AGRICULTURA Y GANADERIA
Comisión Permanente 
													
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 5968-D-2015
Sumario: SISTEMA NACIONAL DE BIBLIOTECAS, ARCHIVOS Y CENTROS DE DOCUMENTACION. CREACION.
Fecha: 17/11/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 155
	        SISTEMA 
NACIONAL DE BIBLIOTECAS, ARCHIVOS Y CENTROS DE 
DOCUMENTACIÓN
	        
	        
	        ARTÍCULO 1° - Objeto. 
La presente ley tiene por objeto crear el Sistema Nacional de Bibliotecas, Archivos y 
Centros de Documentación.
	        
	        
	        ARTÍCULO 2° - Finalidad. La 
finalidad del Sistema Nacional de Bibliotecas, Archivos y Centros de Documentación es 
integrar a las distintas unidades de información en redes de gestión que, a través de 
mecanismos de trabajo cooperativos, se orienten a mejorar la infraestructura de la 
información y definir normas y estándares comunes que optimicen la calidad y capacidad 
de los servicios establecidos, para garantizar a las distintas comunidades de usuarios la 
igualdad de oportunidades en el acceso a la información y a la producción del 
conocimiento.
	        
	        
	        A los fines de esta ley se considera Unidad 
de Información a cualquier tipo de biblioteca, archivo y centro de documentación, sea 
público o privado.  
	        
	        
	        ARTÍCULO 3° - Composición.  El 
Sistema Nacional de Bibliotecas, Archivos y Centros de Documentación está conformado 
por bibliotecas de nivel nacional, provincial y municipal; bibliotecas populares, 
universitarias y científicas; y otras bibliotecas, centros de documentación y archivos 
pertenecientes al ámbito público, existentes o los que se creen en el futuro; así como 
redes o unidades privadas que voluntariamente y a través de acuerdos específicos se 
incorporen al mismo.
	        
	        
	        ARTÍCULO 4° - 
Objetivos. Son objetivos del Sistema Nacional de Bibliotecas, Archivos y Centros de 
Documentación: 
	        
	        
	        a.	Integrar a todas las 
unidades de información en y entre los distintos niveles jurisdiccionales.
	        
	        
	        b.	Desarrollar  una política pública 
nacional de unidades de información, asegurando su concordancia estratégica con las 
políticas públicas de desarrollo cultural y científico llevadas adelante en el país.
	        
	        
	        c.	Garantizar la igualdad en el acceso a 
la información y a la producción del conocimiento, atendiendo a la diversidad cultural y 
lingüística de las distintas comunidades que conforman la sociedad.
	        
	        
	        d.	Preservar, conservar, defender y 
difundir el fondo bibliográfico y documental de la nación. 
	        
	        
	        e.	Procurar el resguardo legal del fondo 
bibliográfico y documental de la nación.
	        
	        
	        f.	Posibilitar la optimización y 
ampliación de los recursos, producciones y servicios específicos de cada una de las redes 
y unidades de información.
	        
	        
	        g.	Garantizar el desarrollo, calidad y la 
optimización permanente de los servicios bibliotecarios, archivísticos e 
informativos.
	        
	        
	        h.	Promover la formación de 
los acervos analógicos y digitales de las colecciones pertenecientes a cada 
unidad de información. 
	        
	        
	        i.	Propiciar la adecuación de 
la gestión de la información de acuerdo a normas y estándares nacionales e 
internacionales, que permitan la integración de las unidades de información 
mencionadas en la presente ley. 
	        
	        
	        ARTÍCULO 5° - Consejo. Créase el 
Consejo Nacional de Bibliotecas, Archivos y Centros de Documentación, cuya misión es 
la articulación del Sistema Nacional de Bibliotecas, Archivos y Centros de 
Documentación, a través del diseño, planificación e implementación de una política 
pública que reconozca y potencie el rol de las Unidades de Información en la 
democratización del acceso al conocimiento y en la promoción del pleno ejercicio del 
derecho por parte de la ciudadanía de producir y recibir información. 
	        
	        
	        ARTÍCULO 6° - Integración del 
Consejo. El Consejo Nacional de Bibliotecas, Archivos y Centros de Documentación se 
integrará con un representante de cada una de las siguientes entidades: la Biblioteca 
Nacional, la Comisión Nacional Protectora de Bibliotecas Populares (CONABIP); la 
Biblioteca Nacional de Maestros; el Centro Argentino de Información Científica y 
Tecnológica (CAICYT-CONICET); la Biblioteca del Congreso de la Nación; la 
Biblioteca Central de la Corte Suprema de Justicia de la Nación; el Archivo General de la 
Nación; representantes de las bibliotecas de las Universidades Nacionales y 
representantes de Unidades de Información de las Provincias y Municipios. 
	        
	        
	        ARTÍCULO 7° - Autoridades. La 
dirección y coordinación del Consejo Nacional de Bibliotecas, Archivos y Centros de 
Documentación estarán a cargo de un presidente y un vicepresidente designados y 
removidos por el Poder Ejecutivo Nacional.
	        
	        
	        ARTÍCULO 8° - 
Incorporación. El Consejo Nacional de Bibliotecas, Archivos y Centros de 
Documentación puede incorporar otras instituciones, organismos o entidades, 
por aprobación de la mayoría simple de sus miembros y siempre que se respeten 
los criterios establecidos en las disposiciones reglamentarias. 
	        
	        
	        ARTÍCULO 9° - Reunión. 
El Consejo Nacional de Bibliotecas, Archivos y Centros de Documentación debe 
reunirse en asamblea plenaria como mínimo una vez al año con el propósito de 
fijar y desarrollar un programa de trabajo anual. Asimismo puede celebrar 
encuentros periódicos en función del cumplimiento de dicho programa.   
	        
	        
	        ARTÍCULO 10° -  Funciones. Son 
funciones del Consejo Nacional de Bibliotecas, Archivos y Centros de 
Documentación:
	        
	        
	        a.	Diseñar, implementar y evaluar la 
política pública nacional de Unidades de Información.
	        
	        
	        b.	Crear mecanismos de 
articulación e intercambio a nivel local, regional y nacional entre las distintas 
unidades de información, que contribuya a desarrollar una gestión integral y 
cooperativa de sus recursos, productos y servicios.
	        
	        
	        c.	Elaborar un sistema 
integral de indicadores que permita dar seguimiento a la evolución del sector y 
sus servicios.
	        
	        
	        d.	Producir diagnósticos 
periódicos sobre la infraestructura y los servicios de las Unidades de Información 
de todo el país. 
	        
	        
	        e.	Proponer e implementar 
normas de procedimiento y estándares técnicos (catalogación, accesibilidad, etc.) 
destinados a ser utilizados en las distintas unidades de información con el 
propósito de lograr el máximo de homogenización y racionalización en el 
tratamiento de la información.
	        
	        
	        f.	Promover proyectos y 
acciones de protección y recuperación de fondos bibliográficos y documentales 
de la nación.
	        
	        
	        g.	Fomentar el 
establecimiento de herramientas y programas con el propósito de agilizar y 
facilitar el acceso y la administración de la información: catálogos colectivos, 
inventarios, estadísticas, catalogación centralizada, catalogación cooperativa, y 
otros recursos que favorezcan la colaboración entre las unidades que conforman 
el sistema. 
	        
	        
	        h.	Promover la formación y 
actualización de los recursos humanos del Sistema Nacional de Bibliotecas, 
Archivos y Centros de Documentación a través de la realización de seminarios, 
talleres y otras acciones de capacitación. 
	        
	        
	        i.	Promover programas 
sostenibles para la formación de los acervos analógicos y digitales con 
colecciones pertinentes a cada unidad de información.
	        
	        
	        j.	Llevar adelante la 
estrategia comunicacional del Sistema Nacional de Bibliotecas, Archivos y Centros 
de Documentación tanto para las instituciones integrantes como para los 
usuarios, con el fin de difundir novedades y actividades y facilitar el intercambio 
de experiencias.
	        
	        
	        k.	Representar al Sistema 
Nacional de Bibliotecas, Archivos y Centros de Documentación en organizaciones 
e instancias regionales e internacionales, en donde se impulse la cooperación 
entre países para articular acciones y proyectos comunes en materia de gestión 
de la información. 
	        
