COMUNICACIONES E INFORMATICA
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 5107-D-2006
Fecha:06/09/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 125
Sumario: CREACION DEL DEPARTAMENTO DE INFORMACION DE OPERADORES PRIMARIOS AGROPECUARIOS.
Creación del Departamento de Información
de
Operadores Primarios Agropecuarios
Artículo 1º
Créase en el ámbito de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca
y Alimentación, del Ministerio de Economía y Producción, el
Departamento de Información de Operadores Primarios
Agropecuarios ( DIOPA).
Artículo 2º El
Departamento creado en esta Ley serà el encargado de abrir una
página en INTERNET, que podrá ser consultada por los productores
en forma gratuita, y en ella figurarán aquellos operadores que se
hayan inscripto en el Departamento, brindando los datos que, por vìa
reglamentaria se establezcan y reflejen el estado econòmico de los
que allì figuren.
Artìculo 3º
Los datos requeridos por la DIOPA deberàn ser actualizados
anualmente.
Artículo 4º
Los operadores primarios mencionados en el artículo1º , serán los
siguientes: acopiadores de granos, cooperativas, consignatarios de
haciendas, frigoríficos, molinos en general, fábricas de aceite,
fábricas de alimentos balanceados, corredores, exportadores,
desmotadoras, y todo aquel operador que reciba productos primarios
para ser acondicionados, elaborados, comercializados, exportados o,
simplemente oficien de intermediarios de comercializaciòn y deseen
ser incorporados como operadores primarios en la pàgina descripta
en el artìculo 2.
Artículo 5º -
Podrán acceder a la pàgina aquellos operadores primarios que así lo
deseen cumpliendo con los requisitos que, por vía reglamentaria, la
SAGP yA establezca, acción para la cual queda facultada. El acceso de
los operadores primarios a la pàgina es absolutamente
voluntario.
Artículo 6º
De forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El productor
agropecuario argentino ha demostrado sobradamente su capacidad
de trabajo, apertura a las nuevas tecnologías, espìritu de sacrificio y
solidaridad cuando las situaciones coyunturales del paìs lo
requirieron.
Con gran espìritu
desarrolla sus tareas de preparación de los suelos, plantación,
cuidados y posterior cosecha de los bienes primarios.Luego llega la
etapa de la comercializaciòn de sus esfuerzos y en este punto
observamos que se encuentra desprotegido dentro de un sistema que
presenta diversas alternativas y el productor debe elegir la mas
conveniente a fin de sacar el mejor provecho.
Lo que pretende el
presente proyecto es trasparentar la comercializaciòn en todos sus
rubros y especialidades.
Se invita a los
comercializadores a incorporarse a una base de datos, que por
supuesto no es obligatoria, para que al momento de vender la
cosecha o producción se pueda elegir a quien, a criterio del
productor, pueda parecerle mejor. Se evita asì algunos
inconvenientes surgidos de la experiencia de muchos años donde los
operadores que transitan por caminos paralelos al legal, pudieran
estafar en algunos casos al productor y en otros evadir sus
obligaciones fiscales por tratarse de operaciones comúnmente
denominadas "en negro".
El productor podrà asì
elegir entre los operadores a aquel que le resulte mas conveniente y,
si el operador no figurara en esta pàgina que aquì se crea, es elecciòn
libre del productor la de comercializar igual. Desde el Estado se pone
esta herramienta al servicio de una trasparencia en la
comercializaciòn a fin de brindar herramientas que sean útiles a la
hora de tomar una decisión. Estar inscripto en esta pàgina no es
obligatorio, por lo que se respetan las normas de libre comercio que
hoy imperan en nuestro paìs.
Una iniciativa que trata
de constituirse en una ayuda con un costo muy bajo para el Estado y
que se traducirà en mejores sistemas de comercializaciòn y
seguramente en una mayor recaudación impositiva.
Por ello, Sr. Presidente,
es que solicito la aprobación del presente proyecto.
Firmantes
| Firmante | Distrito | Bloque |
|---|---|---|
| MARTINEZ, JULIO CESAR | LA RIOJA | UCR |
| FERRO, FRANCISCO JOSE | BUENOS AIRES | UCR |
| GIUBERGIA, MIGUEL ANGEL | JUJUY | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
| Comisión |
|---|
| AGRICULTURA Y GANADERIA (Primera Competencia) |
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