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COMUNICACIONES E INFORMATICA

Comisión Permanente

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Reunión del día 17/08/2010

- REUNIÓN CONJUNTA SOBRE PAPEL PRENSA

- En Buenos Aires, a los diecisiete días del mes de agosto de 2010, a la hora 17 y 02:
SRA. PRESIDENTA VÁZQUEZ Damos inicio a la reunión conjunta de las comisiones de Comunicaciones e Informática y de Libertad de Expresión, agradeciendo la presencia de los señores diputados y de los señores invitados.

En el día de hoy vamos a continuar con la reunión del martes pasado en la cual comenzamos con el tratamiento de los distintos proyectos sobre publicidad oficial que se encuentran en estudio en estas comisiones. Procederemos de la misma forma que en dicha reunión, en la cual se hizo una ronda en la que cada autor explicó los lineamentos generales de su proyecto y sus objetivos más precisos.

Asimismo, habíamos acordado en nuestro plan de labor de ambas comisiones, la consulta con prestigiosos juristas especialistas en derecho administrativo y en derecho constitucional, así como también la consulta con una serie de organizaciones acerca de las cuales nos pusimos de acuerdo entre los distintos bloques y las distintas fuerzas políticas que componen ambas comisiones.

Antes de darle la palabra a cada uno de los invitados del día de hoy, quiero dedicar un pequeño párrafo a la confianza que me merecen las señoras diputadas y los señores diputados que integramos ambas comisiones, a la honestidad intelectual con la que creo que hemos acordado y consensuado cada uno de los pasos que decidimos dar en las mismas y a los acuerdos que hemos logrado para trabajar en este tema.

Fundamentalmente deseo dedicarle un párrafo a la importancia que le damos quienes componemos estas comisiones -por lo menos algunos de nosotros- a la opinión y al trabajo que cada uno de los legisladores está haciendo a lo largo de estas semanas en las que nos impusimos un plan de trabajo.

Principalmente, deseo destacar la importancia que le damos a la participación de los juristas a quienes hemos convocado; y a la participación, opinión, propuestas y sugerencias que puedan darnos los distintos sectores a los que también hemos convocado.

Menciono esto porque realmente me resulta muy violento leer lo publicado en las páginas del diario "Clarín". Por fortuna, yo no le creo a "Clarín" ya que si le creyera, pienso que no me sentaría a presidir esta reunión. Ello se debe a que no me gusta -como creo que a ninguno de ustedes le gusta- que desde afuera del propio Parlamento nos pretendan decir qué es lo que vamos a hacer, qué es lo que tenemos que hacer y cuándo lo tenemos que hacer; en especial cuando los que pretenden decirnos eso no son los ciudadanos que nos votaron, sino alguna corporación que defiende sus intereses.

Si yo le creyera a "Clarín", sospecharía de las señoras diputadas y de los señores diputados de la oposición y, la verdad no sospecho de ellos. Prefiero creerles a los representantes del pueblo a pesar de las diferencias que podamos tener.

Cada uno tendrá su posición y llegado el momento la hará valer. Pero prefiero creer en que estamos trabajando de buena fe, que estamos siguiendo un procedimiento que hemos acordado, que acá nadie emplazó a nadie, que nadie pone contra las cuerdas a nadie y que, fundamentalmente, nadie tiene un dictamen ya hecho. Si alguien tuviera un dictamen ya hecho, nos estaría faltando el respeto a todos los demás señores diputados que formamos parte de estas comisiones. También les estaría faltando el respeto a todos los invitados, porque con su dictamen ya hecho estaría diciendo que efectivamente no va a escucharlos, o sea, sería un "como si".

Si algo le ha hecho daño a la sociedad argentina y le sigue haciendo daño, es que la política se convierta en el arte del que "como si".

Me parece que somos honestos intelectualmente y que todos los señores diputados y las señoras diputadas estamos queriendo hacer una buena ley independientemente de los bloques a los que pertenecemos, seamos de la oposición o del oficialismo.

Luego se verá qué es una buena ley para cada uno. Básicamente estamos partiendo de este punto y no de lo que expresa "Clarín" en sus páginas donde, además, se toma el atrevimiento de dar como un hecho y no una versión qué contiene ese dictamen. Esto habla a las claras de las limitaciones que aún tiene la democracia argentina en función de cómo, desde las corporaciones, se pretende marcar la cancha -como diríamos en el barrio- de la política. Afortunadamente creo que la política va a seguir ocupando el lugar que debe ocupar y la vamos a defender entre todos.

Entonces, no nos estamos faltando el respeto, sino todo lo contrario. Venimos acá para nutrirnos de las experiencias, de los conocimientos, de los saberes y de los aportes que fundamentalmente cada uno tiene para hacer y que nosotros de común acuerdo entre todos los bloques los convocamos.

Vamos a comenzar con la lista de oradores.

Tiene la palabra el señor Busso.

SR. BUSSO Buenas tardes señoras y señores diputados. Agradezco la invitación, y como estoy comprometido con una actividad en la Universidad de La Plata pedí hacer uso de la palabra en primer término.

Vengo en representación de FARCO. En este momento, en representación de FARCO, presido el Consejo Federal de Comunicación Audiovisual creado por la ley 26.522. Ocupo ese lugar por elección del pleno del Consejo Federal integrado por todas las provincias y donde, como ustedes saben, hay representantes de todos los sectores ligados a la comunicación.

En el Foro Argentino de Radios Comunitarias entendemos a la comunicación como un derecho humano. Pensamos que la información y la comunicación no pueden ser consideradas sólo como una actividad comercial.

Desde esos postulados vamos a hacer nuestra intervención. Nos preocupa enormemente que los sectores empobrecidos de nuestro país no puedan ejercer su derecho a la libre expresión.

Esta afirmación puede parecer dura y hasta atrevida, sin embargo no es nuestra; lo afirma la Relatoría para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en su informe anual 2002. Se refiere a que a los pobres se les ha negado históricamente acceder a información e influenciar en decisiones que afectan profundamente sus vidas cotidianas. Y por lo tanto se encuentran desposeídos de su derecho de participación activa en el quehacer nacional.

La falta de participación equitativa impide el desarrollo amplio de sociedades democráticas y pluralistas exacerbando la intolerancia y la discriminación. La inclusión de todos los sectores de la sociedad en los procesos de comunicación, decisión y desarrollo es fundamental para que sus necesidades, opiniones e intereses -se refiere a los pobres- sean contemplados en el diseño de políticas y en la toma de decisiones. Esto es lo que expresa el informe anual 2002, Capítulo IV.

Evidentemente no podemos quedarnos tranquilos frente a estas afirmaciones que no hacen más que confirmar lo que vemos diariamente, aunque poco se dice; por lo menos no se dice en los grandes medios.

Nos preocupa la creciente y excesiva concentración en la propiedad de los medios que amenaza la pluralidad y diversidad, que unifica el discurso público y es funcional a las necesidades de grandes grupos económicos con intereses en diversas áreas de la economía.

Resulta muy claro advertir que el mercado no pauta sólo por los niveles de audiencia o tiradas, sino que lo hace muchas veces en función de la orientación de los medios. A su vez, este mecanismo permite a los anunciantes tener espacios de difusión de sus intereses en los medios.

Entendemos que la aprobación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual -26.522- es un avance sustancial en orden a la necesaria democratización de la comunicación.

Es necesario ahora poner toda la fuerza del Estado en sus instituciones para su efectiva implementación, en ese sentido también en el Congreso de la Nación para que designe a la totalidad de sus representantes en los organismos creados por la ley.

En relación a la publicidad oficial, la ley 26.522 establece la exigencia para los medios audiovisuales de publicar en la carpeta de acceso público la pauta publicitaria oficial.

El artículo 72, inciso e), VIII) de la ley dice: "La(s) pauta(s) de publicidad oficial que recibiera el licenciatario, de todas las jurisdicciones nacionales, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, detallando cada una de ellas." Es decir, ya existe una exigencia de publicitar por parte de los propios medios la pauta que recibe. Exigencia similar podría establecerse para todos los medios. Es decir, aquellos no incluidos en la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.

La ley 26.522 también avanza en el tema de publicidad oficial en modificaciones debatidas en esta misma sala y propuestas -si no me equivoco- en su momento por diputados del Partido Socialista.

Dice el artículo 76 en los últimos dos párrafos: "La autoridad de aplicación dispondrá, previa consulta al Consejo Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual, los topes de publicidad oficial que podrán recibir los servicios de carácter privado comercial o sin fines de lucro atendiendo las condiciones socioeconómicas, demográficas y de mercado de las diferentes localizaciones.

