PROYECTO DE TP


Expediente 8148-D-2016
Sumario: DECLARESE A LA LOCALIDAD DE BERISSO, PROVINCIA DE BUENOS AIRES, CAPITAL NACIONAL DE LAS COLECTIVIDADES EXTRANJERAS Y SEDE PERMANENTE DE LA "FIESTA DE LAS COLECTIVADES EXTRANJERAS".
Fecha: 17/11/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 171
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


ARTÍCULO 1°: Declárese a la localidad de Berisso, de la Provincia de Buenos Aires, Capital Nacional de las Colectividades Extranjeras.
ARTÍCULO 2°: Declárase a la localidad de Berisso, de la Provincia de Buenos Aires, sede permanente de la Fiesta de las Colectividades Extranjeras, considerándose sus ediciones a partir la primera celebración realizada en el año 1977.
ARTICULO 3°: Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Desde 1977 la Fiesta del Inmigrante de Berisso, en la Provincia de Buenos Aires, es organizada por la Federación de Entidades Extranjeras de Berisso - Entidad de Bien Público Legajo 36.350-. El evento convoca a más de 20 colectividades extranjeras, participa toda la comunidad bonaerense y lo visitan otras provincias de la República, es una celebración arraigada en la comunidad.
La fiesta se organizó informalmente desde muchos años atrás. De acuerdo a lo informado por la Asociación de Entidades Extranjeras (AEE), participan actualmente de la organización del evento, colectividades de inmigrantes y argentinos descendientes de albaneses, alemanes, sirios libaneses, armenios, bielorrusos, búlgaros caboverdianos, croatas, checos, eslovacos, esloveños, españoles, griegos, irlandeses, italianos, judíos, lituanos, polacos, portugueses, ucranianos, montenegrinos y serbios. Berisso se caracteriza desde fines del siglo XIX y principios del XX por la gran afluencia de inmigrantes de todos los lugares del mundo.
Hombres y mujeres de diferentes lugares fijaron sus raíces en este pueblo costero de la Provincia de Buenos Aires, trayendo consigo la cultura de sus ancestros que contribuyeron y contribuyen día a día a cimentar el patrimonio nacional. En 1871 el fundador del pueblo, Juan Berisso, instaló un saladero de carne donde actualmente se encuentra el centro cívico. Desde ese lugar de trabajo se fue desarrollando un pequeño pueblo que convocó a trabajadores de distintas corrientes migratorias que provenían del puerto de Buenos Aires.
El progreso de la ciudad se intensificó con la apertura de más saladeros y del puerto de La Plata, circunstancias que permitieron la puesta en marcha de grandes frigoríficos ya en el siglo XX. En ese contexto los “paisanos” comenzaron a reunirse y a constituir asociaciones, clubes e instituciones a fin de expresarse, compartir deportes, actividades de esparcimiento, emprendimientos; organizarse colectivamente con fines sociales y culturales, les permitía mantener vivas sus tradiciones.
A partir de 1900 comienzan a fundarse Sociedades Mutuales de distintas nacionalidades. La primera en 1907, de la Comunidad Albanesa, en 1909 los lituanos conforman la Sociedad Mutual Vargdienis, más tarde sucesivamente los griegos, polacos, portugueses, irlandeses, árabes, españoles, italianos, alemanes, ingleses y tantas otras más.
La diversidad y la riqueza cultural son parte de la idiosincrasia de Berisso, la comunidad creció respetando las tradiciones de cada nacionalidad. Con ese espíritu de respeto por la pluralidad surgió la Federación de Entidades Extranjeras, y en 1977 comienza a organizar formalmente una fiesta que espontáneamente se venía realizando muchos años antes, como espacio de encuentro para compartir armoniosamente tradiciones a través de la reunión y expresión de sus habitantes.
En virtud de su caudal migratorio y la realización de la Fiesta del Inmigrante, Berisso fue declarada “Capital Provincial del Inmigrante” por Decreto Nº 438/78, ratificado por Ley de la Provincia de Buenos Aires Nº 12.913 del año 2002.
Esa celebración que comenzó llamándose Fiesta del Inmigrante, actualmente se denomina como la Fiesta de las Colectividades Extranjeras y se viene desarrollando de forma ininterrumpida durante los fines de semana de septiembre y octubre de cada año, comienza en una fecha cercana al día del inmigrante (4 de setiembre), y culmina en una fecha cercana al día de la Diversidad Cultural (12 de octubre). Durante los festejos se realizan torneos deportivos, desembarcos simbólicos, funciones de teatro, conciertos, conferencias, exposiciones, espectáculos musicales y de danza y degustaciones de comidas y bebidas típicas de cada nacionalidad preparadas por integrantes de las distintas comunidades ataviados con sus ropas típicas.
La Fiesta Provincial del Inmigrante de Berisso tiene un alto grado de instalación popular y local, con una permanencia en forma ininterrumpida que se acrecienta cada año. Vecinos de Berisso y localidades aledañas se vuelcan a participar de las actividades, en forma masiva. En los últimos años han participado más de 150.000 personas. Es la conmemoración más antigua de la expresión de las colectividades extranjeras en nuestro país, por eso es un reconocimiento declarar a Berisso sede permanente de la Fiesta de las Colectividades Extranjeras, considerando sus ediciones a partir la primera celebración realizada en el año 1977, a fin de respetar el esfuerzo de sus impulsores y la trayectoria de la celebración en el marco de la integración cultural y social.
A su vez, declarar a Berisso Capital Nacional de las Colectividades Extranjeras es un acto de justicia, en atención a los antecedentes del evento, a su continuidad, inserción local y proyección nacional de la Fiesta, y constituye también un reconocimiento a las características que hacen de Berisso, cuna de la cultura del encuentro.
Por todo lo expuesto solicito a las diputadas y los diputados que me acompañen en el presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ALVAREZ RODRIGUEZ, MARIA CRISTINA BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CASTAGNETO, CARLOS DANIEL BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GUERIN, MARIA ISABEL BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
POBLACION Y DESARROLLO HUMANO (Primera Competencia)
LEGISLACION GENERAL