AGRICULTURA Y GANADERIA

Comisión Permanente


Of. Administrativa: Piso P01 Oficina 104

Secretario administrativo SR. DARRE JUAN AGUSTIN

Martes 17.30hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2103 Internos 2103/04

cayganaderia@hcdn.gob.ar

PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 5366-D-2010

Fecha:21/07/2010

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 100

Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LOS FONDOS NECESARIOS PARA HACER FRENTE A LA EMERGENCIA AGROPECUARIA A RAIZ DE LAS HELADAS PRODUCIDAS EN VARIOS DEPARTAMENTOS DE ORAN, ANTA, SAN MARTIN Y GÜEMES DE LA PROVINCIA DE SALTA, EN EL MARCO DE LAS DISPOSICIONES CONTEMPLADAS EN LA LEY 26509.
Proyecto
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional, para que por intermedio del Ministerio de Agricultura, y en el marco de las disposiciones contempladas en la ley 26.509, se acuerden de manera inmediata los fondos necesarios para hacer frente a la emergencia agropecuaria a raíz de las heladas producidas en los departamentos de Orán, Anta, San Martín y Güemes, de la Provincia de Salta, en base a la evaluación efectuada por los comités de emergencia provincial y nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto solicita al Poder Ejecutivo, que de inmediato acuda en ayuda de los departamentos de Orán, Anta, San Martín y Güemes, de la provincia de Salta, afectados por intensas heladas que han producido daños en los cultivos superiores al 50%.
La situación en los mencionados Departamentos surgió de extrema helada que afectó y afecta a toda la región, lo que ha provocado importantes pérdidas en los cultivos, especialmente áreas con hortalizas y frutas, a lo que se suman daños significativos en las pasturas.
Relevamientos iniciales realizados por técnicos de las zonas afectadas, dan cuenta de pérdidas superiores al 50%, por lo que se estima que de reiterarse las condiciones climáticas adversas puede llegar a ser las pérdidas, totales.
Aseguran que los daños en los cultivos son irreversibles y que provocará pérdidas millonarias, que los productores de hortalizas y frutas estiman irreparables al final de la campaña.
La evaluación inicial se esta realizando con datos aportados por los chacareros y técnicos de la zona, y se presentó en el Ministerio de Desarrollo Económico de la provincia de Salta, un pedido para que se declare la emergencia agropecuaria a nivel provincial y nacional de acuerdo a lo establecido en la Ley 26.509.
La Asociación de Frutas y Hortalizas de Salta, informó significativas pérdidas a causas de las inclemencias climáticas entre ellas la zona de Colonia Santa Rosa, habiéndose malogrado la producción bananera y una parte sustancial de la producción de tomates, cebolla, zapallitos y otras hortalizas, de la que solo habría salido indemne aquella que se encontraba en invernaderos.
Zonas de los Departamentos señalados han sufrido cinco heladas con consecuencias irreversibles y difíciles de cuantificar en pesos al momento, pero sí en porcentual de pérdidas que inicialmente superan el 50%, por temperaturas de hasta -5º C.
Los fondos que se requieren a ser asignados, se afectarán para afrontar el desastre agropecuario con la finalidad de:
a) lograr el financiamiento para la asistencia de los productores agropecuarios afectados por los fenómenos climáticos, debiéndose incluir en la cesión de subsidios directos y específicos;
b) el financiamiento para la recuperación de la capacidad de producción de la superficie afectada por las intensas heladas y que afectaron distintos cultivos.
Esta situación requiere una rápida asignación de los beneficios contemplados en la Ley 26.509, con lo que se conseguiría:
- Prórroga del vencimiento del pago de los impuestos existentes o a crearse,
- Eximir total o parcialmente de los impuestos sobre los bienes personales y a la ganancia mínima presunta sobre aquellos bienes pertenecientes a explotaciones agropecuarias e inmuebles rurales arrendados,
- Deducirse en el balance impositivo del impuesto a las ganancias, el cien por ciento (100%) de los beneficios derivados de las ventas forzosas de hacienda bovina, ovina, caprina o porcina;
- Liberación del pago arancelario del Mercado Nacional de Hacienda, a las haciendas que ingresen en dicho mercado procedentes de zonas de desastre;
- Suspensión por parte de la AFIP, hasta el próximo ciclo productivo después de finalizado el período de emergencia o desastre agropecuario, la iniciación de los juicios de ejecución fiscal para el cobro de los impuestos adeudados; etc.
Por otra parte, el marco legal citado y su Reglamentación por Decreto Nacional 1.712/09 (B.O. 12/11/2009), conjuntamente con la Resolución de la AFIP-DGI-ADUANA Nro 2.723, Art.2 Art 3, Art 9, Art 10, Art 11 y Art 15; así como también resoluciones del Sistema Nacional para la Prevención y Mitigación de Emergencias y Desastres Agropecuarios (Consejo Consultivo de Emergencia Agropecuaria - Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios) que otorgan una protección especial a aquellos productores que hayan resultado damnificados por un fenómeno de carácter excepcional e inevitable, coadyuvarán a mitigar los efectos de la emergencia.
Por todo lo expresado, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
DAHER, ZULEMA BEATRIZ SALTA PERONISMO FEDERAL
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
AGRICULTURA Y GANADERIA (Primera Competencia)
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
15/09/2010 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría