionar este instrumento dando las garantías necesarias de contar con algún mecanismo de defensa para los actores.

Creemos que el punto referido al secreto es importante, y estamos de acuerdo en que entre los organismos estatales exista circulación de la información. Sería importante buscar mecanismos que den tranquilidad a los inversores, a efectos de evitar publicaciones masivas o informaciones que pudieran dañar la seguridad de los inversores, y dar confianza a ese mercado.

Finalmente, nos parece muy importante lo que señalaba el presidente de la Bolsa de Bahía Blanca respecto de la idoneidad y responsabilidad de los agentes. Creo que es muy importante tener en cuenta este aspecto y poner énfasis en la trayectoria de quienes han venido trabajando en la actividad -me refiero a todos los actores: la Bolsa, los mercados, los agentes, las sociedades de Bolsa- que tienen una gran historia donde queda demostrada su responsabilidad e idoneidad. Esto sería muy importante tenerlo en cuenta cuando se termine de definir o aprobar el proyecto de ley.

SR. PRESIDENTE FELETTI Tiene la palabra el señor Fernando Luciani.

SR. LUCIANI Vengo en representación del Mercado de Valores de Rosario, en nombre de quien agradezco -tal como lo hicieron quienes me precedieron en el uso de la palabra- la oportunidad de expresar algunas ideas en este ámbito.

El Mercado de Valores de Rosario ha estudiado este proyecto de ley desde dos grandes miradas: la estrictamente particular y la general.

Con la autorización de los presentes voy a tratar de hacer algunas consideraciones desde la mirada general, y desde lo particular quiero decir que compartimos las opiniones puntuales de cada uno de los que han participado, y seguramente de aquellas exposiciones que seguirán más adelante.

En relación con el uso del tiempo, simplemente nos interesa dejar plasmado algunas cuestiones que tienen que ver con la mirada general de este proyecto de ley.

Como se dice en el proyecto, esta norma viene a rediseñar el mercado de capitales argentinos con algunas particularidades, sobre la base de lo que ya existía. Es un rediseño importante, sustancial, pero que en definitiva se para sobre toda la tradición de una ley que ha durado casi cincuenta años.

Quiero señalar cuáles son para nosotros los cuatro o cinco principios que se transforman en pilares de este rediseño.

En este sentido, debo mencionar la desmutualización, o el concepto que implica que los operadores ya no deban ser accionistas; algunas disminuciones de la autorregulación bursátil; la integración de las bolsas y mercados o de las plataformas electrónicas; el listado de las compañías que hacen ofertas públicas, que es una función tradicional de las bolsas de comercio.

Algo que también es muy importante, y que se relaciona con la función social que han cumplido históricamente las bolsas y mercados, es la gestión de los precios de referencia.

En general, entendemos que estos pilares son los que dan forma a este nuevo rediseño del mercado de capitales argentino. Muchos de esos pilares han sido llevados adelante por el Mercado de Valores de Rosario en su gestión, y muchos otros hemos tratado de llevar adelante a partir de sostener un proceso de fusión con el mercado quizás más dinámico que tiene Argentina hoy, que es el mercado a término de Rosario o ROFEX.

Muchas de las cosas que se plantean en este proyecto han sido principios que sostuvieron la pretendida fusión entre el Mercado de Valores de Rosario y el ROFEX. En esa instancia, luego de analizar y estudiar con mucho rigor los casi treinta antecedentes de integración que han existido en el mundo, se planteó una desmutualización.

Sobre esto hay muchísimo que opinar, pero en esta instancia inicial simplemente podemos decir que apoyamos este tipo de estructuras, con la única particularidad de que siempre pensemos en las reglamentaciones la posibilidad de respetar los derechos patrimoniales de aquellos accionistas preexistentes.

En relación con la autorregulación, desde el Mercado de Valores de Rosario tenemos una conducta de trabajo constante y uniforme con la Comisión Nacional de Valores, tratando de corregular.

De alguna manera, nosotros siempre dividimos a la autorregulación entre autorregulación jurisdiccional y la autorregulación normativa, es decir, la posibilidad de dictarnos nuestras propias normas como mercado y de juzgar a nuestros operadores en las cuestiones operativas.

