PROYECTO DE TP


Expediente 7207-D-2016
Sumario: LUCHA CONTRA EL ALCOHOLISMO - LEY 24788 -. MODIFICACION DE LOS ARTICULOS 6 Y 7 E INCORPORACION DEL ARTICULO 9 BIS, SOBRE PROHIBICION DE PUBLICIDAD A TRAVES DE LOS SERVICIOS DE RADIODIFUSION DENTRO DEL HORARIO DE PROTECCION AL MENOR, DE LA REALIZACION DE CONCURSOS, TORNEOS O EVENTOS QUE REQUIERAN LA INGESTA DE BEBIDAS ALCOHOLICAS E IMPLEMENTACION DE UNA CAMPAÑA PERMANENTE DE CONCIENTIZACION DE SUS EFECTOS NOCIVOS, RESPECTIVAMENTE.
Fecha: 14/10/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 148
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1: Incorpórese como inciso f) al artículo 6º de la Ley 24.788 el siguiente texto:
f) Se realice a través de los servicios de radiodifusión comprendidos en la Ley 26.522 dentro del horario de protección al menor.
Artículo 2: Sustitúyese el artículo 7 de la Ley 24.788 por el siguiente texto:
ARTICULO 7°- Prohíbese en todo el territorio nacional la realización de concursos, torneos o eventos de cualquier naturaleza, sea con o sin fines de lucro, que requieran la ingesta de bebidas alcohólicas desnaturalizando los principios de la degustación, de la catación o cualquier otra manera destinada a evaluar la calidad de los productos.
Prohíbese a los fabricantes y comerciantes de bebidas alcohólicas, realizar el auspicio y patrocinio de todo tipo de actividad, evento cultural y/o deportivo.
Artículo 3: Incorpórese como artículo 9º bis el siguiente texto:
ARTICULO 9º bis- Impleméntese una campaña permanente de concientización de los efectos nocivos de las bebidas alcohólicas.
Artículo 4: Comuníquese al Poder Ejecutivo

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El problema del alcoholismo se ha convertido, sin duda, en uno de los fenómenos sociales más generalizados de las últimas décadas. El alcohol es la droga psicoactiva más utilizada en todo el mundo. El abuso en el consumo ha adquirido proporciones masivas tanto en países desarrollados como en vías de desarrollo, y se encuentra asociado a una gran cantidad de consecuencias adversas.
Las principales tendencias en los patrones de consumo de alcohol entre los jóvenes son la mayor experimentación con el alcohol y el aumento en los consumos de alto riesgo como el consumo excesivo en cortos períodos de tiempo, especialmente entre adolescentes y adultos jóvenes, y en la mezcla de alcohol con otras sustancias psicoactivas.
Como consecuencia de la importancia de este fenómeno ha surgido una diversidad de estudios intentando establecer sus verdaderas dimensiones. Éstos han coincidido en señalar la gran repercusión que ha tenido en los últimos años el consumo de bebidas alcohólicas sobre el sistema sanitario, destacando que las consultas hospitalarias dedicadas a drogadependientes o alcohólicos se han duplicado y gran mayoría son realizadas por personas con problemas relacionados con el alcohol.
La mayoría de los expertos afirman que el 15 - 20% de las consultas recibidas por los médicos de cabecera son atribuibles al alcohol, así como también se ha establecido que el alcohol está relacionado con el 40 - 50% de los accidentes de tránsito, el 15 - 20% de los accidentes laborales, el 50% de los homicidios.
Nuestro país cuenta en su ordenamiento jurídico con la Ley 24788, sancionada el 5 de marzo de 1997, que prohíbe en todo el territorio nacional el expendio de todo tipo de bebidas alcohólicas a menores de dieciocho años. Asimismo, la norma mencionada precedentemente creó el Programa Nacional de Prevención y Lucha contra el consumo Excesivo de Alcohol. Con motivo de la promulgación de plexo legal citado se dictaron en distintos ámbitos del Estado Normas administrativas, aún vigentes, con el objeto de hacer operativas algunas de las previsiones que establece la ley.
A la vez es necesario destacar, que a partir de la globalización de los medios de comunicación y de los mercados, se está determinando, cada vez más, las percepciones de la gente, sus elecciones y comportamientos. Hoy en día muchos jóvenes tienen mayores oportunidades y disponen de más ingresos, pero son más vulnerables a las técnicas de marketing y ventas, cada vez más agresivas en los productos de consumo y sustancias potencialmente peligrosas como el alcohol.
Ya en el año 2003, la directora del departamento de Drogodependencias de la Organización Mundial de la Salud (OMS) informó que existe "preocupación" ante el creciente número de campañas
H. Cámara de Diputados de la Nación
“2016 - Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”
publicitarias encaminadas a incitar el consumo de bebidas alcohólicas entre los jóvenes. A la vez que la OMS ha observado que la industria de las bebidas alcohólicas trata de influir "bastante" para "promover sus productos y conseguir nuevos y jóvenes consumidores".
La directiva de la OMS afirmó que en los últimos años han aparecido nuevas bebidas que mezclan alcohol con refrescos y que resultan dulces al paladar, lo que dificulta que el consumidor distinga el alcohol que llevan. "Dan la impresión de que no son lesivos para la salud, a pesar de que algunos tienen más grados que una cerveza, y de esta manera para el joven es más fácil consumir y habituarse al alcohol", alertó.
De acuerdo a la publicación también de la OMS “El problema del alcohol” del año 2005 ya se consignaba que “Las restricciones a la publicidad y a la comercialización de bebidas alcohólicas pueden reducir la exposición de los jóvenes a los mensajes que fomentan el consumo. En América Latina, Costa Rica y Guatemala prohíben que las empresas de productos alcohólicos patrocinen eventos deportivos o para los jóvenes, y en algunos países se prohíbe la publicidad de bebidas alcohólicas durante los sábados y los días de fiesta”
La dependencia del alcohol ocasiona grandes pérdidas a las personas y a sus familias. Pero un número cada vez mayor de expertos dice que el consumo excesivo total de bebidas alcohólicas es una amenaza aun mayor para la salud pública.
La salud y el bienestar de mucha gente joven en la actualidad están siendo seriamente amenazadas por el uso del alcohol y de otras sustancias psicoactivas, Es en este entender, que elevo la presente iniciativa, con el objeto de introducir las modificaciones propuesta a la Ley 24.788.
Los jóvenes son más vulnerables a sufrir daños físicos, emocionales y sociales derivados de sus propios hábitos o de los hábitos de beber de otras personas. Hay fuertes vínculos entre consumos de alto riesgo, violencia, comportamientos sexuales de riesgo, accidentes de tráfico y otros accidentes, incapacidades permanentes y la muerte. los problemas relacionados con el alcohol entre la gente joven nos imponen una obligación como sociedad de abordar desde todos los ámbitos posibles y con la mayor apertura para encontrar mecanismos de prevención.
Por los motivos expuestos, solicito el voto afirmativo de mis pares a la presente propuesta.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
SNOPEK, GUILLERMO EUGENIO MARIO JUJUY JUSTICIALISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PREVENCION DE ADICCIONES Y CONTROL DEL NARCOTRAFICO (Primera Competencia)
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
COMUNICACIONES E INFORMATICA