Para la inversión publicitaria oficial el Estado deberá contemplar los criterios de equidad y razonabilidad en la distribución de la misma, atendiendo los objetivos comunicacionales del mensaje en cuestión."

En relación a la publicidad oficial y habiendo leído los distintos proyectos y sus fundamentos entendemos necesario dimensionar los valores de publicidad del Estado nacional en relación al total de la inversión publicitaria en el país. Mientras el Estado nacional invierte -y sé que las cifras son discutibles- en el orden de los 800 millones de pesos al año, tomando los últimos datos públicos de la Secretaría de Medios, la inversión publicitaria total anual en el país está por encima de los 9 mil millones, según datos del informe de la Asociación de Agencias de Publicidad, que es el informe más completo -por lo menos que conozco-, estimándose para este año en los 10 mil millones. Es decir en el orden del 1 por ciento del producto bruto. Ese es el total de la inversión publicitaria en el país.

He leído en los fundamentos de algunos proyectos cifras relativas al aumento de publicidad oficial. Es interesante compararlas con el aumento del total de la inversión publicitaria nacional. En 2002 fue de 2 mil millones -según esa misma fuente-, mientras que en 2009 fue de 9.064 millones, es la cifra exacta.

Los criterios de mercado hacen que la gran pauta comercial esté dirigida a los sectores de mayores ingresos y por lo tanto de mayor poder de consumo. Por lo que los medios dirigidos a ese sector de mayores consumos son beneficiados con mayores ingresos, mientras que los medios con mayor presencia en sectores de menores ingresos reciben menos publicidad.

Un ejemplo claro son los montos destinados por la publicidad privada a radios de provincias -del interior, dice el informe- del orden de los 600 millones en radios de frecuencia modulada y de 800 millones en amplitud modulada.

Mientras que las revistas, con un alcance mucho menor en audiencia o en contactos en términos publicitarios, se llevan 1.100 millones; los diarios de Capital Federal, casi 5 mil millones, aunque está comprobado que la radio tiene una audiencia y una posibilidad de contacto muy superior a la de los diarios de Buenos Aires.

Debemos decir también que quienes estamos relacionados con los medios sabemos perfectamente que la relación entre Estado y medios no pasa sólo por la publicidad oficial. Esto es histórico, no me refiero a la actual administración, siempre ha sido así. Es evidente que los negocios de los grandes grupos propietarios de medios en relación con el Estado no pasan por la pauta publicitaria.

De igual manera quiero señalar que la incidencia de la publicidad oficial de las provincias o municipios es muy superior a la de la publicidad oficial nacional.

Yo vengo de Viedma, en la provincia de Río Negro, y el análisis de cómo nuestra radio ha sido discriminada durante años por la publicidad provincial está publicado por ADC en una publicación en la que nos enteramos cuando ya estaba publicada. Recibimos veinte veces menos publicidad que una radio que tiene veinte veces menos de audiencia. Vi que están los representantes de ADC y pueden decir cómo hicieron el estudio.

En relación con lo que sucede en las provincias, según la información con la que cuento, dos son las que han establecido normas para la asignación de publicidad oficial.

En la provincia de Tierra de Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, la gobernadora Fabiana Ríos dictó un decreto relacionado con ello apenas asumió en el cargo. Dicho decreto aún no ha podido ser aplicado.

En la provincia de Río Negro, mí provincia, tenemos una ley que no se aplica porque todavía no fue reglamentada ni aplicada por el gobernador Miguel Saiz -quien fuera su impulsor-, pese a que desde su aprobación y promulgación ya transcurrieron dos años. El gobierno provincial dice que no puede cumplirse.

Resulta evidente que el Estado al pautar los anuncios y mensajes dirigidos a la población, no puede utilizar criterios de mercado. Al mercado publicitario le interesa el sector que denomina "ABC" y que representa el 80 por ciento del consumo pero sólo el 52 por ciento de la población.

He leído referencias a legislaciones de otros países, particularmente de España. La ley española número 29 del año 2005 establece la exigencia de un informe anual sobre la asignación de publicidad como punto central. El artículo 14 de la misma dice: "El gobierno elaborará un informe anual de publicidad y de comunicación en el que se incluirán todas las campañas institucionales previstas en esta ley, su importe, los adjudicatarios de los contratos celebrados y, en el caso de las campañas publicitarias, los planes de medios correspondientes. Este informe se remitirá a las Cortes Generales en el primer período de sesiones de cada año y será puesto a disposición de todas las organizaciones profesionales del sector."

Es decir, se establece la transparencia de la asignación de la inversión publicitaria. No se específica cómo tiene que ser la asignación de esa inversión, sino que a través de la información que da el propio Estado y a través de la información que tienen que dar los medios, se garantiza cuál es la asignación publicitaria que cada medio recibe.

Según dicha normativa, lo importante es que la ciudadanía conozca cómo y a quién se asigna la publicidad, en lugar de establecer criterios rígidos para su asignación.

Continuaré ahora específicamente con los proyectos en debate y con nuestras propuestas.

En primer lugar, coincidimos en que es conveniente la regulación de publicidad oficial. Creemos que la asignación de esta publicidad debe ser trasparente y equitativa. Sin embargo, no creemos posible establecer por ley criterios de absoluta objetividad. Luego explicaré porqué.

En segundo término, entendemos por publicidad oficial a toda comunicación, información, anuncio o campaña comunicacional que realice cualquier organismo o empresa del Estado nacional en forma paga en cualquier tipo de medio de comunicación.

En tercer lugar, coincidimos con los proyectos que señalan como objetivo de la publicidad oficial el garantizar el principio republicano de publicidad de los actos de gobierno y el derecho a la información pública. A nuestro entender, los anuncios de los organismos públicos también deben -y muy especialmente- promover el ejercicio de derechos y obligaciones ciudadanas, la participación ciudadana, los derechos humanos, la diversidad de culturas locales y regionales, la cultura nacional y los valores democráticos.

Cuarto: es por ello que destacamos que la distribución de publicidad oficial no puede regirse por criterios de mercado ya que no se trata de vender un producto o servicio a clientes o consumidores. La publicidad comercial tiene un objetivo muy concreto: promover la venta de bienes o servicios. En el caso de la publicidad oficial, la perspectiva es distinta debido a que el Estado no se dirige a un consumidor sino a un ciudadano. El gobierno no vende un producto o un servicio, sino que su objetivo es informar y educar a ciudadanos.

Quinto: de igual forma entendemos que la publicidad oficial no debe promocionar directa o indirectamente la gestión personal de funcionarios ni de ningún partido político. La publicidad oficial no puede ser en ningún caso propaganda de una gestión de gobierno.

Sexto: compartimos la idea de que la publicidad oficial debe ser distribuida en forma transparente, justa y equitativa entre los diferentes medios, garantizando la libertad de prensa, el derecho a la información y el pluralismo informativo. Este texto, está en todas las declaraciones de principios, en todas las leyes que se han hecho y seguramente las que se van a hacer sobre publicidad oficial. Pero advierto que esto es una declaración, si no hay un instrumento para que esto sea así, se transformará en una simple declaración.

A nuestro criterio, lo importante entonces es que el mismo pueblo y las instituciones de la Nación puedan conocer y saber a quién se asigna la publicidad, qué medio está recibiendo la publicidad y de parte de quién. Sería ideal que esto también pudiera regir para la publicidad privada. Es decir que sepamos quién financia a los medios, cómo se bancan los medios y a qué intereses responden.

Séptimo: creemos indispensable un registro único y público de proveedores de publicidad donde se inscriban los medios que aspiran a recibir publicidad. En ese registro estarán incluidos los titulares de los medios. Sólo podría ser rechazada la inscripción o eliminado del registro el medio que falseara datos de su inscripción, incumpliera obligaciones fiscales o incumpliera legislación laboral en forma reiterada.

Aquí remarco lo de "los medios y titulares de los medios", porque en realidad el problema es cuando la publicidad llega a un mismo medio por distintas vías. Es decir, llega al medio, llega al periodista, llega a la productora, llega a través de la agencia de publicidad y en el listado de pautaje publicitario nos encontramos con cinco o seis figuras jurídicas diferentes, pero todas van a parar al mismo lugar. Allí es donde se complica la cuestión. Por eso entendemos que el Estado debería instrumentar mecanismos de adjudicación directa a los titulares de los medios para modificar incluso lo perverso que es hoy el funcionamiento de muchos medios de comunicación, en donde los periodistas más que periodistas son vendedores de publicidad que con su pauta, con la publicidad que consiguen, van al dueño del medio y le dicen cuánto tienen y terminan comprando espacios. Esto es muy común en las radios. En lugar de que el medio como empresa contrate a trabajadores, son los periodistas, los conductores de programas o los productores quienes tienen la pauta publicitaria y se la venden al medio. Entonces, a veces el medio factura una misma campaña privada u oficial, por la vía directa de la contratación al medio y por la vía del periodista, productor o programa. Allí se hace casi imposible el control porque en la lista de pautado publicitario van a encontrar dos firmas totalmente distintas. En Viedma conocí una radio que tenía ocho facturaciones diferentes. Facturaba por ocho firmas diferentes.

Por esto hablo de contar con un registro único y de medios y del pautado directo a los medios o a sus representantes. Esto puede ocurrir siempre que el representante paute con el medio y sólo por esa vía.

Octavo: para hacer posible la transparencia y el control ciudadano sobre las contrataciones de publicidad de organismos del Estado entendemos necesario que la ley establezca la obligación de publicar en un sitio público en internet todos los contratos publicitarios, indicando medio, empresa titular del medio, tipo de anuncio y monto de la contratación.

Noveno: estamos de acuerdo en que el órgano de aplicación de la ley sea la agencia estatal TELAM, tal cual fue establecido desde 1945, lo que fue modificado posteriormente. Un decreto de 1996 firmado por Carlos Menem y Domingo Cavallo habilitó la descentralización de la pauta publicitaria oficial quitándole la pauta de algunos organismos que manejan buena pauta como Turismo, Banco Nación y Lotería. Hasta ese momento, por ley, toda la pauta del Estado tenía que se vehiculizada por la agencia TELAM. El funcionamiento de ésta como agencia de publicidad era lo que en su origen garantizaba el funcionamiento de TELAM como agencia nacional de noticias.

Creemos que toda la publicidad de los diversos organismos y empresas del Estado debe realizarse a través de una agencia estatal, sin diferentes modalidades de contratación como se hace desde el año 1996 a través de ese decreto.

Décimo: la publicidad oficial debe ser contratada directamente y solamente a los titulares de cada uno de los medios para evitar la duplicación o multiplicación de facturación de un medio a través de distintas figuras jurídicas, productoras, etcétera.

Undécimo: coincidimos con que la ley debe establecer que la publicidad contratada por el Estado no podrá en ningún caso tener costo superior a lo que paga el sector privado por similar producto o servicio.

Duodécimo: no creemos posible que se utilice el mecanismo de licitación pública para la asignación de publicidad -esto no funciona en ningún lado-; tampoco creemos que sea factible utilizar mediciones de audiencia en medios electrónicos o tirada en medios gráficos por cuanto éstas no se realizan en todo el país en forma confiable. Todas las mediciones de audiencia han sido severamente cuestionadas y la verdad es que es difícil confiar en alguna. Y en todo caso, se hacen sólo en algunas regiones del país y no en todo el territorio nacional.

Trece: a fin de promover y garantizar la pluralidad de medios de comunicación proponemos que la ley establezca que un mismo medio o medios de una misma persona, empresa o grupo no podrán recibir más del 2 por ciento -en todo caso el 3 por ciento- del total de la publicidad oficial. Digo esto porque ahora un grupo de medios, que supuestamente está enfrentado con el gobierno -o que está enfrentado con el gobierno-, recibe casi el 30 por ciento de la pauta oficial. Por ello es bastante discutible eso de que la pauta oficial sirve para ayudar a los amigos y perjudicar a los adversarios.

Si se analiza cómo está distribuida la pauta, en este momento la concentración reside en un grupo que recibe casi el 30 por ciento -reitero la cifra-; basta ver lo que está publicado en la página de Internet de la Secretaría de Medios y hacer la cuenta. Es escandaloso. Nosotros creemos que ningún medio o grupo de medios debe recibir más del 2 o 3 por ciento máximo del total de publicidad oficial. Considerando que entre radios y canales de televisión hay por lo menos diez mil en el país -todavía no están las cifras oficiales del censo de la AFSCA, pero se habla de cerca de quince mil-, más todos los diarios, revistas, etcétera, esto debe distribuirse con el criterio de que los anuncios y mensajes del gobierno lleguen a la totalidad de la población y a todos los sectores. El jubilado de un pequeño pueblo o paraje de la Patagonia tiene derecho a saber y estar informado respecto de cuándo va a cobrar su jubilación. Si esto se publica sólo en los grandes medios, ese vecino de un paraje patagónico o de cualquier otra región del país nunca se va a enterar.

En igual sentido, a fin de asegurar la distribución equitativa de publicidad en los medios de todo el territorio nacional proponemos que la ley establezca cupos por provincia y Ciudad de Buenos Aires siguiendo, por ejemplo, los criterios con los que se asigna la coparticipación federal de impuestos. Sé que este es un tema de discusión, pero planteo esto porque actualmente los medios de la Ciudad de Buenos Aires están recibiendo aproximadamente el 90 por ciento de la pauta oficial en detrimento de los medios de las provincias, o del interior, como dicen algunos. Creemos que esto debe modificarse.

Con igual criterio proponemos que la ley establezca un cupo de no menos del 33 por ciento de la publicidad oficial a medios de organizaciones sociales o entidades sin fines de lucro. Siguiendo el criterio de reserva de frecuencias destinadas al sector social o sin fines de lucro de la ley 26.522, creemos que un criterio similar debería ser adoptado para la publicidad oficial, es decir, 33 por ciento para medios de organizaciones sociales o entidades sin fines de lucro.

No vemos por qué algún proyecto establece un límite del 0,25 por ciento del presupuesto de cada organismo para publicidad. Existe un proyecto que plantea una limitación, creo que es el suyo, diputada Vázquez.

Cuando en la actividad privada, la asignación promedio de la publicidad en la economía nacional es de entre el 1 y el 1,3 por ciento. Si esto es así, por qué el Estado debería utilizar en mensajes y anuncios cuatro veces menos de lo que destina cualquier entidad privada en promedio.

Compartimos la idea de crear un Consejo Federal Asesor en materia de publicidad y de invitar a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a legislar en el mismo sentido, porque la pauta publicitaria de las provincias y de los municipios sumadas son superiores a la de la Nación. De eso estoy absolutamente seguro, aunque no tengo datos duros porque me ha sido imposible conseguirlos, y no creo que las provincias tengan esa información disponible.

Nos preguntamos también -y para finalizar- si la publicidad oficial no debería funcionar como moderador de los desequilibrios del mercado en cuanto al desenvolvimiento de los pequeños y medianos medios de comunicación que son garantía de pluralidad y diversidad en la información además de sostenedores de los contenidos locales. Si no se hace por ese medio, ¿de qué otros recursos va a disponer el Estado para cumplir ese objetivo?

Agradecemos la consideración a nuestras propuestas y estamos dispuestos a ampliarlas o fundamentarlas en lo que ustedes crean conveniente.

SRA. PRESIDENTA VÁZQUEZ Muchas gracias.

La señora diputada Belous quería hacerle una pregunta.

SRA. BELOUS Más que una pregunta quería hacer una aclaración. Usted hizo referencia a Tierra del Fuego y al decreto de publicidad oficial. El decreto está vigente y se está aplicando, si bien tuvimos que hacer algunas modificaciones.

SR. BUSSO Gracias, señora diputada.

Estuve hace quince o veinte días invitado por el gobierno de la provincia de Tierra del Fuego y la información que me habían suministrado allí gente del propio gobierno y de los medios privados era de las grandes dificultades para aplicar una norma que establecía criterios muy rígidos de porcentajes, tanto geográficos como por tipo de medios.

SRA. BELOUS Sí, es verdad. Hay muchas dificultades, pero a pesar de ello, el decreto se está aplicando.

SRA. PRESIDENTA VÁZQUEZ Tiene la palabra la señora diputada Giudici.

SRA. GIUDICI Simplemente una aclaración. Usted dijo que en el 96 con el decreto de Menem se había descentralizado, pero hay algunas normas nuevas que corrigen esa situación. Hay decretos del año pasado que devuelven a la Jefatura de Gabinete la potestad de administrar la pauta, por lo menos del Banco Central y de otros organismos descentralizados.

SR. BUSSO Es cierto pero no de todos los organismos y empresas del Estado nacional. Hay organismos que pautan directamente sin que la pauta pase ni por la Jefatura de Gabinete ni por TELAM.

Por lo menos a nuestro criterio es muy interesante, más allá de quién tome la decisión política, que la agencia de publicidad del Estado nacional -por lo tanto eso tiene una comisión, tiene sus implicancias económicas- sea TELAM porque eso hace que la Agencia Nacional de Noticias pueda tener su propio sustento.