En definitiva, lo que esta ley restringe es la facultad de juzgar, que naturalmente es una facultad propia del Estado. Por lo tanto, el mercado en definitiva no siente un gran perjuicio en el recorte de esta facultad.

Sí nos parece muy valioso, porque está sostenido en la conducta de trabajo entre el mercado y la Comisión Nacional de Valores, poder sostener y aumentar la autorregulación normativa; es decir, poder colaborar con el diseño y desarrollo de proyectos, normas, modalidades operativas que contribuyan a hacer un mercado de capitales más grande.

También es muy importante poner mucho cuidado y atención en el manejo y en el proceso de formación de precios de referencia.

Las bolsas y los mercados tuvieron históricamente una delegación del poder estatal para tener algunas particularidades como la jurisdicción propia y demás; pero estas facultades delegadas vienen de la mano de una alta responsabilidad de tipo social, que es brindar precios de referencia públicos y transparentes para todos los activos. Esos precios de referencias públicos y transparentes son fundamentales para que cada persona, en cada lugar del país, pueda saber cuáles son las tasas de financiamiento, y no quedar expuesto a tasas desmedidas o elevadas.

Creo que la gran misión que a todos nos toca es desarrollar los precios de referencia regionales a los efectos de que esos productos puedan ser luego negociados en bolsas y mercados. De alguna manera, nosotros hemos transitado esta experiencia a partir del descuento bursátil de cheques de pago diferido contra warrants, con la limitación fáctica de no poder tomar algunos activos como la caña de azúcar, el tabaco o algunos otros, por carecer de un precio de referencia institucionalizado.

Esa función social que debemos cumplir las bolsas y los mercados debe ser revalorizada.

Luego de estas consideraciones, quiero hacer dos comentarios concretos.

Primero, si bien la Comisión Nacional de Valores siempre ha tenido una presencia muy importante en el mercado de capitales, posiblemente en esta instancia adquiera un nuevo rol, más dinámico y cercano al compromiso de desarrollo de las bolsas y los mercados. Esto impone la jerarquización y el crecimiento del personal de la Comisión Nacional de Valores, a fin de que juntos podamos seguir trabajando día a día, codo con codo.

Un punto que quizás no es materia de la reglamentación de fondo pero que igualmente merece especial atención, es la posibilidad de fortalecer los equipos de la Comisión Nacional de Valores con estructuras de primera línea, para que junto con el Estado y las entidades privadas sea posible lograr un mercado de capitales a la altura del primer mundo.

Finalmente, quiero hacer un pedido relacionado con la posibilidad de participar activamente -como mercado de valores- en la reglamentación de la nueva ley. Aun en caso de que este proyecto sea sancionado con la incorporación de las propuestas efectuadas por quienes me precedieron en el uso de la palabra, quedará muchísimo por hacer en la reglamentación de las cuestiones de fondo, que pasan por lo que yo, modestamente, mencioné hace instantes.

En suma, mi humilde sugerencia como representante del Mercado de Valores de Rosario es que se conforme -si lo cree conveniente el cuerpo colegiado o la propia Comisión Nacional de Valores- una especie de comisión permanente de reglamentación integrada por personas provenientes de las bolsas, de los mercados, de la Comisión Nacional de Valores y del Estado.

Lo que estoy diciendo no es nada novedoso; se trata simplemente de integrar, en una estructura de comisión permanente, una tarea que quienes conformamos los mercados de valores realizamos a diario: la elaboración, junto con la Comisión Nacional de Valores, de normativas que intentan crear productos que fomenten la liquidez.

Esta es mi propuesta concreta y pido disculpas por no haber entrado en el análisis de cada artículo en particular. En todo caso, vía secretaría podremos acercar algunos comentarios.

SR. PRESIDENTE FELETTI Tiene la palabra el asesor legal de la Cámara Argentina de la Mediana Empresa -CAME-, señor Ignacio de Jáuregui.

SR. DE JÁUREGUI Señor presidente: he venido a esta reunión acompañado del subsecretario de Relaciones Institucionales de la Cámara Argentina de la Mediana Empresa, señor Fabián Castillo, para transmitir a los señores diputados el agradecimiento de nuestro presidente, señor Osvaldo Cornide, por esta oportunidad para hacer llegar la voz de las pymes respecto del proyecto de ley en tratamiento.

