Comisiones » Permanentes » Comisión Permanente de Asuntos Constitucionales » Reuniones » Versiones Taquigráficas »

ASUNTOS CONSTITUCIONALES

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P04 Oficina 449

Secretario Administrativo DR. URIONDO FRANCISCO MANUEL

Jefe SRA. ROJAS CAMILA SOLEDAD

Martes 14.00hs

Of. Administrativa: (054-11) 60752431 Internos 2431/32

caconstitucionales@hcdn.gob.ar

  • ASUNTOS CONSTITUCIONALES
  • LEGISLACION GENERAL
  • VIVIENDA Y ORDENAMIENTO URBANO

Reunión del día 27/06/2018

- PLENARIO

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los veintisiete días del mes junio de 2018, a la hora 13:
SR. PRESIDENTE TONELLI Damos comienzo a la reunión plenaria de las comisiones de Asuntos Constitucionales, de Vivienda y Ordenamiento Urbano, de Legislación General y de Presupuesto y Hacienda del día de la fecha, que ha sido convocada para emitir dictamen respecto de un proyecto de ley al que ya le hemos dedicado algunas reuniones informativas.

Por suerte, puedo anunciarles que estamos muy cerca de emitir un dictamen que hasta puede ser unánime, más allá de algunas pequeñas diferencias.

Hemos trabajado mucho en las semanas y días previos a esta reunión, todos muy motivados por las exposiciones que escuchamos en los plenarios informativos de parte de quienes son los destinatarios y beneficiarios finales de este proyecto de ley. Nos impresionaron gratamente y en algunos casos nos conmovió la expectativa y la esperanza que tanta gente que no la pasa bien tiene -creo que fundadamente- depositada en este proyecto de ley, que podría servir, si lo aprobamos y aplicamos bien, para solucionar nada más y nada menos que el problema de la vivienda de muchos compatriotas que -reitero- no la pasan bien.

Todos los señores diputados han recibido el proyecto que hemos consensuado. En este sentido, agradezco de manera particular no solo a los señores diputados Nicolás Massot y Fabio Quetglas, de mi propio bloque, sino también y especialmente al señor diputado Felipe Solá, presidente de la Comisión de Vivienda y Ordenamiento Urbano; al señor diputado Leonardo Grosso, del Movimiento Evita y al señor diputado Eduardo Bucca, del bloque Argentina Federal, por el empeño puesto para arribar a un acuerdo a fin de emitir un dictamen que represente una expresión genuina de la mayoría de esta Honorable Cámara.

Todos los señores diputados han recibido este proyecto consensuado que les enviamos ayer. De todas maneras, entre ayer y hoy hemos seguido analizando, discutiendo y conversando para mejorarlo aún más en todo lo que sea posible y hemos acordado unos pocos cambios que voy a comentar.

En primer término, en el artículo 8°, inciso 1, hemos suprimido el segundo párrafo, por el que se autorizaba a la Nación a proceder a la expropiación aún en caso de falta de acuerdo con las provincias y los municipios. Se suprime el párrafo que comienza diciendo "en caso de falta de acuerdo", de modo de reforzar aún más la idea y el propósito de la ley que todos compartimos, en el sentido de que nada pueda hacerse sin el acuerdo de la Nación, la provincia y el municipio en el cual esté asentado el barrio popular de que se trate. Esa es una de las modificaciones.

Las otras modificaciones comprenden unos pocos agregados en el artículo 6°, inciso 2, que se refiere a las funciones y atribuciones que va a tener el Ministerio de Desarrollo Social. paso a leer el nuevo texto del inciso 2. Dice así: "Implementar en forma conjunta con las provincias, los municipios y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en los que se encuentren los bienes inmuebles sujetos a expropiación y mediante convenios específicos proyectos de integración socio-urbana, que estarán sujetos a la viabilidad técnica, ambiental y económica, a criterios de planificación urbanística y al marco legal propio de cada jurisdicción, con el objeto de generar condiciones tendientes a mejorar la calidad de vida de sus ocupantes."

T.2

Es decir que se refuerza una vez más la idea de que para llevar adelante las regularizaciones dominiales hacen falta convenios específicos entre la Nación, las provincias y los municipios. A su vez, se plantea la obligación ineludible de respetar la legislación local.

En el inciso 3 de ese mismo artículo se agrega lo siguiente: "Promover acciones coordinadas con los organismos y ministerios competentes". Esto tiene que ver con la competencia del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda en lo que a obras públicas se refiere, que sin dudas van a ser necesarias. De hecho, en otros artículos del proyecto de ley se hace mención a las obras públicas.

La última modificación se refiere al inciso 3 del artículo 8º, que quedaría redactado de la siguiente manera: "Colaborar con las autoridades locales en la individualización de los barrios populares comprendidos en la presente ley, cuya localización actual implica un grave riesgo para sus habitantes, y acordar las relocalizaciones que sean imprescindibles cuando no hubiere soluciones alternativas disponibles y de acuerdo con los criterios internacionalmente aceptados en materia de reasentamiento. El convenio a celebrarse en cada caso deberá incluir el adecuado financiamiento de los programas de reasentamiento y de las obras necesarias."

Es decir que, como puede apreciarse, las poquísimas modificaciones que hemos acordado hasta ahora -y que por supuesto requieren el voto afirmativo de todos ustedes- están orientadas a reforzar la necesidad de que en cada caso haya un acuerdo entre la Nación, las provincias y los municipios. Asimismo, se intenta fortalecer el rol de los municipios en todo lo que tenga que ver con el propósito de la ley, tanto en lo referido a la regularización dominial como en lo que concierne a la integración urbana.

Confiamos en que con estas modificaciones lograremos un dictamen, si no unánime, al menos consensuado con la gran mayoría de los bloques y de los señores diputados que integran las cuatro comisiones. Esa es la expectativa que tenemos.

Dicho esto, vamos a dar comienzo a las intervenciones de los señores diputados.

Tiene la palabra el señor diputado Vallone.

SR. VALLONE Señor presidente: quiero hacer referencia a los artículos 7º y 8º, que nos preocupan. El inciso 5 del artículo 7º, que indica el marco regulatorio, especifica puntualmente que el Renabap establecerá las contraprestaciones que asumirán los ocupantes de los bienes inmuebles sujetos a expropiación promoviendo las condiciones más beneficiosas -sin aclarar cuáles son ellas- para la adquisición del dominio o uso de los inmuebles. Este es un tema clave del proyecto de ley: establecer cuál va a ser el monto para quienes ocupen los terrenos fiscales de los barrios populares.

En relación con el artículo 8º, el inciso 3 dice: "Colaborar con las autoridades locales en la relocalización de los barrios populares comprendidos en la presente ley, cuando no hubiere soluciones alternativas disponibles y de acuerdo con los criterios internacionalmente aceptados en materia de reasentamiento", como acaba de leer usted, señor presidente.

La pregunta es qué sucede o cuál es la colaboración a la que hace referencia este inciso.

En el artículo 9° se indica que todas las erogaciones que se deriven de cada uno de los convenios firmados para el cumplimiento de la presente ley serán afrontadas por las partes, de acuerdo con lo establecido en los respectivos convenios.

Estamos haciendo referencia al artículo 6°, inciso 1 y la pregunta es cómo se resuelve si no hay acuerdo.

SR. PRESIDENTE TONELLI Gracias, señor diputado.

Le haré algunas aclaraciones. Respecto del artículo 7°, inciso 5, y del monto a pagar, desde nuestro punto de vista está claro que cuando el proyecto expresa que deberá hacerlo en las condiciones más beneficiosas, estamos pensando en eso, es decir, en que sean condiciones beneficiosas y los destinatarios de los inmuebles puedan pagar sin problemas.

De todas maneras, sabemos que algún señor diputado va a hacer alguna propuesta en orden a ponerle un tope a esa contraprestación. De modo que con todo gusto la vamos a analizar y veremos si la podemos incluir.

Respecto de la otra pregunta vinculada con la falta de convenio, está claro que si no hay convenio entre las jurisdicciones involucradas, que son la Nación, la provincia y el municipio, no hay posibilidad alguna de aplicar la ley.

Para poder aplicar esta norma y proceder a una regularización dominial y una integración sociourbana en los términos planteados en la ley, no hay más posibilidad que el acuerdo.

Esto, inclusive, es algo que como expliqué en la introducción -y por las dudas reitero-, responde a un pedido y un reclamo muy expreso y concreto de los intendentes de todos los partidos políticos, en el sentido de asegurarse que sin la aquiescencia del municipio la Nación no va a hacer allí nada que interfiera o se interponga con las decisiones del propio municipio. Espero que esto le aclare sus dudas.

Tiene la palabra el señor diputado Cabandié.

SR. CABANDIÉ señor presidente: la verdad es que nos encontramos ante un proyecto que, en principio y en particular en sus inicios, pensé que iba a avanzar mucho más de lo que efectivamente está plasmado.

Se trata de un proyecto de regularización dominial. No es un proyecto de urbanización. Sin embargo, uno destaca el trabajo de aquellos que hicieron el relevamiento barrio por barrio en la Argentina, pero efectivamente queda un debe.

Es decir, nos encontramos ante un proyecto que tiene algunas dificultades. Desde mi punto de vista es muy laxo. No estamos hablando de una solución habitacional concreta. Lo que podemos decir es que es un avance.

Ahora, también me tengo que expresar en virtud de la experiencia que tengo con ustedes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la sustancia que los caracteriza o los denomina, no a todos, pero sí a los principales funcionarios de su gobierno. La hoy vicepresidenta de la Nación y en su momento vicejefa de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires había dicho en un programa de Mirta Legrand que era necesario entregarle el título de propiedad a los habitantes de la Villa 31 porque después el mercado iba a comprarles la vivienda. Esa es la lógica del mercado. ¿No estará pasando lo mismo? Me pregunto si no estamos legislando lo mismo.

También me quiero referir a la sustancia de los diez años de gobierno de Cambiemos o del PRO en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que es la tremenda especulación inmobiliaria que afecta a cientos y cientos de familias, sus fisonomías, sus identidades barriales y, sobre todo, generando un proceso que se denomina de expulsión, de gentrificación, como lo llamo un sociólogo uruguayo, que es lo que se produce cuando se concentran los mayores niveles de ingresos en las ciudades y eso tiende a expulsar a los habitantes de un distrito como es el de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.