Y que no se paute a través de agencias de publicidad privadas que tienen todo el derecho de actuar en el mercado. Pero el Estado está haciendo un gasto en este tema, pero no siempre se pauta con criterios de Estado sino que se hace muchas veces con criterios de mercado, que yo ya intenté fundamentar que son claramente diferenciados.

Hay varios organismos del Estado que en este momento pautan por otras vías. Incluso, si es que se quiere poner normas en la materia, creo que sería bueno incluir a todos los organismos del Estado y empresas con participación del Estado. De igual forma que los medios no pueden recibir pautas por distintos lugares, desde el Estado tiene que haber un listado único. Creo que es la mejor forma de tener un control.

SRA. PRESIDENTA VÁZQUEZ Una observación respecto a lo que ha manifestado sobre el proyecto. Nosotros hicimos el trabajo de buscar los datos duros sobre cuál es el monto que destinan las distintas jurisdicciones a publicidad oficial. La realidad es que cuando se busca a través de Internet, los datos que figuran son de la jurisdicción nacional y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En el mejor de los casos, como ocurre para algunas provincias, se pueden reconstruir los datos a través de información que es publicada en algún medio específico.

Buscamos y encontramos la relación entre el que más gasta en publicidad oficial y el que menos gasta en publicidad oficial, en función de su propio presupuesto de gastos y recursos obviamente. De lo contrario, estaríamos haciendo una comparación equivocada al hablar de montos sin vincularlos o relacionarlos con el presupuesto de que dispone cada jurisdicción. Lo que hicimos fue establecer esa relación.

En la reunión anterior yo les comentaba a los diputados, sobre el final de la reunión, que la Ciudad de Buenos Aires es la que más gasta en este rubro, porque el 0,56 por ciento del presupuesto se lo lleva la publicidad oficial. Mientras tanto, el Estado Nacional, que es en definitiva sobre el que más se puso la lupa durante todo este tiempo mediante un discurso que fue circulando, el gasto es de aproximadamente un 0,20 por ciento, y si incluimos al "Fútbol para Todos" es del 0,30 por ciento. La provincia de Chubut gasta prácticamente lo mismo, casi el doble de lo que gasta el Estado nacional.

En el caso de Chubut y de la Ciudad de Buenos Aires existe una diferencia respecto a la que se hace a nivel nacional, ya que la campaña no es exactamente la publicidad de los actos de gobierno sino que es una campaña personalizada, contraria a los principios que en general creo que casi todos los proyectos han establecido. La idea de los proyectos es que exista una restricción de forma tal de que la publicidad oficial no sea una campaña personal del candidato, del gobernante o del funcionario.

Sin ánimo de generar una polémica, en un caso mencionábamos que una publicidad decía: "Las ballenas llegan a Puerto Madryn. Gestión Das Neves", y debería haber dicho: "Las ballenas llegan a Puerto Madryn"; punto. No tiene nada que ver con la gestión de nadie porque esto ocurre debido a la naturaleza. Otra publicidad que se puede ver en televisión muestra al jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en primera persona contando sobre el problema que tenemos de la inseguridad; esa publicidad merece realmente un análisis estricto.

Pensamos que tiene que haber una relación -un porcentaje, que es discutible- entre el presupuesto de la jurisdicción y lo que estamos dispuestos a que se invierta en el derecho a recibir información por parte de la ciudadanía, en el derecho que tiene la prensa a recibir la ayuda económica de la publicidad oficial. En casi todos los proyectos decimos que la publicidad oficial es un auxilio para los medios independientes. A su vez, tiene que haber una relación entre las diversas formas en que el Estado comunica su acción de gobierno.

Yo firmo un proyecto y no adhiero al hecho de que las reglas del mercado sean pasadas a la administración pública, porque considero que no somos el mercado. Así como la actividad privada comercial destina un porcentaje muy importante de su presupuesto a publicidad, el Estado considero que no debe hacerlo de la misma manera.

Tiene la palabra la señora diputada Stolbizer.

SR. STOLBIZER Creo que también tenemos que hacer una diferenciación en cada caso. Me parece que lo que decía el señor Busso apuntaba en ese sentido. Es distinta una campaña de promoción de derechos del Ministerio de Salud o del Ministerio de Educación que darle a cualquier organismo del Estado el mismo presupuesto. Creo que hay que establecer diferencias.

Creo que no está mal que unos tengan la posibilidad de gastar 0,50 y otros 0,10. En cambio la equiparación puede terminar siendo injusta tanto para aquellos que los 0,25 son mucho como para los que los 0,25 sean insuficientes.

Creo que lo que hay que hacer tal vez es establecer un mecanismo más objetivo sobre cuál es el tipo de campaña. Por eso Busso decía que se debía promover aquellas campañas que apunten a generar mayor participación, mayores derechos. Las diferencias tal vez haya que establecerlas ahí, en lugar de intentar uniformar los organismos en un presupuesto determinado.

SRA. PRESIDENTA VÁZQUEZ Agradecemos al señor Busso por su aporte.

Tiene la palabra el doctor Gordillo, que ha sido profesor de muchos de nosotros.

SR. GORDILLO Para mí es un placer renovado estar en esta sala de la Cámara de Diputados. A lo largo de mi vida siempre que el Congreso funcionó, estuve informando aquí, pero creo que nunca mi opinión surtió efecto. Si no les gusta lo que digo, van a estar en onda con lo que siempre pasó.

Yo creo que el tema no pasa tanto por el fondo de la regulación sino por quién va a administrar todo esto. Hice una página donde volqué mis ideas. Remito a un documento que está en Internet donde se explica el tema de la naturaleza de la norma de Canadá. Para mí la clave está en el órgano, no en la regulación, sin perjuicio de que se pueden hacer pautas, pero son medios muy movibles, dado que cambian mucho tanto los periódicos -algunos se funden, otros nacen-, como las radios y la televisión cambian las audiencias y el rating. Se pueden establecer pautas de razonabilidad, de proporcionalidad, de equidad y le pueden agregar unas cuantas más pero yo no entraría en un régimen reglamentarista dentro de la ley. Sí me preocuparía por decir quién va a manejar esto.

Aquí quiero dar una perspectiva histórica. En 1962 -con esto hago una abstracción de todo momento político determinado, es simplemente cuando yo empecé- yo dije que en el diseño constitucional era más importante el Poder Judicial, al que le seguía el Poder Legislativo y luego el Poder Ejecutivo, pero que en la práctica constitucional, por una serie de razones que di en aquel momento y que son válidas al día de hoy, era primero el Poder Ejecutivo, segundo el Poder Legislativo y último el Poder Judicial.

Todo el mundo reconoce que con la reforma constitucional de 1994 se intentó reducir el hiperpresidencialismo. Todo el mundo reconoce también que no sólo se fracasó en el intento sino que se lo aumentó, por una serie de razones que están fuera del diseño constitucional.

La independencia del Poder Judicial ha tenido algunos problemas, pero si uno ve el balance, diría que hoy en día en primer lugar está como siempre el Poder Ejecutivo, en segundo término el Poder Judicial y en tercer lugar el Poder Legislativo. Esto lo digo con todo cariño, por eso me alegra enormemente este renacer del Congreso porque éste ha funcionado muy poco en mucho tiempo. Lo que la ciudadanía quiere es que funcione.

Lo que habría que hacer es un tribunal administrativo designado por el propio Congreso. Esto da para planteos constitucionales, que puedo discutir pero no es el momento ahora para hacerlo -me pongo a su disposición para conversar sobre el punto-, para que no haga falta esperar la reglamentación ni que el Poder Ejecutivo nombre a nadie. La idea es tener una ley que nombre directamente a ocho o diez personas, que no sea reglamentable por el Poder Ejecutivo y punto.

A su vez, el tribunal administrativo imparcial e independiente, actuando sea a criterio de ellos, en forma individual, por salas, por plenario o como quieran, y con pautas de proporcionalidad, de razonabilidad y de consistencia -tiene que ser coherente lo que se resuelva entre todos- vaya manejando este campo tan lleno de cambios constantes. Por supuesto, todo ello con transparencia, con publicidad, con todos los datos en Internet, todo lo cual son cosas mínimas porque nadie puede funcionar en la oscuridad. Estos datos deben estar en conocimiento de todo el mundo, y contar con control judicial pleno en dos instancias: primera y segunda instancia, y eventualmente la Corte. Es decir, debe existir control judicial absoluto, pero también independencia de la administración.

Otra cuestión que quiero señalar es que, más allá de las razones que se dan y que entiendo, habría que empezar con poco. Yo empezaría solamente por el sistema nacional, porque la federalización o no de este mecanismo es una discusión que puede causar problemas. Aunque el tema sea más importante cualitativamente, como se está diciendo, en las provincias o en la Ciudad de Buenos Aires, empezaría con la Nación, donde no tengo dudas de la jurisdicción del Congreso de la Nación. Sí tengo dudas de su jurisdicción cuando legisla para todo el país. Empecemos con un tribunal administrativo para manejar la pauta oficial nacional. Después veamos sobre la marcha, sin necesidad de esperar diez años sino tal vez meses, mientras uno va viendo si funciona o no, y extenderlo o no, según qué pase en cada provincia o jurisdicción.

Por otra parte, en cuanto a cómo funcionaría esto, la idea en Canadá es que la ley da muy pocas pautas pero muy importantes. La ley establece que hay que ser imparcial e independiente, oír a las partes en pie de igualdad, mantener el debido proceso -en el sentido adjetivo y sustantivo-, dictar una decisión fundada, con sustento fáctico suficiente y que además supere el control judicial, es decir que la Justicia no la anule. Respecto de lo demás, la ley establece que puede hacerse cómo cada uno quiere, es decir, en forma oral, escrita, unipersonal o por sala, etcétera, siempre que se dicte un acto válido a criterio del control judicial. Por supuesto, se establece que ello debe ser con publicidad, con transparencia, en Internet, es decir, todo lo obvio que hay que establecer.

Yo fijaría un plazo para hacerlo. ¿Cómo se hace? Es cuestión de cada uno y si se empiezan a anular los actos porque no se cumple con algo de lo establecido, va a estar en problemas. Tampoco nombraría a los integrantes en forma vitalicia porque es bueno que tengan un número de años determinado -renovable o no- pero que se sepa de entrada que el cargo no es para toda la vida y que va a tener que rendir cuentas a la ciudadanía sobre qué hizo y cómo lo hizo.

Creo que entrar en mucho reglamentarismo y detalle va a ser contraproducente porque va a traer más problemas que otra cosa. Hay que confiar más en el órgano, pero para ello hay que elegirlo bien. Y esto debería hacerlo el propio Congreso.

Estoy dispuesto a discutir los problemas constitucionales, pero básicamente con el esquema que estaba mal en el 62, que se intentó cambiar en el 94 y no se logró, fue el Congreso el que quedó perdiendo más. Hoy en día están más fuertes los poderes Ejecutivo y Judicial que el Congreso. Yo creo que le toca al Congreso dar un paso adelante y tratar de ver cómo recibe la Corte un paso adelante de éste. Y me animo a decir que lo recibiría bien.

SRA. PRESIDENTA VÁZQUEZ Gracias, profesor Gordillo.

Tiene la palabra el señor Heber Martínez, de CEMCI.

SR. MARTÍNEZ Buenas tardes, gracias por la invitación. Represento a CEMCI, que reúne a los medios privados de gestión comercial en radios, telemisoras, empresas de cable, diarios y revistas de todo el país.

En principio, concuerdo con lo que se ha dicho respecto de que el porcentaje de la publicidad oficial en las provincias es mucho más elevado que a nivel nacional. Todavía no es una cifra demasiado importante la que maneja la industria privada comercial en la pauta oficial nacional.

Creo que de los proyectos que estuvimos analizando puede sacarse una conclusión desde el punto de vista de la industria respecto del subsidio y de la publicidad. Concuerdo con que la distribución de la pauta tiene que ser equitativa pero también hay que tener en cuenta las herramientas que tiene el mercado. Es cierto que no estamos vendiendo políticos ni actos de gobierno y que la gente no tiene que comprar, pero para que la comunicación sea efectiva tenemos que utilizar las herramientas que nos da el mercado.

Las empresas que se dedican a comercializar lo primero que hacen es instalar su producto y luego, a partir de ello, se producen las ventas.

Para esto tenemos lo que es el rating en radio y televisión, auditado por toda la industria e incluso en un momento la televisión pública fue miembro de una cámara que se llama la Cámara de Control de Mediciones de Audiencia. Ahí está desde el anunciante más chico, pasando por las agencias centrales de medios, y el ámbito público controlando lo que es medición de rating. En lo que es gráfica, tenemos el IVC, que es el que audita la circulación de diarios y revistas.

Los medios cumplen una función social muy importante. Es cierto que la distribución tiene que ser equitativa como también es cierto que la pauta tiene que ser dirigida a través de los medios y no a empresas productoras y señales -como se ha hecho a lo largo de estos años- que no están alcanzadas por la ley, como son las señales que se emiten a través de la televisión paga. Recién ahora, a partir de la sanción de la ley 26.522, estas señales que se emiten a través de la televisión paga fueron incluidas como una especie de sujeto jurídico pasible de regulación.

Si no se realiza la inversión publicitaria o comunicación oficial a través de los medios que tienen licencia o permiso para emitir, estamos desvirtuando la estructura económica. Yo represento a empresas que tienen que ganar dinero lícitamente, que son empresas cuyos accionistas armaron un estatuto de sociedades comerciales, y estamos para eso, sin perder de vista la efectividad de lo que queremos comunicar.

Está bien hablar de estos temas hoy en la Argentina, pero lamentablemente el año pasado tuvimos un debate que nos pasó por encima. No me refiero a la ley de medios sino a la reforma política, que lo que hizo fue prohibir la publicidad de candidatos en radio y televisión, dejándola permitida en el sector de diarios y revistas. De esta manera se genera un desbalanceo importante en el mercado publicitario porque en los años que hay campañas políticas los anunciantes privados no acompañan, por un tema de imagen prefieren mantenerse fuera de las pantallas o fuera de las radios. Es más, tenemos que ceder el 10 por ciento del tiempo de programación para que se emita la publicidad política, de la cual no recibimos un peso. Este tema nos ha perjudicado mucho.

La ley de medios tiene puntos buenos y malos. Los malos son que nos genera muchos más costos en cuanto se trata de producciones que tenemos que comprar que no comprábamos. Yo represento a CEMCI pero en realidad también represento al grupo Telefé, que es el primer productor de Argentina y la tercera productora de Latinoamérica. La verdad es que no notamos una agenda destinada al crecimiento de los productos argentinos sino que más bien, como decía antes, la ley de medios nos pone sobrecostos. Pero a su vez tiene algo muy bueno que es la integración al sistema legal de todo lo que son comunitarios y demás, que hoy por hoy estaban afuera y que entiendo que deberían recibir pauta oficial cuando esté regularizada su situación, de lo contrario, hablamos de transparencia pero no para todos. Si competimos por algo, tenemos que operar con las mismas reglas y condiciones.

Por otra parte, tenemos temas pendientes de resolución que nos gustaría que en algún momento se traten como son, en los medios gráficos, la disminución del precio de IVA de tapa; en la televisión propiamente dicha tenemos aranceles de entidades autorales que en general son monopólicas, y en radio y televisión tenemos una sobrecarga de costos del 10 por ciento por sobre las tasas y gravámenes que tienen todos.

Tenemos que tener en cuenta también que la publicidad está creciendo a un 15 por ciento anual, que las cifras que se publican muchas veces se refieren a inversión publicitaria y no a lo que llega al medio. Todo esto debe ser tenido en cuenta en la cadena de comercialización, que pasa por agencias y centrales de medios. Los salarios crecen a más del 20 por ciento, por lo que no sé cuántos años nos dará la cuenta pero dentro de algún tiempo los números no van a cerrar más.

Una industria que sí ha tenido un fuerte apoyo fue la del software. Los medios queremos contar con medidas parecidas para poder subsistir. La ley de medios viene a legalizar a una serie de medios y a generar una mayor diversidad, como dijimos anteriormente, pero si no le damos sustentabilidad económica a esto, en unos años nos vamos encontrar con un monopolio mucho peor porque todos necesitamos pagar sueldos y cumplir con los impuestos.

La industria de medios en la Argentina también es embajadora en el extranjero. Este año el cine argentino ganó un Oscar, también el cine se está estimulando con la ley de medios y hay producciones televisivas que ya conquistan Asia; es la primera vez que América latina hace esto.

Por todo esto necesitamos medidas para la subsistencia de todos los medios en general. Los que hacemos medios en la Argentina, amamos lo que hacemos y vamos a pelear por la supervivencia de nuestra industria, vamos a pelear el mercado. En varias oportunidades han dicho que tenemos miedo a competir, pero no es así y estamos muy seguros de los productos que hacemos. Queremos igualdad de condiciones. Como dijo el general San Martín, seremos lo que debemos ser, si no, no seremos nada.