Nuestra intervención será muy breve, ya que no queremos entrar en cuestiones de técnica legislativa o especialmente vinculadas con el funcionamiento del mercado de capitales. Simplemente queremos transmitir, como decía recién, la voz de las pymes.

La Cámara Argentina de la Mediana Empresa agrupa a más de mil cuatrocientas entidades -cámaras, federaciones y centros- de todo el país. La totalidad de las actividades productivas de los sectores del comercio, la industria, las economías regionales y el turismo de la Argentina están representadas en CAME.

Por eso compartimos los objetivos de esta iniciativa, fundamentalmente aquellos que están dirigidos a promover el acceso de las pymes a un mercado de capitales federalmente integrado.

Como dije antes, CAME representa a mil cuatrocientas entidades de todo el país. Lamentablemente, las pequeñas y medianas empresas agrupadas en las distintas cámaras y federaciones no han tenido -ni tienen- acceso al financiamiento bancario, y muy difícilmente puedan tenerlo respecto del mercado de capitales por los instrumentos existentes para hacerlo.

Por eso acompañamos este proyecto de ley en la medida en que las pequeñas y medianas empresas logren acceder al mercado de capitales.

Respecto del texto de la iniciativa, tal vez en el inciso a) del artículo 1° hay una omisión. Dice: "a) Promover la participación en el mercado de capitales de los pequeños inversores, asociaciones sindicales y organizaciones profesionales..." A nuestro entender, habría que agregar a las asociaciones o cámaras empresarias.

Es una omisión que merece ser atendida, porque justamente las cámaras que agrupan a miles de empresas de los diferentes sectores productivos de todo el país, son las que diariamente tienen una real y permanente vinculación con el pequeño industrial, comerciante o productor agropecuario de las economías regionales.

Por otra parte, nos gustaría que se considere especialmente el papel que pueden desempeñar las distintas cámaras y federaciones en el acceso al mercado de capitales, sea como agentes o lo que fuere, como asimismo la relación de la Comisión Nacional de Valores con las delegaciones que se creen en el futuro.

Por eso pedimos que en la reglamentación de la norma, sin perjuicio de la omisión que he señalado, se tenga en cuenta la participación de las cámaras como intermediarias, como vínculo real con los pequeños productores, y la posibilidad de acceder al mercado de capitales.

SR. PRESIDENTE FELETTI Tiene la palabra el señor Federico Tomasevich, de Puente Hermanos.

SR. TOMASEVICH Señor presidente: ante todo, agradezco esta oportunidad para exponer nuestro punto de vista respecto del proyecto de ley sobre mercado de capitales.

Apoyamos la iniciativa porque creemos que puede ser un punto de partida para la creación de un sólido mercado de capitales en la Argentina. A nuestro entender, el mercado de capitales debería ser el canalizador del ahorro y la inversión hacia la producción y el desarrollo del país; varios artículos del proyecto en consideración tienen en cuenta ese objetivo.

Evidentemente, la ley sancionada en 1968 necesita ser "aggiornada". No sólo nuestro país cambió sino también el mundo; entonces, es preciso contar con una nueva norma. La autorregulación y la mutualización de los mercados finalizó; ningún mercado de los líderes mundiales está autorregulado o mutualizado. Por eso, creemos que estamos ante el inicio de una nueva etapa en materia de mercado de capitales.

Luego de estas consideraciones, me gustaría hacer algunas sugerencias que no cambian el espíritu de la ley y que, a mi criterio, pueden ser útiles e importantes para todos los actores económicos de la Argentina.

El artículo 19 establece que todos los empleados de los agentes deben acreditar idoneidad para actuar como asesores financieros.

Creo que el artículo debería decir que "sólo podrán hacer asesoramiento financiero los agentes que estén inscriptos y regulados por la Comisión Nacional de Valores". Esto permitiría que se formalizara un poco más la actividad, dado que hoy hay muchos agentes que no están registrados ni bajo la órbita de la Comisión Nacional de Valores que se dedican a asesoramiento financiero.