Estamos hablando de un proyecto para todo el país, pero me refiero a la sustancia de la visión especulativa del proyecto inmobiliario que caracteriza al gobierno de ustedes.

Algunos de los presentes hemos sido legisladores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y recuerdo lo que pasó con los complejos habitacionales de la zona Sur de la ciudad y lo que esa experiencia indica. Cuando el gobierno de Mauricio Macri trajo la iniciativa de darles el título de propiedad a habitantes de complejos habitacionales en el Sur de la ciudad teníamos muchas dudas. Es cierto que los habitantes de esos complejos habitacionales que tenían situaciones irregulares en cuanto a la tenencia de sus títulos de propiedad estaban de acuerdo con obtenerlos.

Nuestro bloque votó a favor de esa iniciativa, pero lo hicimos con muchas dudas porque temíamos el retiro del Estado a partir del otorgamiento del título de propiedad. Dicho y hecho, es fue lo que sucedió. Por ejemplo, en el barrio Cardenal Antonio Samoré y otros complejos habitacionales del Sur de la ciudad, se les dio el título y luego el Estado se retiró. Es decir, se retiró el IVC de la ciudad. Entonces, ¿qué pasa con los lugares comunes como los ascensores, las terrazas, la limpieza de los tanques de agua? En este caso estamos hablando de edificios, pero es un paralelo para entender cuál es la sustancia y la esencia que tiene el gobierno que usted representa, señor presidente.

En ese sentido, se configura un Estado mínimo. ¿Qué es un Estado mínimo? Significa que el Estado está presente mínimamente y después se retira.

Entonces, ¿qué pasa ahora? Se otorgan los títulos de propiedad a familias en situación de vulnerabilidad socioeconómica, pero el Estado se retira. El mensaje es: arréglense ustedes, dado que el Estado no va a hacer apertura de calles, ni trabajar en la infraestructura o en los servicios, ni en los núcleos húmedos. Porque cuando hablamos de urbanización o integración urbana estamos hablando también de núcleos húmedos, como la cocina y el baño; en eso no se va a meter el Estado. Este proyecto ni siquiera habla de construcción o de vivienda. Es un proyecto de regularización dominial y que impide desalojos por cuatro años, tiempo que también se podría ampliar porque es bastante bajo.

En ese sentido, no creo en la buena voluntad de un proyecto que firmado por los diputados Negri y Massot.

Varios señores diputados hablan a la vez.
SR. CABANDIÉ No es un prejuicio, sino que me baso en los dos años y medio de este gobierno.

Sin embargo, dado el trabajo de relevamiento que hicieron las agrupaciones y los sectores sociales a lo largo y ancho del país, y sabiendo que hay buena voluntad en quienes formaron parte de ese trabajo para alcanzar un piso y seguir en el proceso de la vivienda digna, vamos a acompañar el dictamen de mayoría, pero planteando disidencias parciales, ya que varios diputados de mi bloque, y en mi caso en particular, tenemos dudas.

En definitiva, exigimos no solamente a los diputados oficialistas -si es que tienen la buena voluntad de mejorarle la calidad de vida a las personas de menores ingresos-, sino también a los que creemos que la urbanización y la vivienda digna es un proceso que hay que iniciar y que es necesario. Entonces, exijamos más, ya que en definitiva es eso. Si está la voluntad por parte de ustedes de votarlo por unanimidad, como lo acaba de decir usted, señor presidente, entonces exijamos más. Esto es poco, suena a nada. Estamos hablando solamente de suspender por cuatro años los desalojos y de hacer una regularización dominial. La regularización dominial es un proceso donde antes tiene que haber un banco de datos de tierras, lo que tampoco está contemplado.

No se trata de burocratizar una discusión, sino del proceso lógico para que después se aseguren los derechos de esas personas que van a tener su tierra. No sea cosa que estemos votando algo que implique -como lo hicieron ustedes en la ciudad- la configuración del Estado mínimo: "te doy, me retiro y arreglátelas vos". (Aplausos.)

SR. PRESIDENTE TONELLI Tiene la palabra la señora diputada Polledo.

SRA. POLLEDO Señor presidente: he tenido el gusto de compartir varios años en la Legislatura con el señor diputado preopinante. Tengo por él un gran cariño y respeto, pero creo que está desactualizado y se fue hace muchos años.

En los últimos años la ciudad de Buenos Aires ha sancionado leyes revolucionarias que referentes de sus movimientos acompañaron. Si quiere le doy los nombres de todos los proyectos que han acompañado. Así que decir que el Estado se retira y no hace cloacas ni calles por el solo hecho de dar un título para que luego el mercado lo absorba es, por lo pronto, desactualizado.

Lo siento en el alma. Si quiere lo invito, tomamos un café y le cuento las novedades, pero me parece raro que no las sepa. Se han votado leyes como la de la "Rodrigo Bueno", la de la "31" y la del "Playón de Chacarita"; seguramente me estoy olvidando de alguna otra más. Pero la realidad es que lo que se ha hecho en la ciudad de Buenos Aires es un ejemplo.

Entonces, el señor diputado Cabandié no puede dudar de que el gobierno nacional y nuestros funcionarios lleven adelante este proyecto, cuando hemos dado pruebas constantes de lo contrario. Le pido que vaya y visite. Vamos juntos a visitar estas villas para ver lo que está pasando allí.

Así que realmente pienso -porque creo en la buena fe del señor diputado- que simplemente está desactualizado; no le han contado. Si no, le reitero que se siente y averigüe bien qué acompañó su bloque y qué no. Realmente no puede no reconocer que la ciudad de Buenos Aires ha hecho un cambio absolutamente revolucionario en todo lo que tiene que ver con la urbanización de las villas. (Aplausos.)

SR. PRESIDENTE TONELLI Tiene la palabra la señora diputada Mayra Mendoza.

SRA. MENDOZA (M.S.) Señor presidente: coincido con el señor diputado Cabandié, particularmente sobre los autores de este proyecto, el señor diputado Massot y la señora diputada Carrió. No creo en su buena voluntad porque siempre están del lado de los antiderechos; nunca van a garantizar un derecho.

Considero que sobre este proyecto es necesario establecer ciertas pautas respecto del pago del precio que tienen que abonar los adjudicatarios de los terrenos. Ahí está puesta nuestra preocupación, recordando que muchos de los habitantes de los inmuebles del Registro Nacional de Barrios Populares ya han pagado por ellos e incluso han hecho considerables mejoras construyendo barrios donde no había nada.

Creemos que dicha situación debe estar plasmada en la redacción de un nuevo artículo. En ese sentido, proponemos la incorporación del artículo 11 bis, cuyo texto sería el siguiente: "El monto total a abonar por parte de cada adjudicatario por la fracción que ocupa resultante de la subdivisión estará determinado por el valor por metro cuadrado abonado al momento de la adquisición. En ningún caso, el precio total de venta a los adjudicatarios podrá exceder la suma equivalente a la de veintiocho (28) salarios sociales complementarios..."

Varios señores diputados hablan a la vez.
SRA. MENDOZA (M.S.) Les ruego silencio a los señores diputados dada la importancia de este tema, ya que estamos hablando de cuánto y cómo va a pagar la gente.

Continuó con la lectura del artículo propuesto: "En ningún caso, el precio total de venta a los adjudicatarios podrá exceder la suma equivalente a la de veintiocho (28) salarios sociales complementarios mensuales, otorgándose planes de pago de doscientos cuarenta (240) cuotas mensuales consecutivas, con una tasa de interés compensatoria del cuatro por ciento (4%) anual. El sistema de amortización a utilizar será el francés.

"La cuota mensual no podrá exceder el veintiún por ciento (21%) del haber mínimo jubilatorio,..." -ahí sería salario social complementario- "...quedando la autoridad de aplicación, la Nación, las provincias, los municipios y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, según corresponda, facultadas a otorgar planes de pagos de hasta trescientas (300) cuotas, cuando las condiciones personales, sociales y familiares del adquirente así lo justifiquen."

T.6

"El adjudicatario podrá solicitar la fijación de un monto superior para cada una de las cuotas, como así también la reducción del plazo mínimo de pago o la cancelación anticipada de la deuda, sin que esto signifique la imposición de multa alguna".

Este es el artículo cuya incorporación propone nuestro bloque por considerarla pertinente.

SR. PRESIDENTE TONELLI Antes de otorgar el uso de la palabra al próximo orador, quiero hacer una aclaración a la señora diputada preopinante respecto de su pedido.

Estamos dispuestos a incorporar un tope al monto máximo a pagar por los adquirentes de las fracciones o lotes. Es difícil ahora revisar el texto que nos han propuesto. Le sugiero que en todo caso lo presente como una disidencia parcial al momento de firmar el dictamen y que de acá al momento en que este proyecto sea tratado en el recinto busquemos un acuerdo en cuanto a la redacción.

SRA. MENDOZA (M. S.) Vamos a hacer eso, señor presidente. Dentro de nuestra disidencia parcial, esa es nuestra propuesta.



SR. PRESIDENTE TONELLI Muchas gracias.

Tiene la palabra el señor diputado Álvaro González.

SR. GONZÁLEZ Señor presidente: voy a ser breve, en aras de polemizar lo menos posible sobre lo que ocurre en un distrito como el de la Capital Federal, dado que estamos tratando un proyecto de índole nacional.

Quisiera decirle al diputado Cabandié, con quien me une un gran afecto y con quien estuve muchos años discutiendo sobre diversos temas en la Legislatura de la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires, que los preconceptos existen. Yo no soy el abogado defensor del señor diputado Massot, pero si ustedes quieren hacer público que él firma este proyecto porque los pone en un lugar incómodo, mejor abóquense a resolver los temas de la gente. No se equivoquen, trabajen para la gente. (Aplausos.)

Te quiero decir, Juan, que durante doce años ustedes podrían haberle dado el título a los muchachos de la Villa 31.

Te quiero invitar, Juan, a que veas que el jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene su despacho en la Villa 31.

Te quiero decir, Juan, que el Ministerio de Educación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se va a instalar en la Villa 31.

El señor diputado Cabandié hace uso de la palabra fuera del micrófono, por lo que no se alcanzan a percibir sus manifestaciones.
SR. PRESIDENTE TONELLI Por favor, no dialogue, señor diputado Cabandié.