SRA. PRESIDENTA VÁZQUEZ Muchas gracias. La CEMCI es la Cámara Empresaria de Medios de Comunicación Independiente.

Tiene la palabra el doctor Loñ.

SR. LOÑ Agradezco la invitación que me cursaran las comisiones de Comunicaciones e Informática y de Libertad de Expresión para que pueda expresarme sobre un tema tan delicado como es la publicidad oficial.

Desde ya adelanto mi postura de que esto está intrínsecamente ligado con la libertad de expresión. Es decir, la publicidad oficial y la libertad de expresión están íntimamente conectadas.

Quiero recordar que la libertad de expresión, desde la revolución francesa siempre ha sido considerada como una libertad muy especial, que requería de una protección también especial.

Por eso nuestra Constitución la consagró de una manera muy significativa puesto que entre los derechos civiles se encuentra el de publicar ideas por la prensa sin censura previa. Además, la reforma de 1860 incluyó un artículo que dice que el Congreso no dictará leyes que restrinjan la libertad de imprenta ni establezca sobre ella la jurisdicción federal. Es un derecho que siempre ha tenido una protección muy significativa.

Recordemos también que está íntimamente vinculada con la libertad del ser humano. Cuando Mariano Moreno funda "La Gazeta" el 7 de junio de 1810, Día del Periodista, la encabezó con una sentencia de Tácito que decía lo siguiente: "Raros momentos de felicidad aquellos en que el hombre puede sentir lo que quiere y decir lo que siente".

John Milton, en su Areopagítica, en el siglo XVI, había señalado que "por encima de todas las libertades, dadme la de decir libremente mi pensamiento." O sea que siempre fue considerada una libertad sustancial.

Aclarado este aspecto, creo que vamos a entrar de lleno en la incidencia que tiene la publicidad oficial en esta cuestión. Voy a recordar la opinión de un especialista en pedagogía de la comunicación, como Guillermo Orozco Gómez, profesor en la Universidad de Guadalajara, México, quien dijo: "Siempre se ha venido dando el intento de control de los medios. Hay maneras sutiles de practicar la censura o compra de periodistas o diarios. Por ejemplo, simplemente el gobierno puede retirar su propaganda de ciertos medios y los medios se quedan un poco a la deriva, o incluso algunos no pueden subsistir. Esa es una manera contemporánea de hacer presión."

Por otro lado, Gabriela Cerruti dijo en 2006: "Creo en una distribución republicana de la pauta publicitaria, y ello no está sucediendo."

No quiero atosigarlos con distintas opiniones, pero me parece que cabe señalar la de nuestra propia Corte Suprema de Justicia de la Nación. En el caso "Ediciones Platenses", de 1997, había mantenido la posición mayoritaria de la Corte de entonces, es decir, la postura de la discrecionalidad que tiene el Poder Ejecutivo en el manejo de la publicidad oficial. Pero hubo una disidencia suscripta por los doctores Petracchi, Fayt y Bossert quienes dijeron que "el manejo discrecional en la entrega de la publicidad oficial", y luego reforzaron la posición diciendo: "que cada una de éstas minan las bases sobre las que se asienta la prensa, que sigue siendo condición necesaria para un gobierno libre." Es decir que la Corte dijo que había medidas directas como la clausura de un periódico.

Recuerdo el caso "Siri" de 1958 cuando se trataba de la clausura de un periódico que dio lugar a la creación pretoriana -es decir, por los jueces- de la acción de amparo. Fue la primera acción de amparo en materia de libertad de expresión que se admitió; luego se levantó la clausura del periódico.

La Corte dijo que las vías pueden ser no solamente directas, como la clausura de un periódico, sino también puede haber indirectas, entre las cuales los doctores que mencioné hablaron del manejo discrecional en la entrega de la publicidad oficial.

Con respecto a la discrecionalidad, quiero recordar que "discrecionalidad" no significa "arbitrariedad". La Corte Suprema de Justicia en un fallo de 1960, aproximadamente, en el caso "Arenson c/ Nación Argentina" -no se refería a una cuestión de publicidad oficial, pero sí se refería al ejercicio de una facultad discrecional-, dijo lo siguiente: "La circunstancia que la recurrente obrase en ejercicio de facultades discrecionales,..." se está refiriendo al Poder Ejecutivo, "...en manera alguna puede constituir un justificativo de su conducta arbitraria, pues es precisamente la razonabilidad con que se ejercen tales facultades el principio que otorga validez a los actos de los órganos del Estado y que permite a los jueces, ante el planteo concreto de la parte interesada, verificar el cumplimiento de dicho presupuesto." Es decir, el de la razonabilidad.

Quiero recordar que el sistema democrático se asienta en la razonabilidad; la democracia es un sistema racional de convivencia que se plasma en los países democráticos en una Constitución.

El principio de razonabilidad está claramente establecido en el artículo 28 de la Constitución Nacional donde dice que "los principios, declaraciones y derechos consagrados en la Constitución no podrán ser alterados por las leyes que reglamenten su ejercicio". Ahí está consagrado su ejercicio y no se admite la discrecionalidad como expresión de arbitrariedad. Tiene, entonces, que haber razonabilidad en cualquier acto o decisión de gobierno, ya sea a través de un decreto, de una ley o de una sentencia. Por eso los jueces revisan sus sentencias cuando hay arbitrariedad. La Corte Suprema determinó esto también por creación pretoriana.

Además del principio de razonabilidad, el otro gran principio que está en juego en la distribución de la publicidad oficial es el principio de igualdad. A todas las personas que están colocadas en la misma situación debe dárseles un trato igualitario. Este ha sido el concepto de igualdad consagrado en numerosos fallos por la Corte Suprema. No significa nivelar lo que no es nivelable, sino que a aquellos que están en la misma condición debe dárseles el mismo trato.

Quiero recordar también el principio que se ha sentado en la declaración de Chapultepec, adoptada por la Confederación Hemisférica sobre Libertad de Expresión celebrada en México el 11 de marzo de 1994, o sea hace varios años. De dicho documento importa rescatar tres principios esenciales que textualmente dicen: "Los medios de comunicación y los periodistas no deben ser objeto de discriminaciones o favores en razón de lo que escriban o digan.

"Las políticas arancelarias y cambiarias, las licencias para la importación de papel o equipo periodístico, el otorgamiento de frecuencias de radio y televisión y la concesión o supresión de publicidad estatal, no deben aplicarse para premiar o castigar a medios o periodistas.

"Ningún medio de comunicación o periodista debe ser sancionado por difundir o formular críticas o denuncias contra el poder público."

Resulta evidente que el manipuleo de la publicidad oficial además de una discriminación, que viola el principio de igualdad consagrado en la Constitución Nacional, constituye una vía indirecta que afecta la independencia del periodismo al beneficiarse a determinados medios en perjuicio de otros.

Quiero recordar también el caso "Río Negro", en el que la Corte Suprema de Justicia de la Nación en su voto mayoritario hizo suyos los principios que en "Ediciones Platenses" habían sido la disidencia y donde la mayoría había aceptado la discrecionalidad en la adjudicación de la publicidad oficial. Esa posición minoritaria se hizo mayoría en el caso "Río Negro"; la disidencia en este caso fue de Petracchi por razones especificas y no porque estuviera a favor de la adjudicación discrecional. Ese voto lo compartió Carmen Argibay y Juan Carlos Maqueda que también votaron en disidencia. Pero el voto de la mayoría dice algunas cosas interesantes y que convalidan lo que estamos diciendo.

Quiero recordar que en ese caso un diputado llamado Taylor, que era legislador neuquino, de la Legislatura de Neuquén, había hecho la denuncia de que se le había ofrecido un crédito para votar a favor de determinados candidatos a integrar el Superior Tribunal. El gobierno neuquino le retiró la publicidad en forma inmediata a ese periódico llamado "Río Negro".

La Corte dijo que se había constatado la existencia de supresión y reducción sustancial de la publicidad oficial y la ausencia de motivos razonables, cuya existencia debe ser probada por el Estado. El pleno ejercicio de las libertades es la regla en un Estado de derecho. El ejercicio irrazonable de facultades discrecionales: existe una supresión temporaria y una reducción sustancial sin causa justificada y además evidencia sobre el ejercicio irrazonable de facultades irrazonables. Es decir que no había habido un ejercicio razonable de facultades discrecionales, sino un ejercicio irrazonable.

Dice después que no puede afirmarse la existencia de un derecho a recibir determinada cantidad de publicidad oficial. El Poder Ejecutivo, que maneja la publicidad oficial, determina si publica o no. Nadie puede exigir al Poder Ejecutivo que publique algo, que contrate publicidad oficial. Pero la Corte dice que existe un derecho contra la asignación arbitraria o la afectación indirecta a la libertad de prensa por medios económicos.

La adjudicación de la publicidad oficial debe hacerse cumpliendo dos criterios constitucionales: no puede manipular la publicidad dándola y retirándola a algunos medios en base a criterios discriminatorios; y no puede utilizar la publicidad como un modo indirecto de afectar la libertad. Como ven, este voto mayoritario recoge lo que fue la disidencia en el caso "Ediciones Platenses".

Entonces, quería demostrarles la íntima conexión que tiene el ejercicio razonable y la distribución igualitaria de la publicidad para no afectar, como mecanismo indirecto, la libertad de expresión.

Por último, si me permiten, muy sintéticamente voy a mencionar algunos principios que a mi juicio debería contener una ley de publicidad oficial.

La publicidad oficial se regirá por los principios de interés general, no discriminación, veracidad, transparencia, responsabilidad, eficacia y austeridad en el gasto.

Todas las comunicaciones oficiales deberán tener por finalidad, entre otros aspectos, afianzar los valores y principios constitucionales, quedando expresamente prohibido ensalzar los logros y la labor de las autoridades públicas.

En este mismo sentido, resulta conveniente recordar el artículo 3° de la ley 25.610 que incorporó al Código Nacional Electoral una disposición que establece que durante la campaña electoral la publicidad de los actos de gobierno no podrá contener elementos que promuevan expresamente la captación de sufragio a favor de ninguno de los candidatos a cargos públicos electivos nacionales.

También creo que debería crearse en la Secretaría de Comunicaciones el Registro Público de Medios de Difusión de la Publicidad Oficial. Es decir, consagrar un registro y que todo el que aspire a recibir publicidad oficial esté inscripto en él a fin de evitar exclusiones discrecionales.

Asimismo, debería señalarse para el efectivo cumplimiento de la normativa, que cualquier persona, física o jurídica, pueda cuestionar alguna publicidad oficial. Sería consagrar una acción popular directa de inconstitucionalidad. Sería interesante porque creo que también es un interés directo el derecho a informar y ser informado debidamente. Recordemos que el Pacto de San José de Costa Rica es uno de los tratados internacionales que tiene rango constitucional y dice que toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole sin consideración de fronteras, ya sea oralmente o por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier procedimiento de su elección.

Creo que sería interesante contemplar la posibilidad de que haya una distribución básica para todos los inscriptos en el registro, y el resto en función del perfil de cada medio gráfico o televisivo o radial en relación con su audiencia, tirada, etcétera. Una sugerencia personal es que haya una base de distribución entre todos en forma igualitaria. Esto se hace, por ejemplo, en materia de adjudicaciones de los fondos para los partidos políticos en el proceso de campaña electoral: una parte se distribuye para todos igualitariamente.

Por otra parte, el precio que se pague por ocupación de los espacios no podrá ser nunca superior al que deban abonar los anunciantes privados. No se trata de que haya una ganancia en perjuicio de los fondos públicos.

Estas son algunas ideas y sugerencias que dejo a consideración de los señores diputados. He tratado de demostrar con la mayor contundencia posible -y espero haberlo logrado- que existe una íntima relación y vinculación entre libertad de expresión y distribución de la publicidad oficial. Son formas indirectas de distinguir entre los medios de comunicación, que perjudican la difusión y el derecho del ciudadano a recibir la más amplia información de toda índole. Recordemos lo de la sentencia de Tácito.

SRA. PRESIDENTA VÁZQUEZ Muchas gracias por su aporte, doctor Loñ.

En último término va a exponer el doctor Barcesat, luego de lo cual vamos a dar por concluida la reunión y pasaremos a reunirnos nuevamente el jueves a las 12. Aclaro estas cuestiones en este momento, porque al finalizar algunos diputados nos vamos a retirar para ir a la reunión de Labor Parlamentaria y no vamos a poder fijar el horario.

Tiene la palabra el doctor Barcesat.

SR. BARCESAT Muchas gracias por la invitación. Aclaro que mi especialidad no es tanto la comunicación sino la teoría general de la filosofía del derecho, pero precisamente creo que ello puede darnos algunos aportes y otros abordajes con diversidad semántica que puede interesar para este debate.

Mi primer boceto sería poner de relieve con mucho énfasis la importancia que tiene la comunicación social como aparato normalizador de conductas. Esto fue analizado en la década del 60 por Althusser, una década después con mucho más desarrollo al hablar de panoptismo social por Foucault. Es decir, el Estado reprime pero antes de hacerlo trata de normalizar conductas. Por lo tanto, la comunicación social, que es producción y difusión de conocimientos y de ideas, es uno de los elementos centrales que debe tomarse en cuenta a la hora de considerar pautas legislativas para la publicidad oficial.

Esto no significa de ninguna manera desconocer que esa comunicación oficial mayoritariamente no está en manos del Estado sino en manos de empresas privadas que hacen de esto un medio especial para imponer sus intereses particulares como interés general de la sociedad. Creo que en esto el Estado debe tener una función reguladora. No se puede hablar de igualdad de condiciones cuando en la realidad social se está en situación desigual, y quiero ser muy claro en esto.

Ya dijo Aristóteles en la Etica: un orden jurídico que trate igualmente a los que están en condiciones de existencia social desiguales, reproduce y profundiza la desigualdad. Con mucha más ironía y humor, pero no exento de veracidad, Anatole France decía que la ley francesa es igualitaria: prohíbe tanto al rico como al pobre dormir bajo los puentes de París.

Hablar de igualdad creo que significa precisamente favorecer la igualdad en las condiciones de comunicación social para aquellos medios que no poseen la capacidad económica para poder transmitir en igualdad de condiciones y que esto tiene mucho que ver con el sector al que se dirige la comunicación.

Si se me permite un ejemplo, si alguna iniciativa legisferante hablara de propiedad de la tierra de las comunidades originarias, creo que el medio más indicado para publicarla sería aquel que hable en el idioma de las comunidades originarias y no la publicación en el Boletín Oficial o alguna otra pauta en los medios masivos de comunicación social.

Creo que habrá que tener en cuenta la direccionalidad del mensaje para saber seleccionar a quién se favorece en la comunicación para equilibrar efectivamente las condiciones de existencia social.

Esto conduce necesariamente a otro tema: ¿qué es la comunicación? ¿Qué es la información? ¿Es una mercancía o un derecho humano? No vacilo en adjudicar el segundo sentido. Pero si se trata de un derecho humano, y postulamos que así es, hay que favorecer el acceso a la información. La palabra clave en toda política de derechos humanos es "acceso".

Esa palabra en nuestro constitucionalismo aparece recién en 1957 en el artículo 14 bis. Hoy en día la palabra "acceso" aparece generosamente reproducida en muchos textos constitucionales provenientes de reformas provinciales posteriores a 1994. Pero el acceso no tiene que ser solamente un cartel, tiene que ser una política. Es decir, algo que ponga en conexión la necesidad con la satisfacción social de esa necesidad. Esto es política de derechos humanos. El mundo imaginario e ideal de la norma jurídica, si no puede permear la realidad, sirve de poco; por el contrario, hasta podría constituir un perverso manipuleo del psiquismo social.

La Nación Argentina afortunadamente, y pongo esto de relieve, ha ratificado los más importantes tratados internacionales de derechos humanos y los ha incorporado luego de la reforma de 1994 -uno de los más importantes logros- con jerarquía de cláusula constitucional. Pero aún eso no es suficiente para transformar la realidad. Es necesario que el Estado adopte medidas para que ese acceso, que es el primer segmento de toda política de derechos humanos y en este caso a la información, esté efectivamente al alcance de todos y rija en la dimensión de lo universal, que sea para todos. Esto generosamente se emplea en los textos constitucionales y en los principales tratados de derechos humanos.

Dicho esto, quiero ingresar a lo que para mí son tres ejes constitucionales para este tema. El primero de ellos, y no es grandilocuencia, es que en la comunicación y publicidad oficial tiene que darse privilegio a la cláusula del deber de observancia de la supremacía de la Constitución Nacional incluida en su artículo 36. Podría parecer desmedido si dijéramos que esto está conectado con el deber de observancia de la supremacía de la Constitución Nacional, pero yo creo que la adecuada publicidad de los actos del Estado nacional hace al deber de observancia de la supremacía de la Constitución Nacional. Cuando la comunicación no es correcta, es insuficiente o está desviada, se desmerece el lugar que tienen los poderes constitucionales por legitimidad de origen y legitimidad de ejercicio en la función.