Una sugerencia para incluir en el proyecto de ley es que los emisores y los inversores sólo puedan beneficiarse de las exenciones y beneficios impositivos si las transacciones están realizadas por actores regulados por la Comisión Nacional de Valores. Esto ayudaría a importar las transacciones y los negocios que hacen emisores en el exterior por entidades no reguladas por la Comisión Nacional de Valores. Las transacciones más importantes de los últimos diez años del mercado de capitales argentinos se hicieron fuera del país sin actores argentinos.

Otra sugerencia importante es que debe ser clara la denominación social y comercial de todos los nuevos agentes que vayan a operar en este nuevo mercado para evitar confusiones; es decir, ser muy claros respecto de los inversores y evitar cualquier conflicto de intereses que pueda haber entre las entidades y el público en general.

De acuerdo con el artículo 61 del proyecto, la Comisión Nacional de Valores puede suspender provisoriamente a cualquier agente. Creo que esto debería equipararse a la ley de entidades financieras donde se abre un sumario y hay un descargo.

Otro tema que quiero mencionar es el artículo 48. De acuerdo con este artículo, la Comisión Nacional de Valores podría negar la autorización a títulos valores que considere que no son oportunos ni convenientes y que puedan ser ofrecidos al público, a pesar de que se cumpla con todos los requisitos para que sean autorizados para oferta pública. Creo que, contando con los requisitos aprobados por la Comisión Nacional de Valores, se habilitaría la oferta pública del instrumento sin que medie oportunidad y conveniencia por parte del regulador.

Otra sugerencia que quiero hacer y que no hace referencia a ningún artículo del proyecto es que sería bastante oportuno que la Comisión Nacional de Valores o que la ley contemple una comisión permanente o una unidad de enlace entre la Comisión Nacional de Valores , la AFIP y el Banco Central para estudiar posibilidades de beneficio impositivo o temas cambiarios que tengan relación con emisiones en el mercado de capitales, de forma tal de dar celeridad y crear una interacción entre todos los organismos que regulan esta actividad.

Esto es todo lo que quería mencionar y agradezco la oportunidad de participar. Haré llegar un resumen de mi exposición.

SR. PRESIDENTE FELETTI Solicito que hagan llegar todos sus aportes a la Comisión de Finanzas con copia a la presidencia de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, de forma tal que podamos evaluar todos los aportes que han sido muy ricos.

Ocupa la Presidencia el señor presidente de la Comisión de Finanzas, diputado Carlos Salomón Heller.

SR. PRESIDENTE HELLER Pido disculpas por llegar tarde, pero estaba participando de otra actividad que se retrasó. De todas formas, la reunión ha estado en buenas manos.

Tiene la palabra el presidente de la Bolsa de Comercio de Rosario, señor Cristian Amuchástegui.

SR. AMUCHÁSTEGUI Quiero comentar cuál es el perfil de la Bolsa de Comercio de Rosario. Se trata de una entidad que contiene el mercado de valores, pero su principal actividad es el comercio de granos.

Además de esto, que es lo que se conoce como mercado físico, abarca mercados futuros, ROFEX, la entidad relacionada que es Argentina Clearing, el Mercado de Valores y la entidad relacionada que es Rosario Fiduciaria, y desde hace cuatro años, el mercado ganadero conocido como ROGAN.

Aclarado esto, quiero comentar tres puntos generales de este proyecto de ley, y quiero hacerlo desde la trayectoria que tiene la bolsa en esta materia.

El primer tema es el de la desmutualización. Lo hemos apoyado desde la bolsa permanentemente porque entendemos que el interés del accionista puede dividirse en el interés del accionista inversor y el interés del operador, al que le interesan los mejores mecanismos para desarrollar sus operaciones, cosa que se ha impuesto en muchas bolsas con gran éxito; y dentro de la nuestra, en el mercado de futuros ROFEX desde hace casi diez años.

El otro aspecto que consideramos de importancia es el tema de la integración. Evidentemente, el hecho de que un mismo producto esté operando en una misma plataforma en todo el país da una diversidad de inversores que hoy no es que no exista pero lo generalizaría y, en segundo lugar, le daría una liquidez que permitiría un mejor funcionamiento del mercado y del descubrimiento de los precios.

Otro punto que quisiera comentar es que si bien en este proyecto se contempla que la Comisión Nacional de Valores es la que va a autorizar el listado, suspensión o cancelación de las cotizaciones, lo lógico y razonable es aprovechar la trayectoria de los departamentos de títulos que tienen todas las bolsas de comercio, que realmente pueden aportar a este proceso el know how de más de cien años, en algunos casos.

Creemos que este proyecto va a dar una claridad y participación mayor a muchos operadores, y estamos dispuestos a colaborar en la etapa de reglamentación de la norma.

SR. PRESIDENTE HELLER Tiene la palabra el señor Luis Herrera, quien ha venido en representación de ROFEX.

SR. HERRERA En primer lugar, agradezco la oportunidad de brindar nuestras opiniones sobre este proyecto de ley.

Quiero mencionar dos o tres cuestiones. Por un lado, el beneplácito de la preocupación por el mejoramiento de la estructura del mercado de capitales, porque independientemente de los avances, la ley que se modifica rigió durante más de cuarenta años en la República Argentina, pero la realidad hizo que las circunstancias del mercado de capitales en la actualidad no sean las mismas que existían en el año 69.

Vale decir, de la mano de mecanismos autoimpuestos por los propios mercados, por la CNV, por modificación del funcionamiento y la aparición de nuevos productos, si bien nuestro mercado es más que centenario, durante buena parte de su historia funcionó como mercado de futuros granarios y sólo desde hace poco más de doce años incorporamos productos de carácter financiero en la operatoria de futuros.

Como decía mi colega Luciani, tal vez haya sido un mercado que se caracterizó por ser más dinámico, y de hecho la estructura actual del mercado difiere de la que aun bajo la vigencia de la misma ley imperó en otro momento.

El proyecto de ley en consideración es una herramienta, y como toda herramienta puede ser utilizada para construir o para destruir. Todo cambio genera inquietud y resistencia, motivadas más en la incertidumbre que ese cambio genera que en otras cuestiones.

ROFEX es un mercado que hacia fines de los ochenta y principios de los noventa, siendo un mercado granario y controlado -sólo en aquella época- por la entonces Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, se sometió voluntariamente al contralor de la Comisión Nacional de Valores por entender que así contribuía al correcto funcionamiento y la transparencia del mercado. Pese a que le imponía reglas más estrictas y controles más severos, creyó que así hacía un aporte importante.

La existencia de facultades de regulación y de contralor más rígidas, tiene como contracara la generación de una mejor calidad y una mayor transparencia en el funcionamiento de nuestras instituciones.

En cuanto al sistema de negociación, quiero recordar que en 1999 incorporamos plataformas electrónicas con formato de matching con prioridad precio-tiempo. Podría decir que hemos sido pioneros en lo que se refiere al funcionamiento de los mercados institucionales en la Argentina.

El esquema de desmutualización también fue adoptado por ROFEX; comenzamos a trabajar en el tema hace ocho años. Se llegó a un consenso con la Comisión Nacional de Valores y, pese a la vigencia de una ley que apuntaba en otro sentido, se acordó un sistema en virtud del cual nuestro mercado comenzó a funcionar de manera desmutualizada.

A esta altura de mi exposición, hago este aporte -por las dudas de que pueda generar la modificación de la estructura del mercado de capitales propuesta en el proyecto de ley- basado en nuestra experiencia, que ha sido positiva y exitosa no sólo en términos de desarrollo del mercado y de la cantidad de operadores que participan en él, sino también en materia de capitalización de los accionistas. Si bien perdieron la exclusividad y el privilegio de ser operadores de nuestro mercado, la desmutualización y crecimiento de éste redundó en un beneficio económico para sus tenencias accionarias puras sin necesidad de que tuvieran el privilegio de ser operadores.

Celebramos la preocupación de los señores diputados. Con una mano en el corazón digo que la envergadura de la economía de la República Argentina, de su producto bruto interno y de su mercado de capitales, ameritan el esfuerzo de aportar elementos que contribuyan a mejorar y modernizar este último.

Por supuesto, como dije al principio, siempre debemos tener en cuenta que se trata de una herramienta. Nuestra participación, disposición y vocación por unificar esfuerzos en los distintos mercados se debe a que entendemos que su crecimiento redundará en beneficio de todos los actores: usuarios, inversores, tomadores de capital, etcétera. Hoy tenemos un mercado de capitales donde lo que es precisamente capital de riesgo -es decir, aquel aplicado a un emprendimiento económico nuevo-, fuera de satisfacer necesidades de financiamiento de corto plazo está, de alguna forma, brindando un escaso servicio que podría ser mejorado desde todo punto de vista.

SR. PRESIDENTE HELLER Tiene la palabra la señora Viviana Ferrari, quien ha venido en representación del Mercado a Término de Buenos Aires.

SRA. FERRARI Señor presidente: quiero plantear dos cuestiones.

La primera se vincula con el poder disciplinario exclusivo de la Comisión Nacional de Valores a que se refiere el artículo 56 del proyecto en tratamiento.

La entidad que represento es un mercado de futuros con una rueda de concurrencia y otra electrónica que trabajan en forma simultánea, como el mercado de Chicago. Por la índole de esa reunión de personas, se suscitan cuestiones que a veces deben ser resueltas inmediatamente. Por eso creemos que debemos conservar algún poder disciplinario para esas situaciones que se pueden dar en la rueda de piso.

Por otra parte, tenemos entrega de mercadería. Este año hemos comercializado el 57 por ciento de la cosecha nacional de soja. A esto debemos agregar la entrega de trigo, maíz, aceite de soja, etcétera.

La logística inherente a los puertos, la entrega de camiones y vagones, tienen una problemática muy especial que también está vinculada con la calidad de la mercadería. Por eso consideramos que las cámaras arbitrales deben mantener la potestad de dirimir cuestiones vinculadas con la entrega de mercadería.

La segunda cuestión se relaciona con las atribuciones del Banco Central de modificar los márgenes.

Los mercados de futuros, como el nuestro, cubren las oscilaciones de los precios de un día. Es decir, garantizamos las operaciones y tenemos posiciones abiertas a dieciocho meses. Entonces, nuestro riesgo empresario está vinculado con la naturaleza del margen que fijamos. Por eso solicitamos que se mantenga el esquema actual, para que los mercados puedan seguir estableciendo los márgenes previa aprobación de la Comisión Nacional de Valores.

Los precios oscilan por muchas razones que tienen que ver con las estimaciones del USDA, con si China va a comprar o no, etcétera. Esto escapa a la supervisión del Banco Central, ya que de hecho es una materia ajena a su objeto. Por eso solicitamos, reitero, que los márgenes continúen siendo fijados como hasta ahora, previa aprobación de la Comisión Nacional de Valores.

SR. PRESIDENTE HELLER Tiene la palabra el vicepresidente del Mercado de Valores de Córdoba, señor Héctor Marín.

SR. MARÍN Señor presidente: en primer lugar, agradezco a los integrantes de la Comisión de Presupuesto y Hacienda por la oportunidad de hablar en este recinto.

SR. PRESIDENTE HELLER Me voy a ofender si menciona sólo a la Comisión de Presupuesto y Hacienda. Hablo también en nombre de los miembros de la Comisión de Finanzas.

SR. MARÍN Por supuesto, agradezco también a la Comisión de Finanzas, señor presidente.

Asimismo, saludo a las autoridades de la Comisión Nacional de Valores, que nos han invitado, y a nuestros colegas de las distintas bolsas y mercados del país.

No me extenderé demasiado en mi exposición porque la entidad que represento adhiere a todo lo que han expresado quienes me antecedieron en el uso de la palabra; han sido muy claros y concretos. Simplemente, quiero agregar que el Mercado de Valores de Córdoba y la Bolsa de Comercio de Córdoba creen en la construcción de un verdadero país federal.

El armado de este nuevo sistema sólo podrá ser exitoso en el tiempo si todos los actores participamos en la elaboración de la futura norma. Por eso consideramos primordial que los puntos que fortalecen las distintas regiones tengan fuerza de ley y no sólo una reglamentación.

La desmutualización por sí sola no asegura el éxito del nuevo sistema. Su vital importancia radica en su proceso de construcción.