SR. GONZÁLEZ Te quiero decir, Juan, que en el Elefante Blanco va a funcionar el Ministerio de Desarrollo Social.

Te quiero decir, Juan, que vayas a la villas Rodrigo Bueno, 1-11-14 y 1-11-24, y preguntés si el gobierno se olvidó de ellos.

Lo que te pido, Juan, es que el preconcepto no lo vengas a traer a una reunión de estas características, porque yo podría decirte a vos: "Mirá la provincia de Santa Cruz y después vení a decir qué es lo que está pasando en la Capital Federal". (Aplausos.)

SR. PRESIDENTE TONELLI Ruego a los señores diputados que en la medida de lo posible no dialoguen. No hay problema en otorgar el uso de la palabra al que la pida, pero tratemos de mantener el debate ordenadamente.

Señor diputado Cabandié: cuando quiera le otorgaré el uso de la palabra nuevamente.

Tiene la palabra la señora diputada Soria.

SRA. SORIA Señor presidente: ante todo, quiero darle las gracias por haber propiciado un debate extenso y permitido que participaran también los intendentes. Esto fue muy valioso. Por eso hoy podemos incorporar muchas de las modificaciones que solicitaron los intendentes y otros referentes provinciales para dar una mirada más federal a este proyecto.

Claro que coincidimos en los aspectos generales del proyecto de ley. Hay que dar una respuesta parlamentaria a esta problemática. Sin embargo, también planteamos observaciones y modificaciones que van a ser plasmados en una disidencia parcial, con el objetivo de que este proyecto sea más efectivo, eficiente y federal.

Nuestra intención es que resulte una verdadera consagración de los derechos a la vivienda. Sencillamente, porque a aquellos que venimos del interior de las provincias -en mi caso, de la Patagonia-, la redacción actual nos deja un sabor a poco. Esa es la realidad.



Una de las primeras modificaciones que queremos solicitar y hemos charlado con otros bloques, es que se contemplen otras herramientas jurídicas alternativas a la expropiación por parte del Estado nacional.

El dictamen propone como única herramienta la expropiación por parte del Poder Ejecutivo, en este caso careciendo de una mirada federal porque también existen expropiaciones llevadas adelante tanto por las provincias como por los municipios, sobre todo en los casos donde no haya acuerdo.

También se desconocen otras herramientas más económicas y menos costosas que lo que implica financiar una expropiación. Por ejemplo, encarar negociaciones directas con los dueños de los inmuebles o que el Estado nacional pueda asistir en prescripciones adquisitivas de dominio.

Por eso proponemos la modificación del artículo 3° en su parte final, en el sentido de limitar o excluir justamente a los tres poderes que menciona.

Según tengo entendido, el artículo 3° propuesto, en su parte final, dice lo siguiente: "En ningún caso se obstaculizará cualquier proceso de expropiación de regularización dominial iniciado por el gobierno nacional, provincial o municipal."

Lo que solicitamos es que se excluya este límite de los procesos iniciados por los gobiernos nacional, provincial y municipal, ya que hay casos -esto lo hemos conversado con otros bloques- donde justamente los vecinos han iniciado procesos de usucapión.

En mi provincia, por ejemplo, muchos vecinos de los barrios han iniciado procesos de usucapión contra un propietario que desapareció. En este caso, esos procesos quedarían suspendidos.

Si nosotros, sencillamente, eliminamos a los gobiernos nacional, provincial y municipal, permitiremos la incorporación de estos procesos ya iniciados para que puedan continuar y no se suspendan. Esa sería una de las modificaciones propuestas.

También queremos ahondar más, porque si bien es cierto que aceptaron muchas de las modificaciones -y estamos agradecidos por ello-, me parece que falta darle la mirada federal para que nos dé garantías y certezas a aquellos que venimos de las provincias de que podemos quedarnos tranquilos porque el Estado nacional va a cumplir.

¿Qué quiero decir con esto? Teniendo en cuenta que la tarea de la gestión territorial y urbanística es responsabilidad de las provincias y constituye una de las autonomías no delegadas por ellas a la Nación, no queremos que esta ley tan valiosa sea eventualmente declarada inconstitucional a pedido de alguna provincia.

Por eso proponemos la creación de un Comité Ejecutivo Federal para la Regularización Dominial. En ese sentido proponemos sustituir el artículo 10 del proyecto, que tiene sabor a poco, cuando menciona específicamente que la realización de los proyectos tendientes a la integración urbana de los barrios populares identificados en el Renabap debe realizarse con participación de los gobiernos locales, procurando incorporar sus iniciativas y experiencias.

Esa redacción no satisface en un ciento por ciento el principio de las autonomías no delegadas. Es por ello que proponemos la creación de este comité, integrado por un representante de la autoridad de aplicación -que será quien presida el organismo-, uno de cada una de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y uno de la Federación Argentina de Municipios.

Las funciones de dicho comité -que, insisto, le dará una mirada federal y tendrá oreja también en los intendentes- serán principalmente las de formular las políticas, los planes y las acciones necesarias para llevar adelante el cumplimiento de la presente ley; instruir a la autoridad de aplicación a los fines del cumplimiento de las acciones referidas en el inciso precedente y homologar -esto es lo más importante- los acuerdos previstos en el artículo 8°, incisos 1 y 2 de la presente ley, que es contribuir al desarrollo federal.

Otras funciones de este comité serán realizar un seguimiento y evaluar los resultados de la implementación de esta ley; promover y convocar la constitución de consejos regionales y por último, lógicamente, dictar su reglamento.

Estoy convencida de que dando participación en este organismo a un representante de cada provincia tendremos certezas de que no se va a avanzar con una u otra provincia, dándole prioridad quizás -no quiero pensar mal- a la misma bandera política o no; justamente esto nos daría la tranquilidad de que esto no será así.

Para aquellos que dicen que se avanzó mucho en el caso del conflicto que se planteó recién con la Capital Federal y si se hizo o no, les puedo dar certezas de que en mi ciudad y mi provincia el municipio está avanzando muchísimo con las regularizaciones dominiales. Todos los años se están entregando escrituras públicas, no títulos de tenencia. La escritura es lo único que le da tranquilidad al vecino y la certeza de que después de su firma viene, por supuesto, la infraestructura.

Como patagónica me generaría mucha más tranquilidad que se acepten estas modificaciones y se garantice la infraestructura, que es tan necesaria para asegurar el derecho a la vivienda. Con un título de tenencia no basta porque él no da agua potable ni cloacas.

Es cierto que fueron doce años del gobierno anterior, donde por suerte en mi provincia se hizo muchísimo, desde planes de vivienda hasta cloacas y obras para el suministro de agua potable. No nos hagamos los tontos tampoco.

SRA. CERRUTI Señor presidente: en realidad era para decirle personalmente lo que le dije esta mañana por Twitter: los diputados que pertenecemos a las comisiones de Libertad de Expresión, de Comunicaciones e Informática, etcétera, nos estamos retirando a la asamblea de los trabajadores de Télam porque hoy llegaron treinta nuevos telegramas de despido y ya son 380 los trabajadores despedidos. Lo que le puse en Twitter y le recuerdo es que en la Comisión de Asuntos Constitucionales hay un pedido de interpelación -o por lo menos, de presentación- del ministro Lombardi desde hace más de un mes para tratar el tema de Télam. Tal vez si usted lo hubiera convocado a la comisión o hubiéramos tratado ese tema hoy podríamos estar hablando de una búsqueda para solucionarlo y no de 380 familias que se han quedado sin trabajo.

Quería dejar expresado esto, señor presidente, y cuando tenga a bien le solicito tratar los innumerables pedidos de interpelación que se están amontonando en la Comisión de Asuntos Constitucionales. Sería bueno que tengamos una reunión para eso. (Aplausos.)

SR. PRESIDENTE TONELLI Tiene la palabra el señor diputado Brügge.

SR. BRÜGGE Señor presidente: obviamente que este tipo de iniciativa que estamos analizando es de un alto contenido social. Es una preocupación de todos los gobiernos, no solamente del nacional, sino también de los provinciales y municipales, solucionar problemas estructurales que tienen un impacto directo en la calidad de vida de los llamados barrios populares. Por supuesto que las causas y los orígenes de su constitución tienen larga data y deben ser analizados en profundidad porque tienen una íntima relación con los vaivenes económicos que han sucedido en la República Argentina.

En lo que respecta directamente al dictamen que nos ocupa, compartimos la intención y de hecho estamos firmándolo, pero con una disidencia parcial que vamos a hacer efectiva en el recinto, sin perjuicio de que elevemos a la mesa directiva del plenario nuestras observaciones hasta llegar a esa instancia. Entendemos que no están adecuadamente equilibradas las cargas en lo que hace a los recursos que se van a disponer para este objetivo.

Estamos hablando lisa y llanamente de un proyecto de ley de expropiación general, porque básicamente el mecanismo que se utiliza es el de la expropiación, obviando otros que aquí explicitaron los expertos que vinieron y los encargados de las áreas de las respectivas provincias en lo que hace a normalización dominial, territorial, en lo que respecta a acciones concretas como la de usucapión -como se dijo aquí- y la de usucapión administrativa, que es un recurso que tienen tanto los gobiernos nacional, provinciales y municipales para regularizar también este tipo de situaciones.

Este aspecto no está debidamente contemplado en el texto. Si bien se remite a la ley respectiva, eso es insuficiente y creemos que hay que corregirlo.

Además, no están debidamente equiparadas las cargas en lo que respecta a las responsabilidades que van a competer a cada uno de los organismos y las áreas de gobierno, en este caso las jurisdicciones nacionales, provinciales y municipales, en lo que hace al pago de la indemnización por la expropiación.

Considero que es un aspecto a sopesar en función de que estamos sancionando una ley nacional. Si le queremos agregar algo más de lo que establecen la Constitución y la ley de expropiación, tenemos que ver qué esfuerzo hará el gobierno nacional, que debe ser mayor al que han hecho o puedan hacer las provincias, porque no olvidemos que son éstas, y no el gobierno nacional, las que tienen bajo su órbita la prestación de los servicios públicos.

Por lo tanto, en todo lo relativo a la base de las infraestructuras las provincias ya han hecho esfuerzos y continúan haciéndolos en la actualidad. Por ello, creemos injusto que se establezca por partes iguales el costo en lo que hace a la indemnización del valor de la expropiación que se pretende a través de esta figura. En consecuencia, ese es un punto a analizar y desarrollar.