No se me escapa, aquí ha sido dicho, que el sistema actual de la Constitución de 1994 es hiperpresidencialista. Yo sé que todas las fuerzas políticas mayoritarias, previo a la Convención Constituyente dijeron que se iba a limitar el presidencialismo. No quiero imaginar qué hubiera pasado si se hubiera propuesto incrementar el presidencialismo. Recordemos que las dos fuerzas mayoritarias acordaron a través del Pacto de Olivos la constitucionalización de los decretos de necesidad y urgencia, la delegación legislativa en materia administrativa y el veto parcial de las leyes. Que no se diga que esto era patrimonio de una sola fuerza política porque en la reforma propuesta y frustrada de 1985, elevada por el entonces presidente de la Nación Ricardo Alfonsín y comunicada al Consejo Nacional para la Consolidación de la Democracia, figuraban estas mismas facultades. Entonces éste era un proyecto compartido por las fuerzas mayoritarias.

Este es el sistema que tenemos y así como se ha hecho una congratulación, a la cual me sumo, porque este Poder Legislativo asume en plenitud sus incumbencias constitucionales, debemos señalar que hay que bregar y luchar por la defensa efectiva de esas incumbencias constitucionales porque el sistema no favorece precisamente el desarrollo de la función legislativa sino que ésta ha sido en buena medida trasvasada o absorbida por el Poder Ejecutivo.

La segunda colocación sobre cláusula constitucional que es quizá la más atinente, la más estricta a la materia que estamos tratando, es la del articulo 42 de la Constitución Nacional cuando dice: "brindar información adecuada y veraz." Quiero aclarar -yo he sido convencional constituyente- que la inclusión de esto, que se logró recién en la sesión plenaria, fue una ardua tarea porque estuvo obstaculizado en la Comisión de Nuevos Derechos por el muy importante y presionante lobby de los medios de comunicación que a toda costa querían limitar la incorporación de una cláusula como la que finalmente se obtuvo en el debate en plenario.

Es decir que, para los medios de comunicación, vaya paradoja, lo más importante era impedir que hubiera una cláusula que estableciera el deber de información adecuada y veraz. Nosotros habíamos propuesto, siguiendo la expresión de la Convención Europea de Derechos Humanos: "información veraz y objetiva." No creo que haya ninguna diferencia por el cambio semántico. Debo decir que fue una tarea descomunal poder convencer al pleno de la Convención Constituyente para incluir en la cláusula de usuario y consumidor del texto constitucional este derecho de información adecuada y veraz como uno de los deberes y pilares fundamentales en la comercialización de mercancías y prestación de servicios. Si hay algún servicio por excelencia que amerita esta exigencia es la de la comunicación social, el de la información pública. Necesitamos que la información sea adecuada y veraz.

Sostengo además que una adecuada información hace a la mejor calidad ciudadana de los habitantes de la Nación Argentina. Todos conocemos que la teoría del Estado de derecho se basa en dos ficciones muy fuertes: la primera es la existencia de un contrato social, fórmula que nadie puede decir cuándo se firmó ni en qué escribanía.

La otra ficción fuerte es decir que el derecho se presume conocido por todos y que nadie puede excusar el incumplimiento de un deber bajo invocación de desconocer el derecho.

Yo me pregunto cuántos letrados conocen las más de 26 mil normas del derecho positivo argentino, y si agrego las provinciales, las ordenanzas de la Ciudad de Buenos Aires, ninguno de nosotros podría ostentar el título de abogado porque obviamente no podríamos dar cuenta de ese cúmulo.

Por lo tanto, es importante encomendar una recopilación o digesto que establezca cuál es la normativa vigente, como sé que ha hecho este Congreso. Creo que la información pública, la publicidad oficial, debe dar a conocer en la medida de lo posible, paulatina y gradualmente, con algunas unidades temáticas, cuál es la normativa. Porque como diría Alf Ross, si uno no internaliza en conducta la norma, es muy difícil que le preste observancia.

Para poder exigir esa observancia de los poderes y de los ciudadanos, primero hay que darle difusión a la norma y a los actos para que se internalice en conducta. De allí que en la sugerencia que voy a entregar por escrito he hecho algunas observaciones sobre el trabajo de la señora diputada Silvia Vázquez, que me pareció un proyecto que me satisface. Una de ellas, para mí la más importantes, es que también se entregue a publicidad, aunque no sea vinculante u obligatorio para el medio difundirlos, los principales actos y normas del gobierno para que sean conocidos por la ciudadanía.

Seamos sinceros, muy poca gente lee el Boletín Oficial, no es un material muy atractivo de lectura, y salvo para los que estamos de alguna manera comprometidos con esto, creo que en el general nadie compra el Boletín Oficial o lo lee todas las mañanas.

Información adecuada y veraz. Creo que este principio constitucional debe ser reproducido, instrumentado y ampliado en la normativa que regule la publicidad oficial.

Por último, me parece que esto atañe a otra cláusula de la Constitución, que es la cláusula del progreso. El tan poco invocado y tan poco aplicado inciso 19 del artículo 75 de la Constitución Nacional; fundamentalmente en lo que hace a la difusión de los avances en materia científica y tecnológica.

Si queremos ser un país independiente -y el desarrollo tecnológico es uno de los requisitos de ese desarrollo independiente- obviamente que tenemos que poner en conocimiento de la ciudadanía esos desarrollos.

Pongo un ejemplo, se ha difundido en algunos medios el dictamen y la apreciación del Instituto de Tecnología Agropecuaria sobre la funesta función del glifosato en la salud humana y por lo tanto se ha puesto en advertencia a la población para que tenga cuidado con estos riegos que se hacen para mejorar y acelerar la producción de la soja u otros productos agropecuarios, pero que no sea a costa de la población.

Esta difusión, estos actos publicitarios son indispensables para el logro de aquello que encabeza el artículo 75, inciso 19, que es el desarrollo humano y social sustentable. Es la fórmula de Naciones Unidas con algunos elementos más folclóricos que se le fueron agregando pero que en lo sustancial no modifican esa apreciación.

Si se trata de un organismo de contralor, no creo que deban generarse nuevas instancias jurisdiccionales. Respetuosamente discrepo con eso. En todo caso, creo que es importante la actividad previa a la publicación. Es importante un organismo integrado en forma plural y difusa, es decir, con productores y consumidores de información, que pueda asesorar al órgano u autoridad de aplicación.

Esto me parece importante, lo demás creo que ya está previsto en la legislación, ya sea través del derecho de apelación frente a un acto que se entienda discriminatorio o que sea censurante, y además por la vía regia de la acción de amparo, que es un medio autónomo y que además en la jurisprudencia de la Corte y particularmente a partir del pronunciamiento "Halabi" habilita la acción de amparo colectiva tan debatida del segundo párrafo del artículo 93 de la Constitución Nacional.

Por último, si me preguntaran para qué sirve todo esto, respondería con la fórmula de los pactos internacionales de Naciones Unidas: "Para un ser humano libre del temor y libre de la miseria."

SRA. PRESIDENTA VÁZQUEZ Gracias, doctor Barcesat.

Tiene la palabra el doctor Loñ.

SR. LOÑ Quisiera agregar algo importante que olvidé mencionar.

Creo que hay que tener en cuenta que la reforma de 1994 pretendió atenuar el presidencialismo; lamentablemente, como eso depende mucho de la vocación democrática de quienes nos gobiernan, se cayó en el hiperpresidencialismo. Por ello creo que estamos en una época en la que queremos retornar -no digo privilegiar porque no sería tan así- a que el Congreso cumpla con sus funciones en plenitud, las cuales básicamente son dos: hacer la ley y ejercer el control a través del juicio político del Poder Ejecutivo fundamentalmente y también de los jueces.

Creo que debería contemplarse la creación de una comisión bicameral que ejerza el control respecto de cómo el Poder Ejecutivo va cumpliendo con los principios consagrados en la ley sobre publicidad oficial.

SRA. PRESIDENTA VÁZQUEZ Muchas gracias al doctor Busso, al doctor Gordillo, al doctor Barcesat, al señor Heber Martínez y al doctor Loñ, por los aportes y opiniones que nos han brindado y los trabajos que algunos de ellos nos han enviado y otros nos van a dejar. Hoy nos hemos enriquecido mucho en este debate. Muchas gracias por su tiempo.

Volvemos a reunirnos el día jueves a las 12, en esta misma sala.

No habiendo más asuntos que tratar, queda levantada la reunión.

- Es la hora 18 y 37.