DISCAPACIDAD
Comisión Permanente
Of. Administrativa: Piso P01 Oficina 126
Miércoles 9.30hs
Of. Administrativa: (054-11) 60750000 Internos 2126/2112/2163
cdiscap@hcdn.gob.ar
PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 0008-D-2008
Fecha:03/03/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 1
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE EL OTORGAMIENTO DEL "CERTIFICADO NACIONAL DE DISCAPACIDAD".
Dirigirse al Poder Ejecutivo para que, por
intermedio de los organismos competentes, se sirva informar sobre las siguientes cuestiones
referidas al otorgamiento del Certificado Nacional de Discapacidad:
1. Cantidad de trámites iniciados ante el
Servicio Nacional de Rehabilitación para solicitar Certificado de Discapacidad desde mayo del
2006 a la fecha.
2. Cantidad de certificados de discapacidad
otorgados por el Servicio Nacional de Rehabilitación desde mayo de 2006 a la fecha con
individualización de los otorgados a personas con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires.
3. Si el Servicio Nacional de
Rehabilitación atiende directamente a los ciudadanos de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires o los deriva a los establecimientos de la Ciudad para el otorgamiento del
certificado.
En caso de así serlo, ¿cuáles son las
razones que justifican tal proceder no contemplado en el Convenio Marco de
Cooperación entre Ministerio de Salud y Ambiente de la Nación y el Gobierno de la
Ciudad de Buenos Aires?.
4. Descripción de los programas y
actividades llevadas a cabo por el Servicio Nacional de Rehabilitación con el fin de
proporcionar al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires asistencia técnica y científica
para la evaluación y valoración de la discapacidad, de acuerdo con la clasificación
vigente y los nuevos criterios de clasificación internacional, a los efectos de extender los
correspondientes Certificados de Discapacidad en el marco de lo establecido por el
artículo 3° de la Ley N° 22.431 y Convenio Nº 10 Marco de Cooperación Técnica entre el
Ministerio de Salud y Ambiente de la Nación y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires.
5. Descripción de las actividades
informativas, - contenido y distribución -, realizada por el Servicio Nacional de
Rehabilitación con el fin de facilitar a los beneficiarios la obtención del Certificado de
Discapacidad. Especialmente se expliciten aquellas referidas a la difusión de la entrada
en vigencia del Convenio Nº 10 con la Ciudad de Buenos Aires.
6. Registro de reclamos por parte del
Servicio Nacional por inconvenientes y demoras en la prestación del servicio de
otorgamiento de certificados.
7. Se especifique el número de
reclamos, contenido de los mismos y respuestas brindadas desde mayo de 2006 a la
fecha.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El artículo 3° de la ley 22.431 sobre
"Sistema de Protección Integral de los Discapacitados", modificado por la ley 25.504,
obliga al Ministerio de Salud de la Nación a otorgar el certificado de discapacidad que
acredita plenamente la discapacidad en todo el territorio nacional y en todos los
supuestos en que sea necesario invocarla.
Por su parte, el Decreto 106 del 2005, confiere al
Servicio Nacional de Rehabilitación la función de aplicar el artículo 3° de la ley 22.431 (punto 12
del Anexo II del decreto 106/05).
En el marco de esta normativa, la Ciudad de Buenos
Aires firmó con el Gobierno Nacional, el 27 de abril de 2006 el Convenio N° 10, de dos años de
vigencia, por el cual se compromete a constituir las juntas evaluadoras y a otorgar certificados de
discapacidad de conformidad con la ley 22.431.
En cumplimiento de dicho convenio y por
resolución del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 1562/2007, el Ministro
de Salud estableció los 6 hospitales que emitirán certificados: Hospital General de Agudos
"P. Piñero", Hospital General de Agudos "J. A. Penna", Instituto de Rehabilitación
Psicofísica (I.R.E.P), el Hospital de Rehabilitación "M. Rocca", el Hospital de Oftalmología
"Santa Lucía" y Hospital de Emergencias Psiquiátricas Torcuato de Alvear
A fin de implementar el proceso de certificación en
la Ciudad se capacitó al personal administrativo y al profesional. Además a los operarios del 0-
800 salud, puerta de entrada al sistema.
Siguiendo una interpretación errónea de la
normativa vigente, actualmente el Servicio Nacional de Rehabilitación rechaza la solicitud de
certificados de discapacidad por parte de las personas que concurren a sus dependencias y que
poseen domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Esto agrava la situación de puesta en
marcha del sistema de certificación en la Ciudad, que se ve colapsado de pedidos y con varios
meses de demora en los turnos.
Consecuencia final de este proceso es el perjuicio
directo que sufren las personas discapacitadas, quienes ven disminuidos sus derechos por falta de
un sistema expedito de otorgamiento de certificados. En el espíritu de la normativa vigente reside
la construcción de un sistema eficiente, no el descargo de tareas de un servicio en otros. La
complementariedad entre los servicios debe ser la regla y no la excepción.
En aras de resolver esta cuestión, requerimos se
informe a esta Cámara y a su Comisión de Discapacidad sobre la real situación, demoras e
inconvenientes en la entrega de certificados de discapacidad a fin de estudiar y promover los
cambios legales, funcionales o de cultura interna necesarios para contener una demanda social
ampliamente justificada.
Firmantes
| Firmante | Distrito | Bloque |
|---|---|---|
| BERTOL, PAULA MARIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | PRO |
Giro a comisiones en Diputados
| Comisión |
|---|
| DISCAPACIDAD (Primera Competencia) |