PROYECTO DE TP


Expediente 8492-D-2016
Sumario: DECLARAR DE INTERES DE LA H. CAMARA LA CAMPAÑA "POR LA IDENTIDAD DE LOS 123 NN", PARA IDENTIFICAR LOS RESTOS DE 123 SOLDADOS QUE YACEN EN LAS ISLAS MALVINAS.
Fecha: 30/11/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 179
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Declarar de interés de esta H. Cámara la campaña “Por la identidad de los 123 NN”, tendiente a identificar a los restos de 123 soldados caídos en la Guerra de Malvinas sepultados como N.N. en el cementerio de Darwin.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El siguiente proyecto de resolución intenta dar relevancia y acompañar la iniciativa de nuestros excombatientes y los familiares de los caídos en el conflicto de Malvinas, quienes fueron desprotegidos y vulnerados en sus derechos y garantías desde el momento en que fueron a luchar por nuestra Patria en el conflicto bélico del año 1982.
El Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas (CECIM) de la ciudad de La Plata, lanzó el martes 8 de noviembre último la campaña “Por la Identidad de los 123 NN” en referencia al reclamo por reconocer la identidad de quienes quedaron enterrados en el cementerio del archipiélago, bajo placas sin nombre tanto los familiares de los caídos como el conjunto de la sociedad.
Durante el conflicto bélico entre el Reino Unido y nuestro país en el año 1982, murieron 649 soldados argentinos de los cuales 234 fueron enterrados en el cementerio Argentino de Darwin, un pequeño poblado ubicado a 68 kilómetros de Puerto Argentino la ciudad capital de las Islas Malvinas. En el cementerio de Darwin hay 234 tumbas argentinas, pero sólo 111 de ellas fueron identificadas, el resto permanece bajo la inscripción: “Soldado argentino sólo conocido por Dios”.
La campaña se presentó en la sala Mabel Gutiérrez del Museo “Espacio Memoria y Derechos Humanos” donde funcionó la antigua Escuela de Mecánica de la Armada y tiende a la identificación de cada uno de los 123 cuerpos de soldados caídos en la Guerra de Malvinas.
La identificación de los combatientes caídos en conflictos armados, de acuerdo a los convenios internacionales sobre la conducción de las acciones bélicas y mediante la aplicación del derecho internacional humanitario, es una de las obligaciones principales para las partes del conflicto.
Dicha obligación surge ya desde el I Convenio de Ginebra, el cual en su artículo 17, se enuncian las medidas que deben ser tomadas para que se respete la paz de los caídos, así como para que sus familiares, finalizado el conflicto, puedan saber qué suerte corrieron sus seres queridos y no convivan con la incertidumbre de no conocer la verdad del destino de los mismos .
Luego del conflicto, los mandos militares británicos realizaron en febrero de 1983, la exhumación de 218 restos de los cuales, luego de su estudio, se logró la identificación de 78 argentinos, además de obtener información sobre otros 26, por la cual posteriormente se los identificaría; con el correr de los años se logró por diferentes vías la identificación de otros 7, pero lamentablemente aún no se identificaron los restos de otros 123 cuerpos (o partes de ellos).
El fin de dicha campaña, fue solicitar que se lleve a la práctica y, a la mayor brevedad posible, uno de los puntos que se acordaron entre las cancillerías argentina y británica en los últimos encuentros realizados en Buenos Aires. El 2 de abril del 2015, en el acto por el aniversario del inicio del conflicto bélico, la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner, informó que había concluido la toma de muestras de ADN de los familiares de soldados argentinos caídos, por lo que se iba a seguir insistiendo al Reino Unido para que permita avanzar con la identificación. Organismos e instituciones, con experiencia y reconocimiento internacional por su proceder y accionar, como Médicos Sin Fronteras, o el Programa Forense Internacional de Médicos por los Derechos Humanos, o instituciones más cercanas a nosotros como el Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF), podrían ser seleccionados para realizar dicha tarea investigativa y poder identificar los restos con exactitud .
En el año 2011, el Centro de Excombatientes de las Islas Malvinas (CECIM), junto con un grupo de familiares de soldados oriundos de la provincia de Chaco, realizó una presentación judicial ante el Juez Julián Ercolini, titular del juzgado federal 10 de la Capital Federal, quien avaló el pedido otorgando el derecho y ordenando al Gobierno argentino a “arbitrar todos los mecanismos necesarios para lograr la identificación de los cuerpos enterrados como NN”. Desde ese año, con esa primera presentación utilizando como vía procesal la acción de amparo, se pidió al Estado argentino tome responsabilidad sobre la vulneración que seguían sufriendo los caídos en el archipiélago.
Recordemos que la contienda bélica en donde se enviaron miles de jóvenes inexpertos a luchar contra un enemigo dotado de una tecnología superior y aliado al país más poderoso de la tierra junto con la OTAN, fue el último manotazo de ahogado por parte de ese gobierno de facto para perpetuarse en el poder sin importar cuales fueran las causas. Ese contexto, el de una Dictadura cívico militar, que durante el conflicto continuó con las mismas prácticas represivas sobre los soldados conscriptos y que aún finalizado el mismo siguió secuestrando y desapareciendo a civiles hace que la existencia de tumbas NN en territorio argentino adquiera una dimensión particular, más allá de lo que obligan las normas internacionales y la propia Constitución.
Al tener, el Derecho a la Identidad rango constitucional –Art. 75 inc. 22 CN) puede considerarse como parte constitutiva de otros derechos fundamentales como el Derecho a la Personalidad Jurídica. En efecto, lograr que sean identificados los 123 soldados argentinos, hace conocer realmente quién es uno, hace a la plena realización de la personalidad y contribuye a la conservación de la integridad psíquica y moral de los familiares de los caídos. Es una obligación estatal facilitar la búsqueda e identificación de aquellos a quienes les hubiera sido suprimida o alterada, fundado en la protección de la familia como núcleo fundamental de la sociedad.
A las denuncias sobre torturas y vejámenes sufridas por soldados argentinos por parte de su propia oficialidad se le suman las denuncias por crímenes de guerra por parte de tropas británicas. Las denuncias realizadas por la cuestión de la no-identificación de una parte de la totalidad de las tumbas, originada en los centros de ex combatientes, resaltan el interés de ahondar en el derecho a la identidad y pone en el tapete la necesidad de generar un acuerdo por el cual se puedan realizar estudios precisos para identificar las tumbas con los restos que contengan las mismas, de esta manera poder darle un nombre a las mismas, y en el transcurso de los estudios poder analizar los restos y en aquellos que se hallasen singularidades poder tomarlos como pruebas de posibles crímenes de guerra, teniendo a su vez como objetivos el derecho a conocer la verdad y el acceso al derecho a la justicia.
A 34 años de lo acontecido, ignorar de quienes son los restos en cada una de las tumbas es perdurar en lo que se conoce como política de desmalvinización. Esas tumbas sin identidad son de victimas silenciadas, de restos silenciados como eje fundamental de un proceso sistemático que intentó ocultar lo sucedido, luego de finalizado el conflicto. La necesidad de poder saber quiénes son aquellos que están debajo de las tumbas en Darwin, no solo nos responderá sobre su identidad sino que nos permitirá escuchar su verdad, la verdad que nos quieren contar.
Los motivos expresados merecen distinguir sintéticamente: Justicia, reconocimiento y solidaridad del Estado para con quienes arriesgaron lo más preciado que un ser tiene, sus vidas por la defensa del país. Creemos que nada será suficiente para compensar los momentos vividos y padecidos en el conflicto pero intentamos curar esas secuelas con lo que, por ahora, tenemos a nuestro alcance. Es así que, considerando la gravedad de las circunstancias a la que se vieron sometidos quienes tuvieron participación activa en esa contienda, el deber de memoria y solidaridad social; estamos ante claros principios que deben fomentarse desde el Estado e irradiarse a la comunidad.
Por las razones y circunstancias expuestas y en pos de dar una respuesta a un mandato histórico, solicito a mis pares legisladores el acompañamiento de dicho proyecto.
“Todos tenemos derecho a saber
nuestra identidad y los héroes de Malvinas también.
Los familiares de las víctimas necesitan saber dónde se encuentran”.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GONZALEZ, JOSEFINA VICTORIA SANTA FE FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GRANA, ADRIAN EDUARDO BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
PEREZ, MARTIN ALEJANDRO TIERRA DEL FUEGO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
ESTEVEZ, GABRIELA BEATRIZ CORDOBA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CARRIZO, NILDA MABEL TUCUMAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
MASIN, MARIA LUCILA CHACO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
BRITEZ, MARIA CRISTINA MISIONES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CIAMPINI, JOSE ALBERTO NEUQUEN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
HUSS, JUAN MANUEL ENTRE RIOS FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CAROL, ANALUZ AILEN TIERRA DEL FUEGO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
LLANOS MASSA, ANA MARIA CHUBUT FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
SANTILLAN, WALTER MARCELO TUCUMAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
MENDOZA, SANDRA MARCELA CHACO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CLERI, MARCOS SANTA FE FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia)
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 0551-D-17