Por otra parte, la coordinación no puede ser exclusivamente con un municipio aislado. Creo que hay que involucrar a la provincia. No olvidemos que en lo que hace a la relación federal son las provincias con el gobierno nacional los que tienen la relación directa.

Por ende, si bien el municipio no es sujeto directo de la relación federal tiene una implicancia dentro de la estructura de un territorio provincial. Además, existen particularidades en donde en algunos municipios los servicios públicos son prestados por las provincias, de modo que hay que coordinar con ellos toda la temática no solo en lo que hace a la planificación, sino también a esta integración sociourbana y la infraestructura necesaria.

Por lo tanto, en ese punto creemos que también el dictamen que estamos analizando adolece de imperfecciones y obviamente queremos avanzar en esa línea.

Otro aspecto que nos preocupa es la creación de este fideicomiso, ya que por imperio de ley está incorporando bienes que son de los estados provincial y municipal. Se avanza sobre el derecho de propiedad dominial que tienen los municipios y las provincias. Desde el punto de vista constitucional, no podemos a través de una ley nacional disponer sobre recursos que no pertenecen al gobierno nacional. Si la provincia o los municipios quieren ceder sus tierras en favor de este fideicomiso, se hará a través de convenios que lo habiliten.

También la administración del fideicomiso nos deja dudas. Creemos que aquí hay que aplicar todas las reglas que hacen a esta figura del fideicomiso, que habría que desarrollarla y va a ser base de propuesta que nosotros vamos a explicitar.

Por lo tanto, adelantamos la firma del dictamen con la disidencia parcial que haremos llegar en su momento o que plantearemos en el recinto durante el tratamiento en particular del proyecto.

SR. PRESIDENTE TONELLI Tiene la palabra la señora diputada Vigo.

SRA. VIGO Señor presidente: voy a agregar algunos aspectos a los que ya explicara el señor diputado, que es miembro de nuestro bloque Córdoba Federal, porque creo que es un proyecto de ley muy importante.

En Córdoba hemos tenido una gran experiencia y entiendo que en muchas provincias los respectivos estados trabajan de manera continua y muy preocupadamente por estas viviendas que son, sin lugar a dudas, de propietarios que no tienen el derecho a la escrituración, esto es, el derecho a tener el dominio sobre esa construcción que seguramente llevaron adelante con mucho esfuerzo y, en muchos casos, a través de muchas generaciones.



T.10

Pero más allá de los puntos que planteaba el señor diputado Brügge en relación con el presupuesto, creemos que no se puede desarrollar un proyecto de semejante envergadura confiriendo nuevamente a las provincias la misma responsabilidad, en lo que hace a los recursos, que la Nación.

Por otro lado, el señor diputado Brügge ya se refirió a nuestro cuestionamiento sobre el modo en que van a participar los municipios en este programa. Pero ahora me quiero referir puntualmente al tema del Renabap. Este proyecto de ley nos da la oportunidad de poder optimizar el Renabap, que hoy por hoy no cuenta con el registro real de cuáles son los agrupamientos que nosotros queremos proteger a través de la escrituración. Tan así es que en nuestro caso, en la provincia de Córdoba, en oportunidad de la visita de la ministra Stanley, acercamos un listado de asentamientos para agregar al listado oficial y nos dijeron que sí, que lo iban a incorporar. Pero luego vimos que en ese listado no aparecieron dos agrupamientos. No sabemos cuáles son los requisitos por los cuales esos grupos de familia o urbanos no pueden estar incluidos en esta ley. Entiendo que el artículo 1º de este proyecto de ley establece el marco del decreto 358/2017. Entonces, estos barrios o agrupamientos de viviendas cumplen esos requisitos a rajatablas.

Por otra parte, el Renabap tiene muchísimas cosas por hacer. Por ejemplo, hay algunos asentamientos que están incluidos -como El Zanjón y Los Manantiales- y que luego se han rechazado. Esto ocurre también con muchos otros que se mencionan, por ejemplo, dentro del ejido del departamento capital de nuestra provincia, que pertenecen a Río Primero, departamento de Colón. Uno de ellos es la ampliación de Los Troncos, que está en terrenos nacionales. ¿Por qué digo esto? Porque en la lista figuran algunos asentamientos que ya han estado sujetos a desalojo judicial.

Además, quiero manifestar mi preocupación porque no sabemos cuál va a ser la instancia para que los gobiernos provinciales puedan agregar más barrios. ¿Cuál es el relevamiento, de dónde viene la seriedad del caso? El texto del proyecto de ley no lo plantea, y debería plantearse. Deberíamos saber cuál es esa instancia, qué tipo de participación se propone y cómo se van a ir agregando los barrios. Imagínese, señor presidente, que al igual que a muchos otros diputados me queda la duda de si los barrios agregados son los que corresponde agregar o simplemente existe algún tipo de afinidad que hace que pongan más recursos en ellos que en otros.

En definitiva, la envergadura de la ley exige fijar estos puntos claramente. Hay que poner en blanco sobre negro las posibilidades de que estas viviendas puedan escriturarse y de que sus ocupantes tengan derecho al dominio para poder transferirlas a sus familias. Esto tiene que estar bien claro en este proyecto de ley.



SR. PRESIDENTE TONELLI Pido silencio para que podamos escuchar las exposiciones de los señores diputados.

Continúa en el uso de la palabra la señora diputada Vigo.

SRA. VIGO Finalmente, quiero insistir en este aspecto: no nos dan las garantías ni la seguridad para que podamos seguir avanzando. No es a la hora de la negociación ni de la firma de los acuerdos con los gobiernos provinciales, que como dijo el señor diputado Brügge son los que van a poner la infraestructura. Porque acá, para que podamos escriturar estos conglomerados, seguramente vamos a tener que estar pensando -como bien se dijo aquí, y en eso coincido- en cuál va a ser la infraestructura que vamos a tener que poner. Me refiero a la electrificación, al agua y a la apertura de calles. Eso es necesario y lo van a hacer los gobiernos provinciales.

Por lo tanto, no creo que sea discrecionalmente ni mucho menos que, a la hora de firmar un acuerdo con las provincias, se vea cómo incorporar un asentamiento u otro o un grupo u otro.

Finalmente quiero hacer referencia a las organizaciones sociales que, al menos en la provincia de Córdoba, son las que han realizado y nos ayudan todos los días con sus aportes en esto de los relevamientos. Quienes hemos estado trabajando en este tema sabemos que es muy dificultoso relevar y que todos los días se agrega una familia nueva.

De manera que quiero agradecer la presencia de las cooperativas y las organizaciones sociales que todos los días están junto a nosotros y al gobierno provincial, trabajando en este tema. (Aplausos.)

SR. PRESIDENTE TONELLI Tiene la palabra el señor diputado Cassinerio.

SR. CASSINERIO Señor presidente: continuando con lo que decían el señor diputado Brügge y la señora diputada Vigo, quiero agradecer principalmente a los compañeros de la CTEP, Leandro Ramírez, Noelia Feldman y Carmen Calderón Martínez, que junto con las autoridades de distintas organizaciones sociales vienen trabajando con un compromiso muy importante en esta temática en Córdoba.

En relación puntual con el dictamen del proyecto de ley por el que se establece el Régimen de Integración Sociourbana y Regularización Dominial, me parece importante que se aclare en esta iniciativa cómo va a ser el sistema para la incorporación de los barrios que no están actualmente en el listado.

Este listado es incompleto y tiene muchas falencias. Esto es algo que estamos viendo cuando analizamos barrio por barrio, ya que muchos de ellos no están incorporados y deberían estarlo, mientras que en el caso de otros la provincia ya está trabajando y teniendo avances importantes en cuanto a la regularización dominial.

El gobierno de la provincia de Córdoba viene realizando un trabajo sumamente importante a través de su área de hábitat.

Hoy también nos acompañan los funcionarios del Ministerio de Desarrollo Social, lo que demuestra lo que significa para nosotros este proyecto de ley y el compromiso que tenemos para regularizar la situación dominial de muchísimas familias que viven en terrenos y que deberían tener los derechos, como así lo establece la Constitución Nacional.

Nos parece importante entonces remarcar que, tanto en el artículo 6°, inciso 2, como en el artículo 8°, incisos 1 y 2, se debe aclarar que sí o sí deben estar los acuerdos firmados por las provincias.

Esto significa que, en caso de que sea un terreno municipal, no haya convenios entre la Nación y los municipios sin que las provincias estén presentes. Eso nos parece un punto sumamente importante por la responsabilidad que tienen las provincias a la hora de la registración dominial.

Por último, tal como lo señaló el señor diputado Brügge, el artículo 9° dice que todas las erogaciones que se deriven de cada uno de los convenido firmados por el cumplimiento de la presente ley serán afrontados por las partes de acuerdo con lo establecido en los respectivos convenios.

Como dijo el señor diputado, esto implica una responsabilidad de inversión enorme que tienen que hacer las provincias en todo lo que tiene que ver con la infraestructura en materia de servicios, como lo está haciendo actualmente el gobierno de la provincia de Córdoba, no solamente en la ciudad capital sino también en el interior, con los servicios de cloacas, de asfaltado, de alumbrado y de agua.

En ese sentido, creemos conveniente que quede bien explicitado cuál va a ser el porcentaje que tiene que aportar la Nación y cuál el que deberán aportar las provincias para llevar a cabo dicha inversión. Nosotros proponemos que el 80 por ciento, como mínimo, sea aportado por la Nación y que el 20 por ciento restante esté a cargo de las provincias.

SR. PRESIDENTE TONELLI Tiene la palabra el señor diputado Alume Sbodio.

SR. ALUME SBODIO Señor presidente: desde el proyecto original se ha avanzado muchísimo. Igualmente, creo que la mayoría de las propuestas que se van a presentar en disidencia parcial enriquecen la iniciativa. Por lo tanto, seguramente vamos a terminar teniendo una ley a la que en algunos aspectos le va a faltar claridad. Pero creo que es un avance importante respecto de este tema.

Nosotros vamos a plantear la necesidad de incorporar un inciso 4 al artículo 8°. Creemos que hay una realidad que hoy afecta muchísimo lo que es la regularización dominial y la integración sociourbana desde el aspecto de los espacios comunes que muchas veces tienen los barrios populares en la Argentina.