	        
	        l.	Propiciar junto a otros 
países de la región la conformación de redes de bibliotecas e información a nivel 
regional. 
	        
	        
	        m.	Generar instancias de 
coordinación de los planes, proyectos y acciones de promoción a la lectura, 
llevados adelante por todas las instituciones y redes participantes en el Sistema 
Nacional de Bibliotecas, Archivos y Centros de Documentación en función de su 
integración y mayor impacto. 
	        
	        
	        n.	Impulsar acciones de 
protección de la misión de interés público de las unidades de información que 
conformarán el Sistema Nacional de Bibliotecas, Archivos y Centros de 
Documentación.
	        
	        
	        o.	Convocar en consulta a 
especialistas de reconocida trayectoria en el ámbito académico y/o de la 
Sociedad Civil a fin de contribuir al alcance de las metas programáticas 
propuestas. 
	        
	        
	        p.	Dictar su propia 
reglamentación interna.
	        
	        
	        q.	Todas aquellas otras 
funciones que correspondan para el cumplimiento de su misión 
institucional.
	        
	        
	        ARTÍCULO 11°.- Los gastos que 
demande el funcionamiento del Consejo Nacional de Unidades de Información son 
atendidos con las partidas presupuestarias asignadas anualmente por la Ley de 
Presupuesto o leyes especiales. 
	        
	        
	        ARTÍCULO 12º - 
Comuníquese al Poder Ejecutivo. 
	          
      
  
 
					FUNDAMENTOS
Señor presidente:
	        En esta oportunidad, traigo a consideración 
de mis colegas un proyecto de Ley cuyo objeto consiste en la creación del Sistema 
Nacional de Bibliotecas, Archivos y Centros de Documentación. Dicho sistema tiene por 
fin último garantizar a las distintas comunidades de usuarios la igualdad de oportunidades 
en el acceso a la información y a la producción del conocimiento.
	        
	        
	        El fortalecimiento de un modelo de 
desarrollo con inclusión se basa en la construcción y ampliación de ciudadanía. 
Dentro de los elementos imprescindibles para la formación de ciudadanos críticos 
y autónomos se encuentra el acceso a la información como un derecho esencial. 
	        
	        
	        En este sentido, resulta oportuno 
subrayar que el acceso a la información y a la cultura son derechos reconocidos 
en Tratados Internacionales que han adquirido en nuestro país rango 
constitucional a partir de la Reforma Constitucional de 1994 (1) .
	        
	        
	        El derecho a la información en sus 
dos partes implicadas -la del derecho a informar y la del derecho a recibir 
información- tiene en nuestro país rango constitucional desde la introducción del 
Pacto de San José de Costa Rica como derecho positivo y es un pilar 
fundamental a la hora de construir una democracia que no sea meramente 
formal y reducida a lo representativo, sino real y fundamentalmente participativa. 
	        
	        
	        Con los avances exponenciales en 
las denominadas tecnologías de la información y la comunicación y los procesos 
de globalización en sus múltiples dimensiones, algunos pensadores del campo de 
las ciencias sociales han planteado el pasaje en las últimas décadas de la 
sociedad industrial a la sociedad de la información o del conocimiento, en la cual 
este último se habría transformado en fuerza productiva directa y en el eje de un 
nuevo modo de producción que impacta en nuevos modos de comunicarnos, de 
percibir, de leer. 
	        
	        
	        Las bibliotecas representan 
históricamente espacios donde se encuentra la información organizada, en 
cualquier soporte en que ella se manifieste. Han evolucionado en el tiempo y al 
mismo tiempo han mantenido las funciones tradicionales que las llevan a ser el 
centro de preservación del patrimonio bibliográfico y el espacio de consulta que 
siempre han sido. Hoy tienen el desafío de  garantizar el acceso a la información 
y al conocimiento; promover la lectura en sus múltiples soportes, modalidades y 
prácticas; impartir capacitación a los usuarios sobre el uso de tecnologías 
digitales y las que se produzcan en el futuro; fomentar la formación de 
repositorios digitales con la producción intelectual, artística y cultural 
favoreciendo su visibilidad y el acceso democrático a la misma; conservar y 
difundir el patrimonio histórico y cultural de cada comunidad y contribuir a la 
democratización del derecho a la cultura en sus variadas manifestaciones.
	        