En Córdoba estamos trabajando fuertemente con las pequeñas y medianas empresas de la región para la incorporación de nuevos participantes a través de las emisiones de ON Pymes. Este año se instrumentaron alrededor de 100 millones de pesos.

Si los cambios por venir, a raíz de la sanción de este nuevo proyecto, no influyen taxativamente, los objetivos que acompañan este crecimiento regional no agregarán valor al camino que estamos transitando actualmente.

Dentro del funcionamiento de los mercados vemos como muy positivo su interconexión. Sin duda, deberemos trabajar para llevar adelante este desafío, organizando cámaras compensadoras y mecanismos de liquidación entre aquellos.

Finalmente, la seguridad jurídica es la base primordial para el funcionamiento de cualquier sistema. Un ejemplo de ello son los derechos del inversor que deben estar en el cuerpo de la ley y no en el reglamento.

Entonces, tenemos federalismo, trabajo en conjunto por parte de todos los mercados, seguridad jurídica y fuerza de ley, pero no reglamentaciones. Estos han sido los pilares sobre los cuales apoyamos nuestra postura.

SR. PRESIDENTE HELLER Tiene la palabra el presidente de la Bolsa de Comercio Confederada de la provincia de Corrientes, señor Norberto Peluso.

SR. PELUSO En primer lugar, quiero agradecer la convocatoria. Creo que la importancia del proyecto de ley amerita las consideraciones que hemos tenido a través de quienes me precedieron en el uso de la palabra.

Nuestra bolsa no tiene mercado de valores adheridos; es decir que ya estamos fiscalizados desde su creación por la Comisión Nacional de Valores y estamos funcionando perfectamente bajo este régimen.

Más allá de eso, nuestra región se siente bastante afectada por las crisis económicas. Nuestra tarea ha sido de docencia permanente.

En disidencia con alguna mención que se hizo aquí respecto de que las pymes no tienen acceso a los mercados de capitales o a la asistencia de bolsas, quiero comentar que independientemente del aspecto que se da en la negociación de pagos diferidos y también a través de los fideicomisos financieros, las bolsas asistimos a las pymes con convenios que hemos hecho con la Unión Europea. Eso ha permitido a las bolsas del interior del país, incluso a la de Buenos Aires, brindar la asistencia a las pymes, entre otras cosas, en la parte contable, en la participación en congresos, en ferias internacionales y en rondas de negocios, donde ellos han podido colocar sus productos.

Es decir que independientemente de eso, la Bolsa de comercio de Buenos Aires tiene un panel pyme donde se efectúan negociaciones. Esta aclaración la hago porque pareciera que las pymes están permanentemente relegadas, pero en el caso de las bolsas del interior y en la de Buenos Aires no es así.

Además, quiero expresar que coincidimos totalmente con el artículo 19 en lo que respecta al derecho de defensa a través de un sumario.

Creemos que la ley -en los comentarios previos se hizo mención a la inclusión de las bolsas porque son instituciones con organismos técnicos muy desarrollados- podría permitir a la Comisión Nacional de Valores delegar algunas funciones en estos organismos y en estas bolsas a efectos de que sigan participando los mismos técnicos mediante acuerdos que se puedan hacer con las bolsas y los mercados que tienen estos cuerpos.

Agradezco nuevamente la invitación.

SR. PRESIDENTE HELLER De hecho, el vicepresidente de la Comisión de Finanzas me sugiere la posibilidad de que los señores diputados formulen preguntas a los invitados.

Si ningún señor diputado desea hacer uso de la palabra, solicitamos a nuestros invitados que nos hagan llegar todas las propuestas que se han formulado a la brevedad -diría mañana mismo-, de manera de poder analizarlas y considerarlas al momento de la elaboración de los dictámenes. Si las envían vía correo electrónico a la Comisión de Finanzas la recepción será más rápida y segura, y desde allí las haremos circular a todos los diputados miembros de ambas comisiones.

Sinceramente agradecemos a todas las personas e instituciones que nos acompañaron por la pronta respuesta, por los aportes que han hecho y el tono que han tenido dichos aportes -por lo menos, los que he podido escuchar-, que revelan un sentido altamente constructivo.

Despedimos a los invitados y solicito a los señores diputados que permanezcan unos minutos más para ordenar el trabajo.

- Es la hora 14 y 57.