En el contexto de desorden que tiene el gobierno nacional históricamente con respecto a los bienes que son de su propiedad, muchas veces los municipios o las provincias toman la administración de los bienes del Estado y comienzan a realizar esta integración sociourbana de muchos lugares. El ejemplo más claro de esto son las ex vías férreas que atraviesan a la mayoría de las ciudades de la Argentina y donde en muchos lugares se han asentado barrios populares en su cercanías o sobre las mismas vías. El ejemplo se replica en toda la Argentina.

Como decíamos recién, tenemos casos en los que los municipios de las provincias toman estos sectores y hacen una integración sociourbana mediante la realización de proyectos que tienen en cuenta tanto la integración social como la infraestructura. En San Luis tenemos un caso que se replica en muchos lugares de la Argentina y en virtud del cual la Nación, en una actitud automática, comienza a presentar medidas cautelares que después se discuten en la Corte Suprema de Justicia durante diez, quince o veinte años. Muchas veces se frenan estas medidas que acompañarían muy bien al espíritu y objeto de este proyecto de ley.

El artículo 8° del proyecto comienza diciendo lo siguiente: "Corresponde al Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y la Agencia de Administración de Bienes del Estado en forma conjunta e indistintamente conforme a sus competencias..." Nosotros pedimos que se incorpore a dicho artículo un inciso 4, que quedaría redactado de la siguiente manera: "Celebrar los acuerdos con las provincias, municipios y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el objeto de transferir aquellos bienes inmuebles de titularidad del Estado nacional, en los que las provincias, los municipios o la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hubieran ejecutado proyectos de integración sociourbana." Creo que se enriquecería el espíritu de este proyecto al incluir una herramienta que nos permitiría solucionar muchas cosas que a veces se discuten en forma automática en la Corte Suprema de Justicia, teniendo consecuencias muy nefastas en cada rincón de la Argentina debido a una burocracia que a veces excede a la capacidad de cualquier Estado. Por supuesto, vamos a presentar esta incorporación como una disidencia parcial.

SR. PRESIDENTE TONELLI Por favor, incluya en la disidencia la propuesta de redacción del inciso 4 del artículo 8°, a fin de que lo consideremos.

Tiene la palabra el señor diputado Bossio.

SR. BOSSIO Señor presidente: recién el señor diputado preopinante hizo mención de las vías y la disponibilidad de terrenos nacionales. Tuve una pequeña experiencia con Procrear en cuanto a la disponibilidad de terrenos nacionales, lo dificultoso que es disponer de ellos, lo que significa que muchas veces estén en el medio de la ciudad, en el ejido urbano y que ni el Estado nacional ni el Estado municipal puedan actuar.

Incluso recuerdo experiencias con actuales diputados -por ejemplo, el señor diputado Espinoza- en relación con terrenos cercanos a la Capital Federal, en Tigre, en Lomas de Zamora y en muchos otros distritos. Por ejemplo, la ciudad de Resistencia, en la provincia del Chaco, no puede crecer porque hay tierras del Ejército Argentino que terminan siendo un obstáculo.

Con el señor diputado Bucca y el resto de los señores legisladores que integran el bloque hemos trabajado sobre el espíritu del proyecto de ley. Además han trabajado y hecho menciones la señora diputada Vigo y el señor diputado Brügge.

Quiero proponer una redacción que vamos a plantear en el recinto, en el sentido de que muchos inmuebles de los que hoy dispone el Estado nacional son una eventual amenaza para que puedan establecerse asentamientos urbanos precarios. Esto es porque muchas veces el Estado nacional no se pone de acuerdo con el Estado municipal o el Estado provincial en cuanto a la normativa.

Propongo que el Congreso Nacional ejerza una facultad constitucional original. En dos o tres oportunidades hemos discutido el tema de las tierras en el recinto, básicamente otorgando facultades a la AABE, cuyo accionar muchas veces queda suscripto a lo que pasa en la ciudad de Buenos Aires.

Esto lo vimos al inicio de este debate. Discutimos lo que pasa acá con los porteños, que viven en el distrito que posee el PBI per cápita más rico de la Argentina, pero la realidad es totalmente distinta en los municipios o en las ciudades del interior del país.

Entonces, en relación con este conjunto de inmuebles sobre los que hace años el Estado nacional no tiene una mirada clara y sobre los que los municipios reclaman de manera permanente, hacen trámites burocráticos y nunca terminan con el dominio ni con ninguna figura que permita desarrollar eso, proponemos ejercer nuestra facultad de transferencia a esos municipios a título gratuito, proteger eventualmente a futuro una situación de asentamiento urbano y presentar un plan de urbanización, de vivienda única y familiar y de organización urbana, es decir, incluso con espacio público.

Ustedes me van a preguntar por qué a título gratuito. La respuesta es porque creemos que hay que preservar esos espacios, construir lotes urbanos y viviendas y que el municipio se tiene que involucrar con el resto de la comunidad para terminar de formar ese tejido urbano.

Reitero que ustedes me preguntarán por qué hay que hacerlo en forma gratuita. La respuesta es porque también en su oportunidad el Congreso Nacional -nosotros no lo integrábamos en ese momento- le otorgó gratuitamente a la ciudad de Buenos Aires la recaudación de Lotería Nacional. Hoy el principal aportante a las arcas de la ciudad de Buenos Aires es el juego, pero eso no se discutió en ese Parlamento. Son miles y miles de millones de pesos. Ya está, fue un decreto, son los contribuyentes. Eran contribuciones que iban al Estado nacional, al conjunto de los argentinos, y hoy van a la ciudad.

Nosotros creemos que hay una serie de inmuebles estratégicos para algunas ciudades que están bajo disponibilidad del Ejército Argentino y de otras reparticiones públicas, que están en disponibilidad de la AABE concretamente, que muchas veces no terminan de generar un desarrollo urbano, que generan una potencialidad a ser ocupados de manera precaria y respecto de los cuales los propios intendentes y gobernadores sufren la no disponibilidad de esos recursos.

Es una facultad del Congreso Nacional. Son seis artículos que vamos a adjuntar a la disidencia. Con el texto vamos a acompañar un anexo sobre el que hemos trabajado con algunos intendentes.

Nos parece que es la oportunidad de discutir el tema de las tierras, por lo menos ampliando un poco el espectro. Hay una discusión muy concreta, con una serie de señores diputados han logrado un gran avance, que celebramos.

Esperamos que el Poder Ejecutivo pueda ejecutar esto, que es muy complejo. El tema de las tierras en la Argentina es muy complejo y me parece que en esta primera etapa podemos complementar concretamente macizos urbanos, que no se conviertan en asentamientos precarios a futuro, le demos una herramienta a la provincia y al municipio y que a partir de ahí podamos pensar en una lógica urbana distinta. Es muy concreto y puntual.

Les cuento una anécdota. En Tigre hay un terreno de Radio Nacional de 27 hectáreas. Catorce hectáreas son de la Armada, que tiene allí un campo de golf que utiliza para su lógica. Está en el medio de la ciudad. Hay un juicio histórico de hace treinta años, de la privatización de Telefónica. Incluso una de las empresas privadas -creo que es Telecom- resignó el juicio. Hay un problema con los abogados. Ustedes saben que el Ministerio de Economía tiene un cuerpo de abogados que lo único que pretende es cobrar los honorarios de un juicio al cual renunció el privado. El Congreso Nacional debe tratar este tema sin ningún tipo de prejuicio. Y desde hace años ese terreno está sin desarrollarse en medio del ejido urbano. Lo mismo ocurre en La Matanza y otros lugares.

El Congreso Nacional es el único que tiene la facultad originaria de expropiar y dar esos terrenos a quien de alguna manera designe. Si no nos ponemos de acuerdo, ese tipo de terrenos son evidentemente una problemática para el desarrollo urbano.

Por eso el planteo es muy concreto. Son seis artículos. Es una primera experiencia. Va a estar a disposición de todos los diputados y creemos que es un primer aporte en el marco de una discusión compleja relacionada con el tema de las tierras.

SR. PRESIDENTE TONELLI Nos encantan las disidencias, así que le agradecemos mucho que nos presente una de seis artículos.

SR. BOSSIO Quizás está de acuerdo.

SR. PRESIDENTE TONELLI Es una broma. La vamos a tener muy en cuenta, como a todas las demás, por supuesto.

T.14

Tiene la palabra la señora diputada Ana Carla Carrizo.

SRA. CARRIZO (A.C.) Señor presidente: desde el bloque Evolución vamos a acompañar este proyecto de ley, tal como lo manifestamos en su presentación inicial. Pero lo vamos a hacer con disidencias.

Una de esas disidencias tiene que ver con algo en lo que creo debemos trabajar todos. No se trata solamente un régimen de expropiación y regularización dominial. Acá hay obra pública. Es decir que va a haber mejoras. El artículo 6º habla de un "plan de infraestructura". Lo que me preocupa es que si bien celebramos el avance en esta agenda a nivel nacional en coordinación con los tres niveles de gobierno -Nación, provincias y municipios-, no estamos terminando de entender que el Congreso no solo legisla sino que también controla. No hay una sola mención a cómo se va a controlar la implementación de estos planes y del dinero público que la Nación va a invertir.

Vemos, por ejemplo, que el artículo 12 del proyecto de ley -y obviamente celebramos que en esta realización de infraestructura se haya fijado un cupo mínimo- plantea que se deberán adjudicar en un 25 por ciento como mínimo las cooperativas de trabajo o los grupos asociativos de la economía popular integrados por habitantes de los barrios populares. Creemos que es muy bueno articular estos trabajos con los protagonistas de las políticas públicas, pero así como tenemos experiencias muy positivas al respecto, también tenemos experiencias muy negativas. Necesitamos controlar la ejecución bajo la idea de que no solamente se trata de regularización dominial, sino también de urbanización.

Por lo tanto, proponemos agregar al final del artículo 12 un plan de auditoría específico, porque es obvio que la Auditoría General de la Nación, a treinta años de democracia -y esta es una deuda de este Congreso-, controla pésimo. Nuestro modelo de control está absolutamente perimido. Ni siquiera el Congreso Nacional asigna a la Auditoria lo que queremos que anualmente controle en función de los intereses que los diputados evaluamos. Es el Consejo de Auditores el que decide qué controlar, pero los informes llegan siempre cuatro años después.

De manera que nuestra propuesta es que hagamos un aprendizaje colectivo de los procesos de urbanización que hubo durante todos los gobiernos constitucionales de la Argentina, y controlemos. En concreto, proponemos agregar en el último párrafo del artículo 12 lo siguiente: "La Auditoría General de la Nación controlará anualmente la ejecución presupuestaria y la implementación de los proyectos de integración sociourbana, como así toda obra que se desarrolle en el marco de la presente ley. Los adjudicatarios están obligados a presentar una rendición de cuentas ante esta entidad".

Además queremos agregar un artículo 12 bis, sobre control de cumplimiento de los contratos de obra. El Ministerio de Desarrollo será el organismo de implementación de la ley. En consecuencia, la redacción del artículo 12 bis cuyo agregado proponemos sería la siguiente: "La autoridad de aplicación deberá asumir la responsabilidad primaria sobre el control y el cumplimiento de las condiciones de los contratos de obra. No obstante ello, dicha entidad deberá informar a la Auditoría General de la Nación el estado del cumplimiento del mismo".

Queremos que se controle no a los tres o cuatro años, sino en forma simultanea a la ejecución. Eso es lo que estamos proponiendo, entre otras modificaciones que vamos a plantear en el tratamiento en particular en el recinto.



SR. PRESIDENTE TONELLI Gracias, señora diputada. Al igual que a los demás legisladores, le pido que alcance las propuestas de modificaciones lo antes posible, sin esperar la celebración de la sesión en el recinto, a fin de que puedan ser consideradas con tiempo.

Tiene la palabra el señor diputado Quetglas.

SR. QUETGLAS Señor presidente: el territorio funciona como una epidermis que expresa cuestiones más profundas. En este caso, si pensamos las villas y asentamientos como una patología territorial en el sentido de que son formas de organización territorial que no garantizan derechos, una reflexión que nos debemos es por qué se conforma esa patología. Por detrás de la historia de las villas y asentamientos -este no es un dato marginal en la historiografía argentina, ya que están incluidos en esa situación 4 millones de ciudadanos-, está el desarrollo desigual. Las villas y asentamientos de las grandes ciudades argentinas están conformadas en un 70 u 80 por ciento -y en algunos casos más- por migrantes. Estos migrantes migraron involuntariamente. Tenemos una deuda de origen con ellos, porque en sus lugares de nacimiento no consiguieron el empleo, los servicios públicos ni la realización personal que nuestra Constitución dice que merecen como ciudadanos.

En cuanto a los ciudadanos de países limítrofes, cuya participación demográfica en las villas y asentamientos es importante, vienen con situaciones de irregularidad dominial, documental y laboral.

Esa triple situación de irregularidad los pone en una situación de subciudadanía que es muy gravosa, más allá del trabajo que después puedan desplegar para intentar realizar su vida a pesar de ese marco institucional tan deficiente.

En ese sentido quiero destacar que el Renabap es en la historia argentina el primer registro completo, público, masivo y específico que, por supuesto, es absolutamente perfectible, porque el número que indica da muestra de la dimensión de lo que estamos enfrentando: 4.400 y pico de villas y asentamientos.

Cuando se habla de los 450 millones de metros cuadrados a expropiarse, no me entra en la cabeza la dimensión de esa cantidad de metros cuadrados.

Por eso cuando se dice que esto es apenas un paso de lo mucho que quisiéramos, me parece que es una apreciación por lo menos opinable e inclusive un tanto injusta cuando uno toma dimensión de lo que se propone hacer el Estado nacional, no este gobierno. Porque esta tarea no la va a poder terminar este gobierno. Es una tarea que va a ocupar más de un período gubernamental y que implica la necesidad de un método, de un mecanismo de control, de articulaciones necesarias, de formas de cofinanciamiento y de perfeccionamiento de un sistema de abordaje de una patología territorial de altísima complejidad.

Escuchaba a algunos de los señores diputados preopinantes expresarse, por ejemplo, sobre el precio máximo o el precio mínimo. Tenemos tierras en zonas centrales de ciudades y tierras hiperperiféricas. Tenemos ocupaciones de dominancia territorial absolutamente oprobiosas dentro de las villas y los asentamientos. Funcionan industrias y corralones. Entonces, ¿le vamos a poner un precio bajo a eso?

Me parece que la ley marco es un avance sustantivo y que todos los agregados que se hicieron tienen algún sentido, desde qué hacer con las tierras disponibles que podrían perfeccionar la evolución urbanística, cómo mejorar el control e incorporar mecanismos de adquisición de la tierra que no necesariamente tengan que llegar a la expropiación, etcétera. Pero tenemos que arribar a un cuerpo normativo lógico, integral, y darle a esta ley el valor que realmente tiene.

En la historia social de América Latina, esta ley tiene el mismo valor que la ley del aguinaldo o la de las ocho horas. Sin derechos urbanos reconocidos no hay ciudadanía posible.

La vivienda es un paquete de derechos. No hay ninguna posibilidad de derecho a la salud, a la intimidad o a la reunión sin una vivienda adecuada. Todo lo demás es papel mojado.

Celebro esta iniciativa. Creo que también se dijeron cosas impropias de la cuestión territorial argentina. En general, las villas y los asentamientos -quiero aclararlo- significan fenómenos de gentriatracción y no de gentrificación. Son lugares de alta densidad donde va mucha gente. La gentrificación se produce eventualmente en San Telmo, Villa Urquiza o la Recoleta, pero no en las villas y los asentamientos. Hay un análisis un poco sesgado o panfletario para oponerme o lo que fuera. Hay un análisis un poco sesgado, un poco panfletario para oponerme o lo que fuera.

Este proyecto de ley es un gran salto adelante. Por eso lo voy a apoyar y estudiaremos todos los esfuerzos de enriquecimiento y consenso -que agradezco- propuestos por los señores diputados de las demás fuerzas políticas. (Aplausos.)

SR. PRESIDENTE TONELLI Tiene la palabra el señor diputado Bahillo.

SR. BAHILLO Señor presidente: desde el bloque Justicialista vamos a acompañar este proyecto con algunas disidencias.

Antes de entrar en el análisis de algunas cuestiones puntuales sobre algunos artículos y de hacer algunas objeciones -muchas de ellas fueron ya corregidas y enunciadas, de manera que quizás repita alguna que ya fue subsanada-, quisiera efectuar algunas consideraciones políticas.

Desde nuestro bloque entendemos que este proyecto persigue fines muy nobles, como darle la dignidad de la vivienda a una familia. Dentro de la consolidación de un proyecto de vida está la obtención de la vivienda, del techo propio, de proyectar una vida para los hijos, de la educación, del trabajo, etcétera.

Indudablemente, tener un techo propio es una condición indispensable para la consolidación del hogar y un proyecto de familia.

Como dijo el señor diputado preopinante, la problemática de la vivienda tiene muchas causales por las cuales el Estado, en mayor o menor medida, ha dado respuestas, pero seguimos estando bastante atrás. Lo digo luego de haber sido intendente durante ocho años en una ciudad que tiene alrededor de 27.000 viviendas y en la que construimos 1.503 viviendas bajo distintos programas, como por ejemplo el Instituto de la Vivienda y las viviendas por cooperativas.

No obstante, como el problema de la vivienda es multicausal, hay distintos factores que lo generan: sociales, económicos y educativos. Además, no hay bancos de tierras en las provincias y en los municipios. Muchas veces la concentración de la tenencia de la tierra en pocas manos en algunos municipios también es un obstáculo difícil de llevar adelante. Muchas veces los programas nacionales no satisfacen las distintas realidades territoriales.

También debo decir con dolor, porque nadie festeja una situación de este tipo, que muchos de los programas nacionales del gobierno anterior que dieron respuestas a la construcción de miles y miles de viviendas han sido interrumpidos por el actual gobierno.

Tienen el legítimo derecho de modificar y crear sus propios programas, pero la verdad es que había alrededor de catorce programas que daban respuestas y solucionaban gran parte de los problemas. Esos programas fueron interrumpidos y reemplazados por el sistema de participación pública-privada, de financiamiento bancario, que lamentablemente no dan respuestas en los territorios.

Espero que le encuentren la vuelta, pero la verdad es que en la provincia de Entre Ríos, desde el 10 de diciembre hasta el día de la fecha, salvo bajo el programa del Hábitat Urbano a través del Instituto Provincial de Vivienda, no se han iniciado nuevos barrios. Eso es un déficit que de ninguna manera celebramos y que nos entristece fuertemente.

La realidad de las familias que se pretende solucionar con este proyecto es un fin muy noble porque muchas veces estas situaciones sociales nacen de usurpaciones. A veces se las descalifica con un fuerte prejuicio social, pero lo cierto es que nadie nace usurpador. La sociedad, el modelo económico, las frustraciones familiares, las situaciones sociales y económicas o la falta de educación es lo que impulsa a estas familias -que muchas veces son producto de otros problemas sociales, como por ejemplo el embarazo adolescente- a tener que establecerse en hogares muy precarios. Como deben consolidarse territorialmente, terminan usurpando algún lugar. Ese no es un proyecto de vida ni una solución para nadie.

Por eso este proyecto, más allá de las cuestiones que faltan en él, porque tampoco podemos pedir que una iniciativa de estas características solucione todos los problemas que tienen las familias con necesidades de vivienda, resuelve una parte importante de los problemas que afectan a miles de familias.

Nos parece que da muchas mas respuestas en los grandes centros urbanos que en el interior del país, donde las realidades son distintas. Esto no significa que allí no tengamos asentamientos precarios, pero las realidades son diferentes y me parece que hay que trabajar con otras herramientas.

Luego de dejar establecida nuestra posición política en el sentido de acompañar, con disidencias, el proyecto en consideración, quiero señalar algunos artículos y conceptos respecto de los cuales tenemos algunos cuestionamientos.

En primer término, más allá que se han reforzado las autonomías provincias y municipales, sobre lo que teníamos dudas, queremos leer detenidamente los artículos en virtud de los cuales se fortalecen dichas autonomías, fundamentalmente las provinciales. Queremos arribar a un consenso, y en el supuesto de que ello no sea posible expresaremos nuestras disidencias en el recinto.

Acompañamos la propuesta de la señora diputada Soria. Todo lo que sean sugerencias para fortalecer a los municipios y las provincias va a contar con el apoyo de nuestro bloque.

En el caso del artículo 8°, inciso 3, en la primera reunión planteé alguna cuestión que tiene que ver con esto, que son los asentamientos precarios que no se pueden consolidar por problemas urbanísticos, es decir, porque no llega el agua o el sistema de cloacas. Aún en ciudades con altísima cobertura de agua y cloacas puede haber problemas de niveles y técnicos por los cuales no se pueden consolidar. No es un problema; no caigamos pensando que faltan agua y cloacas. En Gualeguaychú hay un 95 por ciento de cobertura de agua y de cloacas. En San José de Feliciano, donde un diputado de Cambiemos fue intendente durante veintidós años, hay agua y cloacas en un ciento por ciento.

A veces no se puede por razones de factibilidad técnica y no porque el Estado no haya estado presente. En muchos lugares ha cumplido y tuvo presencia con políticas de anticipación. Pero a veces esos barrios no se pueden consolidar porque están en desagües pluviales, por imposibilidades técnicas o por problemas de niveles.

Para esas familias, en el inciso 3 del artículo 8°, ustedes proponen la relocalización cuando no hubiere alternativa disponible. A partir de la experiencia como intendente de haber relocalizado a 170 familias, quiero dejar sentado y poner énfasis en que este punto, si no cuenta con un fuertísimo acompañamiento y financiamiento de la Nación, es de imposible cumplimiento.

Tirarles a los intendentes la responsabilidad de la relocalización de los asentamientos y los barrios solo con financiamiento municipal y/o provincial es prácticamente un voluntarismo, que lo único que hace es conducirnos al fracaso. Acá debe haber un fuerte financiamiento nacional. En este sentido, hay experiencias del gobierno anterior, como por ejemplo los programas Federal de Integración Sociocomunitaria y de erradicación de villas y asentamientos y de consolidación de pueblos originarios, que fueron muy exitosos y verdaderamente se podrían tomar porque a partir de ellos muchos intendentes relocalizamos barrios y asentamientos precarios.

Por otra parte, en relación con el artículo 8°, inciso 1, afortunadamente ustedes han eliminado el segundo párrafo, con el que estábamos en disidencia, por lo que no tenemos mucho que agregar ahí.

Por su parte, el artículo 6°, inciso 1, establece la creación del Programa de Integración Socio-Urbana -casi igual al anterior, que era sociocomunitario- para determinar en conjunto con las jurisdicciones locales el plan de obra e infraestructura necesaria para cumplir los objetivos de la ley. les pido por favor que no se olviden del financiamiento, porque si no será nada más que una expresión de deseos en determinada en un artículo de una ley que no se podrá plasmar.

Los diputados que estamos trabajando codo a codo con los gobernadores provinciales también queremos plantear, como lo hicieron el señor diputado Brügge y la señora diputada Soria, la necesidad de agotar otros mecanismos válidos antes de llegar a la expropiación. Ojalá que ellos puedan ser incorporados al articulado del proyecto de ley.

Si no hay otros mecanismos y se llega a la expropiación, proponemos que el costo de ésta se encuentre a cargo del gobierno nacional. O como planteó el señor diputado Cassinerio, que el 80 por ciento del costo esté a cargo del gobierno nacional y el 20 por ciento restante de las provincias.

En relación con ese 20 por ciento del costo que correspondería a las provincias, el señor diputado Franco, de Misiones, me acota que si ellas han hecho mejoras e invertido en los terrenos eso sea tomado como un pago a cuenta de la mencionada proporción que estarían obligadas a aportar.

Por último, artículo 13 del proyecto hace referencia al tema de los fideicomisos, respecto del cual también tenemos objeciones. Me permitiré leer lo que me ha hecho llegar un asesor.

En relación con la autorización al Poder Ejecutivo para la creación de un fideicomiso, entendemos que no se debería autorizar, sino disponer por esta ley la creación del fideicomiso, ya que de otro modo no se estaría estableciendo de qué manera se implementará la norma y administrarán los bienes.

El mantenimiento de la propiedad de los inmuebles debería ser definido de manera más taxativa y establecerse claramente si se conservará o no, si se dispondrá de un dominio revocable en cabeza de los beneficiarios o si se mantendrá algún otro sistema.

T.18

Entendemos que las facultades del Poder Ejecutivo para la regulación del fideicomiso son muy amplias y que hay mínimas partes que deberían estar previstas y no lo están.

Por lo dicho al inicio de mi fundamentación, no le podemos pedir a un proyecto de ley que solucione una problemática habitacional que tiene distintas realidades y causales, pero indudablemente se trata de un avance y una mejora para miles de familias. Así que más allá de las objeciones y disidencias, vamos a acompañar el proyecto de ley. (Aplausos.)

SR. PRESIDENTE TONELLI Tiene la palabra el señor diputado Solanas.

SR. SOLANAS Señor presidente: al comienzo de esta reunión conjunta se han dicho cosas como que se ha revolucionado la Capital Federal, o que ha habido programas que, dándole la posibilidad de obtener el título a miles y miles de argentinos, los ha sacado de la pobreza. Esto me parece muy bien.

No obstante, considero que a este proyecto le falta una mirada más federal. Vengo de una ciudad que tenía bancos de tierras, y que presupuestábamos anualmente. Después lidiábamos con la posibilidad de la compra. Nosotros tomábamos la tasación oficial, pero siempre aparecían por detrás posibles negocios inmobiliarios que había que atender y, obviamente, frenar.

Comparto la intención del proyecto de ley, que mi bloque va a acompañar en forma general, con disidencias parciales. Pero quiero plantear algunas cuestiones. Es casi imposible que esta norma funcione si las reglas las toma solamente la Nación. Son los municipios los que fundamentalmente viven con esta situación. Situación a la que muchas veces se intenta dar solución, y sin embargo esta no llega porque a menudo, en un terreno de diez por treinta, no vive una familia sino dos o tres. En estos casos, se vuelve absolutamente complejo el otorgamiento del dominio.

También quiero hacer una reflexión con respecto a la conformación de los barrios humildes de la Argentina. No hay duda de que hay una situación grave, sobre todo teniendo en cuenta la adquisición de nuestras tierras por parte de los poderosos de la Argentina. Inclusive, son los que muchas veces deciden, cuando un intendente regulariza una situación en el territorio, que los humildes no pueden vivir en terrenos confortables. Esto pasa en mi ciudad. Nosotros regularizamos la situación de un barrio que se llama El Morro, que está cerca de Puerto Sánchez, es decir, frente al río. Lógicamente, había apetencias inmobiliarias enormes detrás de eso. Deberíamos preguntarnos por qué los humildes no pueden vivir en lugares que se consideran bonitos o apreciables según la comercialización inmobiliaria.

Decididamente, este proyecto de ley tiene muy buenas intenciones, pero para que funcione debería jugar un rol fundamental el federalismo, con la participación de los intendentes y de los gobernadores.

¿Por qué hablamos de banco de tierras? Porque algunos barrios que he visto en la provincia de Entre Ríos están a la vera de los arroyos y es casi imposible llevar allí los servicios necesarios en función de la calidad de vida de las familias que viven allí.

Por eso me parece saludable que se haya incluido en un artículo la posibilidad de relocalizar. Pero allí, la relocalización tiene que ver fundamentalmente con un presupuesto. De lo contrario, los municipios y las provincias van a cargar con la situación real y concreta de llevar esos servicios. Esto es fundamental y no está contemplado en este proyecto de ley.

También el proyecto habla de celebrar acuerdos. Creo que los acuerdos siempre juegan a favor de los pueblos o las ciudades más grandes. Por ello, se van a celebrar acuerdos seguramente con la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y luego con las provincias. En ese sentido, quiero saber en qué lugar está mi provincia, Entre Ríos.

El gobierno hoy decide sobre situaciones de las provincias. Por ejemplo, no hay una obra de inicio de nuevas viviendas en Entre Ríos. Inclusive, como dijo aquí el señor diputado Bahillo, había programas de la anterior gestión que apuntaban a ser revolucionarios, que muchas veces se hicieron con las cooperativas de nuestros pueblos y que hoy se han dejado de lado.

Reivindico esos programas como revolucionarios porque participaban el pueblo, los vecinos y ciudadanos de cada lugar.

Como dije la primera vez que vine aquí, me preocupa la conformación del fideicomiso. En este sentido, el proyecto establece en uno de sus artículos que el fideicomiso estará integrado por los aportes del Tesoro Nacional y por los fondos provistos por organismos internacionales.

¿La Nación va a tomar nuevamente créditos con respecto al financiamiento de esta ley? Esto no está en ningún lado. No dice cuánto va a salir esta ley ni que en el presupuesto para 2019 va a estar decididamente contemplada esta norma para comprar los terrenos que se deberían comprar.

Esto es enormemente importante porque la Argentina se ha endeudado en dos años y medio de manera monstruosa. Somos el país emergente que ha tomado mayor crédito internacional. Esto es una preocupación para todos, o por lo menos para mí, como diputado de la Nación.

Decididamente, cuando uno habla de justicia o de justicia urbana -que es algo que tiene que ver con la justicia social como dijeron aquí algunos señores diputados-, debe contemplarse la enormidad de terrenos fiscales de la Nación donde hay conflictos con nuestras provincias en muchas ocasiones.

En los municipios de la provincia de Entre Ríos hay cuestiones realmente para atender. Muchísimos asentamientos están en terrenos nacionales. Entonces, este proyecto de ley tendría que prever la posibilidad del traspaso -como dijo acá algún señor diputado- de estos terrenos en forma definitiva a las provincias o los municipios para que éstos arbitren los medios para entregar y regularizar dominialmente a las familias que viven allí. Sería sumamente importante y valorable que esto se contemple en el proyecto de ley.

Termino diciendo que valoro profundamente a los movimientos sociales y a los hombres y mujeres que han trabajado en este proyecto a lo largo y a lo ancho de la República Argentina. Los valoro, rescato y respeto profundamente.

Por eso nuestro bloque va a acompañar en general este proyecto de ley. Pero quiero manifestar que es casi imposible materializarlo si no está presupuestado lo que se quiere materializar. Porque se habla del fideicomiso, pero no dice en ningún lugar cuánto dinero está asignado para sostener este proyecto de ley.

Esto puede ser embromado decididamente para las familias que están esperanzadas con esta ley. Nuestro bloque no quiere ser partícipe, una vez más, de esa posible frustración hacia los más humildes de la patria. Esto es fundamental porque hablamos de los más humildes de la patria y me parece que es muy importante que lo tengamos en cuenta.

Señor presidente: ¿siendo integrante del oficialismo usted me puede decir cuánto dinero se ha asignado a este proyecto de ley que seguramente se va a sancionar la semana próxima? Es muy importante que me lo pueda decir para darle previsibilidad y fundamentalmente credibilidad a esta iniciativa, que vamos a acompañar con disidencias parciales. De lo contrario, sería algo abstracto y jugar nuevamente con una necesidad de los que decimos defender. Eso sería muy grave e imperdonable por parte del Congreso de la Nación.

Con estas consideraciones vamos a acompañar el proyecto de ley. Pero quiero que me responda lo que le estoy preguntando, señor presidente, es decir, que el Poder Ejecutivo nos diga a los legisladores nacionales y, por ende, al pueblo que está esperanzado con esta ley, cuál es el presupuesto para sostenerla. (Aplausos.)

SR. PRESIDENTE TONELLI Como usted comprenderá, el presupuesto nacional no puede contener partida alguna para una ley que todavía no ha sido sancionada. Recién después de que la ley se sancione el Poder Ejecutivo dispondrá lo necesario para cambiar partidas en el actual presupuesto o incorporar las que sean necesarias en el próximo. Pero es imposible que haya una previsión presupuestaria para una ley que aún no existe.



SR. SOLANAS Cada uno de los diputados recibimos una importante cantidad de terrenos que se podrían pasar. Eso se puede ameritar en un presupuesto para estimar más o menos cuánto se necesitaría para sostener la ley. Se puede hacer, pero no se establece absolutamente nada al respecto.

SR. PRESIDENTE TONELLI Tiene la palabra el señor diputado Snopek.

SR. SNOPEK Señor presidente: en primer lugar, quiero resaltar que me acuerdo del espíritu de este proyecto de ley y entiendo la buena fe de quienes lo han elaborado. Sin embargo, quiero manifestar una preocupación que he escuchado y se ha dado en forma común en muchos señores diputados de representación provincial, como así también en quienes provienen de la función municipal, o sea, es decir, aquellos que en forma previa a ser diputados nacionales han sido intendentes de algún pueblo a lo largo y ancho de la Argentina.

Es decir que si bien el proyecto de ley contempla las modificaciones propuestas respecto de la necesidad de un convenio con las provincias y los municipios, entiendo que esa participación activa debe quedar más plasmada. Cuando los intendentes vinieron aquí dijeron que no quieren que a partir de este Programa Nacional de Regularización Dominial terminen visitándolos a ellos en el municipio, sino que quieren ser actores principales.

El intendente o gobernador al que le toque estar en cada provincia tiene que ser el actor principal del ordenamiento territorial, porque así como los recursos naturales son de la provincia y por eso se ha creado el Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA), de la misma manera, cuando uno quiere hacer un ordenamiento territorial a lo largo de la Argentina con la posibilidad de otorgar los dominios de las viviendas, también hay que crear un consejo federal que maneje este tema y tenga una participación plena. Inclusive, hasta puede ser presidido por quien determine el Poder Ejecutivo como autoridad de aplicación de la ley, ya sea la ministra de Desarrollo Social o al que le toque desempeñar esa función. Pero en ese consejo tienen que estar los representantes de las provincias, ya que es allí donde se va a intervenir y desarrollar la acción.

Lo que propongo como reflejo de esto -y por eso estoy firmando en disidencia parcial- es que en el proyecto de ley se contemple que aguas adentro de cada provincia se cree un consejo provincial con intervención del respectivo Poder Ejecutivo y la participación de los intendentes, porque es ahí donde se va actuar. Los barrios pertenecen a algún distrito municipal. De hecho, uno ve que esto no ha ocurrido así respecto del registro que ya se ha llevado a cabo.

Entonces, preocupa el hecho de que en el artículo 2° del proyecto de ley se establezca que se declara de utilidad pública y sujeto de expropiación lo que ya se ha relevado, cuando hay relevamientos de barrios completos o incluso de pueblos que hoy no tienen regularización dominial y no están incluidos.

Les voy a dar un ejemplo muy pequeño. En la provincia de Jujuy hay un pueblo que se llama San Francisco y está ubicado en el departamento Valle Grande, del Parque Nacional Calilegua para adentro. Ese pueblo se fundó hace treinta o cuarenta años, pero nunca se terminó de hacer la expropiación ni nada por el estilo. Es decir, la gente de allí vive sin su escritura de dominio. Se le ha ido dando los servicios de alguna manera. Hay allí una generación dentro de lo que es la generación dispersa. En el sistema provincial se le ha puesto una usina generadora a través de energía hidráulica y se le ha ido dando provisión de agua y cosas por el estilo.

Pero en la Argentina hay muchos lugares que no están contemplados en este registro, que no han sido relevados y otros que sí están y que en virtud de lo establecido en el artículo 2° del proyecto de ley se los está declarando de utilidad pública y sujeto de expropiación. Pero en realidad allí no podrían existir viviendas porque tienen que ser relocalizados, ya sea por estar cerca de un río, de un curso de agua, o en lugares que no son aptos para desarrollar una vivienda digna, que es lo que hace falta, o bien, no son aptos para poder llevarles posteriormente los servicios -el agua, la luz, eventualmente el gas o el cordón cuneta- porque no hay infraestructura posible para hacerlo.

Los que pueden determinar si un barrio es apto o no para localizarse allí son quienes están más cerca de él, es decir, los Estados provinciales y municipales, en conjunto con la Nación, por supuesto, pero no de espaldas a las provincias. Los convenios, por más que estén, no funcionarán debido a que se están declarando de utilidad pública y sujetos a expropiación aquellos que ya están relevados. En algunos casos no han tenido participación las provincias y los municipios. Entonces, están faltando o sobrando algunos que no podían estar contemplados.

El espíritu de esta iniciativa es bueno. Me refiero a la posibilidad de que la gente tenga acceso a una vivienda digna y sea propietaria de ella. Se trata de un derecho contemplado en el artículo 14 bis de la Constitucional Nacional. ¿Cómo no vamos a estar de acuerdo con el derecho de la gente a ser propietaria de una vivienda digna? Pero aquí no hay nada más que la declaración del marco.

Comparto plenamente lo expresado por el señor diputado Solanas. Soy miembro de la Comisión de Presupuesto y Hacienda y en ese carácter estoy firmando el dictamen en disidencia parcial. Sin embargo, el proyecto en consideración no determina un solo número. Sé que hay enormes costos que se van a afrontar, pero no tenemos ni un solo análisis acerca de cuál sería el gasto que generaría esta iniciativa. Sabemos cuáles son los barrios populares en la Argentina, pero no hay una estimación del gasto razonable que demandaría el cumplimiento de lo que establece el proyecto que, en definitiva, se sancionará dentro de una semana.

Lo mínimo o elemental es contar con el detalle de un análisis presupuestario. Además, es necesario incluirlo porque en septiembre ingresará a esta Honorable Cámara el proyecto de ley de presupuesto para el ejercicio 2019, que deberá ser considerado en los meses de octubre y de noviembre. Esa iniciativa deberá contemplar un programa relacionado con la ley que en definitiva se sancione a partir del proyecto en tratamiento, previéndose la partida presupuestaria correspondiente.

Entonces, ¿cómo no va a haber un análisis y un valor previos cuando estamos tratando este proyecto de ley? ¿De qué estamos hablando? Por eso creo interesante que así sea.

En definitiva, planteamos estas disidencias en el sentido de que haya plena participación provincial y, a su vez, se estime el valor del gasto.

Además hay otra cuestión. Una vez que se otorgue el dominio a las familias que viven allí, ¿quién va a tener que venir por detrás a realizarles las obras correspondientes a las cloacas, el cordón cuneta y la provisión de los servicios de luz y de agua? Los Estados provinciales y municipales serán los primeros a los que se les tocarán las puertas.

Entonces, esto tiene que estar contemplado poruqe no se trata solamente de efectuar una regularización dominial de los lotes y las viviendas, sino también de que posteriormente esos barrios sean dignos de habitar, para lo cual se deben proveer los servicios necesarios. Eso tampoco está contemplado en ninguna parte. En otras palabras, entregarán las escrituras y después se tendrán que arreglar las provincias y los municipios.

Por lo tanto, eso debería estar previsto de alguna manera en el programa federal, que tendría que ser no solamente para otorgar las escrituras correspondientes, sino también para efectuar las obras de mejora barrial y brindar todo eso por detrás, para lo cual tiene que estar contemplado, a su vez, en el proyecto de ley de presupuesto.

SR. PRESIDENTE TONELLI Para finalizar, tiene la palabra el señor diputado Menna.

T.22

SR. MENNA Señor presidente: voy a ser muy breve.

Quiero señalar, en orden a evitar la especulación inmobiliaria, algo relacionado con el inciso 5 del artículo 7º, que habla de vedar la posibilidad de venta a personas jurídicas. Cuando expresa esto y habla de la venta a persona físicas, el proyecto aclara que es solo con esa finalidad. Pienso que la redacción en este punto es confusa, ya que parecería que alude a que la finalidad es la venta a personas jurídicas. Sería más conveniente, porque ese es el espíritu de la ley, que se limite a la finalidad que expresa esta norma. El proyecto dice así: "Esto implica la prohibición absoluta de su transferencia posterior a personas jurídicas. La transferencia entre personas físicas solo podrá realizarse con esa finalidad". Entiendo que debería decir: "...solo podrá realizarse con la finalidad indicada en este artículo", ya que antes justamente dice que la venta es con destino a vivienda única y familiar. Espero que se entienda mi sugerencia.

Otra cuestión, de orden terminológico, es que el proyecto de ley emplea la expresión "personas físicas". Para alinearlo con la nomenclatura del Código Civil y Comercial deberíamos hablar de "personas humanas".

SR. PRESIDENTE TONELLI Gracias, señor diputado.

Hemos concluido con la lista de oradores.

Los señores diputados que quieran presentar dictámenes en disidencia u otras alternativas, tienen tiempo hasta última hora de hoy para hacerlo. A partir de mañana comenzaremos a analizar cada una de las propuestas.

No habiendo más asuntos que tratar, queda levantada la reunión.