	        
	        En Argentina existen numerosos tipos de 
bibliotecas, archivos, centros de documentación pertenecientes a distintos ámbitos y 
jurisdicciones, organizadas, según el caso, en redes y sistemas. Las hay nacionales, 
públicas y privadas; especializadas, universitarias, científicas, populares, provinciales, 
municipales, escolares, de organismos no gubernamentales; con distintos niveles de 
incorporación de tecnología, con diferentes tipos de usuarios y servicios, con colecciones 
de tamaños diversos. Dado el universo de entidades existentes, a los fines de la ley, estas 
bibliotecas, archivos y centros de documentación son denominados "unidades de 
información".
	        
	        
	        A pesar de esta diversidad, y a 
diferencia de la mayoría de los países de la región, nuestro país carece de una 
autoridad pública en la materia así como de un sistema integrado que oriente la 
oferta desde la perspectiva de una política pública planificada.
	        
	        
	        El contexto en que funcionan y se 
relacionan los tipos de unidades de información mencionados ha presentado 
históricamente una complejidad y particularidad propias respecto de sus 
fortalezas y debilidades, a partir no sólo de las características culturales y 
sociales de cada zona, sino de los aspectos específicos de la configuración 
política y administrativa de cada ámbito jurisdiccional.  
	        
	        
	        Las bibliotecas pertenecientes al ámbito 
provincial y municipal, han quedado en gran medida condicionadas por las políticas 
desarrolladas en estos niveles jurisdiccionales; disociándose de las acciones que a nivel 
nacional se orientaron históricamente a la red de bibliotecas populares y escolares. En 
este sentido,  debido a la autonomía de cada una de las provincias, se han desarrollado en 
la mayoría de los casos políticas diferenciadas en materia de bibliotecas. Esto ha 
producido una desarticulación general que ha limitado una acción pública integral e 
igualitaria en materia de infraestructura edilicia, servicios, estándares técnicos, etc. Esta 
tendencia se repite en el nivel local en los distintos municipios.
	        
	        
	        Existen redes de unidades de información 
con una inserción y dinamismo propio en la comunidad, pero con bajos niveles de 
formalidad. Otras redes más institucionalizadas se basan en el voluntarismo y la 
cooperación, con la fortaleza que esto implica en términos de reconstrucción del lazo 
social y la participación ciudadana, pero con la debilidad que supone para la 
sustentabilidad en el tiempo.  
	        
	        
	        En muchos casos se han priorizado en las 
distintas redes y tipos de unidades existentes modelos de gestión que hacen foco en 
prácticas tradicionales y procesos técnicos, en desmedro de la preocupación por los 
servicios al usuario. También se ha dado el caso contrario, por el cual la concentración en 
este último aspecto puede llevar al descuido y la desatención de los procesos y estándares 
técnicos en el tratamiento de la información. 
	        
	        
	        Es por ello que resulta prioritario 
establecer una estructura formal con el objetivo de organizar y regular el 
funcionamiento de los servicios bibliotecarios y de información, a través de un 
marco común y de mecanismos de cooperación que optimicen y extiendan el 
servicio de las bibliotecas en el ámbito nacional. Esto debería permitir una fuerte 
articulación entre las numerosas unidades de información, públicas, 
semipúblicas, privadas, académicas, científicas, comunitarias y culturales; entre 
las cuales es necesario coordinar para garantizar a los usuarios en general la 
equidad en el acceso a la información, instalaciones, servicios, sin discriminación 
alguna. 
	        
	        
	        Para ello es necesario diseñar e 
implementar una política pública nacional de gestión de la información y el 
conocimiento, asegurando su concordancia estratégica con las políticas públicas 
de desarrollo social, cultural y científico llevadas adelante en el país.
	        
	        
	        Una política pública de este tipo 
debe ser capaz de reconocer los avances y desarrollos ya existentes en los 
distintos niveles jurisdiccionales; a la vez que promover y propiciar la 
organización de diversas redes públicas y privadas teniendo en cuenta el mapa 
de necesidades y demandas de las distintas regiones.
	        
