AGRICULTURA Y GANADERIA
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 0120-D-2009
Sumario: DECLARAR LA EMERGENCIA AGROPECUARIA PARA LOS PRODUCTORES AGRICOLAS DEL DEPARTAMENTO DE RIVADAVIA, PROVINCIA DE MENDOZA POR EL PLAZO DE 12 MESES.
Fecha: 02/03/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 1
Artículo 1ro- Declárese la emergencia
agropecuaria durante el plazo de doce (12) meses para los productores del
Departamento de RIVADAVIA en la provincia de Mendoza, zona gravemente
afectada por tormentas de granizo.
Artículo 2do- El Jefe de Gabinete de
Ministros reasignará y modificará funciones en el Presupuesto Nacional 2009, a los
efectos de fijar una partida de asistencia por un monto de PESOS UN MILLON ($
1.000.000) , destinado a los damnificados del Departamento de Rivadavia,
Provincia de Mendoza.-
Articulo 3ro- El Poder Ejecutivo
Nacional promoverá:
a) El otorgamiento de créditos a
tasas subsidiadas a través de la banca oficial.-
b) El diferimiento por ciento ochenta
(180) días de las obligaciones previsionales y tributarias vencidas a través de los
organismos competentes y en los términos de los artículos 1º y 2º de la presente
ley.-
c) La recuperación del capital de
trabajo de los damnificados.-
Artículo 4to- El gobierno de la
provincia de Mendoza, conforme a lo preceptuado por la ley 22.913 determinará
los daños producidos e identificará a los damnificados beneficiarios de la presente
ley.
Artículo 5to-Comuníquese al Poder
Ejecutivo.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El Departamento de Rivadavia ha
sufrido durante el mes de diciembre de 2008, gravísimos incidentes climáticos de
lluvia y granizo que han causado fuertes daños no solo miles de hectáreas de
superficie cultivada sino también en gran cantidad de viviendas cuyos techos han
sido dañados, perdiendo así todo tipo de protección.
Que los daños que se han producido
en miles de hectáreas cultivadas, tendrá consecuencias en la producción agrícola
futura.
Según los fundamentos de la ley
22913, de emergencia agropecuaria, se precisa que dicha emergencia trata de
hechos imprevisibles, que por su magnitud o carácter excepcional, dificulten
gravemente la evolución de la producción y el cumplimiento de las obligaciones
fiscales y crediticias a cargo de las personas o empresas afectadas.
Por lo expuesto, y atento a la delicada
situación que sufre el Departamento, solicito la aprobación del presente proyecto
de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
MONTERO, LAURA GISELA | MENDOZA | CONSENSO FEDERAL |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
AGRICULTURA Y GANADERIA (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Giro a comisiones en Senado
Comisión |
---|
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
28/07/2009 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia con modificaciones |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Senado | Orden del Dia 0303/2009 | 14/08/2009 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | MOCION SOBRE TABLAS (PLAN DE LABOR) (AFIRMATIVA) | ||
Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION (TEXTO CONSENSUADO) | MEDIA SANCION | |
Senado | PASA A SENADO - | ||
Senado | CONSIDERACION Y SANCION | SANCIONADO | |
Diputados | COMUNICACION DEL DECRETO 1142/2009 del 27/08/2009 DE VETO PARCIAL Y PROMULGACION, OBSERVA LOS ARTICULOS 2 Y 3 |