	        
	        En este sentido, las premisas que deben 
sustentar una política pública nacional de gestión de la información y el conocimiento se 
vinculan a: el reconocimiento permanente y sistemático de las necesidades de 
información que tienen los integrantes de los distintos sectores de la comunidad; la 
cristalización de los valores y principios orientados a la diversidad cultural y lingüística 
de las distintas comunidades que conforman la sociedad; la coordinación estratégica con 
los planes de lectura, inclusión digital, desarrollo científico y cultural llevados adelante 
en el país en función de contribuir a una mayor igualdad en el acceso al conocimiento; la 
identificación con un modelo de gestión integral, participativo y plural que incorpora a 
todos los actores en la definición de propuestas y contenidos; y el reconocimiento de una 
identidad común regional que conduzca a la cooperación en materia de gestión de la 
información. 
	        
	        
	        Una política pública nacional de gestión de 
la información y el conocimiento es una necesidad de la sociedad y una acción de 
construcción participativa de las instituciones del estado, bibliotecas y ciudadanía, que 
debe transmitirse a las autoridades nacionales, provinciales y locales e impulsarse con el 
respaldo que debe dar la comunidad toda. 
	        
	        
	        Existen antecedentes, propuestas y 
estudios vinculados a proyectos de legislación para la creación de Sistemas de 
Bibliotecas y unidades de información, tanto a nivel nacional como de otras 
jurisdicciones. Desde hace varios años, estas iniciativas han intentado instalar la 
necesidad de que Argentina debe transitar hacia un proceso de mejora en la 
calidad y extensión de los servicios y recursos bibliotecarios y de información, a 
través de una adecuada coordinación entre los distintos sectores y 
jurisdicciones.
	        
	        
	        Entre las principales iniciativas 
pueden señalarse las siguientes:
	        
	        
	        - Proyecto de Ley 
1515/2004, de creación del SIBCABA - Sistema Integrado de Bibliotecas de la CABA 
(Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Ley 1515, 2004).
	        
	        
	        - Diagnóstico y análisis producido por el 
Centro Regional para el Fomento del Libro en América Latina y el Caribe -CERLALC- 
sobre las condiciones de posibilidad del desarrollo de dichos proyectos (diagnóstico 
elaborado en noviembre de 2007 a partir de la misión técnica y del encuentro en julio de 
2009 en CONABIP).
	        
	        
	        -Estrategias para la Creación del Sistema 
Federal de bibliotecas e Información de Carlos Víctor Penna. Buenos Aires, ABGRA 
(Asociación de Bibliotecarios Graduados de la República Argentina. ABGRA, 
1995).
	        
	        
	        -Penna, Carlos Víctor. Planeamiento de 
Servicios Bibliotecarios y de Documentación. Segunda edición, revisada y aumentada por 
P. H. Sewell y Herman Liebaers- Oficina de Educación Iberoamericana, Madrid, Unesco, 
París, 1970, 213 pp. 
	        
	        
	        A partir del año 2008, por iniciativa 
de la Comisión Nacional Protectora de Bibliotecas Populares (CONABIP), la 
Biblioteca Nacional y la Asociación de Bibliotecarios Graduados de la República 
Argentina (ABGRA), instituciones relevantes y representativas del sector 
bibliotecario nacional (2) , comprometieron esfuerzos con el propósito de discutir y 
definir lineamientos básicos de una política pública integral que reafirme y amplíe 
el derecho ciudadano de acceder a la lectura, a la información y al conocimiento 
de manera igualitaria. Como resultado de estos esfuerzos se presenta este 
proyecto de creación de un Sistema Nacional de Bibliotecas, Archivos y centros 
de documentación. 
	        
	        
	        De acuerdo con la propuesta que traemos a 
consideración, este sistema estará conformado por bibliotecas de distinto tipo, centros de 
documentación y archivos pertenecientes al ámbito público, existentes o los que se creen 
en el futuro, así como redes o unidades privadas que voluntariamente y a través de 
acuerdos específicos se incorporen al mismo.
	        
	        
	        El objetivo general es integrar a las 
distintas unidades de información en redes de gestión. A través de mecanismos de trabajo 
cooperativos se podrá mejorar la infraestructura de la información y definir normas y 
estándares comunes. Esto, en definitiva, optimizará la calidad y capacidad de los 
servicios establecidos, para garantizar a las distintas comunidades de usuarios la igualdad 
de oportunidades en el acceso a la información y a la producción del conocimiento.
	        
	        
	        Los objetivos específicos asignados al 
Sistema Nacional de Bibliotecas, Archivos y Centros de Documentación se encuadran en 
esta finalidad. Así, el Sistema Nacional procurará integrar a todas las unidades de 
información, desarrollar  una política pública nacional de unidades de información, 
preservar, conservar, defender y difundir el fondo bibliográfico y documental de la 
nación, y propiciar la adecuación de la gestión de la información de acuerdo a 
normas y estándares nacionales e internacionales, entre otras metas.
	        
	        
	        Para articular el Sistema Nacional de 
Unidades de Información se prevé la creación del Consejo Nacional de Bibliotecas, 
Archivos y Centros de Documentación, integrado con representantes de distintas 
entidades vinculadas al tema, sin perjuicio de que en el futuro se incorporen otras. La 
dirección y coordinación de dicho Consejo Nacional estarán a cargo de un presidente y 
un vicepresidente designados y removidos por el Poder Ejecutivo Nacional. 
	        
	        
	        En cuanto a su funcionamiento, el 
Consejo debe reunirse en asamblea plenaria como mínimo una vez al año, con el 
propósito de fijar y desarrollar un programa de trabajo anual. Sus funciones 
incluyen: el diseño, implementación y evaluación de la política pública nacional de 
Unidades de Información; la creación de mecanismos de articulación e intercambio 
entre las distintas unidades de información; la elaboración de un sistema integral 
de indicadores que permita dar seguimiento a la evolución del sector y sus 
servicios; la producción de diagnósticos periódicos sobre el sistema; la propuesta 
e implementación de normas de procedimiento y estándares técnicos destinados 
a ser utilizados en las distintas unidades de información; la promoción de la 
formación y actualización de los recursos humanos que compongan el sistema; 
entre muchas otras. 
	        
	        
	        Finalmente, en materia 
presupuestaria, se prevé que los gastos que demande el funcionamiento del 
Consejo Nacional sean atendidos con las partidas presupuestarias asignadas 
anualmente por la Ley de Presupuesto o leyes especiales. 
	        
	        
	        En definitiva, se trata de impulsar 
por medio de una ley la organización y la `puesta en funcionamiento de un 
sistema de redes que articule al conjunto de las unidades de información 
existentes en el país. En determinados momentos, la coordinación de esfuerzos 
puede tener efectos tan transformadores como el aumento de la inversión, Para 
eso este marco legal que permite potenciar los recursos disponibles y, en última 
instancia, ofrecer servicios de calidad para el conjunto de la población.
	        
	        
	        Como lo venimos demostrando en 
otras decisiones de políticas públicas, este gobierno tiene vocación de 
transformar cada área de la vida comunitaria que ofrezca una posibilidad de dar 
oportunidad a cada uno de los habitantes de este país. El acceso a la información 
y al conocimiento es un derecho de todos. Su promoción es la mejor garantía 
para la construcción de una sociedad crítica de su presente y comprometida y 
exigente con su futuro.
	        
	        
	        Por los motivos expuestos, solicito a 
mis pares que me acompañen en la aprobación del presente proyecto.
	          
      
  
 
					
  | Firmante | Distrito | Bloque | 
|---|---|---|
| BIANCHI, MARIA DEL CARMEN | CIUDAD de BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ | 
| PARRILLI, NANCI MARIA AGUSTINA | NEUQUEN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ | 
Giro a comisiones en Diputados
					| Comisión | 
|---|
| CULTURA (Primera Competencia) | 
| PRESUPUESTO Y HACIENDA | 
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
					| Fecha | Movimiento | Resultado | 
|---|---|---|
| 24/11/2015 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia sin modificaciones | 
| 03/05/2016 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |